Buenas noches,
Tengo algunas dudas sobre el concursillo que no he encontrado al leer la normativa, que agradezco si alguien me puede aclarar.
He obtenido destino definitivo por primera vez, así que ahora estoy en plazo para solicitar el concursillo. Pero no estoy segura, por causas que no puedo saber todavía, de si me vendrá mejor para el curso que viene mi destino definitivo o el centro que quiero pedir en el concursillo. Si lo echo y al final me interesa más mi destino definitivo, ¿podría renunciar sin repercusión alguna? ¿La renuncia tendría que hacerla al salir la resolución de las comisiones o podría hacerla tras la adjudicación provisional de destinos?
Y en caso de no renunciar, ¿estaría obligada por ello a participar en el concurso de traslados de dentro de dos años (el siguiente no porque no puedo al acabarme de adjudicar destino)?
Bueno, agradezco cualquier ayudita. Gracias.
: Chic82 28 May, 2019, 01:07:00 +02:00
Buenas noches,
Tengo algunas dudas sobre el concursillo que no he encontrado al leer la normativa, que agradezco si alguien me puede aclarar.
He obtenido destino definitivo por primera vez, así que ahora estoy en plazo para solicitar el concursillo. Pero no estoy segura, por causas que no puedo saber todavía, de si me vendrá mejor para el curso que viene mi destino definitivo o el centro que quiero pedir en el concursillo. Si lo echo y al final me interesa más mi destino definitivo, ¿podría renunciar sin repercusión alguna? ¿La renuncia tendría que hacerla al salir la resolución de las comisiones o podría hacerla tras la adjudicación provisional de destinos?
Y en caso de no renunciar, ¿estaría obligada por ello a participar en el concurso de traslados de dentro de dos años (el siguiente no porque no puedo al acabarme de adjudicar destino)?
Bueno, agradezco cualquier ayudita. Gracias.
Puedes pedir la comisión y aunque venga aprobada, no echar los destinos. Tampoco pasa nada si echas los destinos y una vez publicados de forma provisional en julio, decides no seguir y presentas la renuncia. No se te tendrá en cuenta.
Si no renuncias y sale definitivamente en agosto, entonces si que no hay vuelta atrás, y te cuenta como 1 año de comisión (recuerda que son 6 lo máximo)
El concursillo no se puede renunciar. No tiene días de renuncia como el concurso normal.
Mi recomendación es que de pedirlo, pidas solo estrictamente aquellos centros en los que te gustaría trabajar (unos 5 o 6 nada más), teniendo en cuenta, por lo que leo, que tu destino definitivo no está tampoco muy mal.
Pues creo que el concursillo si se puede renunciar ya que los destinos salen en la colocación de efectivos y al salir la colocación provisional tienes unos días para renunciar, lo que no puedes renunciar es en la colocación ya definitiva.
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: albay 28 May, 2019, 08:23:04 +02:00
El concursillo no se puede renunciar. No tiene días de renuncia como el concurso normal.
Mi recomendación es que de pedirlo, pidas solo estrictamente aquellos centros en los que te gustaría trabajar (unos 5 o 6 nada más), teniendo en cuenta, por lo que leo, que tu destino definitivo no está tampoco muy mal.
Pues entonces es una novedad de este año. Hasta ahora si se podía porque yo lo hice.
: albay 28 May, 2019, 08:23:04 +02:00El concursillo no se puede renunciar. No tiene días de renuncia como el concurso normal.
¿De dónde sacas eso?
"Decimonovena. Desistimientos.
El personal que participe voluntariamente en el presente procedimiento podrá desistir de la participación en el mismo en el plazo que se establezca en la resolución provisional de adjudicación de destinos provisionales"
El año pasado sí se podía
: Capitán EO 28 May, 2019, 12:22:45 +02:00
: albay 28 May, 2019, 08:23:04 +02:00
El concursillo no se puede renunciar. No tiene días de renuncia como el concurso normal.
Mi recomendación es que de pedirlo, pidas solo estrictamente aquellos centros en los que te gustaría trabajar (unos 5 o 6 nada más), teniendo en cuenta, por lo que leo, que tu destino definitivo no está tampoco muy mal.
Bueno, esta chica es experta en todo...educación física, legislación...etc.
Por favor cuando opines hazlo con rigurosidad para no confundir al personal. Gracias.
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NO SOY CHICA. Creo que ya está bien el acoso al que me tienes sometido por discrepar de mis opiniones. Respeto por favor. Respeto.
: ma2017 28 May, 2019, 11:47:53 +02:00
"Decimonovena. Desistimientos.
El personal que participe voluntariamente en el presente procedimiento podrá desistir de la participación en el mismo en el plazo que se establezca en la resolución provisional de adjudicación de destinos provisionales"
El año pasado sí se podía
Cierto. Así es. Desconocía este punto así que rectifico.
Otra cosa es que esa norma Decimonovena tenga alguna lógica de ser. Si pides a finales de junio un centro no puede ser que a finales de julio ya no lo quieras.
Todo aclarado. Gracias a todos por vuestras respuestas.
No obstante Albay, en mi caso esos dos meses sí que marcan una diferencia importante, no siempre las circunstancias personales y familiares se conocen cuando se desea. Así que supongo que como a mí, a otros compañeros también le vendrá bien esta opción.
Otra duda que tengo yo.
Estoy en prácticas sin destino definitivo. Se supone que podemos pedir la comisión. En el plazo anterior pude pedirla por enfermedad propia, pero en este plazo extraordinario no me deja de pedirla. Pensaba que ahora podría echarla por el motivo de empadronamiento por si no me admitían la anterior y por lo visto no puedo pedirla ahora por no tener destino definitivo.
: MANU23 28 May, 2019, 17:18:02 +02:00
Otra duda que tengo yo.
Estoy en prácticas sin destino definitivo. Se supone que podemos pedir la comisión. En el plazo anterior pude pedirla por enfermedad propia, pero en este plazo extraordinario no me deja de pedirla. Pensaba que ahora podría echarla por el motivo de empadronamiento por si no me admitían la anterior y por lo visto no puedo pedirla ahora por no tener destino definitivo.
Claro, la opción de vivir en domicilio diferente al de tu destino definitivo sólo se puede producir si tienes destino definitivo.
Si se obtiene concursillo se puede participar al año siguiente en el concurso de traslados, o hay alguna restricción?
Hola, una duda que tengo sobre las peticiones del concursillo,( este año después de 10 años de provisional siendo el centro más cercano que me han adjudicado durante estos años a mi residencia de 200 KM). Este año puedo pedir el concursillo y mi duda es si conocéis algún caso de compañeros en el que las peticiones que han hecho para el concursillo no le han concedido ninguna y han tenido que ir a su destino definitivo , lo comento para no arriesgarme a poner pocos centros y no me den nada, estoy dispuesto a poner distancias entre los 80 y 90 KM, eso sería en torno a 40 centros, gracias.
: manujesús 28 May, 2019, 20:22:46 +02:00
Hola, una duda que tengo sobre las peticiones del concursillo,( este año después de 10 años de provisional siendo el centro más cercano que me han adjudicado durante estos años a mi residencia de 200 KM). Este año puedo pedir el concursillo y mi duda es si conocéis algún caso de compañeros en el que las peticiones que han hecho para el concursillo no le han concedido ninguna y han tenido que ir a su destino definitivo , lo comento para no arriesgarme a poner pocos centros y no me den nada, estoy dispuesto a poner distancias entre los 80 y 90 KM, eso sería en torno a 40 centros, gracias.
Nada te impide ponerlos.
: manujesús 28 May, 2019, 20:22:46 +02:00
Hola, una duda que tengo sobre las peticiones del concursillo,( este año después de 10 años de provisional siendo el centro más cercano que me han adjudicado durante estos años a mi residencia de 200 KM). Este año puedo pedir el concursillo y mi duda es si conocéis algún caso de compañeros en el que las peticiones que han hecho para el concursillo no le han concedido ninguna y han tenido que ir a su destino definitivo , lo comento para no arriesgarme a poner pocos centros y no me den nada, estoy dispuesto a poner distancias entre los 80 y 90 KM, eso sería en torno a 40 centros, gracias.
