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Baja paternal

Iniciado por eriol_85, 13 Julio, 2018, 12:01:01 PM

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matesplus

Isabel Barragán que trabaja en torre triana en Sevilla es la que lleva los permisos y licencias de toda Andalucía. Yo hasta el miércoles no voy a poder pasarme por allí y al ser día 1 no sé si se habrá cogido vacaciones. ¿Nadie puede pasarse por allí el lunes?
Por otra parte, estas instrucciones de obligarte a coger las 9 semanas juntas es nuevo de hoy porque ayer en la delegación de Sevilla no sabían nada. Pero incumplen el acuerdo publicado en BOJA.
En Sevilla me dieron un correo para preguntar dudas permisos.dpse.ced@juntadeandalucia.es
Ayer envié un correo preguntando sobre las vacaciones pero aún nadie me ha contestado. Ahora enviaré otro correo preguntando sobre las 5 semanas adicionales que da Andalucía. De todas formas haré un escrito para entregarlo el lunes dirigido a la dirección general de profesorado y gestión de recursos humanos de la Consejería de Educación exponiendo todo y adjuntando la página del BOJA donde se indica que esas 5 semanas extras se podrán disfrutar dentro de los 12 meses del nacimiento del niño

matesplus

Cita de: LURGA en 27 Julio, 2018, 17:15:14 PM
Yo he estado en delegación esta mañana, y me han dicho: se pide con fecha del nacimiento del crío, son 10 semanassi te pilla agosto por en medio tb solicitas prórroga vacacional, y solo se puede aplazar una semana.....entonces como el anexo 1 se queda corto para tanta historia he registrado un expone solicita también explicando lo de la semana
¿En qué delegación has estado? ¿Sevilla?


LURGA

Cita de: matesplus en 27 Julio, 2018, 17:46:30 PM
Cita de: LURGA en 27 Julio, 2018, 17:15:14 PM
Yo he estado en delegación esta mañana, y me han dicho: se pide con fecha del nacimiento del crío, son 10 semanassi te pilla agosto por en medio tb solicitas prórroga vacacional, y solo se puede aplazar una semana.....entonces como el anexo 1 se queda corto para tanta historia he registrado un expone solicita también explicando lo de la semana
¿En qué delegación has estado? ¿Sevilla?

Almería, con la funcionaria encargada de estos asuntos. Yo le expliqué que me interesaba dejarme el máximo de tiempo posible para estar con el crío cuando mi mujer empiece a trabajar.....pero me ha dicho que no se podia,, solo una semana....




matesplus

Cita de: LURGA en 28 Julio, 2018, 17:39:30 PM
Cita de: matesplus en 27 Julio, 2018, 17:46:30 PM
Cita de: LURGA en 27 Julio, 2018, 17:15:14 PM
Yo he estado en delegación esta mañana, y me han dicho: se pide con fecha del nacimiento del crío, son 10 semanassi te pilla agosto por en medio tb solicitas prórroga vacacional, y solo se puede aplazar una semana.....entonces como el anexo 1 se queda corto para tanta historia he registrado un expone solicita también explicando lo de la semana
¿En qué delegación has estado? ¿Sevilla?

Almería, con la funcionaria encargada de estos asuntos. Yo le expliqué que me interesaba dejarme el máximo de tiempo posible para estar con el crío cuando mi mujer empiece a trabajar.....pero me ha dicho que no se podia,, solo una semana....
Esto es porque tienen orden desde torre triana... me pasaré el miércoles para hablar directamente con Isabel Barragán, a ver si no se ha cogido vacaciones...ella es la que manda...

Y por casualidad ¿le preguntaste por las vacaciones no disfrutadas en agosto? Si se podían coger tras la semana que se puede diferir?


jamador79

Mi situación es un poco diferente y me dieron otra información en la delegación de Málaga. Mi hijo nació tras la modificación en BOE del permiso de paternidad, yo soy interino y aunque estoy con prórroga vacacional lógicamente me conviene más coger el permiso en septiembre u octubre, si es que me llaman. Pensaba que tenía que coger el permiso justo tras el nacimiento del niño, pero en el INSS me insistían que no, que podía solicitarlo dentro de los primeros 112 días de permiso de la madre tras la modificación introducida por el BOE. Pregunté en algunos sindicatos y no lo sabían, así que pregunté en Delegación directamente y me dijeron que si, que podía solicitar el permiso dentro de esos 112 días, si es que me llaman, claro. No sé, viendo lo que decís ustedes, si esto se va a cumplir o no.

