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como rellenar el horario dudas

Iniciado por guilson, 17 Septiembre, 2018, 18:44:52 PM

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guilson

Buenas tardes, seguramente este tema ya habrá salido en más de una ocasión pero he utilizado el buscador y no he logrado encontrar lo que quería.
Tengo varias dudas:
1. Las guardias con el alumnado que hacemos que son lectivas o no lectivas? En esos tenemos
  a. Lectivas: Guardia legal (lectiva)
  b. No lectiva: Servicio guardia; Guardia legal (no lectiva)
2. Si impartimos perfil bilingüe deberemos de usar docencia bilingüe.
3. Al ser tutor de la ESO la tutoría que nos ponen en el horario con el alumnado es  lectiva: tutoría con alumnos (ESO)?
4. La otra hora de reducción por ser tutor de ESO qué ponemos?
Gracias.

rantanplan

Cita de: guilson en 17 Septiembre, 2018, 18:44:52 PM
Buenas tardes, seguramente este tema ya habrá salido en más de una ocasión pero he utilizado el buscador y no he logrado encontrar lo que quería.
Tengo varias dudas:
1. Las guardias con el alumnado que hacemos que son lectivas o no lectivas? En esos tenemos
  a. Lectivas: Guardia legal (lectiva)
  b. No lectiva: Servicio guardia; Guardia legal (no lectiva)

Servicio de guardia no lectivo, en virtud de:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/140/3

Punto sexto del Acuerdo. Aunque si pones uno o dos servicios lectivos, tampoco incumples la normativa, porque no superas las 21 lectivas y hasta dos pueden ser lectivas.

Cita de: guilson en 17 Septiembre, 2018, 18:44:52 PM2. Si impartimos perfil bilingüe deberemos de usar docencia bilingüe.

Ni idea.

Cita de: guilson en 17 Septiembre, 2018, 18:44:52 PM3. Al ser tutor de la ESO la tutoría que nos ponen en el horario con el alumnado es  lectiva: tutoría con alumnos (ESO)?

4. La otra hora de reducción por ser tutor de ESO qué ponemos?

No soy tutor de ESO, pero mirando la normativa creo que las leyendas en séneca debe ser estas:

1. Tutoría con alumnos (ESO) - lectiva.
2. Tutoría de antención personalizada al alumno y a su familia (ESO) - lectiva.
3. Tutoría de atención a padres y madres - No lectiva.
4. Tutoría para tareas administrativas - No lectiva.


blueberry

Cita de: guilson en 17 Septiembre, 2018, 18:44:52 PM
2. Si impartimos perfil bilingüe deberemos de usar docencia bilingüe.
Yo todos los años utilizo el concepto docencia bilingüe unicamente para los grupos donde impartas en bilingüe que supongo serán una porción de los que tienes. Para el resto no.

La tutoría es como rantanplan te dice. Si eres tutor de ESO en total son 4 horas, 2 de ellas lectivas, 2 no lectivas, todas en el horario regular. Una de las horas reservadas para atender a familias va por la tarde.

Aethar

Cita de: blueberry en 17 Septiembre, 2018, 20:08:59 PM
Cita de: guilson en 17 Septiembre, 2018, 18:44:52 PM
2. Si impartimos perfil bilingüe deberemos de usar docencia bilingüe.
Yo todos los años utilizo el concepto docencia bilingüe unicamente para los grupos donde impartas en bilingüe que supongo serán una porción de los que tienes. Para el resto no.


Así es como lo hago yo, según indicaciones del equipo directivo del centro. Docencia bilingüe para las materias que corresponden a enseñanza bilingüe y docencia para el resto.


franxx

Como el gobierno ha aceptado que vayamos a 18h ya han quitado la triquiñuela de las guardias lectivas, ahora 18h lectivas y todo lo demás hasta las 25h, horas no lectivas. Ahora todas las guardias son no lectivas.

respublica



Cita de: franxx en 17 Septiembre, 2018, 21:56:28 PM
Como el gobierno ha aceptado que vayamos a 18h ya han quitado la triquiñuela de las guardias lectivas, ahora 18h lectivas y todo lo demás hasta las 25h, horas no lectivas. Ahora todas las guardias son no lectivas.


El gobierno no ha aprobado nada aún.

Este pasado viernes aprobó un anteproyecto de Ley que pasará próximamente al Congreso y luego al Senado y, en caso de ser aprobado sin modificaciones, la bajada de horas lectivas entrará en vigor el siguiente curso, si la comunidad autónoma lo considera oportuno, porque no lo van a poner obligatorio, como sí lo era antes de los recortes.

Por tanto, siguen siendo obligatorias 20 horas lectivas y Andalucía es casi la única que este curso está a 18.