Si claro, tengo varias compis que han vuelto a su destino definitivo porque no le dieron nada en el Concursillo. Pide todo lo que consideres que prefieres antes de ir al definitivo, así no te arrepentirás.
: aceituno1982 28 May, 2019, 18:23:07 +02:00
Si se obtiene concursillo se puede participar al año siguiente en el concurso de traslados, o hay alguna restricción?
Ninguna. Puedes participar. Además es obligatorio hacerlo si luego quieres optar al concursillo.
Aporto yo otra duda que me ha surgido.
Pide en Concurso de Traslados y no te dan. Después piden comisión de servicio por residencia en otro municipio. Me la dan.
Echo consursillo. Pido en el mismo municipio en el que tengo mi destino. ¿Puede ser?
: albay 29 May, 2019, 17:44:41 +02:00
Aporto yo otra duda que me ha surgido.
Pide en Concurso de Traslados y no te dan. Después piden comisión de servicio por residencia en otro municipio. Me la dan.
Echo consursillo. Pido en el mismo municipio en el que tengo mi destino. ¿Puede ser?
No entiendo muy bien lo que dices pero en la normativa del concursillo deja claro que sólo puedes pedir localidades distintas a donde tienes el destino definitivo.
: Corichi 29 May, 2019, 22:15:05 +02:00
: albay 29 May, 2019, 17:44:41 +02:00
Aporto yo otra duda que me ha surgido.
Pide en Concurso de Traslados y no te dan. Después piden comisión de servicio por residencia en otro municipio. Me la dan.
Echo consursillo. Pido en el mismo municipio en el que tengo mi destino. ¿Puede ser?
No entiendo muy bien lo que dices pero en la normativa del concursillo deja claro que sólo puedes pedir localidades distintas a donde tienes el destino definitivo.
En primer lugar la comisión te la conceden si tienes tu residencia en un municipio diferente al de tu puesto definitivo. Bien. Te dan la comisión.
Una vez que tienes la comisión echas los códigos en junio, y pides los que quieras, incluidos los del mismo municipio.
He leído a otros compañeros que piden comisión para otra provincia pero luego piden puestos en otra provincia diferente.
No se si me explico con claridad. Una cosa es la petición de comisión de servicio y otra la petición de destinos.
¿Alguien puede aclarar algo más?
Curiosidades;
-En la provisional podíamos solicitar comisión de servicio y poner, en mi caso, cuidado de hijos menores de 3 años.
-Tras la definitiva (ni caso de la comisión de servicio anterior), pido de nuevo concursillo y no aparece dicha opción.
Las únicas opciones que dan son;
-Por tener destino en municipio diferente al de domicilio habitual.
-Por estudios del profesorado o de sus hijos cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a
más de 50 km del municipio de destino.
Olvidando 5 motivos más por las que se pueden pedir comisión.
-Según CCOO, No tienen ningún tipo de orden de prelación a la hora de adjudicar, o sea, lo mismo da pedir una por cuidado de hijo menor de 3 años que una por residir en municipio diferente al del centro, todas van en el mismo lote en igualdad de condiciones.
Y llevo toda la mañana intentando contactar con la Delegación en Jaén y no lo cogen (14 llamadas y contando...).
Duda. Yo eché la comisión en el plazo anterior por si en las definitivas no me daban un buen destino. Me han dado cerca de casa. ¿Ya no tengo que hacer nada más? ¿Si me conceden la comisión y quiero mi destino basta con no echar los códigos?
Hola compañeros, mi duda es la siguiente: soy funcionaria en prácticas, y pedí comisión en marzo, se me ha ratificado el destino que me dieron provisional ahora como definitivo, pero quisiera pedir otros destinos distintos o al menos cambiar radicalmente el orden. El motivo que alego es que el destinto definitivo esta en municipio distinto al de mi localidad.
La pregunta que lanzo es esa ¿se puede ahora en el concursillo, alegando el mismo motivo del domicilio, pedir otros centros en otras localidades, es decir pedir otras localidades que las que pedí en marzo? o se atienen a lo pedido en marzo?- es que me ha llegado esa información y, aunque no le veo sentido,porque las circunstancias personales de cada uno pueden cambiar, me ha generado dudas.
: Juan81 30 May, 2019, 11:45:14 +02:00
Duda. Yo eché la comisión en el plazo anterior por si en las definitivas no me daban un buen destino. Me han dado cerca de casa. ¿Ya no tengo que hacer nada más? ¿Si me conceden la comisión y quiero mi destino basta con no echar los códigos?
Creo que en otro hilo responden a tu duda, si no he leído o entendido mal hay un plazo cuando salga la concesión-reconocimiento de las comisiones de servicio para renunciar a ellas.
un saludo
: solo-paraesto 30 May, 2019, 14:30:50 +02:00
Hola compañeros, mi duda es la siguiente: soy funcionaria en prácticas, y pedí comisión en marzo, se me ha ratificado el destino que me dieron provisional ahora como definitivo, pero quisiera pedir otros destinos distintos o al menos cambiar radicalmente el orden. El motivo que alego es que el destinto definitivo esta en municipio distinto al de mi localidad.
La pregunta que lanzo es esa ¿se puede ahora en el concursillo, alegando el mismo motivo del domicilio, pedir otros centros en otras localidades, es decir pedir otras localidades que las que pedí en marzo? o se atienen a lo pedido en marzo?- es que me ha llegado esa información y, aunque no le veo sentido,porque las circunstancias personales de cada uno pueden cambiar, me ha generado dudas.
nada, nada...que me he hecho un lío, :-X
Buenas:
Estoy rellenando el concursillo y al pulsar en "CONFIRMAR" no me sale nada. ¿A alguien más le pasa lo mismo? ¿Qué estoy haciendo mal?
Muchas gracias de antemano.
: gluturens 30 May, 2019, 10:51:34 +02:00
Curiosidades;
-En la provisional podíamos solicitar comisión de servicio y poner, en mi caso, cuidado de hijos menores de 3 años.
-Tras la definitiva (ni caso de la comisión de servicio anterior), pido de nuevo concursillo y no aparece dicha opción.
Las únicas opciones que dan son;
-Por tener destino en municipio diferente al de domicilio habitual.
-Por estudios del profesorado o de sus hijos cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a
más de 50 km del municipio de destino.
Olvidando 5 motivos más por las que se pueden pedir comisión.
-Según CCOO, No tienen ningún tipo de orden de prelación a la hora de adjudicar, o sea, lo mismo da pedir una por cuidado de hijo menor de 3 años que una por residir en municipio diferente al del centro, todas van en el mismo lote en igualdad de condiciones.
Y llevo toda la mañana intentando contactar con la Delegación en Jaén y no lo cogen (14 llamadas y contando...).
¿Y cuál es la duda?
Si no os entendemos bien vuestra situación ni vuestras dudas no podemos ayudaros aunque queramos.
Saludos.
: Juan81 30 May, 2019, 11:45:14 +02:00
Duda. Yo eché la comisión en el plazo anterior por si en las definitivas no me daban un buen destino. Me han dado cerca de casa. ¿Ya no tengo que hacer nada más? ¿Si me conceden la comisión y quiero mi destino basta con no echar los códigos?
Así es. Que te concedan el concursillo no te obliga a solicitar destinos si te quieres quedar con el definitivo que te han dado.
Saludos.
Respublica ¿puedes contestar la mía?
: albay 29 May, 2019, 23:46:51 +02:00
: Corichi 29 May, 2019, 22:15:05 +02:00
: albay 29 May, 2019, 17:44:41 +02:00
Aporto yo otra duda que me ha surgido.
Pide en Concurso de Traslados y no te dan. Después piden comisión de servicio por residencia en otro municipio. Me la dan.
Echo consursillo. Pido en el mismo municipio en el que tengo mi destino. ¿Puede ser?
No entiendo muy bien lo que dices pero en la normativa del concursillo deja claro que sólo puedes pedir localidades distintas a donde tienes el destino definitivo.