matesplus

Cita de: jamador79 en 28 Julio, 2018, 18:20:45 PM
Mi situación es un poco diferente y me dieron otra información en la delegación de Málaga. Mi hijo nació tras la modificación en BOE del permiso de paternidad, yo soy interino y aunque estoy con prórroga vacacional lógicamente me conviene más coger el permiso en septiembre u octubre, si es que me llaman. Pensaba que tenía que coger el permiso justo tras el nacimiento del niño, pero en el INSS me insistían que no, que podía solicitarlo dentro de los primeros 112 días de permiso de la madre tras la modificación introducida por el BOE. Pregunté en algunos sindicatos y no lo sabían, así que pregunté en Delegación directamente y me dijeron que si, que podía solicitar el permiso dentro de esos 112 días, si es que me llaman, claro. No sé, viendo lo que decís ustedes, si esto se va a cumplir o no.

Yo lo pregunté en delegación de Sevilla pero se agarran a lo que pone en BOE:
" Tres.  Con  efectos  desde  la  entrada  en  vigor  de  esta  Ley  y  vigencia  indefinida,  se modifica el primer párrafo del artículo  49. c) del  Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado  Público, aprobado  por el Real Decreto Legislativo  5/2015, de  30 de octubre, que queda redactado en los siguientes términos: «c)  Permiso de paternidad  por el nacimiento,  guarda  con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo: tendrá una duración de cinco semanas ampliables  en los  supuestos  de parto,  adopción,  guarda con fines  de adopción o acogimiento  múltiples  en  dos  días  más  por  cada  hijo  a  partir  del  segundo,  a  disfrutar por el padre  o el otro progenitor  a partir de la fecha del  nacimiento,  de la decisión administrativa  de guarda con fines de adopción  o acogimiento,  o de la resolución judicial  por  la  que  se  constituya  la  adopción.  El  disfrute  del  permiso  será ininterrumpido salvo la última semana, que podrá disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los nueve meses  siguientes a la fecha de nacimiento del hijo,  la  resolución  judicial o la decisión  administrativa a las  que  se  refiere este párrafo,  cuando así lo solicite, al inicio  del permiso, el  progenitor que vaya a disfrutar del  mismo, y se le  autorice, en los términos previstos en su normativa, por la Administración en la que preste servicios. Igualmente,  dicha normativa podrá prever  que se autorice,  cuando así  se solicite previamente,  que el inicio  del permiso tenga lugar  en una fecha posterior a la del nacimiento del hijo,  la resolución judicial o la decisión administrativa antes indicadas, siempre que sea antes de la finalización del correspondiente permiso o de la suspensión  del contrato por  parto,  adopción o acogimiento del otro progenitor,  o inmediatamente después de su finalización".

Fíjate que pone "...el  progenitor que vaya a disfrutar del  mismo, y se le  autorice, en los términos previstos en su normativa, por la Administración en la que preste servicios...". Por tanto, debe autorizarlo la administración de educación de Andalucía que es donde tú prestas servicios... eso es una batalla perdida bajo mi punto de vista porque no están por la labor de autorizarlo

jamador79

Cita de: matesplus en 28 Julio, 2018, 18:30:10 PM
Cita de: jamador79 en 28 Julio, 2018, 18:20:45 PM
Mi situación es un poco diferente y me dieron otra información en la delegación de Málaga. Mi hijo nació tras la modificación en BOE del permiso de paternidad, yo soy interino y aunque estoy con prórroga vacacional lógicamente me conviene más coger el permiso en septiembre u octubre, si es que me llaman. Pensaba que tenía que coger el permiso justo tras el nacimiento del niño, pero en el INSS me insistían que no, que podía solicitarlo dentro de los primeros 112 días de permiso de la madre tras la modificación introducida por el BOE. Pregunté en algunos sindicatos y no lo sabían, así que pregunté en Delegación directamente y me dijeron que si, que podía solicitar el permiso dentro de esos 112 días, si es que me llaman, claro. No sé, viendo lo que decís ustedes, si esto se va a cumplir o no.

