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Duda sobre el 1 de Sept

Iniciado por carlos25, 18 Agosto, 2016, 12:12:15 PM

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rantanplan

Cita de: katakroker en 22 Agosto, 2016, 16:04:35 PMOtra pregunta,el curso pasado fui sustituto, y este  es la primera vez que tengo vacante,¿¿¿ a que hora se tiene que estar en el centro el 1 septiembre???? gracias

Cuando lo abran, ¿no? Pero no sabes cuándo ocurre eso, claro. El día 1 hay que ir, pero no harás nada, así que no creo que sea muy importante a qué hora te presentes. Yo creo que con que lo hagas a una hora prudencial vale.

Ahora bien, si no quieres pillarte los dedos, métete en la página web y mira la hora del primer examen y preséntate a esa hora.

Elenaz

Hola compañeros/as:

Tengo una duda, a ver si alguien me puede echar una mano: el año pasado estuve haciendo una sustitución en un instituto de Sevilla hasta final de curso (3 meses aproximadamente). Este año me han dado vacante en un pueblo de Almería. En este caso, ¿debería presentarme en el centro de Sevilla a hacer los exámenes o ir directamente a Almería? A la persona que estaba de baja le han dado plaza en otro instituto por lo que no estará allí en septiembre.

Muchas gracias por vuestra ayuda,


rantanplan

Cita de: Elenaz en 24 Agosto, 2016, 10:36:36 AMTengo una duda, a ver si alguien me puede echar una mano: el año pasado estuve haciendo una sustitución en un instituto de Sevilla hasta final de curso (3 meses aproximadamente). Este año me han dado vacante en un pueblo de Almería. En este caso, ¿debería presentarme en el centro de Sevilla a hacer los exámenes o ir directamente a Almería? A la persona que estaba de baja le han dado plaza en otro instituto por lo que no estará allí en septiembre.

SI la persona a la que sustituías ya está dada de alta, es absolutamente irrelevante que le hayan dado destino en otro centro por CGT. La orden que lo convoca tiene también un cláusula (en la base 15º) como el procedimiento de adjudicación de vacantes que le obliga a permanecer en su centro de origen hasta que se completen las tareas del curso anterior.

Si no está dada de altaahora  y tampoco lo estará el 1 de septiembre, no lo sé: no sé muy bien cómo va el asunto de los interinos.¿LO sigues sustituyendo aún o ya has cesado?

M.J.

Todos, TODOS los que han obtenido destino en este verano (funcionarios e interinos) deben ir al centro antiguo el 1 de septiembre, normalmente a la hora del examen de recuperación, o en su defecto a la apertura, dependiendo del centro será a las 8 u 8:15. En cuanto sea posible llamar o ir al centro nuevo, dependiendo de la distancia y de las ganas de ir, y averiguar el día y hora en la que debemos ir. Unos directores nos dirán que al día siguiene, otros que el día del claustro, depende del nivel de caciquismo y el conocimiento de la norma.

Lo que yo hago: voy al center antiguo y llamo al nuevo, le digo que estoy en tal centro realizando los exámenes de septiembre, le doy mi movil y le pregunto cuando voy.
Si el centro está relativamente cerca, voy, conozco a la gente, veo el sitio y tranquila de vuelta.


linus

Cita de: rantanplan en 24 Agosto, 2016, 11:09:05 AM
Cita de: Elenaz en 24 Agosto, 2016, 10:36:36 AMTengo una duda, a ver si alguien me puede echar una mano: el año pasado estuve haciendo una sustitución en un instituto de Sevilla hasta final de curso (3 meses aproximadamente). Este año me han dado vacante en un pueblo de Almería. En este caso, ¿debería presentarme en el centro de Sevilla a hacer los exámenes o ir directamente a Almería? A la persona que estaba de baja le han dado plaza en otro instituto por lo que no estará allí en septiembre.

SI la persona a la que sustituías ya está dada de alta, es absolutamente irrelevante que le hayan dado destino en otro centro por CGT. La orden que lo convoca tiene también un cláusula (en la base 15º) como el procedimiento de adjudicación de vacantes que le obliga a permanecer en su centro de origen hasta que se completen las tareas del curso anterior.

Si no está dada de altaahora  y tampoco lo estará el 1 de septiembre, no lo sé: no sé muy bien cómo va el asunto de los interinos.¿LO sigues sustituyendo aún o ya has cesado?

En el caso de profesores de FP (Básica, Grado Medio o Superior) que no tienen exámenes en septiembre sí se va directamente al nuevo centro,  dado que han concluido sus tareas¿verdad?

Un saludo y muchas gracias.

harto

Y que pasa si en el centro del curso pasado tus exámenes de septiembre son el 2 y no tienes nada el 1 de septiembre? Tengo que presentarme también el 1?

yelmo

Cita de: Elenaz en 24 Agosto, 2016, 10:36:36 AM
Hola compañeros/as:

Tengo una duda, a ver si alguien me puede echar una mano: el año pasado estuve haciendo una sustitución en un instituto de Sevilla hasta final de curso (3 meses aproximadamente). Este año me han dado vacante en un pueblo de Almería. En este caso, ¿debería presentarme en el centro de Sevilla a hacer los exámenes o ir directamente a Almería? A la persona que estaba de baja le han dado plaza en otro instituto por lo que no estará allí en septiembre.

