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Dudas frecuentes acerca de la Huelga, evaluaciones, tiempo de servicio, salarios

Iniciado por alboradas, 10 Marzo, 2018, 16:28:25 PM

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blueberry

Hay ciertos centros que, en una demostración de fuerza, han conseguido aplazar evaluaciónes demostrando el peso que tienen los interinos y su capacidad de negociar el desplazamiento de buena voluntad. Aquí fortunate entiendo que "os han cascado" el movimiento más bien.

Hoy han salido las instrucciones que dejo adjuntas. Te cito una parte del documento:
CitarTercero. Aplicación de los procedimientos de evaluación en relación con el ejercicio del derecho de huelga. En la aplicación de los procedimientos establecidos en la normativa vigente relativos a la evaluación del alumnado, no debe ser realizada ninguna actuación que pudiera conducir a menoscabar o limitar el ejercicio del derecho de huelga reconocido por el ordenamiento jurídico, por lo que, de manera particular, no debe contemplarse ni la sustitución del profesorado en situación de huelga en los órganos colegiados o en los órganos de coordinación docente, ni ninguna otra medida contraria a la normativa vigente sobre derechos de los trabajadores.
Teniais una tarea prevista para esta o la siguiente semana y, en previsión de que la gente faltará ejerciendo su derecho a huelga, se decide mover esa tarea fuera del periodo de huelga, allí donde la gente no falta. Me parece ilegítimo, y tengo dudas de si ilegal. Mover producción de fábricas, o en el tiempo, estilo: "mañana trabajas el doble y recuperas" o "ya lo harás otro día pues" contraviene el derecho de huelga porque boicotea el efecto de la misma.

Además no sé la normativa que aplica a la potestad de mover evaluaciones que, aunque creo que el ED puede hacerlo, me parece que no de buenas a primeras sin pasar por un claustro. Esto es superfluo de todos modos.

CGT sacó un sitio web a efectos de denunciar irregularidades como está que la verdad, a mí, me parecen como poco cuestionables.

Saludos.

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blueberry

Esperad todos que hago una acotación (!).

En base al documento que acabo de adjuntar, el punto quinto ampara al ED a "tomar ciertas medidas organizativas para asegurar la evaluación". Creo que todos sabemos por donde va la cosa. Me autocito del comentario de antes: "puede que legal pero ilegítimo". Habrá que litigiarlo  :)


Profesor

Cita de: blueberry en 13 Marzo, 2018, 19:11:39 PM
Esperad todos que hago una acotación (!).

En base al documento que acabo de adjuntar, el punto quinto ampara al ED a "tomar ciertas medidas organizativas para asegurar la evaluación". Creo que todos sabemos por donde va la cosa. Me autocito del comentario de antes: "puede que legal pero ilegítimo". Habrá que litigiarlo  :)

Me temo que cambiar la fecha de la evaluación es legal, el ED tiene esa potestad y para asegurar la evaluación lo podrían hacer. De hecho es lo que están haciendo muchos centros.

blueberry

Buenas profesor,

Haciendo un esfuerzo puedo convenir que la no celebración de sesiones de evaluación, si no se repiten fuera del espacio de huelga, sigue ocasionando una molestia cuando la huelga se termina. De esa manera parece razonable que se permita que se puedan repetir cuando la huelga se acaba. Aquí el efecto de la huelga sería la demora y no se vería interferido.

Pero por la otra parte hay dos cuestiones. Una, que el trabajo no hecho en huelga no se repite, luego esa sesión no podría celebrarse. Dos, que las tareas, en previsión de huelga, no se pueden desplazar en el espacio o en el tiempo para hacerlas en otro momento.

Por supuesto que el ED tiene la potestad de mover las sesiones, pero habría que ver si durante la huelga pueden hacerlo alegremente. Quizás habrían de suspenderlas y de volver a convocarlas después de la huelga, claustro mediante. No le vería problema entonces. El caso es que las instrucciones de la Junta les vienen muy bien a los ED porque ya pueden decir si hacen algo que contraviene una ley superior que estaban siguiendo ordenes.

Resumen: que tengo mis dudas y yo tampoco soy una autoridad. Alguien decía hoy que en Derecho 2 y 2 no son 4. Desde luego. Cuando dos derechos entran en tensión hay que ponderar la situación y hacer un juicio, mirar también la jurisprudencia que pueda existir en casos parecidos. Yo no soy jurista.

