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PAGA EXTRA DIC-2012. ¿¿En qué quedamos??

Iniciado por toroloco, 22 Febrero, 2016, 22:11:37 PM

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toroloco



Hoy 22 de febrero de 2016 la Consejería ha publicado en el Portal Docente una nota sobre la "Paga Extra 2012":

    "Aquel personal que estando en situación de servicio activo a 1 de Febrero 2016, haya tenido desde diciembre 2012, algún período de interrupción en su relación con esta Consejería de Educación, ha de presentar el Anexo cumplimentado de la Resolución de 30 de diciembre 2015 (BOJA 8 de enero 2016), y aportar la documentación correspondiente (en el caso de haber prestado servicio en otra administración, certificado de no haber percibido cantidad alguna en concepto de paga extra 2012, en los demás casos declaración jurada de no haber prestado servicio en otra administración)."

Esta nota, publicada hoy cuando las nóminas de febrero están más que cerradas, es una trampa sin salida para l@s docentes, especialmente el colectivo más precario, el profesorado interino. La Consejería incumple sus instrucciones, no informa a sus emplead@s y daña nuestros derechos.

¿Cuánt@s compañer@s en activo actualmente no han tenido algún "período de interrupción en su relación con esta Consejería de Educación". ¿Porqué no han sido así de claros hasta hoy?  Ya lo habíamos dicho: se trata de una medida obligada que la Junta, con su habitual batería de excusas, ha retrasado todo lo posible, y ahora por la ineptitud de la Consejería, por  su negligencia o simplemente por retrasarlo más,  impide que una buena parte de l@s docentes en activo y más precari@s cobren lo que indebidamente nos quitó a todos en 2012. ¡Y estamos en 2016!

El anexo de la Resolución de 30 de diciembre de 2015, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones para la aplicación de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016., indica:

SOLICITUD DE ABONO DE LAS CANTIDADES A QUE SE REFIERE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMO QUINTA DE LA
LEY 1/2015 DE 21 DICIEMBRE, DEL PRESUPUESTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA 2016, EN
CONCEPTO DE RECUPERACIÓN DE LA PAGA EXTRAORDINARIA Y ADICIONAL DEL MES DE DICIEMBRE DE 2012 O
IMPORTES EQUIVALENTES.
(PERSONAL QUE NO SE ENCUENTRE EN SITUACIÓN DE SERVICIO ACTIVO A 1 DE FEBRERO DE 2016 O HAYA CAMBIADO DE SISTEMA DE NÓMINA RESPECTO AL SEGUNDO SEMESTRE DE 2012)




aire



toroloco

Cita de: aire en 22 Febrero, 2016, 22:15:39 PM
¿Qué es cambiar de sistema de nómina ?

El cambio del porcentaje de retención del IRPF

zocter

Sinceramente creo que esto es denunciable ya que la orden no dice eso... Total se saltan su propia ley para pagarnos lo que es nuestro cuando les de la gana.¿Hasta cuando vamos a dejar que nos pisoteen?

Ahora bien, pienso que los informáticos de la CEJA son tan torpes que al generar las nóminas el código no funciona en el caso de que haya interrupciones, y para curarse en salud han publicado eso. Estoy SEGURO. Soy Informático.


RUY

Yo no soy informático, pero vamos para hacer un listado de personal contratado de 1 junio a 31 diciembre 2012 no será muy difícil, digo yo?

kk

 Â¿si simplemente he estado sin trabajar un mes y medio, desde 1 de septiembre de 2012 a 15 de octubre de  2012 que me volvieron a dar vacante, también tengo que solicitarlo? Muchas gracias

zocter

Cita de: RUY en 23 Febrero, 2016, 09:57:14 AM
Yo no soy informático, pero vamos para hacer un listado de personal contratado de 1 junio a 31 diciembre 2012 no será muy difícil, digo yo?
No, pero si hay "huecos" le complicará el código 3 líneas.... y eso parece ser que es muy complicado.... Si todos nuestros datos los tienen, no es tan difícil la verdad... yo estuve haciendo nóminas en SAP, y había problemas con los huecos y demás... pero los solucionábamos y no dejábamos al 80% de la empresa sin cobrar, pero claro, esto es la Junta...

mancuso

Tengo dudas sobre la cumplimentación de la solicitud de abono. Si alguien me lo pudiera aclarar se lo agradecería.
En el apartado de datos administrativos solicitan Delegación y Centro directivo durante el periodo al que corresponde la paga extraordinaria y la paga adicional. Si, como es mi caso, estuve en un centro de Sevilla hasta 30 de junio de 2012, luego en Centro de Prórroga vacacional de esa misma provincia de 1 de julio a 31 de agosto, y a partir de octubre de 2012 en un centro de la provincia de Cádiz, ¿qué debo poner?
También otra duda es que al final de la solicitud hay que señalar la delegación a la que debe ir dirigida la misma. Entonces, ¿Cuál corresponde, Sevilla o Cádiz?


steinmark

Yo también tengo dudas sobre la cumplimentación. ¿Qué hay que poner en los datos administrativos? Yo en 2012 tuve vacante hasta el 31 de Agosto y tuve dos sustituciones desde Octubre hasta Diciembre. No sé si hay que especificar todo eso.

Loanna

¿Hay alguna posibilidad de entregar esta solicitud de forma telemática o tiene que ser en persona?

Gracias!


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