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Maternidad y fase de prácticas

Iniciado por Delacroix, 03 Marzo, 2019, 12:27:52 PM

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Delacroix

Buenas a todos.
Una familiar sacó la plaza de secundaria el pasado verano. Empezó el curso pero antes de navidad se puso de parto y está de baja de maternidad. Ahora pasados los cuatro meses de baja debe volver y no tiene posibilidad de cogerse una excedencia porque tiene que completar la fase de prácticas y que la evalúe inspección. ¿Esto tiene que ser así?¿No va un poco en contra de los derechos básicos de los trabajadores? ¿Se puede retrasar esa fase de prácticas a después de una excedencia? No sé si me he explicado, pero a ver si alguien conoce algún caso similar.

Gracias.

cherokee

Desde la lectura de las convocatorias de oposición se entiende que no eres funcionario hasta tener apta la fase de prácticas y por tanto no puedes pedir excedencia. No sé si habrá excepciones, pero a simple vista parece legal y lógico.


albay

Claro que existe, puede hacer las prácticas el curso siguiente, está contemplado. Eso sí, perdería un año como funcionaria de carrera.

fran5

Cita de: Delacroix en 03 Marzo, 2019, 12:27:52 PM
Buenas a todos.
Una familiar sacó la plaza de secundaria el pasado verano. Empezó el curso pero antes de navidad se puso de parto y está de baja de maternidad. Ahora pasados los cuatro meses de baja debe volver y no tiene posibilidad de cogerse una excedencia porque tiene que completar la fase de prácticas y que la evalúe inspección. ¿Esto tiene que ser así?¿No va un poco en contra de los derechos básicos de los trabajadores? ¿Se puede retrasar esa fase de prácticas a después de una excedencia? No sé si me he explicado, pero a ver si alguien conoce algún caso similar.

Gracias.

Ha de completar, al menos, 4 meses de clases para que pueda ser evaluada. No sé cuánto tiempo habrá completado de clases hasta la fecha. Si le queda poco, que hable con inspección de este tema. Todo esto viene en la Resolución de la fase de prácticas.
Por otro lado, sí que puede aplazar esta fase para el próximo curso pero quedaría desplazada a las últimas posiciones de su bolsa (dentro del colectivo del funcionariado en prácticas) y esto puede ser bastante notable a la hora de la colocación de efectivos del próximo curso si su escalafón es bueno.

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respublica

Aquí veo dos cuestiones distintas.

Una es el requisito para ser evaluada en la fase de prácticas, que es de cuatro meses efectivos, pero para las mujeres en caso de maternidad se reduce a tres meses. Es un tiempo efectivo dedicado a la docencia durante la fase de prácticas, por lo que no cuentan fines de semana, festivos, vacaciones ni días de baja. Si no se cumple ese requisito se suspende la fase de prácticas y hay que repetirla, por una única vez, y si tampoco se aprueba, se pierde la oposición.

Y el otro asunto es la petición de excedencia voluntaria para cuidado de un hijo menor de tres años, que tiene como requisito, al igual que todas las excedencias, ser funcionario de carrera, y por tanto, ni los funcionarios en prácticas ni los interinos pueden solicitarla.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

albay

Asunto, que de cumplirse los nuevos permisos de paternidad, se extenderá también a los hombres en los próximos cursos.

linus

Cita de: respublica en 03 Marzo, 2019, 19:22:50 PM
Aquí veo dos cuestiones distintas.

Una es el requisito para ser evaluada en la fase de prácticas, que es de cuatro meses efectivos, pero para las mujeres en caso de maternidad se reduce a tres meses. Es un tiempo efectivo dedicado a la docencia durante la fase de prácticas, por lo que no cuentan fines de semana, festivos, vacaciones ni días de baja. Si no se cumple ese requisito se suspende la fase de prácticas y hay que repetirla, por una única vez, y si tampoco se aprueba, se pierde la oposición.

Y el otro asunto es la petición de excedencia voluntaria para cuidado de un hijo menor de tres años, que tiene como requisito, al igual que todas las excedencias, ser funcionario de carrera, y por tanto, ni los funcionarios en prácticas ni los interinos pueden solicitarla.


Saludos.

¿Entonces el tiempo efectivo de 4 meses se refiere a 120 días sin contar fines de semana, festivos, vacaciones ni días de baja?

Un saludo y muchas gracias

Delacroix



respublica

Cita de: linus en 03 Marzo, 2019, 20:17:57 PM
Cita de: respublica en 03 Marzo, 2019, 19:22:50 PM
Aquí veo dos cuestiones distintas.

Una es el requisito para ser evaluada en la fase de prácticas, que es de cuatro meses efectivos, pero para las mujeres en caso de maternidad se reduce a tres meses. Es un tiempo efectivo dedicado a la docencia durante la fase de prácticas, por lo que no cuentan fines de semana, festivos, vacaciones ni días de baja. Si no se cumple ese requisito se suspende la fase de prácticas y hay que repetirla, por una única vez, y si tampoco se aprueba, se pierde la oposición.

Y el otro asunto es la petición de excedencia voluntaria para cuidado de un hijo menor de tres años, que tiene como requisito, al igual que todas las excedencias, ser funcionario de carrera, y por tanto, ni los funcionarios en prácticas ni los interinos pueden solicitarla.


Saludos.

¿Entonces el tiempo efectivo de 4 meses se refiere a 120 días sin contar fines de semana, festivos, vacaciones ni días de baja?

Un saludo y muchas gracias
Sí, así es. Deben ser 120 días efectivos.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

aries

Cita de: respublica en 03 Marzo, 2019, 22:24:52 PM
Cita de: linus en 03 Marzo, 2019, 20:17:57 PM
Cita de: respublica en 03 Marzo, 2019, 19:22:50 PM
Aquí veo dos cuestiones distintas.

Una es el requisito para ser evaluada en la fase de prácticas, que es de cuatro meses efectivos, pero para las mujeres en caso de maternidad se reduce a tres meses. Es un tiempo efectivo dedicado a la docencia durante la fase de prácticas, por lo que no cuentan fines de semana, festivos, vacaciones ni días de baja. Si no se cumple ese requisito se suspende la fase de prácticas y hay que repetirla, por una única vez, y si tampoco se aprueba, se pierde la oposición.

Y el otro asunto es la petición de excedencia voluntaria para cuidado de un hijo menor de tres años, que tiene como requisito, al igual que todas las excedencias, ser funcionario de carrera, y por tanto, ni los funcionarios en prácticas ni los interinos pueden solicitarla.


Saludos.

¿Entonces el tiempo efectivo de 4 meses se refiere a 120 días sin contar fines de semana, festivos, vacaciones ni días de baja?

Un saludo y muchas gracias
Sí, así es. Deben ser 120 días efectivos.


Saludos.

En el sindicato me acaban de decir que son 4 meses con sus fines de semana y festivos


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