Ya que escribo dejo un documento de CGT. En dos días de huelga se han recogido numerosas irregularidades. Y ante la duda mi recomendación de siempre: que lo revisen los servicios jurídicos del sindicato :)

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Ishtar

En mi centro el equipo directivo nos ha dicho que aunque hagamos huelga tenemos que poner las notas, también me han dicho que en la reunión con CGT afirmaron que era así. ¿Alguien tiene información al respecto?

blueberry

Anoche circulaba un audio por WhatsApp, en los grupos de interinos, donde una "supuesta" compañera decía que había llamado a USTEA y que le había informado de que las notas habían de meterse aunque hicieras huelga. Que el periodo de meter las notas empezaba en cuanto te avisan de las sesiones y cuelgan el papel con los días horas.

Sobre este particular tenemos (decenas de profesores y yo) ciertas dudas que creo que son razonables. Estamos pendientes de este tema.

Me suena extraño que CGT afirmara eso sin matices de ningún tipo. En el documento que hicieron llegar el otro día y que se supone editaron ellos se dice:
CitarEl profesorado no tiene que poner las notas a través del sistema Seneca mientras este de huelga.

El funcionamiento de Seneca se basa en Decreto 285/2010, que regulado su utilización para la gestión del sistema educativo andaluz. En él no existe ningún elemento que establezca el horario o calendario de funcionamiento, así que a efectos de trabajar con Seneca debemos entender que la jornada es de lunes a viernes. Si el centro establece un calendario para meter notas y es durante la huelga. ¿Se pueden dejar sin poner esas notas? Si debes poner notas en Seneca durante la huelga evidentemente los días de huelga no lo harás pero antes o después lo tendrás que hacer. Si el plazo establecido está durante los días de huelga esto se verá afectado también.

Por lo tanto Ishtar lo que dices entiendo dependerá de lo que ponga en el ROF de tu centro, por un lado, y desde cuando hasta cuando se secunda la huelga, por otro.

Saludos y cuidado todos con la información ambigua o sin acotar. Comprendo que muchos temas dependen de variables pero por eso, no está bien hacer afirmaciones categóricas.

blueberry

En un hilo para una consulta particular se preguntó:
Cita de: RelicarioConsecuencias no poner notas
Buenos días, compañeros
Perdonad porque sé que este tema es bastante repetitivo pero no consigo encontrar una respuesta clara. Si yo como tutora decido no realizar la sesión de evaluación de mi grupo el día acordado, por ejemplo, el.21. ¿Podría sancionarme inspección por incumplimiento de funciones?
Primero llamar la atención sobre las palabras: una cosa es meter las notas y otra distinta son las sesiones de evaluación.

Si como tutora coges y haces huelga ese día, sin avisar, incluso en el mismo momento antes en que empieza la sesión te declaras en huelga, no, no pasa nada. Así es tu derecho a huelga.

Cita de: RelicarioSi hago huelga hasta el 23 supongo que no, pero si falto el 21 y luego aparezco por el centro el 22 y 23 ¿Estaría obligada? Gracias
Si vuelves al día siguiente pueden decirte que repitas la sesión de evaluación. Si te ves el hilo entero tengo dudas de que pueda hacerse por dos razones, una que el trabajo no hecho en huelga no se recupera, y dos, aunque el ED tenga potestad para mover sesiones, que puedan hacerlo espontáneamente sin pasar por el claustro es cuestionable. Ahora con las instrucciones mágicas que edito ayer la CEJA todo es posible. Entonces demos por sentado que te la van a mover.

Tú regresas allí al día siguiente y tu director/a te dice que repitas la sesión. Y eso son órdenes y hay que hacerlo, aunque no fuera legal, que estaría por verse después. Tienes que cumplir órdenes. Yo, personalmente, dejaría por registro interno escrito que me veo obligado a repetir una sesión que no se hizo el día x, y tengo dudas de que eso sea irregular. Y aportas las razones que te he contado. También, además de hacer la sesión puedes solicitar que te den las órdenes por escrito, una costumbre muy sana en estos casos.

Ahora, tienes una solución simple. Dices que sí, que vale, que a qué hora. Cuando llegas a la sesión te declaras en huelga de nuevo y te vas. Así también si tienen ganas de empujarte a otra repetición al tercer día (Sería muy Monty Python).

Ánimo a todos los compañeros que aquí es donde le duele a la Consejería así que seguid insistiendo. Esto marcha.

SSG

Nos ha reunido el equipo directivo en el recreo (a los interinos). Al final las evaluaciones las haremos después de Semana Santa.


fernandete

Cita de: SSG en 15 Marzo, 2018, 18:09:46 PM
Nos ha reunido el equipo directivo en el recreo (a los interinos). Al final las evaluaciones las haremos después de Semana Santa.

Pues ya me dirán a mí qué es eso.

Suprimen del período de huelga lo que podía presionar al empleador para que la huelga no tenga efectos visibles. Os han desarmado.

vivaldi29



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