Muchas gracias por vuestra ayuda,
Las respuestas a este tipo de cuestiones se resuelven mirando los correspondientes ceses.
Si en tu último cese estás dado de alta a 31 de agosto y tienes adjudicado un IES (no OCEP Centro de Prórroga Vacacional), tendrías centro de origen y tendrías que ir a él. Si no es así, salvo indicación expresa de la Consejería, no tienes que ir, porque no tienes centro de origen y en el que estuviste alguien ocupa tu puesto. (Y si enfermó se ocupará el departamento, como ocurre en otras ocasiones).

Yo durante los años que no tuve vacante informatizada, jamás fui y no pasó nunca nada.

toroloco

La Consejería `dice dos cosas distintas:

A.-
RESOLUCIÓN DE 10 DE AGOSTO DE 2016, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL
PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS, POR LA QUE SE PROCEDE A
LA PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE DESTINOS PROVISIONALES
AL PERSONAL DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA,
DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, DE PROFESORES DE
ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS, DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES
ESCÉNICAS Y DE PROFESORES Y MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y
DISEÑO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2016/2017.

2. El personal al que se refiere la presente Resolución tomará posesión de los puestos
adjudicados el día 1 de septiembre de 2016.
La no ocupación del puesto adjudicado por el citado personal en la referida fecha
podrá acarrear responsabilidad disciplinaria y supondrá, expresamente para el personal
funcionario interino, la exclusión de la correspondiente bolsa de trabajo, de conformidad con lo
establecido en el artículo 13.1, d) de la Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las
bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de
dicho personal.



B.-
Resolución de 23 de junio de 2016, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de
Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al
personal docente, para el curso académico 2016/2017.

Decimotercera. Publicación de adjudicación de destinos y efectos.
3. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 2, el personal que obtenga destino por
este procedimiento deberá permanecer en su centro de origen, en su caso, hasta que concluyan las actividades
previstas para la finalización del curso anterior.



yelmo

Cita de: toroloco en 25 Agosto, 2016, 14:34:47 PM
La Consejería `dice dos cosas distintas:

A.-
RESOLUCIÓN DE 10 DE AGOSTO DE 2016, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL
PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS, POR LA QUE SE PROCEDE A
LA PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE DESTINOS PROVISIONALES
AL PERSONAL DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA,
DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, DE PROFESORES DE
ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS, DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES
ESCÉNICAS Y DE PROFESORES Y MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y
DISEÑO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2016/2017.

2. El personal al que se refiere la presente Resolución tomará posesión de los puestos
adjudicados el día 1 de septiembre de 2016.
La no ocupación del puesto adjudicado por el citado personal en la referida fecha
podrá acarrear responsabilidad disciplinaria y supondrá, expresamente para el personal
funcionario interino, la exclusión de la correspondiente bolsa de trabajo, de conformidad con lo
establecido en el artículo 13.1, d) de la Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las
bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de
dicho personal.



B.-
Resolución de 23 de junio de 2016, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de
Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al
personal docente, para el curso académico 2016/2017.

Decimotercera. Publicación de adjudicación de destinos y efectos.
3. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 2, el personal que obtenga destino por
este procedimiento deberá permanecer en su centro de origen, en su caso, hasta que concluyan las actividades
previstas para la finalización del curso anterior.

Pues sí. En su centro de origen.
Pero no todos los que han trabajado el curso anterior y obtienen vacante, tienen centro de origen.
Como he dicho, tienes centro de origen si aparece el nombre de un IES en tu cese a 31 de agosto.
Esto no contradice en nada lo que dice la normativa.
¿Cuál es el centro de origen de alguien que ha estado el mismo tiempo en cinco centros?
¿Acaso el haber trabajado los últimos 20 días de curso es suficiente para que sea tu centro de origen?

Los que hacen sustituciones suelen cesar el 30 de junio; a veces ni cobran todo el verano y si lo hacen es una prórroga en cuyo nombramiento no tienen ningún IES concreto. Incluso con días de baja en la seguridad social entre cese y prórroga. Por lo tanto no tienes un centro de trabajo al que ir (tu centro de origen).
Otra cosa es cuando has estado en una vacante en que los nombramientos son hasta 31de agosto. En esos casos sí posees un centro de origen.

Yo un año estuve desde enero hasta el 28 de junio en un centro. Dos días parado y luego prórroga todo el verano. (Centro de mi prórroga, el centro de Prórroga Vacacional).
La persona que se incorporó el 28, estaría el 1 de septiembre, porque yo no fui, nadie me llamó y estuve en mi nuevo centro (me pillaba igual de lejos, pero el nuevo era mi centro de trabajo; todavía no sé donde está el centro de Prórroga Vacacional).
Si hubiese ido de buena voluntad al centro en que estuve dos trimestres, ¿en caso de accidente habría sido al ir al trabajo?
La Junta puede conocer de primera mano las circunstancias particulares de cada centro y podría hacer las cosas mejor: que las haga. Mientras tanto, lo que digan los papeles.

Delacroix

El 1 de septiembre se va al centro antiguo si se ha obtenido vacante en los destinos definitivos de agosto y se tenía vacante el curso anterior.

No se va al antiguo centro si no se ha obtenido vacante en los destinos definitivos de agosto y tampoco si, habíendola obtenido, el curso anterior se tenía una sustitución y no una vacante.


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