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Concurso de traslados estatal modificación del real decreto

Iniciado por Melbal, 17 Julio, 2024, 10:58:15 AM

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trankas

Cita de: malogu en 17 Julio, 2024, 13:41:06 PM
Cita de: trankas en 17 Julio, 2024, 13:28:25 PM
Cita de: malogu en 17 Julio, 2024, 12:59:38 PM
Cita de: Conchir en 17 Julio, 2024, 12:57:03 PMPara que te cuenten la antigüedad en el centro tienes que estar en ese centro? O cuenta también estando en comisión de servicio?

Gracias!


Cuenta aunque no lo hayas pisado.

Pues en el enlace anterior dice esto: "No obstante, no se computará a estos efectos el tiempo que se haya permanecido fuera del centro en situación de servicios especiales, en comisión de servicios, con licencias por estudios o en supuestos análogos que no impliquen prestación efectiva de servicios en el centro educativo."

Así que...
Eso es del punto 1.1.3 referente a puestos de especial dificultad

Si, me he dado cuenta, jeje..menos mal!

trankas

La conclusión que saco de todo esto es que muchos cursos, proyectos, programas y demás pero de pagar nada. Aquí todo gratis. Ni menos horas lectivas, ni nos quitan las guardias, ni nada...


malogu

Cita de: trankas en 17 Julio, 2024, 13:43:22 PMLa conclusión que saco de todo esto es que muchos cursos, proyectos, programas y demás pero de pagar nada. Aquí todo gratis. Ni menos horas lectivas, ni nos quitan las guardias, ni nada...
Para las guardias te van a dar un fusil y un casco 🪖

juanin 2.0

Hola,

Hay cambios interesantes:

4.3 Cargos de coordinación docente, función tutorial y figuras análogas: 1,500 puntos.

La fracción de año se computará a razón de 0,1250 por cada mes completo. La norma procedimental determinará la puntuación máxima a obtener por el subapartado 4.3, que no excederá de 10 puntos.

5. Formación y perfeccionamiento: Máximo 15 puntos

Los subapartados se determinarán en la norma procedimental debiendo reservarse para las actividades de formación superadas, al menos, 9 puntos, a razón de 0,1000 puntos por cada diez horas de actividades de formación acreditadas. De no constar otra cosa, cuando las actividades de formación vinieran expresadas en créditos, se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas.

Se valorarán por este apartado los certificados de acreditación de la competencia digital que sean emitidos por las distintas Administraciones educativas, conforme al baremo que se establezca en la norma procedimental, debiendo reservarse para los certificados acreditativos de dicha competencia, al menos, 3 puntos. Cuando se acrediten distintos niveles de competencia digital docente sólo se considerará la acreditación de nivel superior que presente la persona participante.

Asimismo, se valorarán con la siguiente puntuación aquellos certificados de conocimiento de una lengua extranjera expedidos por entidades acreditadas, conforme a lo que se determine en la norma procedimental, que reconozcan la competencia lingüística en un idioma extranjero, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

a) Por cada Certificación de nivel C2 del Consejo de Europa: 4 puntos.

b) Por cada Certificación de nivel C1 del Consejo de Europa: 3 puntos.

c) Por cada Certificación de nivel B2 del Consejo de Europa: 2 puntos.

d) Por cada Certificación de nivel B1 del Consejo de Europa: 1 punto.


hino72

Cita de: juanin 2.0 en 17 Julio, 2024, 14:05:07 PMHola,

Hay cambios interesantes:

4.3 Cargos de coordinación docente, función tutorial y figuras análogas: 1,500 puntos.

La fracción de año se computará a razón de 0,1250 por cada mes completo. La norma procedimental determinará la puntuación máxima a obtener por el subapartado 4.3, que no excederá de 10 puntos.

5. Formación y perfeccionamiento: Máximo 15 puntos

Los subapartados se determinarán en la norma procedimental debiendo reservarse para las actividades de formación superadas, al menos, 9 puntos, a razón de 0,1000 puntos por cada diez horas de actividades de formación acreditadas. De no constar otra cosa, cuando las actividades de formación vinieran expresadas en créditos, se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas.

Se valorarán por este apartado los certificados de acreditación de la competencia digital que sean emitidos por las distintas Administraciones educativas, conforme al baremo que se establezca en la norma procedimental, debiendo reservarse para los certificados acreditativos de dicha competencia, al menos, 3 puntos. Cuando se acrediten distintos niveles de competencia digital docente sólo se considerará la acreditación de nivel superior que presente la persona participante.

Asimismo, se valorarán con la siguiente puntuación aquellos certificados de conocimiento de una lengua extranjera expedidos por entidades acreditadas, conforme a lo que se determine en la norma procedimental, que reconozcan la competencia lingüística en un idioma extranjero, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

a) Por cada Certificación de nivel C2 del Consejo de Europa: 4 puntos.

b) Por cada Certificación de nivel C1 del Consejo de Europa: 3 puntos.

c) Por cada Certificación de nivel B2 del Consejo de Europa: 2 puntos.

d) Por cada Certificación de nivel B1 del Consejo de Europa: 1 punto.


