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A vueltas con el concursillo. Propuesta de definición.

Iniciado por rantanplan, 15 Junio, 2016, 18:52:39 PM

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rantanplan

Cita de: elenilla_mani en 15 Junio, 2016, 23:39:41 PMLos provisionales no añaden puntos por permanencia en el centro, los definitivos si los añadirían con el concursillo aun estando desempeñando su trabajo en un centro diferente al centro definitivo. Sigo si entender eso, si no están en ese centro, ¿cómo pueden acumular puntos por seguir ejerciendo en un sitio que no están? Si no están ejerciendo ahí!!!! Eso es como si sigues acumulando puntos por tener destino definitivo en un centro de difícil desempeño estando ejerciendo mediante concursillo o cualquier otra comisión en uno de características normales.

Me parece realmente injusto.

Sobre esto dos cosas. Los dos puntos a los que yo me refiero no son por permanencia en centro, sino por ejercer la labor docente en determinados centros. Es el apartado 1.1.3:

Citar.1.3. Por cada año como personal funcionario de carrera en centros que tengan la calificación de especial dificultad: centros CAEP, centros
de compensación educativa; colegios públicos rurales; escuelas rurales con imposibilidad geográfica de agrupamiento y los centros con proyecto de carácter especial  con plantilla inestable.

Eso es lo que dice la convocatoria andaluza, que traspone lo que dice el RD nacional. El personal es funcionario de carrera y ya está.

Con respecto a lo otro, podemos considerar que es injusto, sí (pero en cualquier caso que no se ocupe de forma efectiva la plaza y no solo en caso de concursillo), pero no es tema de debate, porque corregir esa injusticia no es competencia de la Junta de Andalucía.

Cita de: respublica en 16 Junio, 2016, 00:56:10 AMY en todo caso esa propuesta, salvo modificación de la LEA, algo muy largo e improbable, volvería a encontrarse con los mismos problemas de encaje jurídico que llevaron a la comisión de servicios de conciliación.

Es que yo sostengo que no hay tal problema jurídico[1] y que, de afirmarse lo contrario, alguien tendría que explicar cómo es entonces posible que un desplazado (funcionario con destino definitivo) o un funcionario con destino definitivo con comisión de servicios concedida puede participar en el procedimiento de adjudicación de vacantes provisionales sin contradecir el artículo 16.2 de la LEA. Porque no hay ninguna otra parte de esa ley que habilite su participación, como sí es el caso del derecho de participación para puestos específicos (el 16.3)  y el de participación durante dos años de los que han dejado la función directiva (artículo 134.5).

Por no hablar de los funcionarios en prácticas que no son funcionarios de carrera y que me parece que se lea como se lea la LEA, no hay forma de que puedan participar en el procedimiento de adjudicación de vacantes provisionales y que habría que adjudicarles de oficio el destino. Sólo por esto último, ya tendrían que modificarla.

[1]En realidad sí lo hay con mi propuesta: de ninguna forma podría participar en el procedimiento alguien al que le acabaran de dar destino en el CGT con lo que todo el mundo se tendría que chupar un curso en su destino definitivo. Pero como estimo que de todas maneras hay que tocarla para
permitir el concurso de los funcionarios en prácticas, pues ya se puede tocar para esto.

Por suùesto puedo estar equivocado en todo, pero alguien tendrá que indicarme el por qué.

En cuanto a la semejanza con la propuesta de USTEA, hay algunas, pero también hay diferencias notables:

a) No se establece distancia mínima.
b) No se distingue entre funcionarios de carrera provisionales o con destino definitivo.
c) La ordenación es por puntos en el CGT en aquellos colectivos en que puede hacerse así.

mapa

Ahí está la cosa, los sindicatos deben trabajar,.. con quien deben, en este caso con el ministerio  para conseguir eso. De todas formas me da en la nariz que será imposible, y se mantendrá lo que una (para mi) injusticia.

Además el que se puedan ver penalizados de esa forma, ayudaría a que tanto provisionales como interinos no se vean tan perjudicados, por que algunos de los que piden el concursillo por que no hay restricciones se lo pensarían en favor de intentar obtener su destino definitivo (mejor) más rápido.
Eso si, que eso entrase en vigor no a partir del próximo concurso, pues la gente echará este año el concursillo sin tener en cuenta esta limitación, si no a partir del siguiente, cuando todas las cartas estén sobre la mesa..


rantanplan

Cita de: mapa en 16 Junio, 2016, 10:29:59 AMAhí está la cosa, los sindicatos deben trabajar,.. con quien deben, en este caso con el ministerio  para conseguir eso. De todas formas me da en la nariz que será imposible, y se mantendrá lo que una (para mi) injusticia.

