¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

Reclamación fuera de plazo.

Iniciado por Luzindel, 02 Julio, 2020, 21:48:58 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

respublica

Cita de: palermatex en 04 Julio, 2020, 10:05:53 AM
Cita de: zocter en 02 Julio, 2020, 22:58:54 PM
Cita de: movement en 02 Julio, 2020, 21:55:30 PM
A) No
B) Si la media es 5 o superior, a pesar de no haber superado una evaluación, había que aprobar al alumnado.
Eso NO es así.

Ese planteamiento no es correcto. Si tiene un 4 es porque hay una serie de criterios no superados. En la tercera evaluacion se debia recuperar los criterios no superados por los alumnos correspondientes. Si no ha dado señales de vida...mala suerte

La Base Octava, Apartado 4 de la Instrucción de 23 de abril de 2020 se nos indica que en la evaluación ordinaria, así como para la calificación de las distinta áreas, materias o módulos, se tendrán fundamentalmente en consideración los resultados de los dos primeros trimestres y, a partir de ellos, se valorarán las actividades y pruebas realizadas por el alumnado en el tercer trimestre únicamente si tienen valoración positiva.

Así que con esas indicaciones la nota del tercer trimestre solo se pudo tener en cuenta si le aumentaba la nota final y por tanto solo cabía aplicar la media de los criterios empleados en las dos primeras evaluaciones, e incluir en la media los de la tercera solo si le subía la nota final.

En el caso que nos ocupa la media de las dos primeras evaluaciones sale a 5 y esa debió ser su nota.

Vuelvo a insistir en que para la evaluación final el alumno no tiene obligación de obtener más de un 5 en todos y cada uno de los múltiples criterios de evaluación, sino en la totalidad del curso, que en el caso del curso actual se reduce al periodo en que hubo clases presenciales.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: movement en 04 Julio, 2020, 15:21:02 PM
Cita de: palermatex en 04 Julio, 2020, 10:05:53 AM
Cita de: zocter en 02 Julio, 2020, 22:58:54 PM
Cita de: movement en 02 Julio, 2020, 21:55:30 PM
A) No
B) Si la media es 5 o superior, a pesar de no haber superado una evaluación, había que aprobar al alumnado.
Eso NO es así.

Ese planteamiento no es correcto. Si tiene un 4 es porque hay una serie de criterios no superados. En la tercera evaluacion se debia recuperar los criterios no superados por los alumnos correspondientes. Si no ha dado señales de vida...mala suerte

Si mi planteamiento no es correcto. ¿Crees que si la alumna en cuestión hubiese reclamado no habría acabado aprobando la asignatura?

Por supuesto que si hubiese reclamado dentro de plazo le habrían dado la razón y esto no es solo una opinión mía, sino que es lo que afirmó Luzindel en su primer mensaje que le había advertido jefatura de estudios.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


alboradas

Habría que empezar por mencionar que la Instrucción de 23 de abril implica alteración temporal de normas de rango superior. La de mayor rango, LOMCE. Eso crea inseguridad legislativa, co o ya señaló Adide.

Otro detalle es que la calificación final no tiene necesariamente que ser la media aritmética de las distintas calificaciones obtenidas a través de los distintos instrumentos de evaluación.

Saludos.

zocter

Aquí hay dos casos:
1) Que su materia se preste a que tenga evaluación continua REAL (hay muchas que los objetivos son finalistas, y no puede haber una evaluación continua real).

--> En este caso, si tiene un 4 en la última evaluación está claro que no ha adquirido los objetivos adecuadamente.

2) Que su materia NO se preste a que tenga evaluación continua REAL.

--> Tiene un trimestre suspenso, ya que no ha adquirido satisfactoriamente algunos objetivos. La compañera ha hecho su plan de recuperación como así nos dicta la ley educativa, y el alumno NO ha hecho nada.

Su nota está correcta.

Por cierto, donde pone en las Instrucciones de 23 de abril de 2020 que se hace media de los dos primeros trimestres? Y donde pone que porcentaje de los objetivos que nos marca el currículo no son necesario superar para superar la materia??

Resulta que el alumno/a, por ley debe adquirir satisfactoriamente TODOS los objetivos, que para eso están puestos.

