Buenas noches, compañeros.
Os cuento lo que me ha ocurrido, a ver si alguien puede darme una luz más rigurosa que no sea solo una opinión, de las que he oído varias y contradictorias.
Tengo una alumna que sacó un 6 en la 1° Evaluación. A partir de enero se relajó mucho, trabajaba muy poco y suspendió el único examen que nos dio tiempo a hacer. Sacó de nota en la 2° evaluación un 3'7. Le puse un 4 pensando que iba a intentar recuperar. Desde el 15 de marzo no dio señales de vida, me intenté comunicar con ella por Séneca y por correo electrónico. Nunca recibí respuesta. Llamé a su padre, hablé con él y con ella. Me aseguró que trabajaría pero nunca supe nada de ella hasta hoy, 2 de julio, que me llamó el Jefe de Estudios para decirme que la alumna había ido a reclamar el 4 que le puse en la ordinaria. Me dijo que si reclamaba en plazo, hubiera tenido que aprobarla. Mis respuestas son:
A) Si ha expirado el plazo, ¿cabe algún otro tipo de recurso de reclamación?
B) Está claro que la Instrucción de la Viceconsejería del 23 de abril dice que la nota ordinaria será como mínimo la nota media de las dos primeras evaluaciones, pero... ¿también si se tiene alguna evaluación suspensa?
Os agradecería mucho vuestra ayuda.
: Luzindel 02 July, 2020, 21:48:58 +02:00
Buenas noches, compañeros.
Os cuento lo que me ha ocurrido, a ver si alguien puede darme una luz más rigurosa que no sea solo una opinión, de las que he oído varias y contradictorias.
Tengo una alumna que sacó un 6 en la 1° Evaluación. A partir de enero se relajó mucho, trabajaba muy poco y suspendió el único examen que nos dio tiempo a hacer. Sacó de nota en la 2° evaluación un 3'7. Le puse un 4 pensando que iba a intentar recuperar. Desde el 15 de marzo no dio señales de vida, me intenté comunicar con ella por Séneca y por correo electrónico. Nunca recibí respuesta. Llamé a su padre, hablé con él y con ella. Me aseguró que trabajaría pero nunca supe nada de ella hasta hoy, 2 de julio, que me llamó el Jefe de Estudios para decirme que la alumna había ido a reclamar el 4 que le puse en la ordinaria. Me dijo que si reclamaba en plazo, hubiera tenido que aprobarla. Mis respuestas son:
A) Si ha expirado el plazo, ¿cabe algún otro tipo de recurso de reclamación?
B) Está claro que la Instrucción de la Viceconsejería del 23 de abril dice que la nota ordinaria será como mínimo la nota media de las dos primeras evaluaciones, pero... ¿también si se tiene alguna evaluación suspensa?
Os agradecería mucho vuestra ayuda.
A) No
B) No puedes aprobar a ningún alumno que no haya superado algún criterio de evaluación... Te voy a poner un caso extremo... Un alumno con todo 10 y un criterio de evaluación con un 4. Ese alumno, legalmente, con la ley en la mano, no debería ser aprobado.
A) No
B) Si la media es 5 o superior, a pesar de no haber superado una evaluación, había que aprobar al alumnado.
Ay, perdón, puse "respuestas" en lugar de "preguntas". Mil gracias por respibder, pero de nuevo las respuestas son contradictorias... anaidpreocupados
Con un 6 en la primera y un 4 en la segunda la media es de un 5. La tercera evaluación no podía restar, sólo sumar. Yo en estos casos es que no me complico la vida.
: movement 02 July, 2020, 21:55:30 +02:00
A) No
B) Si la media es 5 o superior, a pesar de no haber superado una evaluación, había que aprobar al alumnado.
Eso NO es así.
Repito, si un alumno NO ha superado un CE, con la ley en la mano, NO puede ser aprobado.
Este año ha habido unas instrucciones muy claras. Dirección o Jefatura no debió "colar" una nota que incumplía esas instrucciones.
Eso sí la reclamación a estas altura es extemporánea, y será rechazada por ello.
: albay 02 July, 2020, 23:44:43 +02:00
Este año ha habido unas instrucciones muy claras. Dirección o Jefatura no debió "colar" una nota que incumplía esas instrucciones.
Eso sí la reclamación a estas altura es extemporánea, y será rechazada por ello.
Esas instrucciones eran en base a un alumno que estaba con todo aprobado antes del confinamiento. Si tenía algo que recuperar, el tercer trinestre era para eso.
Su nota, por lo tanto, es correcta.
: zocter 03 July, 2020, 00:10:18 +02:00
: albay 02 July, 2020, 23:44:43 +02:00
Este año ha habido unas instrucciones muy claras. Dirección o Jefatura no debió "colar" una nota que incumplía esas instrucciones.
Eso sí la reclamación a estas altura es extemporánea, y será rechazada por ello.
Esas instrucciones eran en base a un alumno que estaba con todo aprobado antes del confinamiento. Si tenía algo que recuperar, el tercer trinestre era para eso.
Su nota, por lo tanto, es correcta.
Eso depende de lo que hayan recogido en la programación de su departamento. Si en ella dice que es la media de las dos primeras, eso va a misa.
: zocter 03 July, 2020, 00:10:18 +02:00
: albay 02 July, 2020, 23:44:43 +02:00
Este año ha habido unas instrucciones muy claras. Dirección o Jefatura no debió "colar" una nota que incumplía esas instrucciones.
Eso sí la reclamación a estas altura es extemporánea, y será rechazada por ello.
Esas instrucciones eran en base a un alumno que estaba con todo aprobado antes del confinamiento. Si tenía algo que recuperar, el tercer trinestre era para eso.
Su nota, por lo tanto, es correcta.
Te empeñas en llevarme siempre la contraria. Ya no hay lugar a la reclamación pero si lo hace la aprueban.
