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LACTANCIA ACUMULADA + ASUNTOS PROPIOS NO RETRIBUIDOS

Iniciado por Ravenna, 21 Febrero, 2013, 19:26:42 PM

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Gominola

Cita de: FLAFLI en 13 Marzo, 2013, 10:17:03 AM
En cuanto al permiso por asuntos propios no retribuidos, si alguna estáis en esa situación, os recomiendo que reclaméis, pues los servicios jurídicos de USTEA entienden que no se ajusta a derecho.

Saludos

Flafli, perdona, pero es que no entiendo bien tu mensaje, ¿a qué situación te refieres?
Muchas gracias!

nnn

muchas gracias, creo que ya lo tengo claro, así que se me ocurre otra pregunta:

Si estás de baja por incapacidad temporal derivada del embarazo en agosto, te tienen que devolver también esas cuatro semanas, según he leído en la orden. ¿Estas semanas también restan algo de días?

Intento tener 16 semanas + 4 adicionales + 4 por lactancia acumulada + 4 de agosto + 3 meses no retribuidos - 7 días que te quitan. ¿Cómo lo véis?

Gracias de antemano.


almudaina

No sé si me podeis aclarar esta duda: mi baja maternal acaba el 28 de este mes y entraría de nuevo en bolsa. Quiero renunciar por cuidado de hijo menor de tres años, pero necesito cobrar el paro o trabajar cerca de casa, pues de lo contrario no tendría ingresos. ¿Sabéis si puedo renunciar y aceptar otro trabajo? Gracias

FLAFLI

Cita de: Gominola en 13 Marzo, 2013, 11:25:59 AM
Cita de: FLAFLI en 13 Marzo, 2013, 10:17:03 AM
En cuanto al permiso por asuntos propios no retribuidos, si alguna estáis en esa situación, os recomiendo que reclaméis, pues los servicios jurídicos de USTEA entienden que no se ajusta a derecho.

Saludos

Flafli, perdona, pero es que no entiendo bien tu mensaje, ¿a qué situación te refieres?
Muchas gracias!

A solitar después de la acumulación de lactancia los asuntos propios no retribuidos de hasta 3 meses (solo para funcionarias de carrera)
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

HAN CAMBIADO LAS NORMAS DE JUEGO SIN LA CIUDADANÍA, Y SIGUEN QUERIENDO QUE LAS RESPETEMOS

No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

Si luchas puedes que no ganes, si no luchas ya has perdido

GRAN MOVILIZACIÓN PROFESORADO INTERINO


cinerea

Los asuntos propios no retribuidos los solicitas con al menos 15 días de antelación a tu incorporación.
Si te pides estos tres meses ya no puedes volver a solicitarlo hasta dentro de dos años.
También te puedes pedir excedencia por cuidado de un menor de 3 años. Ésta excedencia es como máximo hasta que tu hijo cumpla 3 años, aunque te puedes incorporar antes si lo desesas, pero una vez que te incorporas no puedes volver a solicitarla si tu hijo aún no tiene los tres años.
Te pudes pedir redución de jornada por cuidado de un menor de 12 años. Puedes reducir la jornada a un tercio y cobrar el 80% del total o reducir la jornada a la mitad del horario y cobrar el 60% del total.
Un saludo.
"Tanto si crees que puedes, como si crees que no puedes, estás en lo cierto"

cinerea

nnn, creo que sí es como lo planteas. Si el mes de agosto estás de baja, te corresponden esas cuatro semanas y de ese tiempo no te descuentan ningún día.
De todas formas preguntad en la delegación de vuestra provincia porque hay veces que en que cada delegación resuelve sus asuntos de una manera diferente, lo digo por experiencia.
Suerte.
"Tanto si crees que puedes, como si crees que no puedes, estás en lo cierto"

cinerea

almudaina, no sé si tienes derecho a paro o a otro trabajo, a ver si alguien te pude ayudar.
Suerte.
"Tanto si crees que puedes, como si crees que no puedes, estás en lo cierto"

cinerea

FLAFLI, me puse en contacto con ustea Almería y me comentaron lo que tú estás diciendo, pero luego en Delegación me comentaron que la acumulación de lactancia es un derecho de la persona que está trabajando, no tendremos este derecho si pedimos excedencia o asuntos propios no retribuidos, ya que en ambos casos no estaremos trabajando.
La nueva circular de permisos y licencias dice:
"- De optar por el tiempo de lactancia, este permiso solo puede ser acumulable a la
reducción de jornada por razones de guarda legal."
Un saludo
"Tanto si crees que puedes, como si crees que no puedes, estás en lo cierto"


cinerea

Preguntad siempre en la delegación de vuestra provincia antes de decidir nada. A veces las delegaciones resuelven los asuntos de diferente forma ( aunque esto no es legal)
Suerte
"Tanto si crees que puedes, como si crees que no puedes, estás en lo cierto"

FLAFLI

Cita de: cinerea en 14 Marzo, 2013, 11:39:05 AM
FLAFLI, me puse en contacto con ustea Almería y me comentaron lo que tú estás diciendo, pero luego en Delegación me comentaron que la acumulación de lactancia es un derecho de la persona que está trabajando, no tendremos este derecho si pedimos excedencia o asuntos propios no retribuidos, ya que en ambos casos no estaremos trabajando.
La nueva circular de permisos y licencias dice:
"- De optar por el tiempo de lactancia, este permiso solo puede ser acumulable a la
reducción de jornada por razones de guarda legal."
Un saludo

Una excedencia si es un periodo que no se trabaja, pero un permiso no retribuido, si es un tiempo de servicio que cuenta a todos los efectos, simplemetne que no se cobra, por eso es un PERMISO, en licencias y permisos, hay permisos retribuidos y no retribuidos, y ningún permiso hace que se cese de trabajar durante un tiempo.

Por eso, los servicios jurídicos de USTEA entienden que es un abuso. Por eso animo a reclamar a quien se haya visto obligado a devolver el dinero.

Saludos
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