En primer lugar la comisión te la conceden si tienes tu residencia en un municipio diferente al de tu puesto definitivo. Bien. Te dan la comisión.
Una vez que tienes la comisión echas los códigos en junio, y pides los que quieras, incluidos los del mismo municipio.
He leído a otros compañeros que piden comisión para otra provincia pero luego piden puestos en otra provincia diferente.
No se si me explico con claridad. Una cosa es la petición de comisión de servicio y otra la petición de destinos.
¿Alguien puede aclarar algo más?
Es lo que te contestó Corichi, que no puedes pedir centros del mismo municipio donde tienes el destino definitivo.
Saludos.
: respublica 31 May, 2019, 00:05:02 +02:00
: albay 29 May, 2019, 23:46:51 +02:00
: Corichi 29 May, 2019, 22:15:05 +02:00
: albay 29 May, 2019, 17:44:41 +02:00
Aporto yo otra duda que me ha surgido.
Pide en Concurso de Traslados y no te dan. Después piden comisión de servicio por residencia en otro municipio. Me la dan.
Echo consursillo. Pido en el mismo municipio en el que tengo mi destino. ¿Puede ser?
No entiendo muy bien lo que dices pero en la normativa del concursillo deja claro que sólo puedes pedir localidades distintas a donde tienes el destino definitivo.
En primer lugar la comisión te la conceden si tienes tu residencia en un municipio diferente al de tu puesto definitivo. Bien. Te dan la comisión.
Una vez que tienes la comisión echas los códigos en junio, y pides los que quieras, incluidos los del mismo municipio.
He leído a otros compañeros que piden comisión para otra provincia pero luego piden puestos en otra provincia diferente.
No se si me explico con claridad. Una cosa es la petición de comisión de servicio y otra la petición de destinos.
¿Alguien puede aclarar algo más?
Es lo que te contestó Corichi, que no puedes pedir centros del mismo municipio donde tienes el destino definitivo.
Saludos.
¿y solicitando puestos no bilingües teniendo destino bilingüe?
: albay 31 May, 2019, 00:23:08 +02:00
¿y solicitando puestos no bilingües teniendo destino bilingüe?
Esto es algo que hemos discutido muchas veces y no tiene una respuesta clara porque está sujeto a interpretación.
Lo que dice el artículo 13.5 de la Orden de 24 de mayo de 2011 que regula los destinos provisionales, en su redacción dada por la Orden de 18 de junio de 2016, es que "solo podrá solicitar puestos de trabajo de las mismas características del puesto de su destino definitivo" y luego añade que también podrá solicitar puestos específicos, como sería el caso de puestos bilingües.
El primer curso de aplicación del concursillo dejaron a quienes tenían destino definitivo bilingüe solicitar puestos ordinarios, pero después hemos leído aquí casos en los que se han denegado.
No sabemos cómo lo interpretarán este curso, en el que además hay nuevos jefes dictando las correspondientes instrucciones de interpretación.
Saludos.
: respublica 02 June, 2019, 19:54:04 +02:00
: albay 31 May, 2019, 00:23:08 +02:00
¿y solicitando puestos no bilingües teniendo destino bilingüe?
Esto es algo que hemos discutido muchas veces y no tiene una respuesta clara porque está sujeto a interpretación.
Lo que dice el artículo 13.5 de la Orden de 24 de mayo de 2011 que regula los destinos provisionales, en su redacción dada por la Orden de 18 de junio de 2016, es que "solo podrá solicitar puestos de trabajo de las mismas características del puesto de su destino definitivo" y luego añade que también podrá solicitar puestos específicos, como sería el caso de puestos bilingües.
El primer curso de aplicación del concursillo dejaron a quienes tenían destino definitivo bilingüe solicitar puestos ordinarios, pero después hemos leído aquí casos en los que se han denegado.
No sabemos cómo lo interpretarán este curso, en el que además hay nuevos jefes dictando las correspondientes instrucciones de interpretación.
Saludos.
Gracias por tu respuesta.
Dándole vueltas al tema, y suponiendo que esto último fuera posible, primero habría que pedir la comisión por razón de domicilio diferente, para lo cual debes estar empadronado en otra localidad a la de tu destino ¿correcto?
Después pedir destinos no bilingües, aunque sean en el mismo municipio. ¿o tampoco? Esta duda es la que no me queda clara. Y ya sé, que depende de la interpretación.
Hay que solicitar la comisión de servicio y luego solicitar puestos de las mismas características del puesto del destino definitivo y en centros que no pertenezcan al municipio del centro de destino definitivo.
Saludos.
: albay 31 May, 2019, 00:23:08 +02:00
: respublica 31 May, 2019, 00:05:02 +02:00
: albay 29 May, 2019, 23:46:51 +02:00
: Corichi 29 May, 2019, 22:15:05 +02:00
: albay 29 May, 2019, 17:44:41 +02:00
Aporto yo otra duda que me ha surgido.
Pide en Concurso de Traslados y no te dan. Después piden comisión de servicio por residencia en otro municipio. Me la dan.
Echo consursillo. Pido en el mismo municipio en el que tengo mi destino. ¿Puede ser?
No entiendo muy bien lo que dices pero en la normativa del concursillo deja claro que sólo puedes pedir localidades distintas a donde tienes el destino definitivo.
En primer lugar la comisión te la conceden si tienes tu residencia en un municipio diferente al de tu puesto definitivo. Bien. Te dan la comisión.
Una vez que tienes la comisión echas los códigos en junio, y pides los que quieras, incluidos los del mismo municipio.
He leído a otros compañeros que piden comisión para otra provincia pero luego piden puestos en otra provincia diferente.
No se si me explico con claridad. Una cosa es la petición de comisión de servicio y otra la petición de destinos.
¿Alguien puede aclarar algo más?
Es lo que te contestó Corichi, que no puedes pedir centros del mismo municipio donde tienes el destino definitivo.
Saludos.
¿y solicitando puestos no bilingües teniendo destino bilingüe?
Nada te lo impide cuando rellenas los códigos. Yo estoy este curso en puesto no bilingüe teniendo plaza bilingüe, por lo que sí puedes hacerlo.
Un saludo.
: Tocqueville 03 June, 2019, 07:04:36 +02:00
: albay 31 May, 2019, 00:23:08 +02:00
: respublica 31 May, 2019, 00:05:02 +02:00
: albay 29 May, 2019, 23:46:51 +02:00
: Corichi 29 May, 2019, 22:15:05 +02:00
: albay 29 May, 2019, 17:44:41 +02:00
Aporto yo otra duda que me ha surgido.
Pide en Concurso de Traslados y no te dan. Después piden comisión de servicio por residencia en otro municipio. Me la dan.
Echo consursillo. Pido en el mismo municipio en el que tengo mi destino. ¿Puede ser?
No entiendo muy bien lo que dices pero en la normativa del concursillo deja claro que sólo puedes pedir localidades distintas a donde tienes el destino definitivo.
En primer lugar la comisión te la conceden si tienes tu residencia en un municipio diferente al de tu puesto definitivo. Bien. Te dan la comisión.
Una vez que tienes la comisión echas los códigos en junio, y pides los que quieras, incluidos los del mismo municipio.
He leído a otros compañeros que piden comisión para otra provincia pero luego piden puestos en otra provincia diferente.
No se si me explico con claridad. Una cosa es la petición de comisión de servicio y otra la petición de destinos.
¿Alguien puede aclarar algo más?
Es lo que te contestó Corichi, que no puedes pedir centros del mismo municipio donde tienes el destino definitivo.
Saludos.
¿y solicitando puestos no bilingües teniendo destino bilingüe?
Nada te lo impide cuando rellenas los códigos. Yo estoy este curso en puesto no bilingüe teniendo plaza bilingüe, por lo que sí puedes hacerlo.
Un saludo.
¿Pero en el mismo municipio?
: respublica 02 June, 2019, 19:54:04 +02:00El primer curso de aplicación del concursillo dejaron a quienes tenían destino definitivo bilingüe solicitar puestos ordinarios, pero después hemos leído aquí casos en los que se han denegado.