Compañero, no sé por qué dices que las instrucciones eran tan claras. La Instrucción de 23 de abril es harto ambigua. Dice que se tendrán fundamentalmente en consideración las dos primeras evaluaciones, de lo que nosotros intuimos que hay que hacer la media, pero, ¿dónde dice que la media se hace sí o sí independientemente de si hay evaluaciones suspensas? ¿Y si en vez de 6 y 4 hubiera sacado 8 y 2? La alumna no llegó aprobada al 13 de marzo y luego no hizo absolutamente nada. Tengo la certeza de que contabacon los mediis necesarios para trabajar telemáticamente, hice lo imposible para animarla a trabajar y no recibí absolutamente nada... Me parecería aberrante tener que llegar a aprobar también en casos como este...
: albay 02 July, 2020, 23:44:43 +02:00
Este año ha habido unas instrucciones muy claras. Dirección o Jefatura no debió "colar" una nota que incumplía esas instrucciones.
Eso sí la reclamación a estas altura es extemporánea, y será rechazada por ello.
: Luzindel 03 July, 2020, 00:27:56 +02:00
Compañero, no sé por qué dices que las instrucciones eran tan claras. La Instrucción de 23 de abril es harto ambigua. Dice que se tendrán fundamentalmente en consideración las dos primeras evaluaciones, de lo que nosotros intuimos que hay que hacer la media, pero, ¿dónde dice que la media se hace sí o sí independientemente de si hay evaluaciones suspensas? ¿Y si en vez de 6 y 4 hubiera sacado 8 y 2? La alumna no llegó aprobada al 13 de marzo y luego no hizo absolutamente nada. Tengo la certeza de que contabacon los mediis necesarios para trabajar telemáticamente, hice lo imposible para animarla a trabajar y no recibí absolutamente nada... Me parecería aberrante tener que llegar a aprobar también en casos como este...
: albay 02 July, 2020, 23:44:43 +02:00
Este año ha habido unas instrucciones muy claras. Dirección o Jefatura no debió "colar" una nota que incumplía esas instrucciones.
Eso sí la reclamación a estas altura es extemporánea, y será rechazada por ello.
Yo pienso igual que tú: no se merece aprobar pero le sale. Por lo menos ahora que se preocupe en reclamar ya que no lo ha hecho por seguir el curso durante el confinamiento.
: albay 03 July, 2020, 00:19:14 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 00:10:18 +02:00
: albay 02 July, 2020, 23:44:43 +02:00
Este año ha habido unas instrucciones muy claras. Dirección o Jefatura no debió "colar" una nota que incumplía esas instrucciones.
Eso sí la reclamación a estas altura es extemporánea, y será rechazada por ello.
Esas instrucciones eran en base a un alumno que estaba con todo aprobado antes del confinamiento. Si tenía algo que recuperar, el tercer trinestre era para eso.
Su nota, por lo tanto, es correcta.
Eso depende de lo que hayan recogido en la programación de su departamento. Si en ella dice que es la media de las dos primeras, eso va a misa.
Dependerá de la materia que imparta, pero ya te digo yo que si en una programación le das la media aritmética a las notas del primer y segundo trimestre y llega a manos de un inspector, la tienes que rehacer.
Hoy día NO se puede hacer eso. Hoy día lo que se ponderan son criterios de evaluación.
Creo que mucha gente (lo digo por los comentarios que aquí se estan dando en general) aún no tiene muy claro como se evalúa, y sigue haciendo lo que se ha hecho toda la vida... Exámenes, porcentaje a temas, y medias, y medias de trimestres... Eso, está mal.
Al evaluar por criterios y meter las notas de los mismos en Séneca, el sistema te calcula la nota haciendo la media de todos los criterios evaluados.
En mi instituto eso es un 5 claro. No obstante, como no ha reclamado a tiempo, pues ya tiene poco que hacer.
No te preocupes, has hecho lo que has creído mejor para la alumna. Luego ella (ni su familia) no se ha preocupado de reclamar a tiempo, pues a septiembre. Además la media es 4,85 (si es que ese 6 de la 1ª ev. es un 6), que no llega al 5 que es donde está el aprobado.
: Delacroix 03 July, 2020, 07:09:47 +02:00
Al evaluar por criterios y meter las notas de los mismos en Séneca, el sistema te calcula la nota haciendo la media de todos los criterios evaluados.
Eso no es así a no ser que para ti todos los criterios valgan lo mismo. De todos modos eso no contesta a la pregunta de la compañera.
Voy a ponerlo con un ejemplo extremo, a ver si queda claro. Materia inglés, dos criterios de evaluación en todo el año a los que damos el mismo peso.
CE1 Hablar.
CE2 Escribir
En el CE1 tiene un 10, en el CE2 tiene un 2, según vosotros se aprobaría, la media es 6. Según la ley NO, ya que no ha conseguido alcanzar un objetivo totalmente.
: Delacroix 03 July, 2020, 07:09:47 +02:00
Al evaluar por criterios y meter las notas de los mismos en Séneca, el sistema te calcula la nota haciendo la media de todos los criterios evaluados.
Es así y por defecto en Séneca todos los criterios tienen el mismo peso, por lo que se hace una media aritmética de la calificación resultante para cada criterio, pero en mi opinión no es lógico que todos los criterios de evaluación tengan el mismo peso, y en Séneca el jefe de departamento o la persona que jefatura autorice, puede cambiar esos pesos para reflejar lo que la programación del departamento haya establecido y así se hace una media ponderada de los criterios, en función del peso de cada uno.
Las instrucciones que en mi centro nos transmitió jefatura, de acuerdo con las Instrucciones recibidas, fue que: "la nota de la evaluación ordinaria no puede ser inferior a la media de los criterios tenidos en cuenta en las dos primeras evaluaciones".
De hecho yo he tenido un caso muy similar al planteado y finalmente le puse un 5. No olvidemos que las notas no tienen decimales, por lo que si en cálculos intermedios los usamos no se truncan sino que se redondean al entero más cercano, a todos los efectos.
Respondiendo a las preguntas de
Luzindel:
A) Si ha expirado el plazo, ¿cabe algún otro tipo de recurso de reclamación? -> No.
