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Interinos con sustitución, ¿ paga extra?

Iniciado por Rocioeco, 23 Diciembre, 2013, 16:47:53 PM

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sergioingles

Cita de: mancuso en 23 Diciembre, 2013, 21:40:30 PM
Se debe cobrar el 1 de febrero, en la nómina de enero, que en los casos de sustitución corresponde al atraso del mes de diciembre.

Así mismo es. Vamos con un mes de retraso así que la cobramos el 1 de febrero.

Un saludo.

Huckel

Yo, como interino en noviembre en 2 provincias (Huelva y Granada), puedo decir que en Huelva me han pagado la parte correspondiente a la extra y, en cambio, en Granada no.

No tengo ni idea de por qué, pero ya me informaré.
¡NO AL DECRETO 302! ¡TODOS POR TIEMPO DE SERVICIO!


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