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F P BÁSICA

Iniciado por nono2, 20 Marzo, 2016, 15:04:26 PM

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LGH

Cita de: oricor en 18 Abril, 2016, 17:39:49 PM
Cita de: LGH en 17 Abril, 2016, 18:06:42 PM
Muchas gracias por contestar Oricor.

Con respecto al comentario que haces:

No comprendo muy bien la duda que planteas para los que tengan módulos pendientes...para el alumnado que no acuda a la FCT se realizarán actividades de recuperación en el centro dentro del horario establecido,

me refiero a que como los alumn@s pueden hacer la FCT con módulos suspensos (no sólo los técnicos, por lo que entiendo, no es necesario tener aprobados los módulos de aprendizaje permanente), es necesario plantear un horario compatible con las 6 horas de prácticas más las 2-3 horas de recuperación de los módulos suspensos. Por eso preguntaba si os habéis planteado resolver esto con un horario de mañana y tarde, puesto que lógicamente no pueden cumplir 9 horas sólo de mañana.

Ok, perdón que no te había entendido. Pues la verdad es que no nos hemos visto en esa situación pero si llegara el caso planificaríamos el horario de prácticas coordinado con el de los módulos no superados tal y como tu comentas. Lo que sí está claro que todo estaría dentro del horario de mañana , ¿y planificar que se vayan antes a prácticas? Ahora mismo no tengo las cuentas en la cabeza pero quizá pueda valorarse..o incluso hacer las prácticas 7 horas y ganar algún día? ?

Ya nos contarás qué pensáis..

Saludos

Pues seguimos buscando soluciones. Haciendo un plan de recuperación con clases presenciales nos vamos a necesitar horas de tarde para la FCT, pero se nos complica el tema con los tutores del centro de trabajo, porque muchas veces no tienen a nadie responsable por la tarde. Pero hasta la fecha hemos probado otros modos para la recuperación (cuadernillos de actividades, trabajos, exposiciones...) y no se involucran con nada, por lo que sólo nos queda la opción de las clases. ¿Alguien con el mismo problema?

Por otro lado, se nos plantean otra dudas. ¿Cualquier profesor que imparte clases en FPB puede realizar el seguimiento de las prácticas, o tiene que ser el profesor técnico? ¿Quién es responsable realmente de realizar la evaluación? Porque entiendo que el único que sabe cómo transcurren las prácticas es el tutor de la empresa. Sé que en algunos centros, en base a la información aportada por el tutor del centro de trabajo y los informes de seguimiento que realiza el profesorado, se evalúan las prácticas. Pero no sé dónde se recogen todos estos aspectos en la normativa.

Sé que son muchas dudas, pero la verdad que no nos han aportado mucha información al respecto, y vemos que en cada centro se hace de forma diferente.

Muchas gracias de antemano.

LGH

Por otro lado, por aportar más información al tema, con respecto a la evaluación de primero, nosotros vamos a hacer dos convocatorias, una a mediados de Mayo y otra en Junio, como el resto de cursos. Nada de convocatoria de Septiembre.



linus

Cita de: oricor en 18 Abril, 2016, 17:22:50 PM
Cita de: linus en 17 Abril, 2016, 20:01:48 PM
Buenas tardes,

¿Los alumnos de 1º FPB no tendrían que acabar las clases al mismo tiempo que los de 1º de Grado Medio y Superior al no ir a FCT y tener que realizarse la convocatoria extraordinaria en junio y no en septiembre como ocurre en la ESO?

Un saludo

Hola! los alumnos de 1º de FPB finalizan las clases junto con la ESO, es decir, el 22 de junio. Esta respuesta nos la dió tal cual el inspector. De ahí que siga existiendo la duda de cuántas convocatorias tendrán y cuando serán. Remití al servicio de inspección esta duda junto con las otras pero a ésta no contestó (la de número de convocatorias y fecha) . En cuanto sepa algo más os lo comento por aquí.

Saludos.

Saludos.

Muchas gracias  :)

oricor

Cita de: linus en 20 Abril, 2016, 19:56:25 PM
Cita de: oricor en 18 Abril, 2016, 17:22:50 PM
Cita de: linus en 17 Abril, 2016, 20:01:48 PM
Buenas tardes,

¿Los alumnos de 1º FPB no tendrían que acabar las clases al mismo tiempo que los de 1º de Grado Medio y Superior al no ir a FCT y tener que realizarse la convocatoria extraordinaria en junio y no en septiembre como ocurre en la ESO?

Un saludo



Hola! los alumnos de 1º de FPB finalizan las clases junto con la ESO, es decir, el 22 de junio. Esta respuesta nos la dió tal cual el inspector. De ahí que siga existiendo la duda de cuántas convocatorias tendrán y cuando serán. Remití al servicio de inspección esta duda junto con las otras pero a ésta no contestó (la de número de convocatorias y fecha) . En cuanto sepa algo más os lo comento por aquí.