B) Está claro que la Instrucción de la Viceconsejería del 23 de abril dice que la nota ordinaria será como mínimo la nota media de las dos primeras evaluaciones, pero... ¿también si se tiene alguna evaluación suspensa? -> Sí, también si se tiene alguna evaluación suspensa, o de lo contrario la Instrucción lo diría, porque la nota final es la media, aritmética o penderada, de la nota de cada uno de los criterios de evaluación y para aprobar la materia no es necesario tener más de un 5 en cada uno de los criterios de evaluación, salvo que expresamente así lo diga la normativa, como sí que sucede en la EOI con las destrezas.
Saludos.
: Luzindel 03 July, 2020, 00:27:56 +02:00
Compañero, no sé por qué dices que las instrucciones eran tan claras. La Instrucción de 23 de abril es harto ambigua. Dice que se tendrán fundamentalmente en consideración las dos primeras evaluaciones, de lo que nosotros intuimos que hay que hacer la media, pero, ¿dónde dice que la media se hace sí o sí independientemente de si hay evaluaciones suspensas? ¿Y si en vez de 6 y 4 hubiera sacado 8 y 2? La alumna no llegó aprobada al 13 de marzo y luego no hizo absolutamente nada. Tengo la certeza de que contabacon los mediis necesarios para trabajar telemáticamente, hice lo imposible para animarla a trabajar y no recibí absolutamente nada... Me parecería aberrante tener que llegar a aprobar también en casos como este...
: albay 02 July, 2020, 23:44:43 +02:00
Este año ha habido unas instrucciones muy claras. Dirección o Jefatura no debió "colar" una nota que incumplía esas instrucciones.
Eso sí la reclamación a estas altura es extemporánea, y será rechazada por ello.
No entiendo la polémica. Si estaba suspensa de un trimestre ha tenido todo el tercer trimestre para recuperar ya que para eso estaba el trimestre según las instrucciones. Si no ha entregado nada ni ha hecho nada se especifica en el acta correspondiente de la evaluación que NO ha recuperado y para septiembre. Y si hubiese reclamado en tiempo y forma los argumentos siguen siendo los mismos. También habría que tener en cuenta qué se decidió en el departamento según las instrucciones de 23 de abril que lo desconocemos.
: zocter 03 July, 2020, 11:18:16 +02:00
En el CE1 tiene un 10, en el CE2 tiene un 2, según vosotros se aprobaría, la media es 6. Según la ley NO, ya que no ha conseguido alcanzar un objetivo totalmente.
Zocter, ¿puedes indicarnos en qué apartado de qué normativa se exige superar todos los criterios de evaluación de forma independiente como requisito para superar una materia?
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Saludos.
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 11:18:16 +02:00
En el CE1 tiene un 10, en el CE2 tiene un 2, según vosotros se aprobaría, la media es 6. Según la ley NO, ya que no ha conseguido alcanzar un objetivo totalmente.
Zocter, ¿puedes indicarnos en qué apartado de qué normativa se exige superar todos los criterios de evaluación de forma independiente como requisito para superar una materia?
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Saludos.
Puedes indicarme donde dice que ese mismo alumno debe aprobar?.
La ley nos dice que se debe garantizar que se alcancen TODOS los objetivos, y obviamente si uno no se ha superado, tendrá que recuperarlo. Para ello la ley propone medidas de recuperación.
: zocter 03 July, 2020, 17:15:51 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 11:18:16 +02:00
En el CE1 tiene un 10, en el CE2 tiene un 2, según vosotros se aprobaría, la media es 6. Según la ley NO, ya que no ha conseguido alcanzar un objetivo totalmente.
Zocter, ¿puedes indicarnos en qué apartado de qué normativa se exige superar todos los criterios de evaluación de forma independiente como requisito para superar una materia?
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Saludos.
Puedes indicarme donde dice que ese mismo alumno debe aprobar?.
La ley nos dice que se debe garantizar que se alcancen TODOS los objetivos, y obviamente si uno no se ha superado, tendrá que recuperarlo. Para ello la ley propone medidas de recuperación.
Basta empezar leyendo la LOE-LOMCE.
Y vuelvo a poner el ejemplo, según vosotros, un alumno brillante de 10 a mitad de curso se puede ir a su casa que ya tiene el 5 asegurado... No hay por donde cogerlo...
: zocter 03 July, 2020, 17:15:51 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 11:18:16 +02:00
En el CE1 tiene un 10, en el CE2 tiene un 2, según vosotros se aprobaría, la media es 6. Según la ley NO, ya que no ha conseguido alcanzar un objetivo totalmente.
Zocter, ¿puedes indicarnos en qué apartado de qué normativa se exige superar todos los criterios de evaluación de forma independiente como requisito para superar una materia?
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Saludos.
Puedes indicarme donde dice que ese mismo alumno debe aprobar?.
La ley nos dice que se debe garantizar que se alcancen TODOS los objetivos, y obviamente si uno no se ha superado, tendrá que recuperarlo. Para ello la ley propone medidas de recuperación.
Yo ya he citado la normativa pero tú no citas ninguna que avale tu opinión.
Saludos.
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 11:18:16 +02:00
En el CE1 tiene un 10, en el CE2 tiene un 2, según vosotros se aprobaría, la media es 6. Según la ley NO, ya que no ha conseguido alcanzar un objetivo totalmente.
Zocter, ¿puedes indicarnos en qué apartado de qué normativa se exige superar todos los criterios de evaluación de forma independiente como requisito para superar una materia?
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Saludos.
Según yo no, según la Ley educativa para empezar y RDs de evaluación de secundaria para continuar, junto con la orden a nivel abdaluz, deberemos darle a ese alumno mecanismos para recuperar únicamente lo que no haya superado...
: zocter 03 July, 2020, 17:16:59 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 17:15:51 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 11:18:16 +02:00
En el CE1 tiene un 10, en el CE2 tiene un 2, según vosotros se aprobaría, la media es 6. Según la ley NO, ya que no ha conseguido alcanzar un objetivo totalmente.
Zocter, ¿puedes indicarnos en qué apartado de qué normativa se exige superar todos los criterios de evaluación de forma independiente como requisito para superar una materia?
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Saludos.
Puedes indicarme donde dice que ese mismo alumno debe aprobar?.
La ley nos dice que se debe garantizar que se alcancen TODOS los objetivos, y obviamente si uno no se ha superado, tendrá que recuperarlo. Para ello la ley propone medidas de recuperación.
