¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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Iniciado por ANDURIL, 19 Agosto, 2017, 17:59:52 PM

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macorvi

Buenas tardes.

Soy profesor de Secundaria y me han dado vacante a 150kms aprox de mi destino del curso pasado.

En principio tendría que ir en Septiembre a las evaluaciones pero me viene mal ya que no encuentro alojamiento para 3 dias.He hablado con mi jefe de dpto y me ha dicho que no me preocupe que él se hace cargo de vigilar y corregir mis exámenes.Otro compañero de la localidad donde está el instituto va a ir por la tarde a ver si se presenta una alumna de 1º Bachillerato de Adultos que tenía intención de presentarse pero no se si finalmente lo hará.Los exámenes para el mismo curso, grupo y asignatura se hacen a la vez en el mismo aula y tienen la misma duración aunque los exámenes puedan ser diferentes por lo que mis compañeros me han dicho que no tienen inconveniente en vigilarlos y corregirlos ya que son los mismos y los he puesto yo ya y están subidos a la plataforma solo faltaría hacerle las fotocopias.
Al día siguiente son las evaluaciones de 4º pero aunque debería de estar los alumnos tienen aprobada mi asignatura o bien han titulado con ella en Junio por lo que no espero que se presenten ya que era un grupo muy malo.No se si no tienes alumnos que evaluar hay que estar en la evaluación o lo puede hacer un compañero o jefe de dpto por mi.El último día si tendría que ir ya que es la evaluación de mi tutoría, firmaría las actas pendientes y entregar las notas.Si se diera el caso le he dicho a mi jefe que si hay alguien con mi asignatura suspensa la aprobaría para que promocione si se presenta al examen aunque no creo que ocurra ya que se trata de una optativa. ¿Se puede hacer esto de común acuerdo con el jefe de dpto y los compañeros implicados? ¿Hay algún problema? Estaría localizable en todo momento y disponible en caso de duda o reclamación en el nuevo centro y si fuera necesario tendría que desplazarme.

Espero vuestros comentarios.

Un saludo.

respublica



Cita de: berrete en 22 Agosto, 2017, 12:07:42 PM
Totalmente de acuerdo contigo jmcala, lo que dices es totalmente cierto y defendible, falla lo principal:

Faltan valientes que se atrevan a hacer ese escrito.

No se puede ser un Quijote todos los dias, por mucha razón que se lleve.

Si haciendo un simple Expone/Solicita pudiéramos conseguir que nos pagaran por adelantado los cientos o miles de euros que cuesta una mudanza y viajes, o bien que nos libráramos de trabajar donde no nos viene bien, todos lo haríamos aunque hubiera una sola posibilidad entre un millón.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


respublica

Cita de: rantanplan en 22 Agosto, 2017, 12:38:51 PM
Cita de: respublica en 22 Agosto, 2017, 12:19:43 PMLo que un alumno puede reclamar es que su evaluación extraordinaria del curso 16/17 no se la haga su profesor sino uno nuevo que no le ha dado clases y no le conoce de nada y esa reclamación ante delegación supondría un grave problema a ese profesor si falta injustificadamente al trabajo que se le ha encomendado, que es permanecer en el centro asignado en el curso 16/17 hasta que el curso acabe.

Miralo de otra forma: el acta de evaluación la está firmando como tutor alguien que ha sido cesado como tutor del alumno cuatro o cinco días antes. La Junta podrá dictaminar que permanezcas en el centro antiguo los días que quiera, pero evidentemente ya no eres el tutor, porque hay un cese oficial que así lo determina.
Estoy de acuerdo en que el nombramiento de tutor debiera hacerse por cada curso y no desde el 1 de septiembre al 30 de junio como se hace por simplificación administrativa, pero las actas de evaluación las firma todo el equipo educativo, no sólo el tutor, y es cada profesor el que debe evaluar a sus alumnos sin ninguna duda.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

macorvi

Cita de: respublica en 22 Agosto, 2017, 15:09:25 PM
Cita de: rantanplan en 22 Agosto, 2017, 12:38:51 PM
Cita de: respublica en 22 Agosto, 2017, 12:19:43 PMLo que un alumno puede reclamar es que su evaluación extraordinaria del curso 16/17 no se la haga su profesor sino uno nuevo que no le ha dado clases y no le conoce de nada y esa reclamación ante delegación supondría un grave problema a ese profesor si falta injustificadamente al trabajo que se le ha encomendado, que es permanecer en el centro asignado en el curso 16/17 hasta que el curso acabe.

Miralo de otra forma: el acta de evaluación la está firmando como tutor alguien que ha sido cesado como tutor del alumno cuatro o cinco días antes. La Junta podrá dictaminar que permanezcas en el centro antiguo los días que quiera, pero evidentemente ya no eres el tutor, porque hay un cese oficial que así lo determina.
Estoy de acuerdo en que el nombramiento de tutor debiera hacerse por cada curso y no desde el 1 de septiembre al 30 de junio como se hace por simplificación administrativa, pero las actas de evaluación las firma todo el equipo educativo, no sólo el tutor, y es cada profesor el que debe evaluar a sus alumnos sin ninguna duda.