¿Se han dado casos? Cuando disicutimos sobre este particular lo que resultaba de esas lecturas es que el texto de la orden lo impide claramente (un puesto no bilingüe no es de las mismas características que uno bilingüe puesto que se exigen al funcionario distintos requisitos), pero curiosamente las convocatorías hasta la fecha sí lo permiten contradiciendo la orden, ya que establecen que se pueden pedir puestos de la especialidad por la que se tiene destino definitivo, sin añadir la limitación de las mismas características. O sea que no es que en las resoluciones interpretaran la orden en otro sentido, sino que la convocatoria lo permite abiertamente eliminando esa limitación.
¿Cuáles son esos casos? Yo no los he leído en el foro.
: albay 03 June, 2019, 08:28:05 +02:00¿Pero en el mismo municipio?
Imposible: lo prohiben tanto la orden como las convocatorias (base sexta, 1.2).
En mi caso, la plaza en la que estoy con el concursillo no está el mismo municipio donde tengo la definitiva, obviamente. En cuanto a las mismas características del puesto a las que hace referencia la orden, al ser mi plaza bilingüe no tengo que demostrar ningún requisito extra para desempeñar un puesto de la misma especialidad y en mi lengua materna. No entiendo dónde está la limitación. Cosa distinta es que quiera pasar de plaza no bilingüe a plaza bilingüe. En cualquier caso, es tan sencillo como pedir los códigos que os dé la gana que ya el sistema se encargará de denegar una plaza cuando no sea incompatible con vuestra situación .
Saludos
: Tocqueville 03 June, 2019, 14:57:16 +02:00En cuanto a las mismas características del puesto a las que hace referencia la orden, al ser mi plaza bilingüe no tengo que demostrar ningún requisito extra para desempeñar un puesto de la misma especialidad y en mi lengua materna.
Pero al revés, sí, prueba de que ambos puestos no son de las mismas características. Que tú estes capacitado para impartir ambos, no significa que ambos sean equivalentes. De hecho, los puestos bilingües pueden pedirse como puesto específico. ¿Por qué? Porque no son de las mismas características que el puesto normal.
: Tocqueville 03 June, 2019, 14:57:16 +02:00
En mi caso, la plaza en la que estoy con el concursillo no está el mismo municipio donde tengo la definitiva, obviamente. En cuanto a las mismas características del puesto a las que hace referencia la orden, al ser mi plaza bilingüe no tengo que demostrar ningún requisito extra para desempeñar un puesto de la misma especialidad y en mi lengua materna. No entiendo dónde está la limitación. Cosa distinta es que quiera pasar de plaza no bilingüe a plaza bilingüe. En cualquier caso, es tan sencillo como pedir los códigos que os dé la gana que ya el sistema se encargará de denegar una plaza cuando no sea incompatible con vuestra situación .
Pero si pides un puesto que está en el mismo municipio, no te dan ya otro de los códigos solicitados?
Saludos
: encarni27 03 June, 2019, 18:37:45 +02:00Pero si pides un puesto que está en el mismo municipio, no te dan ya otro de los códigos solicitados?
Contra el vicio de pedir, ya sabes. Sí, si pones un código que no debieras, lo lógico es que te invaliden esa petición y ya está.
Otra duda, a ver si alguien me puede ayudar. Dentro de las comisiones tipo b, el orden de prioridad es por escalafón, ¿verdad? Entonces en caso de optar a una misma plaza un funcionario con destino definitivo en otro centro y un provisional, ¿iría primero el con destino? ¿O sería de otra forma? Gracias de antemano.
: Chic82 07 June, 2019, 16:33:58 +02:00
Otra duda, a ver si alguien me puede ayudar. Dentro de las comisiones tipo b, el orden de prioridad es por escalafón, ¿verdad? Entonces en caso de optar a una misma plaza un funcionario con destino definitivo en otro centro y un provisional, ¿iría primero el con destino? ¿O sería de otra forma? Gracias de antemano.
Va delante el de mayor escalafón si tienen la misma comisión. Puede darse el caso de un provisional con mejor escalafón que un definitivo, en este caso si piden la misma comisión iría delante el provisional.
Hola, duda que me surge con relación a lo que estáis comentando. Soy de música pero me han dado destino definitivo por Apoyo al área de Lengua y Ciencias Sociales, quiero entender por lo que comentáis que en el concursillo sólo puedo pedir por esta especialidad y no puedo pedir también por Música, gracias.
https://anpeandalucia.es/notices+aclaraciones+de+la+consejeria+sobre+el+procedimiento+anual+de+adjudicacion+de+destinos+provisionales-id=84223
Algunas aclaraciones sobre el concursillo y la adjudicación de destinos provisionales
: mapa 10 June, 2019, 15:56:43 +02:00https://anpeandalucia.es/notices+aclaraciones+de+la+consejeria+sobre+el+procedimiento+anual+de+adjudicacion+de+destinos+provisionales-id=84223
Algunas aclaraciones sobre el concursillo y la adjudicación de destinos provisionales
Es una vergüenza.
Limitar a solo una provincia perjudica mucho a las especialidades minoritarias y a la gente que vive en zonas limítrofes con otras provincias. No tiene sentido. Y menos aún advertirlo cuando ya están solicitadas las comisiones y resueltas provisionalmente.
: tormentas 10 June, 2019, 16:36:10 +02:00Limitar a solo una provincia perjudica mucho a las especialidades minoritarias y a la gente que vive en zonas limítrofes con otras provincias. No tiene sentido. Y menos aún advertirlo cuando ya están solicitadas las comisiones y resueltas provisionalmente.
Yo este año no voy a participar en el procedimiento, porque me han dado en el concurso e iré a mi destino, así que me da igual. El segundo año de concursillo que fue el primero que hubo que pedir la comisión, ya me saltaron todas las alarmas cuando leí el texto de mi solicitud, eso de "Solicita comisión de servicio con ocasión de vacante en LA PROVINCIA X", cuando eso no era lo que me daba derecho a pedir según la normativa, y como sólo permitían pedir la comisión a través de la plataforma, mandé un papel a delegación con registro de entrada haciéndoles saber que yo pedía comisión por lo que me permítia la orden y no por lo que decía la solicitud y les conminaba a cambiarla para que se ajustase a la nueva orden. Como la cosa quedó en nada y se pudo pedir sin cortapisas, el curso pasado y este mismo curso, presenté la comisión sin preocuparme mucho de la leyenda. Menos mal que este curso no pienso pedir la comisión, porque me estaría subiendo por las paredes.
Hay que tener poca vergüenza para salir ahora con estas. SI pensaban hacer eso, lo dices desde el principio y ya me preocupo yo de dejar claro que a mí me tienen que dar lo que pone la ley aunque sea presentándome en Delegación en persona.
Así es. Curiosamente alegan hacerlo para evitar inseguridad jurídica creando otra.
: tormentas 10 June, 2019, 18:31:28 +02:00Así es. Curiosamente alegan hacerlo para evitar inseguridad jurídica creando otra.
La inseguridad consiste en la arbitrariedad con la que te obligan a usar un medio de solicitud que no te permite pedir lo que la normativa te da derecho a pedir. La inseguridad jurídica consiste en la arbitrariedad de hacer una cosa un año y al año siguiente hacer otra cosa distinta sin que hayan cambiado las leyes que lo regulan. Si tienen dudas, que habran un plazo extraordinario para que los que lo deseen puedan modificar la solicitud, en vista de que la aplicación no les permitía pedir otra cosa, aunque esa fuera su voluntad.
Tienen el rostro de cemento armado. ¿Y los sindicatos se han ido así sin más?
: rantanplan 10 June, 2019, 20:08:48 +02:00
: tormentas 10 June, 2019, 18:31:28 +02:00Así es. Curiosamente alegan hacerlo para evitar inseguridad jurídica creando otra.
La inseguridad consiste en la arbitrariedad con la que te obligan a usar un medio de solicitud que no te permite pedir lo que la normativa te da derecho a pedir. La inseguridad jurídica consiste en la arbitrariedad de hacer una cosa un año y al año siguiente hacer otra cosa distinta sin que hayan cambiado las leyes que lo regulan. Si tienen dudas, que habran un plazo extraordinario para que los que lo deseen puedan modificar la solicitud, en vista de que la aplicación no les permitía pedir otra cosa, aunque esa fuera su voluntad.