Basta empezar leyendo la LOE-LOMCE.
¿En qué artículo?
Saludos.
: zocter 03 July, 2020, 17:19:11 +02:00
Y vuelvo a poner el ejemplo, según vosotros, un alumno brillante de 10 a mitad de curso se puede ir a su casa que ya tiene el 5 asegurado... No hay por donde cogerlo...
Mientras te busco la ley, amigo @res, puedes contestarme a esto?
: respublica 03 July, 2020, 17:22:12 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 17:16:59 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 17:15:51 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 11:18:16 +02:00
En el CE1 tiene un 10, en el CE2 tiene un 2, según vosotros se aprobaría, la media es 6. Según la ley NO, ya que no ha conseguido alcanzar un objetivo totalmente.
Zocter, ¿puedes indicarnos en qué apartado de qué normativa se exige superar todos los criterios de evaluación de forma independiente como requisito para superar una materia?
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Saludos.
Puedes indicarme donde dice que ese mismo alumno debe aprobar?.
La ley nos dice que se debe garantizar que se alcancen TODOS los objetivos, y obviamente si uno no se ha superado, tendrá que recuperarlo. Para ello la ley propone medidas de recuperación.
Basta empezar leyendo la LOE-LOMCE.
¿En qué artículo?
Saludos.
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
Artículo 28.
Por ejemplo, el punto 7....
" Con la finalidad de facilitar que todos los alumnos y alumnas logren los objetivos y alcancen el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, las
Administraciones educativas establecerán medidas de refuerzo educativo, con especial
atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. La aplicación personalizada de
las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico"
Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Artículo 20.por ejemplo el punto 2 se dice... "....El carácter integrador de la evaluación no impedirá que el profesorado realice de
manera diferenciada la evaluación de cada asignatura teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables de cada una de ellas"
: zocter 03 July, 2020, 17:34:42 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 17:22:12 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 17:16:59 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 17:15:51 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 11:18:16 +02:00
En el CE1 tiene un 10, en el CE2 tiene un 2, según vosotros se aprobaría, la media es 6. Según la ley NO, ya que no ha conseguido alcanzar un objetivo totalmente.
Zocter, ¿puedes indicarnos en qué apartado de qué normativa se exige superar todos los criterios de evaluación de forma independiente como requisito para superar una materia?
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Saludos.
Puedes indicarme donde dice que ese mismo alumno debe aprobar?.
La ley nos dice que se debe garantizar que se alcancen TODOS los objetivos, y obviamente si uno no se ha superado, tendrá que recuperarlo. Para ello la ley propone medidas de recuperación.
Basta empezar leyendo la LOE-LOMCE.
¿En qué artículo?
Saludos.
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
Artículo 28.
Por ejemplo, el punto 7....
" Con la finalidad de facilitar que todos los alumnos y alumnas logren los objetivos y alcancen el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, las
Administraciones educativas establecerán medidas de refuerzo educativo, con especial
atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. La aplicación personalizada de
las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico"
Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Artículo 20.por ejemplo el punto 2 se dice... "....El carácter integrador de la evaluación no impedirá que el profesorado realice de manera diferenciada la evaluación de cada asignatura teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables de cada una de ellas"
En resumen, lo que yo he dicho, debes garantizar que alcancen TODOS los objetivos y en caso negativo dar un mecanismo de recuperación... Si es que lo que defiendes tú carece de sentido, NO puedes aprobar a un niño en Matemáticas que sabe sumar, restar y multiplicar de 10 pero no sabe dividir, tendrá que recuperar las divisiones.
Y es más, la formación (también dependerá de si los objetivos de la materia de la compañera son finalistas o no, lo digo porque muchos de los míos lo son, pero entiendo que quizá en Lengua no) es continua... Si ese alumno tenía un 4 en la segunda evaluación, que repito, depende de la materia puede ser continua, es IMPOSIBLE que a ese alumno se le haga media... Su nota está bien puesta.
Otra cosa diferente, y ya con esto acabo, es que la ministra, el consejero y todos los políticos de turno quieran que tengamos cuantos más aprobados mejor, y les de "igual" que un alumno no sepa dividir para pasarlo de curso y tal, ya que ellos lo que quieren es mejorar las cifras, dándole igual la educación. Pero, está claro, que eso no es lo que hay que hacer viendo la ley.
Quedo pues, a la espera de que me digas, amigo @res, que imaginando que tengo 10 objetivos en mi programación finalistas, cada uno se ve en un tema diferente teniendo 10, cada uno del mismo peso, si un alumno saca un 10 los 5 primeros temas le puedo decir que se puede olvidar de seguir haciendo nada, ya que tiene su 5 asegurado.
O también, como pasa en FP, si un alumno se incorpora en diciembre, y sus objetivos también son finalistas, si es un alumno del rango de 8 a 10, si lo que se vió en los tres primeros meses de curso y el no estaba NO hace falta que los recupere de ninguna forma. Te lo digo porque me ahorraría más de un quebradero de cabeza cada año, con alumnado que llega tarde al curso.
Espero tu respuesta.
Un saludo.
*en FP son resultados de aprendizaje en lugar de objetivos.
: zocter 03 July, 2020, 17:25:47 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 17:19:11 +02:00
Y vuelvo a poner el ejemplo, según vosotros, un alumno brillante de 10 a mitad de curso se puede ir a su casa que ya tiene el 5 asegurado... No hay por donde cogerlo...
Mientras te busco la ley, amigo @res, puedes contestarme a esto?
Ya te he contestado
zocter. La nota final se calcula con la media aritmética de la nota de todos los criterios de evaluación, como hace automáticamente Séneca, y bien ha dicho
Delacroix, para el caso en que en la programación didáctica todos los criterios tengan igual valor y con la media ponderada en caso contrario.
Saludos.
: zocter 03 July, 2020, 17:39:31 +02:00
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
Artículo 28.
Por ejemplo, el punto 7....
