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Iniciado por ANDURIL, 19 Agosto, 2017, 17:59:52 PM

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rantanplan

Por enriquecer un poco el debate, la orden de 24 de mayo de 2011 de la que se extrae la convocatoria dice lo siguiente al respecto:

CitarArtículo 17. Efectos de la provisión de puestos docentes.

2. El personal al que se adjudique un puesto de destino provisional tomará posesión en la fecha que se establezca en la resolución definitiva del procedimiento, sin perjuicio, en su caso, de la obligación de asistir a las actividades de evaluación programadas en septiembre en el centro de origen, y permanecerá en el puesto adjudicado durante todo el curso académico, salvo en el supuesto de que, respectoadas en septiembre en el centro  del personal funcionario interino, se incorpore a dicho puesto la persona titular del mismo.

La formulación dice acudir, pero sigue incluyendo en su caso, lo que da pie a que esto se párrafo tenga efecto dependiendo de lo que se estipule. Como la convocatoria es más precisa y estipula que lo que debe hacerse es permanecer en el centro de origen, yo entiendo que esta parte de la orden sólo es aplicable a aquellos que estén en el centro de origen a fecha de 31 de agosto.

lixsi2

Si te refieres a que lo que queda claro es lo que va a pasar en eso estamos todos de acuerdo:

-La Adminstración, y sus brazos ejecutores de cada centro, intentarán moldear la legislación a su favor para presionar a los trabajadores, siempre de forma telefónica claro, y que hagamos funciones y gastemos un dinero que la administración, por mísera, no nos quiere abonar y por eso no hace las cosas legales y la normativa clara.

-Los trabajadores haremos lo contrario. Nos aferraremos a la propia ley, a la escrita, que esta vez está hasta en nuestro favor, y defenderemos nuestros intereses para evitar una movilidad laboral abusiva, ilegal y gratuita.

Más o menos lo de todos los cursos, que proseguirá en breve con los horarios y el reparto de asignaturas "afines".

Un saludo.



fortunate

Igual voy a preguntar una tontería pero,  ¿tiene algo que ver que en la prórroga me ponga delegación de Huelva y no el centro? El año pasado tuve vacante y sí ponía el IES en dicha prórroga.

lixsi2

Cita de: rantanplan en 23 Agosto, 2017, 18:47:13 PM
Por enriquecer un poco el debate, la orden de 24 de mayo de 2011 de la que se extrae la convocatoria dice lo siguiente al respecto:

CitarArtículo 17. Efectos de la provisión de puestos docentes.

2. El personal al que se adjudique un puesto de destino provisional tomará posesión en la fecha que se establezca en la resolución definitiva del procedimiento, sin perjuicio, en su caso, de la obligación de asistir a las actividades de evaluación programadas en septiembre en el centro de origen, y permanecerá en el puesto adjudicado durante todo el curso académico, salvo en el supuesto de que, respectoadas en septiembre en el centro  del personal funcionario interino, se incorpore a dicho puesto la persona titular del mismo.

La formulación dice acudir, pero sigue incluyendo en su caso, lo que da pie a que esto se párrafo tenga efecto dependiendo de lo que se estipule. Como la convocatoria es más precisa y estipula que lo que debe hacerse es permanecer en el centro de origen, yo entiendo que esta parte de la orden sólo es aplicable a aquellos que estén en el centro de origen a fecha de 31 de agosto.

La cuestión a clarificar es qué se entiende por centro de origen y si un temporal, con cese a 30 de junio, tiene centro de origen. Y debemos recordar que un temporal no tiene centro de origen y cesa el 30 de junio porque así lo quiere la administración de educación. No es ni una práctica habitual en el resto de administraciones, que está limitada a las acumulaciones de tareas y la ejecución de programas temporales, no cesando ni las vacantes ni las sustituciones por cursos o por años naturales.

La orden también incurre en otras contradicciones (es habitual en la legislación específica de enseñanza, por eso ahora todos los tribunales están fallando en contra de la administración respecto al personal interino):

El artículo 21.5 dice:

5. El personal funcionario interino cesará en el puesto
ocupado cuando finalice el período para el que fue nombrado,
cuando se incorpore la persona titular del puesto o, en todo
caso, el 30 de junio del curso académico correspondiente, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo siguiente.


Y el artículo siguiente dice:

3. Durante los períodos de prórroga vacacional, el personal
funcionario interino vendrá obligado a realizar las actividades
de su competencia programadas por los centros
(centros, no centro)

Aparte de contradecir un artículo al anterior, se dan situaciones de lo más esperpéntico.

Por ejemplo, suponiendo que una persona cesada tenga obligación alguna, cosa que es mucho suponer, un temporal que haya estado en 4 centros un total de 2 meses y tenga prórroga vacacional en julio de 10 días ¿a qué actividades de los cuatro centros debe acudir?


Es evidentemente otra coletilla con visos de clara ilegalidad, además de contradicción con el artículo anterior, y cuyo fondo no es otro que aprovecharse del personal temporal. Lo que pasa es que como en julio no se suele hacer nada y son situaciones muy inhabituales pues nadie lo ha impugando en su día. Cosa diferente es si hubiera que acabar en la vía contenciosa, por cualquier cuestión relacionada con esto, porque un director con mala leche quisiera obligar a un temporal  cesado, a ir a uno o varios centros a su antojo, un juez, tal como está pasando con la mayoría de legislación específica de enseñanza relacionada con temporales, seguramente lo echaría todo abajo.

