¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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Reclamación fuera de plazo.

Iniciado por Luzindel, 02 Julio, 2020, 21:48:58 PM

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alboradas

Empeñarse en suspender a toda costa...

¿O empeñarse en aprobar a toda costa, favoreciendo aún más el deterioro de la enseñanza pública, dando acogida y cobertura a situaciones como las que esta compañera describe del caso de su alumna, desgraciadamente cada vez más habitual, hasta dónde bajaremos el nivel por no "complicarmos la vida"?.

No son ganas de complicar la vida a nadie, pero hay aprobados que se hacen con la nariz tapada.

Y ahí lo dejo.

Saludos.

respublica

Cita de: alboradas en 04 Julio, 2020, 18:54:22 PM
Según esto, la alumna no ha superado, con el paradigma de la evaluación continua, los dos primeros trimestres.

¿Qué quieres decir con el paradigma de la evaluación continua? Ya he explicado, citando la normativa correspondiente, lo que significa evaluación continua.

Al margen de eso ¿qué razonamiento te lleva a la conclusión de que la alumna está suspensa?

Luzindel según parece es de Lengua Castellana y Literatura y no sabemos a qué curso se refiere, pero supongamos que es de 3º de la ESO. Pues bien, esa materia tiene aproximadamente 99 estándares de aprendizaje evaluable, que son los referentes a considerar en su evaluación a través de los diversos instrumentos utilizados, de los cuales podemos pensar que aproximadamente un tercio son los que se evalúan en cada trimestre, descartando los que no se han dado de forma presencial, salvo que le suban la nota.

Se supone que la calificación de la alumna en aproximadamente los primeros 33 estándares fue de un 6 y en los siguientes de un 4, y al calcular la nota final tenemos que en los 66 estándares a considerar la alumna obtiene un 5. Ya está, no hay que darle más vueltas.

Ya lo he dicho muchas veces y es indiscutible que no podemos exigir a una alumna que apruebe en todos y cada uno de los 99 estándares de aprendizaje evaluables, por lo que solo cabe como calificación final hacer la media aritmética o ponderada (si la programación incluye pesos en los estándares evaluables) de la nota obtenida en cada uno de los 99 estándares que tiene LCL en 3º de la ESO, que en este caso se reducen a los evaluados en los dos primeros trimestres.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


zocter

Cita de: respublica en 04 Julio, 2020, 23:47:27 PM
Cita de: zocter en 04 Julio, 2020, 16:55:28 PM

Quizá lo que no entiendas con lo que quiero decir es lo de los objetivos finalistas o no finalistas...
Un objetivo finalista es aquel que se ve durante todo el curso... Por ejemplo, en matemáticas podría ser uno relacionado con sumar, o en inglés uno que trate sobre escribir redacciones...

Un objetivo no finalista es aquel que se ve en un momento... Por ejemplo, en historia la guerra civil.

Zocter, no dejas de sorprenderme.

¿De dónde sacas esa distinción entre objetivos finalistas y no finalistas?

Supongo que será del mismo sitio de dónde sacaste lo de evaluación continua real y no real, que desconozco cuál será y dudo que nos lo aclares, pero desde luego no es ni de la normativa que regula la evaluación en la ESO, ni en Bachillerato ni tampoco la de FP.

De todas formas, en la ESO, que es lo que nos ocupa, de conformidad con el Artículo 14 de la Orden de 14 de julio de 2006, los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias son los criterios de evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables, junto a los criterios de evaluación incluidos en el proyecto educativo del centro, así como los criterios de calificación incluidos en la programación didáctica.


Saludos.
De una conversación con un inspector que me supervisó mi fase de prácticas.

Un saludo.

zocter

Cita de: respublica en 05 Julio, 2020, 00:15:19 AM
Cita de: alboradas en 04 Julio, 2020, 18:54:22 PM
Según esto, la alumna no ha superado, con el paradigma de la evaluación continua, los dos primeros trimestres.

¿Qué quieres decir con el paradigma de la evaluación continua? Ya he explicado, citando la normativa correspondiente, lo que significa evaluación continua.

Al margen de eso ¿qué razonamiento te lleva a la conclusión de que la alumna está suspensa?

Luzindel según parece es de Lengua Castellana y Literatura y no sabemos a qué curso se refiere, pero supongamos que es de 3º de la ESO. Pues bien, esa materia tiene aproximadamente 99 estándares de aprendizaje evaluable, que son los referentes a considerar en su evaluación a través de los diversos instrumentos utilizados, de los cuales podemos pensar que aproximadamente un tercio son los que se evalúan en cada trimestre, descartando los que no se han dado de forma presencial, salvo que le suban la nota.

