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Permiso de paternidad en tiempos COVID

Iniciado por polpo82, 04 Febrero, 2021, 07:45:42 AM

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Delacroix

Cita de: Delacroix en 08 Marzo, 2021, 15:55:56 PM
¿Cómo me afectaría para la colocación de efectivos estar de permiso en verano y septiembre? ¿Cojo mi vacante igualmente y lo comunico al nuevo centro el 1 de septiembre o no cojo nada hasta que no acabe el permiso?
¿Algún truco para que me cojan un maldito teléfono en Delegación?

Delacroix

Dejo constancia por aquí de lo que me han comentado por si a alguien le sirviera:

- Si quieres el permiso fraccionados son 6 semanas obligatorias tras el parto y el resto seguidas una vez que la madre termine todos sus permisos, por lo que hay que aportar documentación informando de ello. Nada de fraccionar aún más ese periodo ni elegir tramos a la carta.

- Si quieres disfrutar el permiso de seguido serían 16 semanas mas 4 adicionales. Total 20. Si te pilla el mes de agosto, esas 4 semanas no cuentan y se suman al final todo de seguido. Aquí mi duda era cómo afectaría a la colocación de efectivos y si no optaría a vacante informatizada al estar de permiso. Dicen que no, que cogería mi vacante pero si es en otra provincia debo llamar el día 1 de septiembre a la nueva Delegación para decirles mi situación, por si ellos todavía no han cruzado datos.

- Trambién he preguntado cómo hay que solicitar todo eso en los tramos del Anexo I por si había que considerar en blanco el mes de agosto. Me han dicho que lo ponga todo del tirón, lo que yo considere que me corresponde que ellos luego ya me grabarán lo que es y que, además, siendo interino aunque sea con vacante, ellos solo pueden grabar hasta el 30 de junio. Esto no me ha quedado muy claro, la verdad. Me parece todo un poco caótico así que solicitaré echando mis cuentas y que luego me digan. A partir de ahí pues tendré que reclamar o ya veremos.


eru1980

Cita de: Delacroix en 17 Marzo, 2021, 18:39:10 PM
Dejo constancia por aquí de lo que me han comentado por si a alguien le sirviera:

- Si quieres el permiso fraccionados son 6 semanas obligatorias tras el parto y el resto seguidas una vez que la madre termine todos sus permisos, por lo que hay que aportar documentación informando de ello. Nada de fraccionar aún más ese periodo ni elegir tramos a la carta.

- Si quieres disfrutar el permiso de seguido serían 16 semanas mas 4 adicionales. Total 20. Si te pilla el mes de agosto, esas 4 semanas no cuentan y se suman al final todo de seguido. Aquí mi duda era cómo afectaría a la colocación de efectivos y si no optaría a vacante informatizada al estar de permiso. Dicen que no, que cogería mi vacante pero si es en otra provincia debo llamar el día 1 de septiembre a la nueva Delegación para decirles mi situación, por si ellos todavía no han cruzado datos.

- Trambién he preguntado cómo hay que solicitar todo eso en los tramos del Anexo I por si había que considerar en blanco el mes de agosto. Me han dicho que lo ponga todo del tirón, lo que yo considere que me corresponde que ellos luego ya me grabarán lo que es y que, además, siendo interino aunque sea con vacante, ellos solo pueden grabar hasta el 30 de junio. Esto no me ha quedado muy claro, la verdad. Me parece todo un poco caótico así que solicitaré echando mis cuentas y que luego me digan. A partir de ahí pues tendré que reclamar o ya veremos.

Buenas, yo soy interino con vacante informatizada y seré padre a finales de mayo. Mi intención es la de partir el permiso y empezar sobre el 20 de septiembre.

Desde delegación me dicen que si no pillo vacante informatizada en agosto, constará como contrato nuevo, podría perder las 14 semanas restantes, y que si la cojo de seguido la baja, debería pedir las vacaciones no disfrutadas, pero no es seguro que me las devuelvan....
En fin, un lío.