"Con la finalidad de facilitar que todos los alumnos y alumnas logren los objetivos y alcancen el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, las
Administraciones educativas establecerán medidas de refuerzo educativo, con especial
atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. La aplicación personalizada de
las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico"
Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Artículo 20.por ejemplo el punto 2 se dice... "....El carácter integrador de la evaluación no impedirá que el profesorado realice de manera diferenciada la evaluación de cada asignatura teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables de cada una de ellas"
En resumen, lo que yo he dicho, debes garantizar que alcancen TODOS los objetivos y en caso negativo dar un mecanismo de recuperación... Si es que lo que defiendes tú carece de sentido, NO puedes aprobar a un niño en Matemáticas que sabe sumar, restar y multiplicar de 10 pero no sabe dividir, tendrá que recuperar las divisiones.
El Artículo 28 de la LOE no guarda relación con la calificación final de una materia, que es de lo que estamos hablando.
Y el Artículo 20 de ese RD en su punto 2 lo que dice es que cada asignatura tiene su propia nota teniendo en cuenta sus criterios de evaluación, pero no que deba superarse cada uno de ellos de forma independiente, como afirmas tú, sino al contrario, porque la evaluación tiene carácter integrador, y como antes cité, eso significa que se debe tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo.
Saludos.
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Zocter sigo esperando que indiques en base a qué normativa debemos suspender a un alumno que no ha superado 1 de los 100 criterios de evaluación de su materia, habiendo superado los 99 restantes.
Saludos.
: zocter 03 July, 2020, 17:46:40 +02:00
O también, como pasa en FP, si un alumno se incorpora en diciembre, y sus objetivos también son finalistas, si es un alumno del rango de 8 a 10, si lo que se vió en los tres primeros meses de curso y el no estaba NO hace falta que los recupere de ninguna forma. Te lo digo porque me ahorraría más de un quebradero de cabeza cada año, con alumnado que llega tarde al curso.
Los aprendizajes no adquiridos hay que intentar recuperarlos de forma continua a lo largo de todo el curso, pero no para aprobar, sino porque nuestro objetivo es que el alumno desarrolle al máximo sus capacidades.
Saludos.
: respublica 03 July, 2020, 20:26:13 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Zocter sigo esperando que indiques en base a qué normativa debemos suspender a un alumno que no ha superado 1 de los 100 criterios de evaluación de su materia, habiendo superado los 99 restantes.
Saludos.
Tendrá que recuperar ese criterio y tendrás que organizarle tareas para tal fin. Es más, te podría contar una anécdota con un inspector de por medio, pero vamos, da igual.
Sigo esperando tu respuesta de si a un alumno de 10 le puedo decir a mitad de curso que si no hace nada ya está aprobado.
: zocter 03 July, 2020, 20:38:57 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 20:26:13 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Zocter sigo esperando que indiques en base a qué normativa debemos suspender a un alumno que no ha superado 1 de los 100 criterios de evaluación de su materia, habiendo superado los 99 restantes.
Saludos.
Tendrá que recuperar ese criterio y tendrás que organizarle tareas para tal fin. Es más, te podría contar una anécdota con un inspector de por medio, pero vamos, da igual.
Sigo esperando tu respuesta de si a un alumno de 10 le puedo decir a mitad de curso que si no hace nada ya está aprobado.
Es decir, que si de los 100 criterios de evaluación tiene 99 superados, con una media de 7, por ejemplo, y 1 suspenso con un 4, tú dices que hay que ponerle un 4 y suspenderlo para septiembre. Lo dices pero no fundamentas tu opinión en ninguna normativa, y estás equivocado, porque ese alumno está de sobra aprobado, y con un notable.
Saludos.
: respublica 03 July, 2020, 21:12:22 +02:00
: zocter 03 July, 2020, 20:38:57 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 20:26:13 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 16:05:01 +02:00
Si una materia tiene 100 criterios de evaluación, según tú se suspende la materia si no se ha superado uno solo de los cien criterios, pero resulta que no es así, porque la evaluación tiene un carácter integrador por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo, según se establece en el artículo 13.4 de la Orden de 14 de julio de 2016.
Zocter sigo esperando que indiques en base a qué normativa debemos suspender a un alumno que no ha superado 1 de los 100 criterios de evaluación de su materia, habiendo superado los 99 restantes.
Saludos.
Tendrá que recuperar ese criterio y tendrás que organizarle tareas para tal fin. Es más, te podría contar una anécdota con un inspector de por medio, pero vamos, da igual.
Sigo esperando tu respuesta de si a un alumno de 10 le puedo decir a mitad de curso que si no hace nada ya está aprobado.
Es decir, que si de los 100 criterios de evaluación tiene 99 superados, con una media de 7, por ejemplo, y 1 suspenso con un 4, tú dices que hay que ponerle un 4 y suspenderlo para septiembre. Lo dices pero no fundamentas tu opinión en ninguna normativa, y estás equivocado, porque ese alumno está de sobra aprobado, y con un notable.
Saludos.
Vamos, que el alumnado ya NO está obligado a SUPERAR todos los objetivos con un mínimo. Estoy empezando a entender como hay niños en 1 ESO que no saben leer ni escribir sin haber repetido.
Le puedo decir a un alumno de 10 a mitad de curso que puede NO hacer nada y que estará aprobado??? Sigo esperando, me sentaré.
¿Sabes que instrumento tenemos los docentes para que un alumno no supere o no tenga que estar obligado a superar con un mínimo un criterio de evaluación?
Adaptación Curricular Significativa. Supongo que tu harás 30 por grupo que tengas si evalúas así.
Un saludo, y abandono la conversación porque no vamos a llegar a ningún sitio.
: zocter 03 July, 2020, 21:39:48 +02:00
¿Sabes que instrumento tenemos los docentes para que un alumno no supere o no tenga que estar obligado a superar con un mínimo un criterio de evaluación?
Adaptación Curricular Significativa. Supongo que tu harás 30 por grupo que tengas si evalúas así.
Un saludo, y abandono la conversación porque no vamos a llegar a ningún sitio.
Se que son para alumnado NEE, que ya te veo venir...
: zocter 03 July, 2020, 21:21:20 +02:00
Vamos, que el alumnado ya NO está obligado a SUPERAR todos los objetivos con un mínimo.
