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Concursillo para funcionarios

Iniciado por luse, 29 Septiembre, 2015, 18:11:22 PM

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rantanplan

Cita de: lmdcerro en 07 Mayo, 2016, 15:22:51 PMA mí sin embargo me parece razonable. Los bilingües podrían obtener destino antes pero luego irse a otras no bilingües.

la Junta no se mueve por razones de justicia. La razón por la que la Junta ha puesto la condición de que no se pueda optar a puestos de distintas características es para evitar un trasvase de puestos que cuesta más satisfacer hacia otros en que hay sobredemanda. Imaginemos el caso de una especialidad con pocas plazas y un perfil muy específico frente a otra mayoritaria con muchísimas más vacantes. En este caso,  profesores de la especialidad minoritaria, con muy poca movilidad, si adquirieran una segunda especialidad mayoritaria (y no es tan difícil), podrían pedir en tromba en el concursillo puestos de la mayoritaria y dejar desabastecida la especialidad minoritaria. Eso provocaría que se tuvieran que abrir bolsas extraordinarias de interinos y mil problemas más de planificación.

Desde el punto de vista de la Planificación Educativa, la restricción es bastante lógica: ustedes muévanse como quieran en el procedimiento de provisión, mientras no me toque el total de funcionarios que tengo para cada tipo de puesto. Como el problema se da en una dirección, pero no en la otra; también sería lógico que sólo vedaran la dirección problemática. Sin embargo, eso crearía un agravio comparativo y me parece justo que no se permita en ambas direcciones.

Expuesto lo cual, repito que para tener una opinión sobre el hecho se debería conocer exactamente en qué colectivo piensa meter la junta a los funcionarios que pasen de puesto no específico a puesto específico, si dentro del concursillo (agravio comparativo) o dentro del colectivo de funcionarios con destino definitivo que optan a puesto específico (estos creo recordar que sólo tiene por detrás a los interinos).

Artemis

Cita de: rantanplan en 07 Mayo, 2016, 14:15:23 PM
El agravio llegaría, en todo caso, de que la Junta permitiera participar a esos funcionarios dentro del colectivo de los que participan por concursillo, puesto que si se encuentra en una plaza no bilingüe, es obvio que una plaza bilingüe no es de las mismas características, que es la razón por la que un funcionario con destino bilingüe está limitado a moverse a otras plazas bilingües.

Pero entonces, ¿no es así? ¿no lo permiten?


rantanplan

Cita de: Artemis en 07 Mayo, 2016, 15:46:28 PMPero entonces, ¿no es así? ¿no lo permiten?

No permiten, ¿qué exactamente? Si es de NB a B, la respuesta es rotundamente sí, siempre se ha podido, no es necesario que creen el concursillo para ello. Si es de B a NB, habrá que esperar a que redacten la convocatoria, pero imagino que la respuesta es que no: porque supongo que no son plazas de las mismas características.

Artemis

Vale, creo que te leí mal... muchas gracias por contestar de nuevo :)


olala

Pero tampoco son plazas de las mismas caracterizaras de NB a B. Estarías en las mismas

respublica



Cita de: Artemis en 07 Mayo, 2016, 13:25:27 PM
Hola compañer@s! a ver si entiendo bien, ¿las personas con plazas bilingües (originales o convertidas) no pueden optar al concursillo...?

Quien tenga un puesto específico como destino definitivo sí que puede participar en el concursillo a vacantes provisionales de esos mismos puestos y además puede optar a otros puestos específicos si cumple con los requisitos.

Las condiciones son iguales para todos los definitivos dado que pueden solicitar tanto vacantes provisionales de su puesto definitivo como de puestos específicos y quien quiera cambiar de puesto definitivo puede hacerlo a través del concurso de traslados.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

olala

Esperemos que sea así, pero la información dada por los sindicatos y las interpretaciones de la norma actual no afirman esto donde NB a B si se puede pero no al contrario.
Saludos

rantanplan

Cita de: olala en 07 Mayo, 2016, 16:25:39 PMPero tampoco son plazas de las mismas caracterizaras de NB a B. Estarías en las mismas

Claro, pero es que al procedimiento no sólo concurren funcionarios por el colectivo del "concursillo". hay otros colectivos (suprimidos, desplazados, interinos, etc.) y este estos, un colectivo que es "funcionarios con destino definitivo que optan a puesto específico". Y a ese colectivo se pueden acoger los que opten de NB a B, con total seguridad, porque lo han estado haciendo hasta el curso pasado.

La injusticia estaría en que para NB a B la Junta dijera que se puede usar el colectivo del concursillo (que tiene mayor prioridad), porque efectivamente son puestos de distintas características y es, como bien ha apuntado jmcala, un agravio comparativo.

Además, creo que no has entendido la respuesta de respublica: él no ha dicho que uno de bilingüe pueda optar a plazas de no bilingüe, sino que puede optar a plazas de bilingüe del mismo idioma (concursillo) o a plazas de puesto específico, aunque no sean bilingües (acogiéndose al colectivo del que antes he mencionado).


mruzmor339

No es por nada, pero no hay publicada ninguna normativa todavía y nos metemos a 10 de Mayo en breve, ¿Qué van a apurar hasta el último momento?.... No sé, yo creo que es para preocuparse..

Mr. Maker

Sí que es preocupante. Las fechas en las que estamos y está todo muy en el aire: concursillo, número de vacantes para interinos, tiempo de servicio en otras comunidades, etc, etc... Y lo peor es que los sindicatos tampoco dicen gran cosa, lo cual me da mala espina...


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