Saludos.

Saludos.

Muchas gracias  :)

Bueno, pues hoy he vuelto a llamar al servicio de inspección . Esta vez lo que me ha dicho es lo siguiente:

- La convocatoria final de evaluación será sobre el 22 de junio.
- Antes debe de haber una tercera evaluación...¿cuándo? no ha concretado. En un primer momento me ha dicho que sobre finales de mayo y luego que a principios de junio porque lo que no quieren es que el alumnado menor de 16 años deje de acudir al centro antes de la finalización del período lectivo...Le he explicado que será difícil mantener al alumnado menor de 16 años en el centro si ha superado todos los módulos en la tercera evaluación.  anaidpreocupados Ha insistido en que hay que intentarlo, organizar prácticas o algo similar..
- Le he planteado la duda del compañero sobre la compatibilidad de módulos pendientes de superación con la FCT. Tampoco ha sabido precisar mucho, entre las propuestas: organizar alguna FCT por la tarde, establecer el mínimo de horas de FCT (120 en lugar de 150), y que...en las horas de OBLIGADA PERMANENCIA del profesorado en el centro (no las de horario regular), se establezcan mecanismos de superación de los módulos..en definitiva..sálvese quien pueda..Ha venido a decir que la decisión de acudir a la fct con módulos pendientes de superación debe ser muy valorada y sopesar este tipo de dificultades..
- El alumnado que no supere los módulos suficientes para promocionar a segundo, deberá repetir primero y no tendrán que matricularse de los módulos superados.

Visto lo visto, como conclusión sacamos que cada centro interpretará la normativa según su criterio porque tal y como podéis ver ni siquiera nuestro inspector de referencia es claro en sus indicaciones (de hecho parte de las dudas planteadas son su interpretación de la norma y no están recogidas de forma explicita como tales...) así que por ahora lo único que tenemos medio claro en mi centro es que la tercera evaluación se hará la primera semana de junio y la final el 22.


LGH

Muchas gracias por la aportación Oricor. Aunque no entiendo lo de pensar bien la decisión de que el alumno haga la FCT con módulos suspensos, porque lo que nosotros hemos interpretado es que sólo con los módulos técnicos aprobados hacen la FCT, sin tener en consideración si están aprobados o no los módulos de aprendizaje permanente.
¿Sabes algo de eso?

LGH

Por otro lado, retomo las dudas que planteé hace unos días, a ver si alguien puede aportar luz sobre este tema.
¿Cualquier profesor que imparte clases en FPB puede realizar el seguimiento de las prácticas, o tiene que ser el profesor técnico? ¿Quién es responsable realmente de realizar la evaluación? Porque entiendo que el único que sabe cómo transcurren las prácticas es el tutor de la empresa. Sé que en algunos centros, en base a la información aportada por el tutor del centro de trabajo y los informes de seguimiento que realiza el profesorado, se evalúan las prácticas. Pero no sé dónde se recogen todos estos aspectos en la normativa.

oricor

Cita de: LGH en 21 Abril, 2016, 11:03:17 AM
Muchas gracias por la aportación Oricor. Aunque no entiendo lo de pensar bien la decisión de que el alumno haga la FCT con módulos suspensos, porque lo que nosotros hemos interpretado es que sólo con los módulos técnicos aprobados hacen la FCT, sin tener en consideración si están aprobados o no los módulos de aprendizaje permanente.
¿Sabes algo de eso?

Supongo que se referirá a la excepcionalidad  de la que habla la normativa. Se entiende que es posible realizar la FCT de forma excepcional sin superar los módulos asociados a las unidades de competencia. Art 13.4 de la orden de 9 de junio.

El alumnado que tras la realización de la primera convocatoria de evaluación anual supere todos
los módulos profesionales asociados a unidades de competencia podrá incorporarse a la unidad formativa de
Formación en centros de trabajo. También podrá incorporarse el alumnado que no haya superado todos los
módulos profesionales asociados a unidades de competencia, pero que haya sido propuesto excepcionalmente
por el equipo educativo, según los criterios establecidos en el Proyecto Educativo de Centro



oricor

Cita de: LGH en 21 Abril, 2016, 11:04:42 AM
Por otro lado, retomo las dudas que planteé hace unos días, a ver si alguien puede aportar luz sobre este tema.
¿Cualquier profesor que imparte clases en FPB puede realizar el seguimiento de las prácticas, o tiene que ser el profesor técnico? ¿Quién es responsable realmente de realizar la evaluación? Porque entiendo que el único que sabe cómo transcurren las prácticas es el tutor de la empresa. Sé que en algunos centros, en base a la información aportada por el tutor del centro de trabajo y los informes de seguimiento que realiza el profesorado, se evalúan las prácticas. Pero no sé dónde se recogen todos estos aspectos en la normativa.