No lo ha estado nunca, ni ahora con evaluación por competencias y múltiples instrumentos de evaluación, ni tampoco antes, que sigue aplicándose en la evaluación extraordinaria con un examen único, en el que basta sacar un 5 de media total, es decir, que puede darse el caso de que en unas preguntas relacionadas con unos criterios de evaluación se obtenga una buena nota y en otros mala nota.
Saludos.
[quote author=respublica link=topic=120577.msg1367916#msg1367916 date=1593783888No olvidemos que las notas no tienen decimales, por lo que si en cálculos intermedios los usamos no se truncan sino que se redondean al entero más cercano, a todos los efectos.[/QUOTE]
¿En qué te basas para afirmar tal cosa?
: zocter 02 July, 2020, 22:58:54 +02:00
: movement 02 July, 2020, 21:55:30 +02:00
A) No
B) Si la media es 5 o superior, a pesar de no haber superado una evaluación, había que aprobar al alumnado.
Eso NO es así.
Ese planteamiento no es correcto. Si tiene un 4 es porque hay una serie de criterios no superados. En la tercera evaluacion se debia recuperar los criterios no superados por los alumnos correspondientes. Si no ha dado señales de vida...mala suerte
El que Séneca calcule las cosas de cierta manera no significa que yo tenga que hacerlo así.
Las notas de las evaluaciones primera y segunda son informativas. Yo siempre le digo a mi alumnado cual es su nota real con un decimal, para que la apunten y luego no tengan dudas. No es lo mismo tener un 7 por que mi media me sale 6,5 que tenerlo con una media de 7,4.
Yo redondeo con todas las notas salvo para poner el 5 cuando la nota es igual o mayor de 4,5. Para mí el aprobado es el 5 y no el 4,9. Cuando tengo estos casos (uno o dos cada grupo como mucho) valoro otras cosas para decidir si tiene que tener el 5 o no. Sé que me complico la vida, pero intento hacer lo mejor para ellos a pesar de los padres, la inspección, orientación, jefatura, compañeros y los propios alumnos.
Con esto de los criterios yo interpreto también que si un criterio no se supera hay que poner las medidas para superarlo y, por tanto, no puede aprobar. De todas formas yo suelo seguir el criterio del departamento, aunque pueda no estar 100% de acuerdo, que suele ser hacer la media y si sale 5 o más aprueba.
Es un interesantísimo debate.
Por aportar algo más, diría que hay que tener muy claro cuándo se puede hacer media con calificaciones inferiores a 5.
En muchas programaciones, incluso por criterios comunes de departamento, no se hacen medias con calificaciones inferiores a 5 o incluso a 4,5.
Saludos.
: palermatex 04 July, 2020, 10:05:53 +02:00
: zocter 02 July, 2020, 22:58:54 +02:00
: movement 02 July, 2020, 21:55:30 +02:00
A) No
B) Si la media es 5 o superior, a pesar de no haber superado una evaluación, había que aprobar al alumnado.
Eso NO es así.
Ese planteamiento no es correcto. Si tiene un 4 es porque hay una serie de criterios no superados. En la tercera evaluacion se debia recuperar los criterios no superados por los alumnos correspondientes. Si no ha dado señales de vida...mala suerte
Si mi planteamiento no es correcto. ¿Crees que si la alumna en cuestión hubiese reclamado no habría acabado aprobando la asignatura?
: rantanplan 04 July, 2020, 08:48:01 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 15:44:48 +02:00
No olvidemos que las notas no tienen decimales, por lo que si en cálculos intermedios los usamos no se truncan sino que se redondean al entero más cercano, a todos los efectos.
¿En qué te basas para afirmar tal cosa?
No conozco ninguna normativa educativa que indique cómo actuar con una calificación intermedia con decimales para expresarla sin decimales, como exige la normativa, ahora bien, sí que se indica que la evaluación debe ser objetiva y justa en la comprobación del grado de adquisición de las competencias y objetivos, y si nos peguntamos qué procedimiento es más objetivo y justo, el de eliminar decimales o el del entero más cercano, sin duda este último es el que tiene menor desviación y margen de error, por lo que en mi opinión, es el más justo y objetivo.
Si tú opinas de forma diferente ¿en qué la basas?
Saludos.
: movement 04 July, 2020, 15:21:02 +02:00
: palermatex 04 July, 2020, 10:05:53 +02:00
: zocter 02 July, 2020, 22:58:54 +02:00
: movement 02 July, 2020, 21:55:30 +02:00
A) No
B) Si la media es 5 o superior, a pesar de no haber superado una evaluación, había que aprobar al alumnado.
Eso NO es así.
Ese planteamiento no es correcto. Si tiene un 4 es porque hay una serie de criterios no superados. En la tercera evaluacion se debia recuperar los criterios no superados por los alumnos correspondientes. Si no ha dado señales de vida...mala suerte
Si mi planteamiento no es correcto. ¿Crees que si la alumna en cuestión hubiese reclamado no habría acabado aprobando la asignatura?
Por eso, por supuesto que no.
Si tiene un 4, habrá cosas que no ha adquirido correctamente, por lo que tendría en este caso todo este trimestre pasado y en su defecto septiembre para alcanzarlo. Como no lo ha hecho, obviamente POR ESTO no puede aprobar.
: respublica 04 July, 2020, 15:24:29 +02:00
: rantanplan 04 July, 2020, 08:48:01 +02:00
: respublica 03 July, 2020, 15:44:48 +02:00
No olvidemos que las notas no tienen decimales, por lo que si en cálculos intermedios los usamos no se truncan sino que se redondean al entero más cercano, a todos los efectos.
¿En qué te basas para afirmar tal cosa?
No conozco ninguna normativa educativa que indique cómo actuar con una calificación intermedia con decimales para expresarla sin decimales, como exige la normativa, ahora bien, sí que se indica que la evaluación debe ser objetiva y justa en la comprobación del grado de adquisición de las competencias y objetivos, y si nos peguntamos qué procedimiento es más objetivo y justo, el de eliminar decimales o el del entero más cercano, sin duda este último es el que tiene menor desviación y margen de error, por lo que en mi opinión, es el más justo y objetivo.
Si tú opinas de forma diferente ¿en qué la basas?
Saludos.