Yo lo pregunté en delegación de Sevilla pero se agarran a lo que pone en BOE:
" Tres.  Con  efectos  desde  la  entrada  en  vigor  de  esta  Ley  y  vigencia  indefinida,  se modifica el primer párrafo del artículo  49. c) del  Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado  Público, aprobado  por el Real Decreto Legislativo  5/2015, de  30 de octubre, que queda redactado en los siguientes términos: «c)  Permiso de paternidad  por el nacimiento,  guarda  con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo: tendrá una duración de cinco semanas ampliables  en los  supuestos  de parto,  adopción,  guarda con fines  de adopción o acogimiento  múltiples  en  dos  días  más  por  cada  hijo  a  partir  del  segundo,  a  disfrutar por el padre  o el otro progenitor  a partir de la fecha del  nacimiento,  de la decisión administrativa  de guarda con fines de adopción  o acogimiento,  o de la resolución judicial  por  la  que  se  constituya  la  adopción.  El  disfrute  del  permiso  será ininterrumpido salvo la última semana, que podrá disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los nueve meses  siguientes a la fecha de nacimiento del hijo,  la  resolución  judicial o la decisión  administrativa a las  que  se  refiere este párrafo,  cuando así lo solicite, al inicio  del permiso, el  progenitor que vaya a disfrutar del  mismo, y se le  autorice, en los términos previstos en su normativa, por la Administración en la que preste servicios. Igualmente,  dicha normativa podrá prever  que se autorice,  cuando así  se solicite previamente,  que el inicio  del permiso tenga lugar  en una fecha posterior a la del nacimiento del hijo,  la resolución judicial o la decisión administrativa antes indicadas, siempre que sea antes de la finalización del correspondiente permiso o de la suspensión  del contrato por  parto,  adopción o acogimiento del otro progenitor,  o inmediatamente después de su finalización".

Fíjate que pone "...el  progenitor que vaya a disfrutar del  mismo, y se le  autorice, en los términos previstos en su normativa, por la Administración en la que preste servicios...". Por tanto, debe autorizarlo la administración de educación de Andalucía que es donde tú prestas servicios... eso es una batalla perdida bajo mi punto de vista porque no están por la labor de autorizarlo

Coincido con lo que dices, pero por probar no pierdo nada. La persona de Delegación vino a decirme que ellos simplemente trasladan la solicitud al INSS y que del INSS depende concederlo o no. Que podía ser que yo pidiese el permiso, me fuese y que finalmente me lo denegasen descontandome sueldo. La verdad es que algunas veces se agradecería una respuesta tajante y clara, en un sentido u otro, en lugar de tanta incertidumbre y dependes por parte de la administración.

matesplus

Janador79 claro intentalo... a mí es que esa opción no me interesa porque mi mujer tiene 16 semanas de lactancia + 4 semanas adicionales + 30 días de vacaciones de agosto + la lactancia acumulada que le pertenece (21 día más o menos). Entonces a mí me interesa cogerme las 5 semanas que da Andalucía, más las vacaciones que no disfrute en agosto, más la semana que se puede transferir cuando mi mujer termine todos sus permisos... voy a luchar por ello... y cuando dé a luz mi mujer lo pondré tal cual en el anexo 1 por si cuela (adjuntando lo que pone en BOJA más las instrucciones del 13 de febrero de licencias y permisos para las vacaciones)


matesplus

Cita de: matesplus en 28 Julio, 2018, 21:26:03 PM
Janador79 claro intentalo... a mí es que esa opción no me interesa porque mi mujer tiene 16 semanas de lactancia + 4 semanas adicionales + 30 días de vacaciones de agosto + la lactancia acumulada que le pertenece (21 día más o menos). Entonces a mí me interesa cogerme las 5 semanas que da Andalucía, más las vacaciones que no disfrute en agosto, más la semana que se puede transferir cuando mi mujer termine todos sus permisos... voy a luchar por ello... y cuando dé a luz mi mujer lo pondré tal cual en el anexo 1 por si cuela (adjuntando lo que pone en BOJA más las instrucciones del 13 de febrero de licencias y permisos para las vacaciones)
Perdón,16 semanas de maternidad no de lactancia como he puesto

maestrandalucia

Buenas.
Yo daré a luz a final de agosto si todo va bien y mi pareja, hasta ahora interino y a partir de septiembre funcionario en prácticas, ya cogerá las 10 semanas.
Fuimos a echar los papeles para la plaza y nos dijeron que el mismo día de ayer viernes 27 había sido publicada la instrucción y que tiene que cogerse el permiso nada más nacer el bebé y coger las semanas seguidas, que en todo caso si puedes fraccionarlo cogiendo 9 y la décima cogerla por separado más adelante. Pregunté expresamente porque pensaba y me constaba que cuando se amplió en julio a 5 semanas podía cogerse el permiso más adelante, incluso cuando yo acabara mi baja,  no nada más nacer el hijo, pero según parece con esto nuevo de las 10 semanas hay otras instrucciones. 
Educad a los niños y no será preciso castigar a los hombres.


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