PD: Sigo esperando a saber si un alumno de 10 que ha visto la mitad de los objetivos de 10, a mitad de curso, puede NO hacer nada y tendrá su 5.




zocter

Cita de: zocter en 04 Julio, 2020, 16:00:20 PM
Aquí hay dos casos:
1) Que su materia se preste a que tenga evaluación continua REAL (hay muchas que los objetivos son finalistas, y no puede haber una evaluación continua real).

--> En este caso, si tiene un 4 en la última evaluación está claro que no ha adquirido los objetivos adecuadamente.

2) Que su materia NO se preste a que tenga evaluación continua REAL.

--> Tiene un trimestre suspenso, ya que no ha adquirido satisfactoriamente algunos objetivos. La compañera ha hecho su plan de recuperación como así nos dicta la ley educativa, y el alumno NO ha hecho nada.

Su nota está correcta.

Por cierto, donde pone en las Instrucciones de 23 de abril de 2020 que se hace media de los dos primeros trimestres? Y donde pone que porcentaje de los objetivos que nos marca el currículo no son necesario superar para superar la materia??

Resulta que el alumno/a, por ley debe adquirir satisfactoriamente TODOS los objetivos, que para eso están puestos.

PD: Sigo esperando a saber si un alumno de 10 que ha visto la mitad de los objetivos de 10, a mitad de curso, puede NO hacer nada y tendrá su 5.
¿Dónde pone en la Instrucción que puedes hacer la media con uno de los dos trimestres suspensos?
¿Dónde pone y en que ley que un alumno con un trimestre suspenso NO tendrá que recuperar nada?

Es que puestos a esto, NADIE haría recuperaciones del primer trimestre (en materias con evaluación no continua REAL, se entiende que en CONTINUAS la nota final contiene todo el año...)

Un escenario posible, con objetivos finalistas... Alumno, primer trimestre un 4, le hago recuperación y no se presenta, segundo trimestre un 3 y lo mismo, en el tercer trimestre un 8 y ya tiene todo el curso aprobado... Y algunos se atreven a decir que por esto con una reclamación les darían la razón?? Por esto?? Lo dudo.

zocter

Cita de: zocter en 04 Julio, 2020, 16:09:48 PM
Cita de: zocter en 04 Julio, 2020, 16:00:20 PM
Aquí hay dos casos:
1) Que su materia se preste a que tenga evaluación continua REAL (hay muchas que los objetivos son finalistas, y no puede haber una evaluación continua real).

--> En este caso, si tiene un 4 en la última evaluación está claro que no ha adquirido los objetivos adecuadamente.

2) Que su materia NO se preste a que tenga evaluación continua REAL.

--> Tiene un trimestre suspenso, ya que no ha adquirido satisfactoriamente algunos objetivos. La compañera ha hecho su plan de recuperación como así nos dicta la ley educativa, y el alumno NO ha hecho nada.

Su nota está correcta.

Por cierto, donde pone en las Instrucciones de 23 de abril de 2020 que se hace media de los dos primeros trimestres? Y donde pone que porcentaje de los objetivos que nos marca el currículo no son necesario superar para superar la materia??

Resulta que el alumno/a, por ley debe adquirir satisfactoriamente TODOS los objetivos, que para eso están puestos.

PD: Sigo esperando a saber si un alumno de 10 que ha visto la mitad de los objetivos de 10, a mitad de curso, puede NO hacer nada y tendrá su 5.
¿Dónde pone en la Instrucción que puedes hacer la media con uno de los dos trimestres suspensos?
¿Dónde pone y en que ley que un alumno con un trimestre suspenso NO tendrá que recuperar nada?

Es que puestos a esto, NADIE haría recuperaciones del primer trimestre (en materias con evaluación no continua REAL, se entiende que en CONTINUAS la nota final contiene todo el año...)