Tienen el rostro de cemento armado. ¿Y los sindicatos se han ido así sin más?
Sobre los sindicatos, creo que algunos ni siquiera se han dado cuenta de la medida, porque se han hecho eco de otros temas tratados en la mesa y no de este (CCOO) y otros, como USTEA, creo que todavía no han publicado la información sobre lo sucedido. Cuando lo publiquen podremos ver su versión de lo que ha transmitido la Consejería.
En cualquier caso, todos deberían presionar para que no se aplique esta medida que es claramente restrictiva para la conciliación.
Hay pueblos limítrofes entre 2 provincias y con esta medida perjudica la conciliación.
No creo que pase nada... En que estado quedarían provisionales? Carece de sentido...
: rantanplan 10 June, 2019, 20:08:48 +02:00
: tormentas 10 June, 2019, 18:31:28 +02:00Así es. Curiosamente alegan hacerlo para evitar inseguridad jurídica creando otra.
La inseguridad consiste en la arbitrariedad con la que te obligan a usar un medio de solicitud que no te permite pedir lo que la normativa te da derecho a pedir. La inseguridad jurídica consiste en la arbitrariedad de hacer una cosa un año y al año siguiente hacer otra cosa distinta sin que hayan cambiado las leyes que lo regulan. Si tienen dudas, que habran un plazo extraordinario para que los que lo deseen puedan modificar la solicitud, en vista de que la aplicación no les permitía pedir otra cosa, aunque esa fuera su voluntad.
Tienen el rostro de cemento armado. ¿Y los sindicatos se han ido así sin más?
Estoy de acuerdo con rantanplan.
He estado revisando la normativa sobre las comisiones de servicio, que es la Orden de 26 de febrero de 2008 con las modificaciones introducidas por la Orden de 18 de junio de 2016 y lo único que se me ocurre es que en el artículo 5.2 distingue que las comisiones de servicio de ámbito provincial las resuelven en las Delegaciones provinciales, mientras que las que superen el ámbito provincial son resueltas por la Dirección General de recursos humanos.
Si pensaban que podría haber alguna inseguridad jurídica en la resolución de las comisiones de servicio por conciliación, hubiese bastado con considerarlas de ámbito interprovincial y que fuesen todas resueltas por la Dirección General en vez de por la Delegaciones provinciales.
Saludos.
Si eso fuera así, en determinados casos, un provisional sin comisión conciliaría mejor que uno con comisión y que un definitivo con comisión... Un absurdo.
: zocter 10 June, 2019, 21:50:14 +02:00
Si eso fuera así, en determinados casos, un provisional sin comisión conciliaría mejor que uno con comisión y que un definitivo con comisión... Un absurdo.
¿En qué casos?
Saludos.
: zocter 10 June, 2019, 21:50:14 +02:00
Si eso fuera así, en determinados casos, un provisional sin comisión conciliaría mejor que uno con comisión y que un definitivo con comisión... Un absurdo.
Exacto.
Ahora por tener destino estamos más ligados, menos conciliación.
Es una auténtica vergüenza. Espero que abran plazo extraordinario o que los sindicatos planteen medidas como la huelga para las evaluaciones, porque esto no es normal.
: respublica 10 June, 2019, 22:02:35 +02:00
: zocter 10 June, 2019, 21:50:14 +02:00
Si eso fuera así, en determinados casos, un provisional sin comisión conciliaría mejor que uno con comisión y que un definitivo con comisión... Un absurdo.
Imagina un provisional con mayor escalafón que otro. El primero sin concursillo. El segundo sí. Si piden en Huelva, y no hay vacantes, el que no tiene comisión iría delante.
Un provisional sin comisión pide Huelva y Sevilla y más... Un definitivo pide Huelva y no hay vacante. Se va a Almería...
¿En qué casos?
Saludos.
: zocter 10 June, 2019, 22:35:58 +02:00
: respublica 10 June, 2019, 22:02:35 +02:00
: zocter 10 June, 2019, 21:50:14 +02:00
Si eso fuera así, en determinados casos, un provisional sin comisión conciliaría mejor que uno con comisión y que un definitivo con comisión... Un absurdo.
Imagina un provisional con mayor escalafón que otro. El primero sin concursillo. El segundo sí. Si piden en Huelva, y no hay vacantes, el que no tiene comisión iría delante.
Un provisional sin comisión pide Huelva y Sevilla y más... Un definitivo pide Huelva y no hay vacante. Se va a Almería...
¿En qué casos?
Saludos.
Pide 1 provincia y si no hay pues se va a su destino, no?
: encarni27 10 June, 2019, 22:41:45 +02:00
: zocter 10 June, 2019, 22:35:58 +02:00
: respublica 10 June, 2019, 22:02:35 +02:00
: zocter 10 June, 2019, 21:50:14 +02:00
Si eso fuera así, en determinados casos, un provisional sin comisión conciliaría mejor que uno con comisión y que un definitivo con comisión... Un absurdo.
Imagina un provisional con mayor escalafón que otro. El primero sin concursillo. El segundo sí. Si piden en Huelva, y no hay vacantes, el que no tiene comisión iría delante.
Un provisional sin comisión pide Huelva y Sevilla y más... Un definitivo pide Huelva y no hay vacante. Se va a Almería...
¿En qué casos?
Saludos.
Pide 1 provincia y si no hay pues se va a su destino, no?
Así es. En especialidades minoritarias es una faena, por decirlo muy suavemente. En mayoritarias tal vez no se note tanto.
Y sumando lo de provincias limítrofes....
Se debería de haber pensado por ZONAS no por provincias, es cuestión de sentido común.
: encarni27 10 June, 2019, 22:57:56 +02:00
Se debería de haber pensado por ZONAS no por provincias, es cuestión de sentido común.
Por zonas no, como estaba...
Y lo más importante, sacan esto a dos días de que se acabe el plazo de alegaciones? No pueden dar las normas para el curso que viene? Que nos podamos preparar? Noooo, cuando ya hemos solicitado las cosas y es imposible rectificar.
http://ustea.es/new/importante-novedades-en-la-colocacion-de-efectivos/
¿Ya está? ¿Manifestamos oposición y ya?
Una pregunta compañeros, si la comisión se me ha concedido para Almería pero mi empadronamiento pertenece a un pueblo de Granada, podré pedir puestos de Almería verdad? O mirarán la provincia a la que pertenece mi pueblo? Doy por hecho que sí pero como es algo tan novedoso, imagino que en la mesa sectorial se vería esta situación de zonas limítrofes
Muchas gracias
¿Y cómo se sabe para qué provincia se ha concedido?
En el caso de domicilio distinto al de destino: ¿en la provincia donde pone el empadronamiento o dónde?
Cuando lo rellenaste tuviste que poner una provincia que solicitabas no? Al menos en la mía que es interprovincial. Entonces en la resolución pone favorable.. pero mi duda es si el empadronamiento no corresponde con esa provincia. Que años anteriores no hubo problemas pero parece que este año los va a haber
Cuidado, que sea interprovincial no quiere decir que te permita pedir cualquier provincia. Únicamente indica que la provincia que has solicitado y en la que estás trabajando este año son distintas.
: nejwe 11 June, 2019, 09:20:49 +02:00Cuando lo rellenaste tuviste que poner una provincia que solicitabas no? Al menos en la mía que es interprovincial. Entonces en la resolución pone favorable.. pero mi duda es si el empadronamiento no corresponde con esa provincia. Que años anteriores no hubo problemas pero parece que este año los va a haber
Da igual que sea provincial o interprovincial. Cuando rellenaste la solicitud te preguntaron que para qué provincia la pedías. Mírate el PDF que se generó, que lo deberías conservar aún. Ve al final del documento y lee lo que has solicitado. Verás que has solicitado vacante para una única provincia con independencia de que la comisión sea de tipo provincial o interprovincial.