Delacroix

Cita de: eru1980 en 17 Marzo, 2021, 19:35:11 PM
Cita de: Delacroix en 17 Marzo, 2021, 18:39:10 PM
Dejo constancia por aquí de lo que me han comentado por si a alguien le sirviera:

- Si quieres el permiso fraccionados son 6 semanas obligatorias tras el parto y el resto seguidas una vez que la madre termine todos sus permisos, por lo que hay que aportar documentación informando de ello. Nada de fraccionar aún más ese periodo ni elegir tramos a la carta.

- Si quieres disfrutar el permiso de seguido serían 16 semanas mas 4 adicionales. Total 20. Si te pilla el mes de agosto, esas 4 semanas no cuentan y se suman al final todo de seguido. Aquí mi duda era cómo afectaría a la colocación de efectivos y si no optaría a vacante informatizada al estar de permiso. Dicen que no, que cogería mi vacante pero si es en otra provincia debo llamar el día 1 de septiembre a la nueva Delegación para decirles mi situación, por si ellos todavía no han cruzado datos.

- Trambién he preguntado cómo hay que solicitar todo eso en los tramos del Anexo I por si había que considerar en blanco el mes de agosto. Me han dicho que lo ponga todo del tirón, lo que yo considere que me corresponde que ellos luego ya me grabarán lo que es y que, además, siendo interino aunque sea con vacante, ellos solo pueden grabar hasta el 30 de junio. Esto no me ha quedado muy claro, la verdad. Me parece todo un poco caótico así que solicitaré echando mis cuentas y que luego me digan. A partir de ahí pues tendré que reclamar o ya veremos.

Buenas, yo soy interino con vacante informatizada y seré padre a finales de mayo. Mi intención es la de partir el permiso y empezar sobre el 20 de septiembre.

Desde delegación me dicen que si no pillo vacante informatizada en agosto, constará como contrato nuevo, podría perder las 14 semanas restantes, y que si la cojo de seguido la baja, debería pedir las vacaciones no disfrutadas, pero no es seguro que me las devuelvan....
En fin, un lío.
No sé el tiempo de servicio que tienes. Yo tengo 6 años y entre las oposiciones este año y lo que salga de vacantes para el próximo curso no sé si me la estaría jugando.
El permiso se puede partir si la madre trabaja y coger las semanas restantes justo cuando ella termina el suyo. Respecto a las vacaciones no disfrutadas supongo que te refieres al mes de agosto. A mi me han dicho que en el permiso de paternidad se suman esas 4 semanas al final del todo. No es seguro que te la devuelvan cuando es por baja por enfermedad.


Delacroix

¿Alguien sabe si para tramitar la prestación en la Seguridad Social es necesario tener ya concedido el permiso por Delegación y grabado en Séneca? En el caso de disfrutarlo de forma fragmentada en dos periodos ¿hay que realizar el trámite de la Seguridad Social otra vez para el segundo período? Gracias

polpo82

Buenas tardes:

Me ha surgido una duda derivada de mi permiso de paternidad y quizás me podáis ayudar.

Actualmente estoy disfrutando de mi permiso de 16 + 4 semanas, que no he fraccionado y me hace estar de baja paternal hasta el 30 de junio. Acabado este periodo, ¿puedo coger lactancia para el curso 2021-2022? Me dicen muchas posibilidades pero ninguna concreta.

Gracias por vuestra ayuda.
Saludos

Topteacher

Cita de: maestrillo_liendre en 07 Marzo, 2021, 10:55:03 AM
Desde el 2020 son 20 semanas de permiso de paternidad, para los docentes.

https://educacion.ustea.org//wp-content/uploads/2019/06/permiso_paternidad.pdf

¿Y eso de que no se puedan interrumpir las 14 semanas no obligatorias no va contra la ley nacional que dice que sí?