Sigo esperando a saber si puedo decirle a un alumno de 10 a mitad de curso que se puede olvidar de mi materia, que ya tiene el 5.
: palermatex 04 July, 2020, 10:05:53 +02:00
: zocter 02 July, 2020, 22:58:54 +02:00
: movement 02 July, 2020, 21:55:30 +02:00
A) No
B) Si la media es 5 o superior, a pesar de no haber superado una evaluación, había que aprobar al alumnado.
Eso NO es así.
Ese planteamiento no es correcto. Si tiene un 4 es porque hay una serie de criterios no superados. En la tercera evaluacion se debia recuperar los criterios no superados por los alumnos correspondientes. Si no ha dado señales de vida...mala suerte
La Base Octava, Apartado 4 de la Instrucción de 23 de abril de 2020 se nos indica que en la evaluación ordinaria, así como para la calificación de las distinta áreas, materias o módulos, se tendrán fundamentalmente en consideración los resultados de los dos primeros trimestres y, a partir de ellos, se valorarán las actividades y pruebas realizadas por el alumnado en el tercer trimestre únicamente si tienen valoración positiva.
Así que con esas indicaciones la nota del tercer trimestre solo se pudo tener en cuenta si le aumentaba la nota final y por tanto solo cabía aplicar la media de los criterios empleados en las dos primeras evaluaciones, e incluir en la media los de la tercera solo si le subía la nota final.
En el caso que nos ocupa la media de las dos primeras evaluaciones sale a 5 y esa debió ser su nota.
Vuelvo a insistir en que para la evaluación final el alumno no tiene obligación de obtener más de un 5 en todos y cada uno de los múltiples criterios de evaluación, sino en la totalidad del curso, que en el caso del curso actual se reduce al periodo en que hubo clases presenciales.
Saludos.
: movement 04 July, 2020, 15:21:02 +02:00
: palermatex 04 July, 2020, 10:05:53 +02:00
: zocter 02 July, 2020, 22:58:54 +02:00
: movement 02 July, 2020, 21:55:30 +02:00
A) No
B) Si la media es 5 o superior, a pesar de no haber superado una evaluación, había que aprobar al alumnado.
Eso NO es así.
Ese planteamiento no es correcto. Si tiene un 4 es porque hay una serie de criterios no superados. En la tercera evaluacion se debia recuperar los criterios no superados por los alumnos correspondientes. Si no ha dado señales de vida...mala suerte
Si mi planteamiento no es correcto. ¿Crees que si la alumna en cuestión hubiese reclamado no habría acabado aprobando la asignatura?
Por supuesto que si hubiese reclamado dentro de plazo le habrían dado la razón y esto no es solo una opinión mía, sino que es lo que afirmó
Luzindel en su primer mensaje que le había advertido jefatura de estudios.
Saludos.
Habría que empezar por mencionar que la Instrucción de 23 de abril implica alteración temporal de normas de rango superior. La de mayor rango, LOMCE. Eso crea inseguridad legislativa, co o ya señaló Adide.
Otro detalle es que la calificación final no tiene necesariamente que ser la media aritmética de las distintas calificaciones obtenidas a través de los distintos instrumentos de evaluación.
Saludos.
Aquí hay dos casos:
1) Que su materia se preste a que tenga evaluación continua REAL (hay muchas que los objetivos son finalistas, y no puede haber una evaluación continua real).
--> En este caso, si tiene un 4 en la última evaluación está claro que no ha adquirido los objetivos adecuadamente.
2) Que su materia NO se preste a que tenga evaluación continua REAL.
--> Tiene un trimestre suspenso, ya que no ha adquirido satisfactoriamente algunos objetivos. La compañera ha hecho su plan de recuperación como así nos dicta la ley educativa, y el alumno NO ha hecho nada.
Su nota está correcta.
Por cierto, donde pone en las Instrucciones de 23 de abril de 2020 que se hace media de los dos primeros trimestres? Y donde pone que porcentaje de los objetivos que nos marca el currículo no son necesario superar para superar la materia??
Resulta que el alumno/a, por ley debe adquirir satisfactoriamente TODOS los objetivos, que para eso están puestos.
PD: Sigo esperando a saber si un alumno de 10 que ha visto la mitad de los objetivos de 10, a mitad de curso, puede NO hacer nada y tendrá su 5.
: zocter 04 July, 2020, 16:00:20 +02:00
Aquí hay dos casos:
1) Que su materia se preste a que tenga evaluación continua REAL (hay muchas que los objetivos son finalistas, y no puede haber una evaluación continua real).
--> En este caso, si tiene un 4 en la última evaluación está claro que no ha adquirido los objetivos adecuadamente.
2) Que su materia NO se preste a que tenga evaluación continua REAL.
--> Tiene un trimestre suspenso, ya que no ha adquirido satisfactoriamente algunos objetivos. La compañera ha hecho su plan de recuperación como así nos dicta la ley educativa, y el alumno NO ha hecho nada.
Su nota está correcta.
Por cierto, donde pone en las Instrucciones de 23 de abril de 2020 que se hace media de los dos primeros trimestres? Y donde pone que porcentaje de los objetivos que nos marca el currículo no son necesario superar para superar la materia??
Resulta que el alumno/a, por ley debe adquirir satisfactoriamente TODOS los objetivos, que para eso están puestos.
PD: Sigo esperando a saber si un alumno de 10 que ha visto la mitad de los objetivos de 10, a mitad de curso, puede NO hacer nada y tendrá su 5.
¿Dónde pone en la Instrucción que puedes hacer la media con uno de los dos trimestres suspensos?
¿Dónde pone y en que ley que un alumno con un trimestre suspenso NO tendrá que recuperar nada?
Es que puestos a esto, NADIE haría recuperaciones del primer trimestre (en materias con evaluación no continua REAL, se entiende que en CONTINUAS la nota final contiene todo el año...)
Un escenario posible, con objetivos finalistas... Alumno, primer trimestre un 4, le hago recuperación y no se presenta, segundo trimestre un 3 y lo mismo, en el tercer trimestre un 8 y ya tiene todo el curso aprobado... Y algunos se atreven a decir que por esto con una reclamación les darían la razón?? Por esto?? Lo dudo.