Un saludo.


lixsi2

Cita de: fortunate en 23 Agosto, 2017, 19:08:05 PM
Igual voy a preguntar una tontería pero,  ¿tiene algo que ver que en la prórroga me ponga delegación de Huelva y no el centro? El año pasado tuve vacante y sí ponía el IES en dicha prórroga.

A efectos legales no tiene ninguna repercusión.

La razón es la siguiente, la administración, para crear más confusionismo, si has estado en varios centros, o te ha calificado arbitrariamente tu contrato como sustitución te suele poner prorroga en la delegación. Suele hacerlo...

Si has tenido una sustitución, que la administración le da la gana calificar como vacante, por ejemplo una excedencia, te suele poner la prórroga en el mismo centro. Suele hacerlo....

Todas estas prácticas no buscan otra cosa que fomentar confusionismo, de la misma forma que que tu contrato ponga que tienes una vacante no significa que la tengas. Normalmente tienes una sustitución que dura un curso escolar. O una vacante real, pero limitada artificialmente a 30 de junio, sea o no ocupada por funcionario de carrera.

Por supuesto esas prácticas ni son exactas (es decir a veces pone una cosa u otra para casos iguales) ni tienen base legal alguna. Lo que pasa es que esos términos inventados le vienen muy bien a la CEJA después para dar órdenes orales a la gente que ha clasificado arbitrariamente según etiquetas. Por ejemplo seguro que alguien en la administración argumentará que los que tengan la etiquete prórroga en el centro sí deben ir pero los que no tengan depende de lo que diga el director. O alguna barbaridad similar.

fortunate

Muchas gracias por vuestras respuestas, da gusto exponer las dudas. Yo he estado con una sola sustitución casi todo el curso, el problema es que el titular sigue de baja, de ahí mi comedero de tarro.

Saludos.

lixsi2

Cita de: fortunate en 23 Agosto, 2017, 19:32:57 PM
Muchas gracias por vuestras respuestas, da gusto exponer las dudas. Yo he estado con una sola sustitución casi todo el curso, el problema es que el titular sigue de baja, de ahí mi comedero de tarro.

Saludos.

Legalmente, como ya he expuesto, creo que ningún temporal tiene la obligacion de ir.

Ahora, verbalmente, espero equivocarme, pero si preguntas ponte en lo peor. Si no hay nadie casi seguro que te manden al centro viejo. Pero si tampoco hay nadie en el nuevo (por ejemplo porque te han adjudicado una vacante real que se produjo a final de curso y no fue cubierta por nadie) igual te mandan al nuevo, lo que más les interese, legalidad aparte.

O puede que, si se da ese caso, hagan otra cosa todavía más graciosa. Y es decirte, si los exámenes no coinciden, que te vayas a los dos sitios a realizarlos (no digamos si eres de departamento unipersonal). Te argumentarán que total, qué más te da!!!. Cuando comienzan a abusar esta gente suele no tener fondo. De hecho a ellos lo que les hubiera gustado poner en la convocatoria es "se hará lo que nos dé la gana y gratis" lo que pasa que como era de juzgado de guardia hasta ellos se limitaron.

berrete

Cita de: lixsi2 en 23 Agosto, 2017, 18:54:10 PM
Si te refieres a que lo que queda claro es lo que va a pasar en eso estamos todos de acuerdo:

-La Adminstración, y sus brazos ejecutores de cada centro, intentarán moldear la legislación a su favor para presionar a los trabajadores, siempre de forma telefónica claro, y que hagamos funciones y gastemos un dinero que la administración, por mísera, no nos quiere abonar y por eso no hace las cosas legales y la normativa clara.

-Los trabajadores haremos lo contrario. Nos aferraremos a la propia ley, a la escrita, que esta vez está hasta en nuestro favor, y defenderemos nuestros intereses para evitar una movilidad laboral abusiva, ilegal y gratuita.

Más o menos lo de todos los cursos, que proseguirá en breve con los horarios y el reparto de asignaturas "afines".

Un saludo.

Te aplaudo por tu aportación lixsi2

Estoy totalmente de acuerdo con lo que has dicho


berrete

Cada vez que existe ambiguedad en lo que se debe hacer el docente sale perjudicado.

berrete

Lo que no puede ser es que en un instituto se esten eligiendo los grupos que te van a asignar para el resto del curso, y A LA VEZ, estes en periodo de reclamacion de examenes en el anterior centro...........................................................esto es solo un ejemplo de las muchas incompatibilidades a las que estamos expuestos esos dias, ademas del coste asociado, si los dos centros estan a mucha distancia.

Siempre que exista sentido comun y buena voluntad en las direcciones de los centros todos ponemos lo mejor de nosotros mismos para que todo salga bien, pero , que ocurre si alguna de esas direcciones no tiene ese sentido comun, o esa buena voluntad?...................................PUES QUE SIEMPRE PIERDE EL DOCENTE, o sea vosotros


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