Eso, a mi juicio es picar muy arriba y habría que ver qué opinan en el resto de comunidades autónomas al respecto, porque no es algo que afecte únicamente a Andalucía. Además, la única forma es prescribir que la permanencia en centro se considere cuando la ocupación de la plaza sea efectiva. No tiene sentido que el que no ocupe plaza por concursillo no reciba los puntos (o por mejor decir, reciba únicamente 2) y, el que pide una comisión por salud de un familiar, que tampoco está en el centro, sí.

Cita de: mapa en 16 Junio, 2016, 10:29:59 AMAdemás el que se puedan ver penalizados de esa forma, ayudaría a que tanto provisionales como interinos no se vean tan perjudicados, por que algunos de los que piden el concursillo por que no hay restricciones se lo pensarían en favor de intentar obtener su destino definitivo (mejor) más rápido.

Yo he propuesto un mecanismo alternativo que, además, sí depende de la voluntad de Junta, y es el de premiar con dos puntos a los que sí se quedan a pesar de que el centro sea poco atractivo.

mapa

Eso ya se hace, centros de compensatoria y dificil desempeño.
PAra mi lo que no tienen sentido es que si no ocupo mi plaza efectivamente, reciba los puntos por ocuparla. Además, perdonadme, pero no creo que sea lo mismo una comisión por algo sobrevenido ( una enfermedad grave, ocupar cargo politico en un pueblo...) que una comisión por concursillo, hay mucha diferencia entre unas y otras a mi  modo de ver.


rantanplan

Cita de: mapa en 16 Junio, 2016, 12:24:40 PM
Eso ya se hace, centros de compensatoria y dificil desempeño.

Sí, pero la propuesta es que se amplíe a centros con plantillas inestables: un centro puede no tener alumnos confilctivos, pero, sin embargo, estar en la quinta puñeta, y como consecuencia tener plantillas muy cambiantes.

Cita de: mapa en 16 Junio, 2016, 12:24:40 PMPAra mi lo que no tienen sentido es que si no ocupo mi plaza efectivamente, reciba los puntos por ocuparla. Además, perdonadme, pero no creo que sea lo mismo una comisión por algo sobrevenido ( una enfermedad grave, ocupar cargo politico en un pueblo...) que una comisión por concursillo, hay mucha diferencia entre unas y otras a mi  modo de ver.

Habrá la diferencia en situación personal que sea, pero si el principio es que te parece injusto contabilizar una permanencia en un centro en el que realmente no se ha trabajado, entonces todas las comisiones de servicio sin iguales a este efecto: no puedes contar para unos casos la [no] permanencia en el centro y para otros, no.

respublica

Cita de: rantanplan en 16 Junio, 2016, 01:38:36 AM
Cita de: respublica en 16 Junio, 2016, 00:56:10 AMY en todo caso esa propuesta, salvo modificación de la LEA, algo muy largo e improbable, volvería a encontrarse con los mismos problemas de encaje jurídico que llevaron a la comisión de servicios de conciliación.

Es que yo sostengo que no hay tal problema jurídico[1] y que, de afirmarse lo contrario, alguien tendría que explicar cómo es entonces posible que un desplazado (funcionario con destino definitivo) o un funcionario con destino definitivo con comisión de servicios concedida puede participar en el procedimiento de adjudicación de vacantes provisionales sin contradecir el artículo 16.2 de la LEA. Porque no hay ninguna otra parte de esa ley que habilite su participación, como sí es el caso del derecho de participación para puestos específicos (el 16.3)  y el de participación durante dos años de los que han dejado la función directiva (artículo 134.5).

Por no hablar de los funcionarios en prácticas que no son funcionarios de carrera y que me parece que se lea como se lea la LEA, no hay forma de que puedan participar en el procedimiento de adjudicación de vacantes provisionales y que habría que adjudicarles de oficio el destino. Sólo por esto último, ya tendrían que modificarla.

Por supuesto puedo estar equivocado en todo, pero alguien tendrá que indicarme el por qué.


Es preceptivo que se emita un informe jurídico para cada proyecto de Decreto pero no que se haga público. La Consejería informó a los sindicatos que sus servicios jurídicos alertaban de un problema con la LEA y no tenemos información ni capacidad para contradecir a esos servicios jurídicos, por mucho que no lo terminemos de entender, sin duda debido a falta de información, formación y experiencia.

A mi modo de ver el problema es que la participación de todos esos colectivos que citas se puede amparar en normativa de rango superior al autonómico, como el RD de acceso, el RD que regula el CGT, el EBEP, etc., pero no hay ninguna norma estatal en que pueda basarse el concursillo tal y como estaba por lo que requeriría soporte autonómico que debería venir como desarrollo de la LEA, pero no podía hacerse sin modificar la LEA primero.