Si no es mucho preguntar, ¿por qué son cambios interesantes?

trankas

Cita de: hino72 en 17 Julio, 2024, 14:17:46 PM
Cita de: juanin 2.0 en 17 Julio, 2024, 14:05:07 PMHola,

Hay cambios interesantes:

4.3 Cargos de coordinación docente, función tutorial y figuras análogas: 1,500 puntos.

La fracción de año se computará a razón de 0,1250 por cada mes completo. La norma procedimental determinará la puntuación máxima a obtener por el subapartado 4.3, que no excederá de 10 puntos.

5. Formación y perfeccionamiento: Máximo 15 puntos

Los subapartados se determinarán en la norma procedimental debiendo reservarse para las actividades de formación superadas, al menos, 9 puntos, a razón de 0,1000 puntos por cada diez horas de actividades de formación acreditadas. De no constar otra cosa, cuando las actividades de formación vinieran expresadas en créditos, se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas.

Se valorarán por este apartado los certificados de acreditación de la competencia digital que sean emitidos por las distintas Administraciones educativas, conforme al baremo que se establezca en la norma procedimental, debiendo reservarse para los certificados acreditativos de dicha competencia, al menos, 3 puntos. Cuando se acrediten distintos niveles de competencia digital docente sólo se considerará la acreditación de nivel superior que presente la persona participante.

Asimismo, se valorarán con la siguiente puntuación aquellos certificados de conocimiento de una lengua extranjera expedidos por entidades acreditadas, conforme a lo que se determine en la norma procedimental, que reconozcan la competencia lingüística en un idioma extranjero, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

a) Por cada Certificación de nivel C2 del Consejo de Europa: 4 puntos.

b) Por cada Certificación de nivel C1 del Consejo de Europa: 3 puntos.

c) Por cada Certificación de nivel B2 del Consejo de Europa: 2 puntos.

d) Por cada Certificación de nivel B1 del Consejo de Europa: 1 punto.


Si no es mucho preguntar, ¿por qué son cambios interesantes?
Cita de: hino72 en 17 Julio, 2024, 14:17:46 PMSi no es mucho preguntar, ¿por qué son cambios interesantes?

Porque nadie quiere ser tutor. Ahora, verás como las tutorías las reparten los equipos directivos "con más diligencia" entre los departamentos :)

Y sobre los curso, me parece bien que los títulos de idiomas que no sean de la EOI puntúen. Si lo hicieron en los procesos de oposiciones, no veo razón para que no puntúen en el concurso de traslados.

trankas

Sobre los cursos, básicamente dejé de hacerlos porque llegué al máximo. Ahora, como ha subido el límite, igual me animo a algunos para conseguir puntos necesarios.

FLAZO

Echando un vistazo al nuevo baremo.

-¿No cuenta en el apartado 1.2 de antigüedad en el Cuerpo los años de interinidad? indica el personal funcionario, no dice funcionario de carrera.

-En el apartado 3.2.1 ¿se quita la limitación de poder presentar un sólo Máster?

-El apartado 4 no aclara si cuentan los cargos cuando se ha sido interino o se ha estado en prácticas.

-En el apartado 3.3 en relación con las titulaciones de idiomas dice que han de estar certificadas por Escuelas Oficiales de Idiomas, sin embargo en el apartado 5 de Formación, dice que los idiomas pueden certificarse por entidades acreditadas ¿son diferentes éstas a las Escuelas Oficiales de Idiomas?



kharusss

Cita de: FLAZO en 17 Julio, 2024, 17:46:25 PMEchando un vistazo al nuevo baremo.

-¿No cuenta en el apartado 1.2 de antigüedad en el Cuerpo los años de interinidad? indica el personal funcionario, no dice funcionario de carrera.

-En el apartado 3.2.1 ¿se quita la limitación de poder presentar un sólo Máster?

-El apartado 4 no aclara si cuentan los cargos cuando se ha sido interino o se ha estado en prácticas.

-En el apartado 3.3 en relación con las titulaciones de idiomas dice que han de estar certificadas por Escuelas Oficiales de Idiomas, sin embargo en el apartado 5 de Formación, dice que los idiomas pueden certificarse por entidades acreditadas ¿son diferentes éstas a las Escuelas Oficiales de Idiomas?



Claro, como yo lo interpreto es que, añ ser distintos apartados del baremo, para el apartado 3 SÓLO cuentan los títulos de EOI, sin embargo para el 5 cuentan tb el resto.

Saludos

trankas

Cita de: FLAZO en 17 Julio, 2024, 17:46:25 PMEchando un vistazo al nuevo baremo.

-¿No cuenta en el apartado 1.2 de antigüedad en el Cuerpo los años de interinidad? indica el personal funcionario, no dice funcionario de carrera.

-En el apartado 3.2.1 ¿se quita la limitación de poder presentar un sólo Máster?

-El apartado 4 no aclara si cuentan los cargos cuando se ha sido interino o se ha estado en prácticas.

-En el apartado 3.3 en relación con las titulaciones de idiomas dice que han de estar certificadas por Escuelas Oficiales de Idiomas, sin embargo en el apartado 5 de Formación, dice que los idiomas pueden certificarse por entidades acreditadas ¿son diferentes éstas a las Escuelas Oficiales de Idiomas?



Sobre la antigüedad y los cargos desempeñados como interinos...es la gran pregunta. Ojalá que sí.


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