Un escenario posible, con objetivos finalistas... Alumno, primer trimestre un 4, le hago recuperación y no se presenta, segundo trimestre un 3 y lo mismo, en el tercer trimestre un 8 y ya tiene todo el curso aprobado... Y algunos se atreven a decir que por esto con una reclamación les darían la razón?? Por esto?? Lo dudo.
*Cuando digo "le hago recuperación" me refiero a "articulo mecanismos de recuperación" y no hace nada. (vamos, como le pasó a la compañera)

respublica

Cita de: zocter en 04 Julio, 2020, 15:38:46 PM
Sigo esperando a saber si puedo decirle a un alumno de 10 a mitad de curso que se puede olvidar de mi materia, que ya tiene el 5.

Zocter, ya te he respondido varias veces. Tu obligación con ese alumno es intentar sacar de él el máximo posible de sus capacidades por lo que resulta evidente que no le puedes decir que se olvide de tu materia a mitad de curso, ni a él ni a ninguno, pero llegado el final de curso tienes que darle una calificación final objetiva contemplando todos los criterios de evaluación del curso, no solo los de la segunda mitad, y si hablamos de este curso, solo los de las clases presenciales si ello le resulta más beneficioso.

Me preguntas y te respondo pero tú sigues sin fundamentar en ninguna normativa tu opinión de que hay que suspender a un alumno en evaluación final si no aprueba uno solo de los múltiples criterios de evaluación, y pese a ello sigues insistiendo en lo mismo.

Por poner un ejemplo, en la ESO los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias serán los criterios de
evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables.

Pues bien, en Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas de 4º de la ESO hay, si no he contado mal, 77 estándares de aprendizaje evaluables y no se puede suspender a un alumno que haya suspendido solo uno de ellos y aprobado los 76 restantes, sino que hay que aplicar una media aritmética si la programación considera que todos tienen igual peso, o ponderada en caso contrario.

Es algo muy obvio y no me explico cómo puede defenderse lo contrario, no ya por normativa, que por supuesto no exige superar todos y cada uno de los elementos del currículo, sino por sentido común.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

zocter

Cita de: respublica en 04 Julio, 2020, 16:14:00 PM
Cita de: zocter en 04 Julio, 2020, 15:38:46 PM
Sigo esperando a saber si puedo decirle a un alumno de 10 a mitad de curso que se puede olvidar de mi materia, que ya tiene el 5.

Zocter, ya te he respondido varias veces. Tu obligación con ese alumno es intentar sacar de él el máximo posible de sus capacidades por lo que resulta evidente que no le puedes decir que se olvide de tu materia a mitad de curso, ni a él ni a ninguno, pero llegado el final de curso tienes que darle una calificación final objetiva contemplando todos los criterios de evaluación del curso, no solo los de la segunda mitad, y si hablamos de este curso, solo los de las clases presenciales si ello le resulta más beneficioso.

Me preguntas y te respondo pero tú sigues sin fundamentar en ninguna normativa tu opinión de que hay que suspender a un alumno en evaluación final si no aprueba uno solo de los múltiples criterios de evaluación, y pese a ello sigues insistiendo en lo mismo.

Por poner un ejemplo, en la ESO los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias serán los criterios de
evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables.

Pues bien, en Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas de 4º de la ESO hay, si no he contado mal, 77 estándares de aprendizaje evaluables y no se puede suspender a un alumno que haya suspendido solo uno de ellos y aprobado los 76 restantes, sino que hay que aplicar una media aritmética si la programación considera que todos tienen igual peso, o ponderada en caso contrario.

Es algo muy obvio y no me explico cómo puede defenderse lo contrario, no ya por normativa, que por supuesto no exige superar todos y cada uno de los elementos del currículo, sino por sentido común.


Saludos.
Entonces, tú le pondrías un 5 a ese alumno que tiene un 10 hasta justo mitad de curso y un 0 hasta el final, sentido común.

Te repito (estoy con el móvil). En la ley pone (ya te lo puse ayer creo) que el alumno debe ADQUIRIR los objetivos que marca el currículo (yo entiendo que todos, tu un % lo cuál es aún más subjetivo) y en caso de no adquirirlos le DEBES (lo dice la ley también, creo que lo puse ayer) hacer un plan de recuperación de objetivos no adquiridos/superados. Está claro que en el segundo trinestre algo no ha adquirido, la compañera le ha hecho su plan de recuperación y NO ha hecho nada... No puede aprobar...


zocter

Cita de: zocter en 04 Julio, 2020, 16:28:30 PM
Cita de: respublica en 04 Julio, 2020, 16:14:00 PM
Cita de: zocter en 04 Julio, 2020, 15:38:46 PM
Sigo esperando a saber si puedo decirle a un alumno de 10 a mitad de curso que se puede olvidar de mi materia, que ya tiene el 5.