Hola, vemos a ver, independientemente que sea provincial o interprovincial, y que te hayan obligado a escribir una provincia en el formulario, lo que está claro es la normativa que se aplica:
La Orden 18 de junio de 2016 modifica la Orden 24 de mayo de 2011 (que sí imponía una limitación provincial en su artículo 13), de modo que:
Orden 18 de junio de 2016:
Siete. Se modifica el artículo 13, que queda redactado como sigue:
«Artículo 13. Personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza beneficiario de una comisión de servicio.
1. El personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza que haya obtenido una comisión de servicio deberá participar en el procedimiento regulado en este capítulo, para lo que deberá solicitar puestos de trabajo en cualquier centro, servicio educativo, zona o localidad de la misma especialidad del puesto de destino, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.4 del Decreto 302/2010, de 1 de junio.
No se habla de limitación por provincia.
Sí que hay limitación por provincia cuando la causa sea por razones de salud del profesorado cuando afecte muy gravemente al desempeño, y se redacta en el artículo 13.2:
2. No obstante lo recogido en el apartado anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.4 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, el personal funcionario beneficiario de una comisión de servicio por razones de salud del profesorado que afecten muy gravemente al desempeño del puesto de destino podrá solicitar puestos de trabajo en cualquier localidad, centro, zona o servicio educativo de la provincia para la que se le haya concedido comisión de servicio, por la especialidad o especialidades de que sea titular o, en el caso del cuerpo de maestros, para las que esté habilitado.
Por ese motivo, se le puede exigir a la Consejería que temporalmente no aplique esta decisión hasta que modifique la normativa actual vigente.
La pregunta es: ¿Los sindicatos lo harán?
Yo ya me puesto en contacto con CCOO, USTEA, CSIF y ANPE mediante correo electrónico a cada una de sus delegaciones provinciales, pero debemos insistir todos para que se lo tomen en serio y no apliquen algo que NO PUEDEN APLICAR.
Todos los sindicatos se mostraron en contra de lo anunciado por la Consejería en la Mesa Sectorial y protestaron por ello, pero la Consejería no hizo caso.
Saludos.
: Carlaikas 11 June, 2019, 13:11:41 +02:00
Hola, vemos a ver, independientemente que sea provincial o interprovincial, y que te hayan obligado a escribir una provincia en el formulario, lo que está claro es la normativa que se aplica:
La Orden 18 de junio de 2016 modifica la Orden 24 de mayo de 2011 (que sí imponía una limitación provincial en su artículo 13), de modo que:
Orden 18 de junio de 2016:
Siete. Se modifica el artículo 13, que queda redactado como sigue:
«Artículo 13. Personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza beneficiario de una comisión de servicio.
1. El personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza que haya obtenido una comisión de servicio deberá participar en el procedimiento regulado en este capítulo, para lo que deberá solicitar puestos de trabajo en cualquier centro, servicio educativo, zona o localidad de la misma especialidad del puesto de destino, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.4 del Decreto 302/2010, de 1 de junio.
No se habla de limitación por provincia.
Sí que hay limitación por provincia cuando la causa sea por razones de salud del profesorado cuando afecte muy gravemente al desempeño, y se redacta en el artículo 13.2:
2. No obstante lo recogido en el apartado anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.4 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, el personal funcionario beneficiario de una comisión de servicio por razones de salud del profesorado que afecten muy gravemente al desempeño del puesto de destino podrá solicitar puestos de trabajo en cualquier localidad, centro, zona o servicio educativo de la provincia para la que se le haya concedido comisión de servicio, por la especialidad o especialidades de que sea titular o, en el caso del cuerpo de maestros, para las que esté habilitado.
Por ese motivo, se le puede exigir a la Consejería que temporalmente no aplique esta decisión hasta que modifique la normativa actual vigente.
La pregunta es: ¿Los sindicatos lo harán?
Yo ya me puesto en contacto con CCOO, USTEA, CSIF y ANPE mediante correo electrónico a cada una de sus delegaciones provinciales, pero debemos insistir todos para que se lo tomen en serio y no apliquen algo que NO PUEDEN APLICAR.
De hecho, el artículo 33.4 del Decreto 302/2010 reza:
4. El personal a que se refiere el apartado 1.c) deberá participar en las convocatorias que se realicen para la provisión de puestos vacantes por la especialidad del puesto que ocupa como destino definitivo. No obstante, quienes hayan obtenido una comisión de servicio por enfermedad propia, podrán solicitar puestos de todas las especialidades para las que estén habilitados, en el caso del cuerpo de maestros, y de todas las especialidades de las que sean titulares en los restantes cuerpos docentes
Se podrá solicitar puestos de trabajo en cualquier centro docente público, zona o servicio educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CSIF:
CONCURSILLO
Históricamente desde que en 2016 conseguimos implantar el Concursillo, los beneficiaros de la comisión tipo B podían luego en las peticiones de la Colocación de Efectivos poner códigos de plazas en cuantas provincias quisieran. Esto era fundamental para las personas residentes en la zonas fronterizas entre dos provincias distintas. Funcionaba perfectamente y no había ningún problema.
Sin embargo, ahora la nueva Consejería de Educación ha decidido interpretar la norma a su manera y dejar atrapados a los beneficiarios del Concursillo en su provincia. Con el consecuente daño que esta decisión puede causar a cientos de familias de las zonas fronterizas o limítrofes de las provincias.
Se nos abre por tanto un nuevo frente de lucha para la mejora del Concursillo con los siguientes dos objetivos prioritarios para CSIF:
- Recuperar la libre elección de provincias
- Eliminar el límite de 6 años seguidos
CCOO:
PETICIÓN DE PUESTOS DOCENTES: COMISIÓN DE SERVICIO PROVINCIAL Y OCUPACIÓN DE PUESTOS ESPECÍFICOS (ENTRE ELLOS BILINGUES)
La Consejería ha informado de importantes cuestiones para la petición de comisiones de servicio para el curso 2019-20 respecto a las peticiones que se pudieron solicitar en el presente curso escolar.
Hemos de recordar que la resolución definitiva de comisiones de servicio para el próximo curso escolar será previsiblemente publicada entre el 18 y 20 de junio y que la petición de destinos, una vez aprobada ésta, lo será, también previsiblemente, entre el 20 y 23 de junio (según cuerpos)
Así pues, hay varias cuestiones que debes tener en cuenta:
1.- Profesorado beneficiario de comisión de servicio provincial
Hasta ahora, para las comisiones de servicio provinciales, aunque no lo refería la norma, era posible solicitar localidades limítrofes a la provincia solicitada y concedida. Sin embargo, para esta colocación de destinos provisionales (curso 19/20), la administración ha decidido no proceder como como venía actuando en base a que la norma señala que "las localidades que se han de pedir en caso de resultar beneficiario/a de una comisión de servicio PROVINCIAL han de ser únicamente de la provincia solicitada".
Ante esta situación, y de cara a próximas convocatorias, CCOO considera necesario que se redefina la norma de modo que se permita que quien obtiene una comisión de servicio pueda solicitar los centros que desee dentro de una única unidad de petición que debe ser Andalucía, de modo que prime el deseo de ocupación de un puesto por parte del personal docente en base a su antigüedad o, dado el caso, teniendo en cuenta el motivo de prelación que considera la norma y que le ha permitido obtener dicha comisión.
CCOO ha insistido en la necesidad de buscar un procedimiento que permita que puedan solicitarse centros limítrofes a la provincia concedida: Ante la lectura estricta de la norma de la Administración, para CCOO es fundamental que esta se modifique.
Hemos de recordar que la concesión de una comisión de servicio provincial o interprovincial parte exclusivamente de la población en la que el/la docente solicitante posee destino definitivo y no de la provincia en la que de hecho esté ocupando un puesto docente por estar ya disfrutando de una comisión de servicio.
La actual resolución publicada de adjudicación de comisiones de servicio es provisional y hasta el 12 de junio, miércoles, es posible presentar reclamación a la misma.