Saludos.

Si reclama que no le está evaluando el profesor que le ha dado clase durante el curso la Junta se pillaría las manos si es el tutor ya que en Sptbre no ejerce como tal en todo caso lo más que pueden hacer es que el profesor tendría que acudir  a su centro antiguo a resolver la reclamación y corregir el examen el mismo si lo ha corregido otro compañero en su nombre.


respublica



Cita de: jmcala en 22 Agosto, 2017, 12:51:33 PM
Todo esto es procedimiento administrativo que ninguna orden de tres al cuarto de puede saltar. Si yo debo hacer todo eso, ¿cómo estoy en el otro centro? Por eso repito que la orden que tú citas el ILEGAL y se puede ignorar una vez que se ha informado al superior de que lo es.

Efectivamente, todo esto sigue un procedimiento administrativo que está regulado y si pensamos que alguna de esas normas no se ajusta a la legalidad, tenemos la opción de acudir a los tribunales pero todos sabemos que mientras no haya una sentencia firme a nuestro favor tenemos la obligación de cumplir con esa normativa en vigor.

Yo no creo que la normativa sobre destinos sea contraria a otras normas de rango superior y por tanto no pienso perder tiempo ni dinero en ello, pero si alguien quiere hacerlo está en su derecho aunque debe ser consciente de que eso no es excusa para hacer lo que a él más le convenga en vez de lo que la normativa le indica.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica



Cita de: jmcala en 22 Agosto, 2017, 12:51:33 PM
No es un motivo poco serio, respublica.

¿Tendría que pedir prestado dinero para ir a trabajar a un lugar distinto del que dice mi nombramiento por capricho de la empresa?

Si me pongo en serio en el caso que planteas, y realmente uno tuviera una imposibilidad material de asumir los gastos que su trabajo le acarrea, lo único que se me ocurre que podría alegarse es una causa de fuerza mayor y supongo que en esos casos extremos, previa acreditación documental, se podría acudir a recursos humanos y éstos darían alguna solución, como puede ser un anticipo de la nómina.

Pero alguien que está cobrando mensualmente desde hace al menos un año, que ha cobrado una paga extra hace muy poco y que ha tenido recursos para irse de vacaciones del lugar donde trabajaba conociendo que debe permanecer allí hasta que acabe el curso, cosa que sabemos sucede tras la evaluación extraordinaria, es realmente muy poco serio desde el punto de vista legal alegar una imposibilidad material por fuerza mayor por estar en la indigencia.

De todas formas, el que quiera que lo intente y nos cuente luego su experiencia.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica



Cita de: jmcala en 22 Agosto, 2017, 12:51:33 PM
A ti la Administración no te cambia de destino, no. A ti te hace un contrato nuevo cada curso y por eso no te corresponde extra. Son lentejas, si quieres el contrato lo coges y si no te saca de la bolsa. ¿Cómo aceptas el contrato? Tomando posesión del nombramiento. ¿Dónde? En el puesto de destino. ¿Cuándo? En la fecha indicada.

Todos los funcionarios, seamos interinos, en prácticas, provisionales, en comisión de servicio u otras situaciones administrativas, unos voluntariamente y otros obligatoriamente, solicitamos un destino provisional cada curso y podemos seguir en el que estábamos o adjudicarnos uno nuevo, en cuyo caso no nos corresponde ninguna compensación económica por el desplazamiento, como tampoco sucede con las sustituciones, donde estaría más justificado aún, que estaría muy bien cobrarla y por adelantado, pero no es así.

Y en la adjudicación de los destinos para el curso 2017/18, al igual que en las anteriores, se nos dice que debemos permanecer donde estamos en el curso actual 2016/17 hasta que este curso acabe, lo que sucederá tras su evaluación final extraordinaria, y luego incorporarnos al destino que nos han dado para el nuevo curso 2017/18.

Esa, y no otra es la fecha indicada, como cualquiera puede fácilmente comprobar y quien tenga dudas tras leer la normativa que acuda a su delegación y allí se las resolverán. Si no está conforme, que reclame y mientras se ve si tiene o no la razón legal, debe cumplir con su trabajo, como cualquier empleado.

Y no hay más por mucho que a uno le venga mejor otra cosa.


Saludos.


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respublica



Cita de: jmcala en 22 Agosto, 2017, 12:51:33 PM
Tú no verás ningún problema en que reconozcan un accidente in itinere cuando les salga de los cojones pero yo sí. De hecho, no está el caso en los tribunales por ella, que fue la implicada, no tenía ganas de jaleo. Si hubiese sido yo, al cabrón que firmó la retención de haberes lo hubiese denunciado por lo penal.

No tengo datos para saber si en el caso de tu mujer hubo algún error administrativo o no.

Si lo hubo, cosa que nos puede suceder a los profesores y también a funcionarios que trabajan en recursos humanos o nóminas, se reclama y se resuelve.

