¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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Fecha incorporación al centro

Iniciado por Ukayali, 30 Julio, 2019, 12:35:50 PM

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Xanders

Cita de: albay en 31 Julio, 2019, 18:26:10 PM
Si os lo pide alguien no tenéis más que enseñar la ley:

Resolución de 13 de junio de 2019, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente, para el curso académico 2019/2020.

Decimotercera. Publicación de adjudicación de destinos y efectos.
(...)
3. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 2, el personal que obtenga destino por este procedimiento, deberá permanecer en su centro de origen en su caso, hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso anterior.


Ya está listo el justificante.

Ya, pero supongo que algunos querrán tener constancia escrita de que has permanecido en el centro. Para gustos... colores

Xanders

Cita de: Xanders en 31 Julio, 2019, 20:10:08 PM
Cita de: albay en 31 Julio, 2019, 18:26:10 PM
Si os lo pide alguien no tenéis más que enseñar la ley:

Resolución de 13 de junio de 2019, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente, para el curso académico 2019/2020.

Decimotercera. Publicación de adjudicación de destinos y efectos.
(...)
3. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 2, el personal que obtenga destino por este procedimiento, deberá permanecer en su centro de origen en su caso, hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso anterior.


Ya está listo el justificante.

Ya, pero supongo que algunos querrán tener constancia escrita de que has permanecido en el centro. Para gustos... colores
Me refiero a la directiva del nuevo centro


Iridium

Disculpad pero lo que no me queda claro es a qué norma me puedo referir para no ir al instututo de junio una vez que estuve en él de sustitución y no de vacante. Lo que se lee en la orden de destinos provisionales y en la resolución que convoca las solicitudes de este curso no termino de ver que sea solo para vacantes consecutivas.

albay

Pues que se lean la ley. No necesitan esa constancia escrita para nada.


albay

Cita de: Iridium en 31 Julio, 2019, 20:47:11 PM
Disculpad pero lo que no me queda claro es a qué norma me puedo referir para no ir al instututo de junio una vez que estuve en él de sustitución y no de vacante. Lo que se lee en la orden de destinos provisionales y en la resolución que convoca las solicitudes de este curso no termino de ver que sea solo para vacantes consecutivas.


Iridium acabo de ponerla unos mensajes más arriba. Es la orden de Destinos provisionales.

Iridium

Cita de: albay en 31 Julio, 2019, 20:48:17 PM
Cita de: Iridium en 31 Julio, 2019, 20:47:11 PM
Disculpad pero lo que no me queda claro es a qué norma me puedo referir para no ir al instututo de junio una vez que estuve en él de sustitución y no de vacante. Lo que se lee en la orden de destinos provisionales y en la resolución que convoca las solicitudes de este curso no termino de ver que sea solo para vacantes consecutivas.


Iridium acabo de ponerla unos mensajes más arriba. Es la orden de Destinos provisionales.

Si, yo lo leo (orden y resolución) y encuentro que hablan de permanecer en el centro de origen durante las actividades de finalización de curso para los que obtengan destino por ese procedimiento (destinos provisionales), sí eso está claro. Lo que quisiera tener también claro es que este inicio de septiembre en el centro de origen solo afecta a interinos con vacante que vienen de una vacante anterior y no a interinos con vacante que vienen de una sustitución en junio, tal y como se ha indicado en el hilo.

albay

Esa es la eterna discusión de todos los años.

fortunate

Los que han tenido sustitución van directamente al nuevo, ya que en el antiguo estará el titular.


Ukayali



Los que tenéis vacante en otra población recordad que tenéis PERMISO POR MUDANZA,

                                                  es 1 DÍA DE PERMISO SI ES EN LA MISMA PROVINCIA
                                                   ó 3 DÍAS DE PERMISO SI ES DISTINTA PROVINCIA

se justifica con contrato de alquiler, o contrato de agua. o de luz, comunidad, internet... o cualquier documento que refleje que vas a vivir ése año en la nueva comunidad. (con 1 documento justificativo es suficiente).


Es un PERMISO, así que os lo dan seguro.

Iridium

Cita de: Ukayali en 31 Julio, 2019, 22:43:56 PM


Los que tenéis vacante en otra población recordad que tenéis PERMISO POR MUDANZA,

                                                  es 1 DÍA DE PERMISO SI ES EN LA MISMA PROVINCIA
                                                   ó 3 DÍAS DE PERMISO SI ES DISTINTA PROVINCIA

se justifica con contrato de alquiler, o contrato de agua. o de luz, comunidad, internet... o cualquier documento que refleje que vas a vivir ése año en la nueva comunidad. (con 1 documento justificativo es suficiente).


Es un PERMISO, así que os lo dan seguro.

¿Te lo pueden dar si vas a vivir a casa de un familiar?


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