2.- Profesorado beneficiario de comisión de servicio que ocupa puesto específico con carácter definitivo
Gracias a la insistencia de CCOO, tanto por escrito como en Mesa Sectorial de Educación, la Administración, como ya venía actuando en convocatorias anteriores, permitirá que el personal beneficiario de una comisión de servicio pueda solicitar puestos de las especialidades que posibilitaron el acceso al puesto específico que ocupa.
El argumento esgrimido por CCOO es claro: los puestos específicos no son especialidades como tal sino puestos de la misma especialidad con requisitos para su ocupación. De hecho, la orden de 18 de junio de 2016 señala en su artículo 13 que el personal funcionario puede disfrutar de una comisión de servicio "en cualquier centro, servicio educativo, zona o localidad de la misma especialidad del puesto de destino."
Por lo tanto, quienes ocupan con carácter definitivo puestos específicos pueden participar para obtener destino provisional en puestos de las especialidades que posibilitaron el acceso a dichos puestos específicos.
Los puestos específicos de origen a los que se puede solicitar las especialidades de origen son los siguientes (todo ello con independencia de la posibilidad de solicitar puestos específicos del Anexo VI):
:
00597041 (PCPI) -----> 00597038
00597APO -----> 00597038
PI591- - - ------> ESPECIALIDAD POR LA QUE SE ACCEDIÓ A DICHO PUESTO ESPECÍFICO DEFINITIVO
00590058 ------> ESPECIALIDAD POR LA QUE SE ACCEDIÓ A DICHO PUESTO ESPECÍFICO DEFINITIVO
00590059 ------> ESPECIALIDAD POR LA QUE SE ACCEDIÓ A DICHO PUESTO ESPECÍFICO DEFINITIVO
BILINGÜES ------> ESPECIALIDAD CORRESPONDIENTE DEL ÁREA NO LINGÜÍSTICA
(Ejemplo: 11590009 -----> 00590009)
PUESTOS DE ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE MAESTROS EN LA E.S.O. ----> PUESTOS DE ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE MAESTROS EN EL NIVEL DE PRIMARIA (y viceversa)
CCOO habla de "Profesorado beneficiario de comisión de servicio provincial", entonces, el profesorado beneficiario de comisión de servicio interprovincial estaría exento de esta "medida"
: toroloco 11 June, 2019, 13:33:56 +02:00
CCOO habla de "Profesorado beneficiario de comisión de servicio provincial", entonces, el profesorado beneficiario de comisión de servicio interprovincial estaría exento de esta "medida"
CCOO retiró el tweet en el que publicaba esa información en Twitter al poco rato de su emisión, desconozco el motivo.
Me parece una auténtica indecencia, por no decir palabras más gruesas, lo que la Consejería va a provocar este curso, por la decisión que ha tomado, cuando el sistema actual venía funcionando perfectamente. Me parece otra auténtica indecencia que los sindicatos se muestren sumisos y sólo propongan reclamar en plazo la comisión de servicios, cuando ellos mismos saben que no va a servir de nada. Este "nuevo" gobierno en lugar de resolver problemas, que es lo que debería hacer, se va a dedicar a crear un problema aún mayor a muchas familias.
Señores políticos, somos personas y no números a los que se puede destinar a donde a Vds. les interese. Esta decisión les va a generar un coste mucho mayor a vds. en las próximas elecciones. Yo como votante de uno de esos dos partidos del nuevo gobierno, no volveré a votarles más. VAN A PROVOCAR UN AUTÉNTICO DESASTRE EN LA CONCILIACION DE LAS FAMILIAS ANDALUZAS. ESTOY INDIGNADO!!!!!!!
: tormentas 11 June, 2019, 13:35:07 +02:00
: toroloco 11 June, 2019, 13:33:56 +02:00
CCOO habla de "Profesorado beneficiario de comisión de servicio provincial", entonces, el profesorado beneficiario de comisión de servicio interprovincial estaría exento de esta "medida"
CCOO retiró el tweet en el que publicaba esa información en Twitter al poco rato de su emisión, desconozco el motivo.
Esto es de hoy:
https://www.feandalucia.ccoo.es/plantillai.aspx?p=3&d=6850
Una consulta: Eché dos solicitudes, primero una interprovincial (para una provincia limítrofe a la mía) y luego una provincial (mi misma provincia). Ambas me aparecen en la resolución provisional como favorables, aunque la provincial fue la última que solicité.
¿Significa eso que no me afectaría la medida y podría pedir destinos en otra provincia?
Gracias por adelantado.
Pues según pone CSIF en Facebook parece que la medida es definitiva para este año. Como eso sea así, a los sindicatos se la han metido doblada. Una medida absurda, donde no había ningún problema, a toro pasado cuando toda la gente ya ha echado las comisiones e ilegal porque contradice la norma. ¡Me parece increible!
En el caso en que la Resolución que efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente para el próximo curso incluya esta medida está la posibilidad de interponer recurso de reposición, ante la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos en el plazo de un mes a partir de su publicación por vulneración de la Orden que comentó respublica.
Me parece incomprensible que los Sindicatos presentes en la mesa no advirtieran a la Consejería de esta posibilidad y como CSIF, den por buena esta vía unilateral y se fijen como objetivo recuperar la libre elección como especifica la Orden.
Se puede poner un recurso y luego ir al contencioso pero de nada va a servir que la justicia te dé la razón dentro de tres años.
Lo único que puede ser efectivo ante esta cacicada de la nueva Consejería son las movilizaciones, fuertes, masivas y de forma urgente.
Saludos.
Pero el tema está en que no a todo el mundo perjudica esta medida.
A los que tienen muchos años y son los primeros en las listas y piden concursillo no les afecta porque les darán en sus ciudades de residencia.
A los interinos les beneficia también, especialmente aquellos que pedían en las zonas limítrofes de provincia y que se veían desplazados por funcionarios de provincias cercanas. Ejemplo: interinos de Écija desplazados por los funcionarios de Córdoba capital.
: respublica 11 June, 2019, 17:05:43 +02:00
Se puede poner un recurso y luego ir al contencioso pero de nada va a servir que la justicia te dé la razón dentro de tres años.
Lo único que puede ser efectivo ante esta cacicada de la nueva Consejería son las movilizaciones, fuertes, masivas y de forma urgente.
Saludos.
Totalmente de acuerdo.
Lamentablemente estamos acostumbrados a ver como la Justicia da la razón a los afectados años después de su denuncia y la Consejería sale de rositas sin reconocer su error.
Respecto a las movilizaciones, esta mañana he leído la respuesta de CSIF a quienes les solicitaban el inicio de movilizaciones. Prácticamente se limitaban a decir que no son un sindicato anclado en el XIX y que no iban a iniciar movilizaciones para que cuatro gatos las siguieran. Este colectivo solo reacciona cuando algo le afecta y siempre de manera minoritaria y dada la jerarquía creada y el egoísmo establecido todos sabemos que desgraciadamente tienen razón.
De momento, ningún sindicato ha reconocido como cacicada lo que es un atropello en toda regla que permitirá conciliar a unos antes que a otros a pesar de estar por debajo en la "jerarquía" creada para dividir.
: respublica 11 June, 2019, 17:05:43 +02:00Se puede poner un recurso y luego ir al contencioso pero de nada va a servir que la justicia te dé la razón dentro de tres años.
Ese es el problema.Es más que probable que cualquier reclamación se resolviera a favor del demandante, en la medida en que la concesión de una comisión por conciliación no supone la limitación a una provincia, en la medida en que esa limitación la impone un programa informático, en la medida en que la limitación del programa informático no se tradujo en limitación efectiva los dos años anteriores y en la medida en que en la resolución ni siquiera se hace mención a ninguna provincia: sólo se indica el motivo de la comisión (Conciliación; Salud propia, etc.)
Pero, claro, es lo que dices: sale la resolución cuando ya no se puede reparar el daño.
: Practicum 11 June, 2019, 13:54:38 +02:00
Una consulta: Eché dos solicitudes, primero una interprovincial (para una provincia limítrofe a la mía) y luego una provincial (mi misma provincia). Ambas me aparecen en la resolución provisional como favorables, aunque la provincial fue la última que solicité.
¿Significa eso que no me afectaría la medida y podría pedir destinos en otra provincia?
Gracias por adelantado.