Saludos.
   


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

zocter

Cita de: respublica en 17 Septiembre, 2018, 22:08:25 PM


Cita de: franxx en 17 Septiembre, 2018, 21:56:28 PM
Como el gobierno ha aceptado que vayamos a 18h ya han quitado la triquiñuela de las guardias lectivas, ahora 18h lectivas y todo lo demás hasta las 25h, horas no lectivas. Ahora todas las guardias son no lectivas.


El gobierno no ha aprobado nada aún.

Este pasado viernes aprobó un anteproyecto de Ley que pasará próximamente al Congreso y luego al Senado y, en caso de ser aprobado sin modificaciones, la bajada de horas lectivas entrará en vigor el siguiente curso, si la comunidad autónoma lo considera oportuno, porque no lo van a poner obligatorio, como sí lo era antes de los recortes.

Por tanto, siguen siendo obligatorias 20 horas lectivas y Andalucía es casi la única que este curso está a 18.


Saludos.
   
Ilegalmente, por cierto. En Séneca no te deja meter
Servicio de guardia lectiva, por lo que nuestros horarios son ilegales ya que tenemos que ir a 20 o 21. Otra chapuza.

rantanplan

Cita de: respublica en 17 Septiembre, 2018, 22:08:25 PM

Cita de: franxx en 17 Septiembre, 2018, 21:56:28 PM
Como el gobierno ha aceptado que vayamos a 18h ya han quitado la triquiñuela de las guardias lectivas, ahora 18h lectivas y todo lo demás hasta las 25h, horas no lectivas. Ahora todas las guardias son no lectivas.


El gobierno no ha aprobado nada aún.

He dejado enlazado un acuerdo entre la Junta y los sindicatos en que se lee esto:

CitarSexto. Jornada de trabajo.

Ahora el Acuerdo alcanzado a nivel estatal el 9 de marzo de este año incluye, entre sus medidas, la posibilidad de establecer jornadas diferentes a la regulada por la legislación básica estatal [...]

En virtud de lo cual más adelante dice:

Citar4.º Asimismo, coincidiendo con el inicio del curso escolar 2018-2019, el horario lectivo del personal docente será de dieciocho horas, a excepción del que imparte las enseñanzas de educación infantil y primaria y el de los Centros Específicos de Educación Especial, sin que pueda resultar aplicable, a partir de ese momento, la medida del apartado Tercero.1 del Acuerdo de esta Mesa General de 18 de diciembre de 2017.

Por otra parte, el acuerdo nacional citado

CitarCuarto. Medidas en materia de jornada de trabajo y de conciliación del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

1. La jornada ordinaria de trabajo común a todas las Administraciones Públicas se computará en cuantía anual y supondrá un promedio semanal de treinta y siete horas y media, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan.

Cada Administración Pública, previa negociación colectiva, podrá establecer en sus calendarios laborales bien otras jornadas ordinarias de trabajo, bien un reparto anual de la jornada en atención a las particularidades de cada función, tarea y ámbito sectorial, atendiendo en especial al tipo de jornada o a las jornadas a turnos, nocturnas o especialmente penosas, siempre y cuando en el ejercicio presupuestario anterior se hubieran cumplido los objetivos en materia de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto.

Lo anterior no podrá afectar al cumplimiento por cada una de las Administraciones del objetivo establecido en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de que la temporalidad en el empleo público no supere el 8 % en cada uno de sus ámbitos.

De acuerdo con la normativa aplicable a las entidades locales, y en relación con lo previsto en el párrafo segundo del presente apartado, la regulación estatal tendrá carácter supletorio en defecto de acuerdo de negociación colectiva.

Efectivamente la ley todavía no ha cambiado, pero esto es un acuerdo y debe respetarse, ¿no?


albay

Efectivamente en Séneca no pueden ya colocarse Guardias Lectivas.

rantanplan

Cita de: albay en 17 Septiembre, 2018, 23:18:50 PMEfectivamente en Séneca no pueden ya colocarse Guardias Lectivas.

Supongo que es normal, porque la naturaleza lectiva de las guardias respondía a la aplicación del acuerdo de 18 de diciembre de 2017, pero en el acuerdo de 12 de julio que he citado se dice esto:

Citar3.º A partir de la implantación de la jornada laboral ordinaria de treinta y cinco horas finalizará la vigencia de las medidas transitorias de ordenación de la jornada de trabajo y horarios adoptadas por Acuerdo de esta Mesa General de 18 de diciembre de 2017, que fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de diciembre de 2017.

así que imagino que la disposición adicional que prescribía las guardias lectivas queda sin efecto en aplicación de este Acuerdo; y, por eso, han quitado el ítem en Séneca.


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