En cualquier caso todo eso son simplemente tecnicismos legales muy lejos de nuestro alcance y que poco importan a efectos prácticos. Lo cierto, como ya dije hace tiempo, es que la voluntad de la Consejería de implantar el concursillo estaba clara y por tanto se llevaría a cabo, como así está sucediendo.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Ramadasa

Cita de: respublica en 16 Junio, 2016, 01:11:44 AM
De todas formas, se haga como se haga, el concursillo va a perjudicar mucho a los provisionales y muchísimo a los interinos, por lo que a ninguno de estos colectivos le conviene su implantación, aunque cuanto más restrictivo sea, menor será el daño causado.


Saludos.

En todo caso, al provisional cuando deje de serlo, le beneficiará, no? Y un provisional dejará de serlo por definición, tarde o temprano. Es como el adolescente, que terminará adulto de todas todas.

gaditaana

 y como ordenan a los que soliciten el concursillo? Se puede pedir una localidad diferente a la que resides ? Se de compañeros que van a cambiar de centro porque les apetece, o es mejor centro incluso sin que este en su localidad de residencia, sino en el pueblo de al lado. ¿Eso desde luego no es conciliacion familiar, aunque se disfrace de ello.Tambien es esoconciliación familiar? Gracias


JAMS

Cita de: Ramadasa en 18 Junio, 2016, 01:59:48 AM
Cita de: respublica en 16 Junio, 2016, 01:11:44 AM
De todas formas, se haga como se haga, el concursillo va a perjudicar mucho a los provisionales y muchísimo a los interinos, por lo que a ninguno de estos colectivos le conviene su implantación, aunque cuanto más restrictivo sea, menor será el daño causado.


Saludos.

En todo caso, al provisional cuando deje de serlo, le beneficiará, no? Y un provisional dejará de serlo por definición, tarde o temprano. Es como el adolescente, que terminará adulto de todas todas.

Llevo siete años de provisional, cada uno en un instituto distinto, y cada vez que sale el concurso de traslados, por más puntos que vaya acumulando, estoy más lejos de una plaza definitiva (¡y hecho todos mis méritos, toditos!). Soy de Córdoba y no he trabajado en toda esa provincia desde que trabajo como profesor. Desde hace tres años me dan destinos por Sevilla, que es lo más cerca que puedo llegar. Cuando "deje de serlo", lo de provisional, no sé cuándo será pero la cosa pinta mal y me veo jubilado sin destino definitivo porque somos como "adolescentes que no llegamos a ser adultos" aunque tengamos pelos y hasta algún que otro pelito blanco dando ya guerra. Me hace gracia eso de que nos acabaremos beneficiando todos con lo del concursillo porque parece que ahora nadie se acuerda de que no todos somos iguales y que hay especialidades, como la mía, en la que los provisionales asumimos de facto la precariedad de los interinos (de hecho no hay interinos aquí y de hecho no he notado prácticamente, en cuanto a estilo de vida, el cambio de interino a provisional).
Por otra parte, me pregunto si como provisional podré solicitar comisión de servicio o no tengo derecho tampoco a esa "conciliación de vida personal y familiar", después de estos siete años, aún teniendo a un familiar de primer grado enfermo muy grave. ¿Me veré pidiendo destino detrás de alguien con destino definitivo (y por lo tanto administrativamente privilegiado respecto a mí pues por ejemplo obtiene más puntos que yo al año o tiene acceso a cargos) que pide solamente por querer estar más cerca o por gusto, teniendo yo un caso de enfermedad grave en mi familia?.
Estoy de acuerdo con lo del concursillo pero no entiendo por qué se discrimina entre funcionarios. En este sentido estoy muy decepcionado y triste con Ustea, que parece haberse olvidado de nosotros y nosotras (no hay más que ver el informe que se ha publicado esta noche, ni una linea dedicada a los provisionales). Y no me vale, insisto, lo de que ya nos beneficiaremos pues no todos jugamos con las mismas cartas en ese sentido.
Una última cuestión, ¿habría salido todo esto, a trompicones como está saliendo, de no haber habido elecciones generales convocadas?...

respublica

Cita de: Ramadasa en 18 Junio, 2016, 01:59:48 AM
Cita de: respublica en 16 Junio, 2016, 01:11:44 AM
De todas formas, se haga como se haga, el concursillo va a perjudicar mucho a los provisionales y muchísimo a los interinos, por lo que a ninguno de estos colectivos le conviene su implantación, aunque cuanto más restrictivo sea, menor será el daño causado.


Saludos.

En todo caso, al provisional cuando deje de serlo, le beneficiará, no? Y un provisional dejará de serlo por definición, tarde o temprano. Es como el adolescente, que terminará adulto de todas todas.

Efectivamente, si toda la normativa sigue igual dentro de unos años el provisional mejorará, pero si el argumento es que es mejor estar en los próximos años lejos de casa porque tras esos años se estará más cerca, entonces que no salga el concursillo y se apliquen ese mismo argumento quienes ahora lo esgrimen para otros.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


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