Zocter, ya te he respondido varias veces. Tu obligación con ese alumno es intentar sacar de él el máximo posible de sus capacidades por lo que resulta evidente que no le puedes decir que se olvide de tu materia a mitad de curso, ni a él ni a ninguno, pero llegado el final de curso tienes que darle una calificación final objetiva contemplando todos los criterios de evaluación del curso, no solo los de la segunda mitad, y si hablamos de este curso, solo los de las clases presenciales si ello le resulta más beneficioso.

Me preguntas y te respondo pero tú sigues sin fundamentar en ninguna normativa tu opinión de que hay que suspender a un alumno en evaluación final si no aprueba uno solo de los múltiples criterios de evaluación, y pese a ello sigues insistiendo en lo mismo.

Por poner un ejemplo, en la ESO los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias serán los criterios de
evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables.

Pues bien, en Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas de 4º de la ESO hay, si no he contado mal, 77 estándares de aprendizaje evaluables y no se puede suspender a un alumno que haya suspendido solo uno de ellos y aprobado los 76 restantes, sino que hay que aplicar una media aritmética si la programación considera que todos tienen igual peso, o ponderada en caso contrario.

Es algo muy obvio y no me explico cómo puede defenderse lo contrario, no ya por normativa, que por supuesto no exige superar todos y cada uno de los elementos del currículo, sino por sentido común.


Saludos.
Entonces, tú le pondrías un 5 a ese alumno que tiene un 10 hasta justo mitad de curso y un 0 hasta el final, sentido común.

Te repito (estoy con el móvil). En la ley pone (ya te lo puse ayer creo) que el alumno debe ADQUIRIR los objetivos que marca el currículo (yo entiendo que todos, tu un % lo cuál es aún más subjetivo) y en caso de no adquirirlos le DEBES (lo dice la ley también, creo que lo puse ayer) hacer un plan de recuperación de objetivos no adquiridos/superados. Está claro que en el segundo trinestre algo no ha adquirido, la compañera le ha hecho su plan de recuperación y NO ha hecho nada... No puede aprobar...
Que % es el mínimo que exige la nornativa para aprobar??? O sea, nos "limpiamos" objetivos y NO pasa nada?? Ya te dije ayer que eso no puedes hacerlo, salvo ACS en su caso...

respublica

Cita de: zocter en 04 Julio, 2020, 16:00:20 PM
Aquí hay dos casos:
1) Que su materia se preste a que tenga evaluación continua REAL (hay muchas que los objetivos son finalistas, y no puede haber una evaluación continua real).

--> En este caso, si tiene un 4 en la última evaluación está claro que no ha adquirido los objetivos adecuadamente.

2) Que su materia NO se preste a que tenga evaluación continua REAL.

--> Tiene un trimestre suspenso, ya que no ha adquirido satisfactoriamente algunos objetivos. La compañera ha hecho su plan de recuperación como así nos dicta la ley educativa, y el alumno NO ha hecho nada.

Zocter, hay que hablar con propiedad, ¿de dónde te sacas ahora que existe la evaluación continua real y otra que no es real? La que no es real ¿qué es, irreal?

La evaluación es continua siempre y lo que significa es que está inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje y debe tener en cuenta el progreso del alumnado, con el fin de detectar las dificultades en el momento en el que se produzcan, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias imprescindibles que le permitan continuar adecuadamente su proceso de aprendizaje (Artículo 13.2 de la Orden de 14 de julio de 2016).

Dicho con otras palabras, evaluación continua significa que la evaluación no es algo que se haga al final de cada trimestre en base a un examen, sino que continuamente debemos estar evaluando al alumnado en todo su proceso de aprendizaje, con múltiples y variados instrumentos, adoptando medidas para mejorar sus resultados sin esperar al final.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'