Esto mismo lo hemos hablado hoy. Una vez más  la normativa de FPB no aclara nada de este aspecto. En el antiguo PCPI nosotros hemos llegado incluso a realizar el seguimiento de las prácticas de forma coordinada la maestra de la formación básica y el técnico . Lo lógico es que la realice el profesorado técnico y así lo vamos a hacer nosotros. La evaluación la hacemos tal cual tu has comentado en base a la información aportada por el tutor del centro de trabajo y los informes de seguimiento.

Saludos y seguimos intercambiando impresiones...


LGH

Cita de: oricor en 21 Abril, 2016, 17:37:37 PM
Cita de: LGH en 21 Abril, 2016, 11:03:17 AM
Muchas gracias por la aportación Oricor. Aunque no entiendo lo de pensar bien la decisión de que el alumno haga la FCT con módulos suspensos, porque lo que nosotros hemos interpretado es que sólo con los módulos técnicos aprobados hacen la FCT, sin tener en consideración si están aprobados o no los módulos de aprendizaje permanente.
¿Sabes algo de eso?

Supongo que se referirá a la excepcionalidad  de la que habla la normativa. Se entiende que es posible realizar la FCT de forma excepcional sin superar los módulos asociados a las unidades de competencia. Art 13.4 de la orden de 9 de junio.

El alumnado que tras la realización de la primera convocatoria de evaluación anual supere todos
los módulos profesionales asociados a unidades de competencia podrá incorporarse a la unidad formativa de
Formación en centros de trabajo. También podrá incorporarse el alumnado que no haya superado todos los
módulos profesionales asociados a unidades de competencia, pero que haya sido propuesto excepcionalmente
por el equipo educativo, según los criterios establecidos en el Proyecto Educativo de Centro


A eso es precisamente a lo que me refiero. Cuando se habla en la orden de módulos profesionales asociados a unidades de competencia se refiere únicamente a los módulos técnicos. Por tanto, un alumno con esos dos módulos aprobados pasa directamente a hacer la FCT, aunque tenga pendientes los módulos de aprendizaje permanente. Con lo cual la normativa en ese sentido parece clara: si aprueban los módulos técnicos, aunque en los otros dos tengan un 1, no hay nada que decidir. Hacen las prácticas y se planifica el programa de recuperación (ya os diré cómo lo hacemos al final, porque todavía lo estamos debatiendo)

oricor

Cita de: LGH en 22 Abril, 2016, 12:20:36 PM
Cita de: oricor en 21 Abril, 2016, 17:37:37 PM
Cita de: LGH en 21 Abril, 2016, 11:03:17 AM
Muchas gracias por la aportación Oricor. Aunque no entiendo lo de pensar bien la decisión de que el alumno haga la FCT con módulos suspensos, porque lo que nosotros hemos interpretado es que sólo con los módulos técnicos aprobados hacen la FCT, sin tener en consideración si están aprobados o no los módulos de aprendizaje permanente.
¿Sabes algo de eso?

Supongo que se referirá a la excepcionalidad  de la que habla la normativa. Se entiende que es posible realizar la FCT de forma excepcional sin superar los módulos asociados a las unidades de competencia. Art 13.4 de la orden de 9 de junio.

El alumnado que tras la realización de la primera convocatoria de evaluación anual supere todos
los módulos profesionales asociados a unidades de competencia podrá incorporarse a la unidad formativa de
Formación en centros de trabajo. También podrá incorporarse el alumnado que no haya superado todos los
módulos profesionales asociados a unidades de competencia, pero que haya sido propuesto excepcionalmente
por el equipo educativo, según los criterios establecidos en el Proyecto Educativo de Centro


A eso es precisamente a lo que me refiero. Cuando se habla en la orden de módulos profesionales asociados a unidades de competencia se refiere únicamente a los módulos técnicos. Por tanto, un alumno con esos dos módulos aprobados pasa directamente a hacer la FCT, aunque tenga pendientes los módulos de aprendizaje permanente. Con lo cual la normativa en ese sentido parece clara: si aprueban los módulos técnicos, aunque en los otros dos tengan un 1, no hay nada que decidir. Hacen las prácticas y se planifica el programa de recuperación (ya os diré cómo lo hacemos al final, porque todavía lo estamos debatiendo)

Ya, ya, pero la excepcionalidad a la que se refiere la normativa es que se vayan a hacer la FCT sin superar alguno de los módulos asociados a las unidades de competencia , los módulos de educación permanente son independientes para la decisión de hacer la FCT.  He creído entender que en tu centro sólo tenéis en cuenta que tenga superados los módulos de la parte técnica y la excepcionalidad a la que se refiere la normativa es que pueden ir sin superar alguno de los módulos técnicos. Y a ese último punto es al que se refería el inspector, a que hicieran la FCT sin superar todos los módulos técnicos. No sé si me explico...


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