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Destinos definitivos de Secundaria

Iniciado por harto, 04 Agosto, 2017, 13:02:02 PM

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Chic82

Cita de: demeter_1982 en 08 Agosto, 2017, 16:45:09 PM
Cita de: lixsi2 en 08 Agosto, 2017, 14:27:51 PM
La cuestión es más simple, una de dos:

A) Los puestos que dejan los funcionarios de carrera por comisiones de servicio entran en el propio reparto de vacantes. Por ejemplo si un funcionario de carrera está en el puesto x y se mueve al puesto Y ese puesto X que queda libre y se oferta EN EL MISMO momento y lo ocupa otra funcionario de carrera o, en su defecto, un interino.

B) Los puestos que dejan lo funcionarios de carrera por comisiones de servicio NO entran en el propio reparto de vacantes. Por ejemplo si un funcionario de carrera está en el puesto X y se mueva al puesto Y este puesto X que queda libre NO se oferta en el mismo momento y no lo puede ocupar nadie más hasta que la CEJA lo decida (bien sea en las definitivas, por telefónicas o se deja sin cubrir).

Yo siempre creí que se hacía por el método A. La cuestión es si alguien lo sabe a ciencia cierta, y dónde está regulado,  pues estamos hablando de cantidades bastante grandes, las plazas que dejar todos los funcionarios que piden comisión.

Un saludo.
Tengo entendido que es el método A. Sino sería muy injusto para los interinos que cogen vacantes en las informatizadas, ya que habría muchas más plazas en las telefónicas que se quedarían descolgadas y adjudicadas a personas con menos tiempo de servicio.

Es el método A, pero yo comenté que en mi especialidad de secundaria, opción bilingüe, había huecos dejados por comisiones concedidas que no se habían adjudicado en provisionales, con total seguridad. Supongo que en definitivas sí saldrán adjudicadas. Un compañero comentó también que pasaba en otra especialidad, al menos en su centro. En fin, a ver qué deparan las definitivas. Esperamos que sean las mismas o más plazas.

demeter_1982

Cita de: minefer en 08 Agosto, 2017, 21:07:45 PM
O sea q son los puestos q definitivamente se quedan libres...
Entonces, de los destinos provisionales que nos dieron puede ser q algún destino finalmente no haya quedado libre y por lo tanto al final no sea vacante inicial? Y si es así, la persona a la q provisionalmente le dieron este puesto lo perdería, obteniendo otro?

Es q sigo sin entender las vacantes que nos dieron en provisionales con estas libres y la relación q hay entre ellas, además de cómo nos puede afectar.

Muchísimas gracias por contestar

Hay vacantes libres porque de algún modo "no tienen dueño", para que nos entendamos. Las vacantes "sin dueño" nos la daban antes sobre todo a interinos y a personas con comisiones de servicio, ente otros.
Pero ahora existe un nuevo concepto, el llamado "concursillo", que es una comisión nueva por conciliación. Entonces todos los profesores tienen opción a esas vacantes "sin dueño". Pero claro, si tú eres "dueño" de una vacante pero optas a una "sin dueño", tu vacante queda "libre" y la puede ocupar otra persona.


demeter_1982

Pero queda libre pero sigues siendo el dueño y puedes volver a ocuparla. Es como si el dueño puediera "prestar" esa vacante porque ha optado por otra que le gusta más .

minefer

Muchas gracias por vuestra ayuda, la verdad es q me sigue costando entender un poco todo esto, espero q cuando lleve unos años más esté más al día, porque la mayoría de las veces me encuentro bastante perdida...

Esperemos q salgan pronto nuestras definitivas y nos quedemos por fin tranquilos, al menos sin tanta incertidumbre.

Saludos!


lixsi2

Cita de: demeter_1982 en 08 Agosto, 2017, 21:16:59 PM
Cita de: minefer en 08 Agosto, 2017, 21:07:45 PM
O sea q son los puestos q definitivamente se quedan libres...
Entonces, de los destinos provisionales que nos dieron puede ser q algún destino finalmente no haya quedado libre y por lo tanto al final no sea vacante inicial? Y si es así, la persona a la q provisionalmente le dieron este puesto lo perdería, obteniendo otro?

Es q sigo sin entender las vacantes que nos dieron en provisionales con estas libres y la relación q hay entre ellas, además de cómo nos puede afectar.

Muchísimas gracias por contestar

Hay vacantes libres porque de algún modo "no tienen dueño", para que nos entendamos. Las vacantes "sin dueño" nos la daban antes sobre todo a interinos y a personas con comisiones de servicio, ente otros.
Pero ahora existe un nuevo concepto, el llamado "concursillo", que es una comisión nueva por conciliación. Entonces todos los profesores tienen opción a esas vacantes "sin dueño". Pero claro, si tú eres "dueño" de una vacante pero optas a una "sin dueño", tu vacante queda "libre" y la puede ocupar otra persona.

La cuestión es mucho más fácil. La CEJA lo llama a todo vacante pero no lo es.

Ahora (y el resto del curso también) se reparten vacantes por un curso y sustituciones también por un curso. Aunque ahora la CEJA lo llama vacante a todo.

Todo lo que está ocupado por un funcionario de carrera es sustitución. Lo ocupe otro funcionario de carrera en comisión o un temporal en interinidad.
Todo lo que está libre es vacante.