Pero de ahí a que si nos equivocamos en nuestro trabajo tengamos que soportar una petición de penas de cárcel, es lo que nos faltaba ya, y por sentido común esos empeños, salvo casos muy evidentes, no van a ningún lado e incluso quien lo haga se arriesga a un delito de denuncia falsa.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


respublica

Cita de: macorvi en 22 Agosto, 2017, 15:22:33 PM
Cita de: respublica en 22 Agosto, 2017, 15:09:25 PM
Cita de: rantanplan en 22 Agosto, 2017, 12:38:51 PM
Cita de: respublica en 22 Agosto, 2017, 12:19:43 PMLo que un alumno puede reclamar es que su evaluación extraordinaria del curso 16/17 no se la haga su profesor sino uno nuevo que no le ha dado clases y no le conoce de nada y esa reclamación ante delegación supondría un grave problema a ese profesor si falta injustificadamente al trabajo que se le ha encomendado, que es permanecer en el centro asignado en el curso 16/17 hasta que el curso acabe.

Miralo de otra forma: el acta de evaluación la está firmando como tutor alguien que ha sido cesado como tutor del alumno cuatro o cinco días antes. La Junta podrá dictaminar que permanezcas en el centro antiguo los días que quiera, pero evidentemente ya no eres el tutor, porque hay un cese oficial que así lo determina.
Estoy de acuerdo en que el nombramiento de tutor debiera hacerse por cada curso y no desde el 1 de septiembre al 30 de junio como se hace por simplificación administrativa, pero las actas de evaluación las firma todo el equipo educativo, no sólo el tutor, y es cada profesor el que debe evaluar a sus alumnos sin ninguna duda.


Saludos.

Si reclama que no le está evaluando el profesor que le ha dado clase durante el curso la Junta se pillaría las manos si es el tutor ya que en Sptbre no ejerce como tal en todo caso lo más que pueden hacer es que el profesor tendría que acudir  a su centro antiguo a resolver la reclamación y corregir el examen el mismo si lo ha corregido otro compañero en su nombre.
En caso de reclamación resuelve el departamento, no el profesor que ha faltado al trabajo injustificadamente el día en que debía examinar a sus alumnos, lo que dirección debe poner en conocimiento de delegación e iniciar un expediente, y si los padres no están conformes resuelve inspección, que investigará y lo primero será preguntar por qué no lo examinó su profesor, como debía hacerlo.

La acción tutorial es muy limitada durante la evaluación final extraordinaria y si nadie la ejerce esos días ninguna familia va a verse perjudicada pero no sucede igual con los exámenes y su corrección, que todos los profesores tenemos la obligación de realizar, seamos o no tutores.


Saludos.


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Cita de: macorvi en 22 Agosto, 2017, 14:45:47 PM
Buenas tardes.

Soy profesor de Secundaria y me han dado vacante a 150kms aprox de mi destino del curso pasado.

En principio tendría que ir en Septiembre a las evaluaciones pero me viene mal ya que no encuentro alojamiento para 3 dias.He hablado con mi jefe de dpto y me ha dicho que no me preocupe que él se hace cargo de vigilar y corregir mis exámenes.Otro compañero de la localidad donde está el instituto va a ir por la tarde a ver si se presenta una alumna de 1º Bachillerato de Adultos que tenía intención de presentarse pero no se si finalmente lo hará.Los exámenes para el mismo curso, grupo y asignatura se hacen a la vez en el mismo aula y tienen la misma duración aunque los exámenes puedan ser diferentes por lo que mis compañeros me han dicho que no tienen inconveniente en vigilarlos y corregirlos ya que son los mismos y los he puesto yo ya y están subidos a la plataforma solo faltaría hacerle las fotocopias.
Al día siguiente son las evaluaciones de 4º pero aunque debería de estar los alumnos tienen aprobada mi asignatura o bien han titulado con ella en Junio por lo que no espero que se presenten ya que era un grupo muy malo.No se si no tienes alumnos que evaluar hay que estar en la evaluación o lo puede hacer un compañero o jefe de dpto por mi.El último día si tendría que ir ya que es la evaluación de mi tutoría, firmaría las actas pendientes y entregar las notas.Si se diera el caso le he dicho a mi jefe que si hay alguien con mi asignatura suspensa la aprobaría para que promocione si se presenta al examen aunque no creo que ocurra ya que se trata de una optativa. ¿Se puede hacer esto de común acuerdo con el jefe de dpto y los compañeros implicados? ¿Hay algún problema? Estaría localizable en todo momento y disponible en caso de duda o reclamación en el nuevo centro y si fuera necesario tendría que desplazarme.

Espero vuestros comentarios.

Un saludo.
Lo que pretendes hacer es un chanchullo con la complicidad de algunos de tus compañeros y sin la aprobación de jefatura y dirección, que es quien tendría la autoridad para justificar esas ausencias.

Puede que te salga bien y no haya ningún problema, que será lo más probable por lo que cuentas, pero si algo no sale según lo previsto te vas a meter en un buen lío porque será una falta injustificada a tu trabajo, con las consecuencias que ello conlleva.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


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