Es que lo estuve mirando para una amiga y parece ser que los docentes de Andalucía son/somos los únicos que no tenemos este derecho (en el resto de comunidades sí especifican que el permiso puede tomarse de forma interrumpida y lo mismo para el resto de funcionarios de la Junta de Andalucía)

eru1980

Cita de: Isamates en 06 Abril, 2021, 18:43:12 PM
Cita de: maestrillo_liendre en 07 Marzo, 2021, 10:55:03 AM
Desde el 2020 son 20 semanas de permiso de paternidad, para los docentes.

https://educacion.ustea.org//wp-content/uploads/2019/06/permiso_paternidad.pdf

¿Y eso de que no se puedan interrumpir las 14 semanas no obligatorias no va contra la ley nacional que dice que sí?

Es que lo estuve mirando para una amiga y parece ser que los docentes de Andalucía son/somos los únicos que no tenemos este derecho (en el resto de comunidades sí especifican que el permiso puede tomarse de forma interrumpida y lo mismo para el resto de funcionarios de la Junta de Andalucía)


Dónde dice que no de puede? Hablé con la directora de RRHH de mi delegación y se debe pedir en el anexo I.



Topteacher

Cita de: eru1980 en 06 Abril, 2021, 19:48:18 PM
Cita de: Isamates en 06 Abril, 2021, 18:43:12 PM
Cita de: maestrillo_liendre en 07 Marzo, 2021, 10:55:03 AM
Desde el 2020 son 20 semanas de permiso de paternidad, para los docentes.

https://educacion.ustea.org//wp-content/uploads/2019/06/permiso_paternidad.pdf

¿Y eso de que no se puedan interrumpir las 14 semanas no obligatorias no va contra la ley nacional que dice que sí?

Es que lo estuve mirando para una amiga y parece ser que los docentes de Andalucía son/somos los únicos que no tenemos este derecho (en el resto de comunidades sí especifican que el permiso puede tomarse de forma interrumpida y lo mismo para el resto de funcionarios de la Junta de Andalucía)


Dónde dice que no de puede? Hablé con la directora de RRHH de mi delegación y se debe pedir en el anexo I.

Lo dice en el documento de Ustea que ha puesto el compañero para los padres y se lo han dicho a mi amiga en la Delegación de Almería. Además en CCOO le han contestado en un mail:

Efectivamente tanto el Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público como el Acuerdo de 13 de julio de 2018 de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, recogen la posibilidad de disfrutar de las catorce semanas restantes del permiso de paternidad, una vez descontadas las  seis semanas de descanso obligatorio tras el parto, dentro de los doce meses siguientes al nacimiento del menor.

No obstante lo anterior, la Consejería, en base a las necesidades del servicio, viene limitando esta posibilidad en el sentido de que el disfrute de las semanas restantes debe realizarse de forma ininterrumpida en alguna de las siguientes modalidades:

• De forma inmediata a la finalización de las seis primeras semanas inmediatamente posteriores al hecho causante.
• De forma inmediata a la finalización del permiso por nacimiento para la madre biológica o permiso por adopción, por guarda con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente, o de la suspensión del contrato por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
• De forma inmediata a la finalización de todos los permisos relacionados con la maternidad, incluida, en su caso, las vacaciones.

Eso para el caso de los padres, para las madres no se puede interrumpir en ningún momento (salvo temas de interinidad pero no es su caso).

No entiendo las necesidades del servicio si ella quiere interrumpir su permiso por nacimiento en julio y reanudarlo en septiembre. Bueno sí, que tienen que pagar a un interino 4 semanas más, pero me parece fatal que nos limiten esos derechos cuando no lo hacen con ningún otro funcionario de la Junta, ni lo hacen las Consejerías de Educación de las otras CC.AA.

Delacroix

Efectivamente es como dice la compañera. A mi me lo dijeron así en otra Delegación.
También me comentaron que como interino sólo pueden grabarme en Séneca hasta el 30 de junio y el resto en septiembre. No tengo esto muy claro y si mi situación en julio y agosto sería seguir en prórroga vacacional con el jaleo que supone el papeleo en la Seguridad Social.


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