A efectos de este curso y de los interinos y funcionarios en comisión no importa ya que tanto una como otra están limitadas desde 1 de septiembre a 30 de junio.

A efectos de OPE y de consolidación de empleo temporal sí que importa ya que sólo se pueden consolidar las plazas vacantes.


Un saludo.

zafran

Yo pienso que es la opción B ya que una amiga pidió comisión  y no aparece la plaza en las vacantes.

respublica

Cita de: lixsi2 en 08 Agosto, 2017, 22:02:35 PM
A efectos de OPE y de consolidación de empleo temporal sí que importa ya que sólo se pueden consolidar las plazas vacantes.

Esto es así porque el gobierno del PP durante muchos años ha prohibido a las comunidades autónomas sacar las plazas que se quedaban libres y ahora tiene intención de sacarlas a oposición en los próximos años pero a coste cero, lo que significa que no dejará crear plazas nuevas, pero no porque no se pueda sino porque no quiere.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: zafran en 09 Agosto, 2017, 00:02:54 AM
Yo pienso que es la opción B ya que una amiga pidió comisión  y no aparece la plaza en las vacantes.

La opción B no es más que una hipótesis que formuló lixsi2 al desconocer el procedimiento porque en el proceso de adjudicación de destinos provisionales los funcionarios que participan voluntariamente porque tengan un destino definitivo y obtienen un destino provisional, el suyo definitivo se lo dan a otro por un curso en el mismo proceso de adjudicación y esto no es nuevo porque antes del concursillo también había comisiones de servicio para los funcionarios y funcionarios que iban voluntariamente a puestos específicos.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


respublica

Cita de: Enric en 08 Agosto, 2017, 19:19:28 PM
Cita de: respublica en 08 Agosto, 2017, 17:53:12 PM
Los aspirantes no pueden solicitar destinos y por tanto no se les puede asignar ninguno.

Esto siempre ha sido así pero el año pasado cambiaron la normativa para que en cada convocatoria, y de forma excepcional por necesidades urgentes, también puedan recibir vacante los aspirantes de las especialidades que cada convocatoria establezca.

Y tanto el curso pasado como este se ha hecho una excepción con la especialidad de francés de primaria, cuyos aspirantes han tenido la obligación de solicitar destinos.

Para el que tenga dudas, basta con leer la convocatoria.

Los aspirantes solicitan destinos al cumplimentar la solicitud de la oposición, no están obligados a cumplimentar una nueva petición de destinos cada año, pero pueden hacerlo.

Cuando hay oposiciones todos los opositores solicitan destinos para el caso en que obtengan plaza, tanto sean interinos, aspirantes o no pertenezcan a las bolsas.

Los interinos que no obtienen plaza se les reutiliza esa misma solicitud para no tener que volver a solicitarlos en la petición de vacantes informatizadas.

Pero los aspirantes no pueden obtener vacante informatizada si no sacan la plaza, salvo que excepcionalmente lo establezca la convocatoria cuando se prevea déficit de interinos para la cobertura de puestos vacantes, como ha ocurrido con francés de primaria, en cuyo caso los aspirantes están obligados a participar, haya o no oposiciones.

Si no hay oposiciones los aspirantes pueden participar voluntariamente en la solicitud de destinos pero únicamente para cambiar las provincias para sustituciones pero no solicitar destino provisional, porque no le van a dar ninguno, salvo en la excepción indicada.


E insisto, el que tenga dudas que lea la convocatoria primero o directamente la normativa que regula los destinos provisionales.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

lixsi2

Cita de: respublica en 09 Agosto, 2017, 00:24:13 AM
Cita de: lixsi2 en 08 Agosto, 2017, 22:02:35 PM
A efectos de OPE y de consolidación de empleo temporal sí que importa ya que sólo se pueden consolidar las plazas vacantes.

Esto es así porque el gobierno del PP durante muchos años ha prohibido a las comunidades autónomas sacar las plazas que se quedaban libres y ahora tiene intención de sacarlas a oposición en los próximos años pero a coste cero, lo que significa que no dejará crear plazas nuevas, pero no porque no se pueda sino porque no quiere.


Saludos.


Lo importante, como ya hemos discutido mil veces, es diferenciar lo que es una vacante real de lo que no es más que una sustitución por curso entero. Cosa que genera mucho confusionismo como se ve por las preguntas de los compañeros. Ello además tiene sus consecuencias y son que las primeras se puede reclamar que se consoliden, incluso jurídicamente. Y es la admistración la que fomenta este oscurantismo para evitar consolidar interinos y que reclamemos nuestros derechos. Lo hacen todas las administraciones independientemente del partido que gobierne.

Las adminstraciones siempre fomentan la figura del interino porque somos más sumisos y maleables, totalmente movibles laboralmente y además, hasta ahora, despedidos gratis.

Eso significa no sacar las vacantes reales ni a concuso ni a oposición como táctica habitual con y sin recortes para evitar el acceso a la condición de funcionario de carrera, reduciendo las convocatorias (con el 100% de tasa de reposión) a cosas risibles y no creíbles.

Pero como los datos de la consejería no se facilitan o están pervertidos y no desagregados resulta difícul cuantificar, y por tanto denunciar, qué plazas legalmente deberían sacar. Entiendo que es una labor de los sindicatos obtener esa información, comunicarla y reclamar que esas plazas pasen a ser fijas.

Un saludo.





¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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