Se supone que la calificación de la alumna en aproximadamente los primeros 33 estándares fue de un 6 y en los siguientes de un 4, y al calcular la nota final tenemos que en los 66 estándares a considerar la alumna obtiene un 5. Ya está, no hay que darle más vueltas.

Ya lo he dicho muchas veces y es indiscutible que no podemos exigir a una alumna que apruebe en todos y cada uno de los 99 estándares de aprendizaje evaluables, por lo que solo cabe como calificación final hacer la media aritmética o ponderada (si la programación incluye pesos en los estándares evaluables) de la nota obtenida en cada uno de los 99 estándares que tiene LCL en 3º de la ESO, que en este caso se reducen a los evaluados en los dos primeros trimestres.


Saludos.
No exigirle a un alumno que DEBA aprobar todos los objetivos (o adquirirlos como cita la ley adecuadamente) implica que estas tocando algo que puede hacerse usando una ACS. Los objetivos y criterios de evaluación NO pueden ser modificados ni eliminados a nuestro antojo. En caso contrario, no se como explicarlo para que lo veas, estás saltandote a la torera la ley. El currículo se escribe para que se alcancen con un nivek mínimo todos los objetivos, te guste más o menos. Aprobar a un alumno que no ha alcanzado todos los objetivos, es ilegal.


respublica

Cita de: alboradas en 04 Julio, 2020, 23:48:25 PM
Empeñarse en suspender a toda costa...

¿O empeñarse en aprobar a toda costa, favoreciendo aún más el deterioro de la enseñanza pública, dando acogida y cobertura a situaciones como las que esta compañera describe del caso de su alumna, desgraciadamente cada vez más habitual, hasta dónde bajaremos el nivel por no "complicarmos la vida"?.

No son ganas de complicar la vida a nadie, pero hay aprobados que se hacen con la nariz tapada.

Y ahí lo dejo.

Saludos.

Si se hace como dices se hace mal. No hay que complicarse ni en aprobar ni en suspender.

En lo que hay que complicarse es en hacer nuestro trabajo bien, lo que significa cumplir con la normativa que lo regula, y que indica que la evaluación debe ser siempre objetiva y emplear instrumentos de evaluación variados que comprueben el nivel de adquisición por parte del alumnado de cada uno de los estándares de aprendizaje evaluables de nuestra materia de la ESO.

En el caso descrito por Luzindel, como muy bien le indicó su jefe de estudios, debió aprobar a la alumna, y si hubiese reclamado en plazo o jefatura hubiese supervisado las notas, estaría ya aprobada porque es lo que se merece objetivamente.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

zocter

Cita de: zocter en 05 Julio, 2020, 00:30:31 AM
Cita de: respublica en 05 Julio, 2020, 00:15:19 AM
Cita de: alboradas en 04 Julio, 2020, 18:54:22 PM
Según esto, la alumna no ha superado, con el paradigma de la evaluación continua, los dos primeros trimestres.

¿Qué quieres decir con el paradigma de la evaluación continua? Ya he explicado, citando la normativa correspondiente, lo que significa evaluación continua.

Al margen de eso ¿qué razonamiento te lleva a la conclusión de que la alumna está suspensa?

Luzindel según parece es de Lengua Castellana y Literatura y no sabemos a qué curso se refiere, pero supongamos que es de 3º de la ESO. Pues bien, esa materia tiene aproximadamente 99 estándares de aprendizaje evaluable, que son los referentes a considerar en su evaluación a través de los diversos instrumentos utilizados, de los cuales podemos pensar que aproximadamente un tercio son los que se evalúan en cada trimestre, descartando los que no se han dado de forma presencial, salvo que le suban la nota.

Se supone que la calificación de la alumna en aproximadamente los primeros 33 estándares fue de un 6 y en los siguientes de un 4, y al calcular la nota final tenemos que en los 66 estándares a considerar la alumna obtiene un 5. Ya está, no hay que darle más vueltas.

Ya lo he dicho muchas veces y es indiscutible que no podemos exigir a una alumna que apruebe en todos y cada uno de los 99 estándares de aprendizaje evaluables, por lo que solo cabe como calificación final hacer la media aritmética o ponderada (si la programación incluye pesos en los estándares evaluables) de la nota obtenida en cada uno de los 99 estándares que tiene LCL en 3º de la ESO, que en este caso se reducen a los evaluados en los dos primeros trimestres.