¿Alguien puede por favor ayudarme?
Interprovincial es dentro de tu provincia, provincial aquella para la que has solicitado la comisión, ambas no son posibles, consta como válida la ultima entregada
USTEA:
http://ustea.es/new/colocacion-de-efectivos-ustea-pide-aclaracion-a-la-consejeria-de-educacion/?fbclid=IwAR2eO5ialglIEH0l7EDwCS_gRBne50pNfd97q-AQ0joJPPxTRmU29f0IrF
Respecto a la decisión de la Administración de restringir a una provincia las peticiones de destinos por Comisión de Servicio
En el día de hoy USTEA ha elevado consulta a sus Servicios Jurídicos y ha dirigido escrito a la Dirección General de RR.HH solicitando aclaración sobre esta decisión, contemplada como novedad de la Colocación de Efectivos de este año, en su base 6ª.I
USTEA, ni comparte el nuevo criterio de la administración ni acaba de entender la interpretación restrictiva que viene a perjudicar a muchos docentes en lo referente a la conciliación de la vida laboral y familiar de todos aquellos que han solicitado desde poblaciones limítrofes interprovinciales, que están a menudo a sólo 10 ó 15 minutos y mucho más cercanas que otras localidades de la misma provincia, pase o no una linea imaginaria denominada frontera entre ellas. Algo, además, que consideramos es más que discutible en aplicación estricta de la normativa en vigor al respecto.
USTEA además de remitir un escrito pidiendo a la Consejería aclaraciones, también ha elevado copia del mismo a su Asesoría Jurídica. Creemos que aún estamos a tiempo de corregir dicha disposición 6ª del borrador de Colocación de Efectivos de 2019 (dado que aún no se ha publicado y el lunes , previsiblemente, habrá nueva Mesa Sectorial) y se permita a los docentes solicitar puestos de toda la Comunidad de Andalucía, como en los años anteriores.
CSIF:
CONCURSILLO
CSIF Educación Andalucía ha presentado un escrito a la Consejería de Educación con un argumentario detallado para pedir la rectificación de la decisión de la Consejería de restringir las comisiones a una sola provincia.
👉Esta reacción del sindicato viene como consecuencia de que la Consejería de Educación anunció en la Mesa Sectorial de ayer (10 de junio) su interpretación restrictiva del Concursillo de cara la convocatoria de la Colocación de Efectivos para pedir los destinos.
😭La Administración afirmó que su intención es publicar la convocatoria de Colocación de Efectivos de manera que los beneficiarios de una comisión de servicios tipo B (Concursillo) sólo puedan pedir destinos situados en la provincia que escogieron para pedir la comisión de servicios y para la cual se les ha concedido dicha comisión.
✍️CSIF, que expresó su rechazo verbalmente durante la celebración de la Mesa Sectorial, presenta hoy un escrito detallado con nuestros argumentos para que la Consejería siga permitiendo, como hasta ahora, pedir destinos de varias provincias.
+info: https://www.csif.es/contenido/andalucia/educacion/276835
CCOO:
COMISIONES DE SERVICIOS
NOTA INFORMATIVA DE CCOO
Ante las numerosas dudas existentes sobre como se va a proceder en la adjudicación de comisiones de servicio, CCOO ha elevado consulta a la Consejería de Educación para aclarar todas las dudas existentes, especialmente en lo que se refiere a comisiones de servicio provinciales cuando el destino de servicio es interprovincial y a la petición de centros si la persona solicitante de comisión de servicio no tiene destino definitivo, en cuyo caso entendemos que deberá solicitar, aún fuera de la comisión de servicio concedida, peticiones en el resto de provincias por si ha de hacerse uso de estas peticiones.
COMISIONES DE SERVCIOS
Petición de Puestos Docentes: Comisión de servicio provincial y ocupación de puestos específicos (entre ellos bilingües).
La Consejería ha informado de importantes cuestiones para la petición de comisiones de servicio para el curso 2019-20 respecto a las peticiones que se pudieron solicitar en el presente curso escolar. https://bit.ly/2I9KQWq
: javivi81 11 June, 2019, 20:33:14 +02:00
Interprovincial es dentro de tu provincia, provincial aquella para la que has solicitado la comisión, ambas no son posibles, consta como válida la ultima entregada
¿Entonces por qué me aparecen las dos como favorables?
No se si alguien me podrá sacar de dudas. Este año estoy en prácticas y me han dado destino definitivo en Almería. Pedí comisión de servicio para Granada y puse el certificado de empadronamiento (Granada) y además cuidado de menor de 3 años. Me concedieron las dos pero en ambas pone PROVINCIAL. Mi especialidad tiene tres centros en la provincia de Granada. Si no me dan plaza en ninguno de los centros de Granada, no tengo opción de pedir destinos más próximos como Jaen por ejemplo. Si reclamase que debía ser interprovincial al tener mi destino en Almeria, ¿podría pedir los de Granada y de otras provincias excepto Almeria? Gracias 🙏🏻
: Luis01 11 June, 2019, 21:08:12 +02:00
No se si alguien me podrá sacar de dudas. Este año estoy en prácticas y me han dado destino definitivo en Almería. Pedí comisión de servicio para Granada y puse el certificado de empadronamiento (Granada) y además cuidado de menor de 3 años. Me concedieron las dos pero en ambas pone PROVINCIAL. Mi especialidad tiene tres centros en la provincia de Granada. Si no me dan plaza en ninguno de los centros de Granada, no tengo opción de pedir destinos más próximos como Jaen por ejemplo. Si reclamase que debía ser interprovincial al tener mi destino en Almeria, ¿podría pedir los de Granada y de otras provincias excepto Almeria? Gracias 🙏🏻
Si la Consejería no rectifica solo podrás pedir destinos provisionales de la provincia de Granada y también cualquier puesto específico de cualquier provincia y si no te dan nada tendrás que irte a tu destino definitivo.
Saludos.
Según afirma CCOO, mañana día 13 de junio, las OOSS tienen una reunión con la Dirección General de Recursos humanos para tratar aspectos relativos a las Comisiones de Servicios.
Según ANPE, "tras los argumentos esgrimidos por Anpe-Andalucía, la Consejería se replantea la limitación de petición de destinos a una sola provincia en el concursillo. La decisión final se tomará en Mesa Sectorial, la próxima semana"
Los beneficiarios de las Comisiones de Servicios-Concursillo,podrán seguir pidiendo puestos en toda Andalucía,como hasta ahora.
Y no en una sola provincia,como quería la Consejería.
Saludos. cafeara
: juan máximo 13 June, 2019, 14:35:37 +02:00
Los beneficiarios de las Comisiones de Servicios-Concursillo,podrán seguir pidiendo puestos en toda Andalucía,como hasta ahora.
Y no en una sola provincia,como quería la Consejería.
Saludos. cafeara
Gracias por la información
IMPORTANTE. No habrá límite provincial en la petición de destinos. (http://ustea.es/new/importante-no-habra-limite-provincial-en-la-peticion-de-destinos/?fbclid=IwAR0u-P-wj4PSlk6ziWeLMFEkrrQQnAfJiap8W2Ob4hW3iv84beUku03DwFA)
Ya han querido cambiar algo aunque de forma obtusa, a ver qué es lo siguiente.
: juan máximo 13 June, 2019, 14:35:37 +02:00
Los beneficiarios de las Comisiones de Servicios-Concursillo,podrán seguir pidiendo puestos en toda Andalucía,como hasta ahora.
Y no en una sola provincia,como quería la Consejería.
Saludos. cafeara
Genial, gracias a los sindicatos que han solucionado el problema tan rápido. Era una medida que no se sostenía por ningún lado
Me imagino que es para comisiones provinciales e interprovinciales no?
Muchísimas gracias a todos los que lo habéis hecho posible, y en especial a USTEA.
: juan máximo 13 June, 2019, 14:35:37 +02:00
Los beneficiarios de las Comisiones de Servicios-Concursillo,podrán seguir pidiendo puestos en toda Andalucía,como hasta ahora.
Y no en una sola provincia,como quería la Consejería.
Saludos. cafeara