Saludos.
No exigirle a un alumno que DEBA aprobar todos los objetivos (o adquirirlos como cita la ley adecuadamente) implica que estas tocando algo que puede hacerse usando una ACS. Los objetivos y criterios de evaluación NO pueden ser modificados ni eliminados a nuestro antojo. En caso contrario, no se como explicarlo para que lo veas, estás saltandote a la torera la ley. El currículo se escribe para que se alcancen con un nivek mínimo todos los objetivos, te guste más o menos. Aprobar a un alumno que no ha alcanzado todos los objetivos, es ilegal.
Y si la compañera estima  en su situación y con base su programación que un alumno NO ha superado 1, 3, o 5 objetivos y crea un plan de recuperación que el alumno NO hace, NO se como lo iban a aprobar en una reclamación por ese motivo, y mucho más este curso que ha tenido tres meses para recuperar (y aún le queda septiembre).

albay

Si se aplicaran todos los criterios y sus estándares, al dedillo, al pie de la letra, tal y como dice la ley, en todas la materias y en todos los niveles, no sacaba la ESO ni el 10% del alumnado. Ni tan siquiera parte de los profesores que aquí estamos.

Ahora, por favor, cumplid la ley. A rajatabla.

respublica

Cita de: zocter en 05 Julio, 2020, 00:30:31 AM
No exigirle a un alumno que DEBA aprobar todos los objetivos (o adquirirlos como cita la ley adecuadamente) implica que estas tocando algo que puede hacerse usando una ACS. Los objetivos y criterios de evaluación NO pueden ser modificados ni eliminados a nuestro antojo. En caso contrario, no se como explicarlo para que lo veas, estás saltandote a la torera la ley. El currículo se escribe para que se alcancen con un nivek mínimo todos los objetivos, te guste más o menos. Aprobar a un alumno que no ha alcanzado todos los objetivos, es ilegal.

Para que quede claro, ¿tú afirmas que en LCL de 3º de la ESO, para aprobar con un 5 en evaluación ordinaria hay que sacar un 5 en todos y cada uno de los 99 estándares de aprendizaje evaluables de esa materia?

Si es así, suspendiendo uno solo de los 99 el alumno está suspenso, pero estás muy equivocado y ya he explicado muchas veces por qué y sus fundamentos.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


albay

También habláis de que "el alumno saca un 5" o que "suspende tal criterio", como si esos aprobados o suspensos los pusiera una máquina.

No nos equivoquemos, las notas que sacan nuestros alumnos y alumnas tienen mucho de subjetividad de los profesores. No hay una objetividad "absoluta" en las calificaciones, por mucho que nosotros y las leyes nos empeñemos en lo contrario.

respublica

Cita de: zocter en 05 Julio, 2020, 00:20:43 AM
Cita de: respublica en 04 Julio, 2020, 23:47:27 PM
Cita de: zocter en 04 Julio, 2020, 16:55:28 PM

Quizá lo que no entiendas con lo que quiero decir es lo de los objetivos finalistas o no finalistas...
Un objetivo finalista es aquel que se ve durante todo el curso... Por ejemplo, en matemáticas podría ser uno relacionado con sumar, o en inglés uno que trate sobre escribir redacciones...

Un objetivo no finalista es aquel que se ve en un momento... Por ejemplo, en historia la guerra civil.

Zocter, no dejas de sorprenderme.

¿De dónde sacas esa distinción entre objetivos finalistas y no finalistas?

Supongo que será del mismo sitio de dónde sacaste lo de evaluación continua real y no real, que desconozco cuál será y dudo que nos lo aclares, pero desde luego no es ni de la normativa que regula la evaluación en la ESO, ni en Bachillerato ni tampoco la de FP.

De todas formas, en la ESO, que es lo que nos ocupa, de conformidad con el Artículo 14 de la Orden de 14 de julio de 2006, los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias son los criterios de evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables, junto a los criterios de evaluación incluidos en el proyecto educativo del centro, así como los criterios de calificación incluidos en la programación didáctica.


Saludos.
De una conversación con un inspector que me supervisó mi fase de prácticas.

Un saludo.

Pues si es como dices, ese inspector se confundió o tú no lo entendiste bien, y para comprobarlo vete a la normativa que regula la evaluación en las diferentes enseñanzas y verás que no existe esa distinción entre esos tipos de objetivos, ni tampoco entre tipos de evaluación continua, como ya te he explicado.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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