: zocter 04 July, 2020, 16:09:48 +02:00
: zocter 04 July, 2020, 16:00:20 +02:00
Aquí hay dos casos:
1) Que su materia se preste a que tenga evaluación continua REAL (hay muchas que los objetivos son finalistas, y no puede haber una evaluación continua real).
--> En este caso, si tiene un 4 en la última evaluación está claro que no ha adquirido los objetivos adecuadamente.
2) Que su materia NO se preste a que tenga evaluación continua REAL.
--> Tiene un trimestre suspenso, ya que no ha adquirido satisfactoriamente algunos objetivos. La compañera ha hecho su plan de recuperación como así nos dicta la ley educativa, y el alumno NO ha hecho nada.
Su nota está correcta.
Por cierto, donde pone en las Instrucciones de 23 de abril de 2020 que se hace media de los dos primeros trimestres? Y donde pone que porcentaje de los objetivos que nos marca el currículo no son necesario superar para superar la materia??
Resulta que el alumno/a, por ley debe adquirir satisfactoriamente TODOS los objetivos, que para eso están puestos.
PD: Sigo esperando a saber si un alumno de 10 que ha visto la mitad de los objetivos de 10, a mitad de curso, puede NO hacer nada y tendrá su 5.
¿Dónde pone en la Instrucción que puedes hacer la media con uno de los dos trimestres suspensos?
¿Dónde pone y en que ley que un alumno con un trimestre suspenso NO tendrá que recuperar nada?
Es que puestos a esto, NADIE haría recuperaciones del primer trimestre (en materias con evaluación no continua REAL, se entiende que en CONTINUAS la nota final contiene todo el año...)
Un escenario posible, con objetivos finalistas... Alumno, primer trimestre un 4, le hago recuperación y no se presenta, segundo trimestre un 3 y lo mismo, en el tercer trimestre un 8 y ya tiene todo el curso aprobado... Y algunos se atreven a decir que por esto con una reclamación les darían la razón?? Por esto?? Lo dudo.
*Cuando digo "le hago recuperación" me refiero a "articulo mecanismos de recuperación" y no hace nada. (vamos, como le pasó a la compañera)
: zocter 04 July, 2020, 15:38:46 +02:00
Sigo esperando a saber si puedo decirle a un alumno de 10 a mitad de curso que se puede olvidar de mi materia, que ya tiene el 5.
Zocter, ya te he respondido varias veces. Tu obligación con ese alumno es intentar sacar de él el máximo posible de sus capacidades por lo que resulta evidente que no le puedes decir que se olvide de tu materia a mitad de curso, ni a él ni a ninguno, pero llegado el final de curso tienes que darle una calificación final objetiva contemplando todos los criterios de evaluación del curso, no solo los de la segunda mitad, y si hablamos de este curso, solo los de las clases presenciales si ello le resulta más beneficioso.
Me preguntas y te respondo pero tú sigues sin fundamentar en ninguna normativa tu opinión de que hay que suspender a un alumno en evaluación final si no aprueba uno solo de los múltiples criterios de evaluación, y pese a ello sigues insistiendo en lo mismo.
Por poner un ejemplo, en la ESO los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias serán los criterios de
evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables.
Pues bien, en Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas de 4º de la ESO hay, si no he contado mal, 77 estándares de aprendizaje evaluables y no se puede suspender a un alumno que haya suspendido solo uno de ellos y aprobado los 76 restantes, sino que hay que aplicar una media aritmética si la programación considera que todos tienen igual peso, o ponderada en caso contrario.
Es algo muy obvio y no me explico cómo puede defenderse lo contrario, no ya por normativa, que por supuesto no exige superar todos y cada uno de los elementos del currículo, sino por sentido común.
Saludos.
: respublica 04 July, 2020, 16:14:00 +02:00
: zocter 04 July, 2020, 15:38:46 +02:00
Sigo esperando a saber si puedo decirle a un alumno de 10 a mitad de curso que se puede olvidar de mi materia, que ya tiene el 5.
Zocter, ya te he respondido varias veces. Tu obligación con ese alumno es intentar sacar de él el máximo posible de sus capacidades por lo que resulta evidente que no le puedes decir que se olvide de tu materia a mitad de curso, ni a él ni a ninguno, pero llegado el final de curso tienes que darle una calificación final objetiva contemplando todos los criterios de evaluación del curso, no solo los de la segunda mitad, y si hablamos de este curso, solo los de las clases presenciales si ello le resulta más beneficioso.
Me preguntas y te respondo pero tú sigues sin fundamentar en ninguna normativa tu opinión de que hay que suspender a un alumno en evaluación final si no aprueba uno solo de los múltiples criterios de evaluación, y pese a ello sigues insistiendo en lo mismo.
Por poner un ejemplo, en la ESO los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias serán los criterios de
evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables.
Pues bien, en Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas de 4º de la ESO hay, si no he contado mal, 77 estándares de aprendizaje evaluables y no se puede suspender a un alumno que haya suspendido solo uno de ellos y aprobado los 76 restantes, sino que hay que aplicar una media aritmética si la programación considera que todos tienen igual peso, o ponderada en caso contrario.
Es algo muy obvio y no me explico cómo puede defenderse lo contrario, no ya por normativa, que por supuesto no exige superar todos y cada uno de los elementos del currículo, sino por sentido común.
Saludos.
Entonces, tú le pondrías un 5 a ese alumno que tiene un 10 hasta justo mitad de curso y un 0 hasta el final, sentido común.
Te repito (estoy con el móvil). En la ley pone (ya te lo puse ayer creo) que el alumno debe ADQUIRIR los objetivos que marca el currículo (yo entiendo que todos, tu un % lo cuál es aún más subjetivo) y en caso de no adquirirlos le DEBES (lo dice la ley también, creo que lo puse ayer) hacer un plan de recuperación de objetivos no adquiridos/superados. Está claro que en el segundo trinestre algo no ha adquirido, la compañera le ha hecho su plan de recuperación y NO ha hecho nada... No puede aprobar...
: zocter 04 July, 2020, 16:28:30 +02:00
: respublica 04 July, 2020, 16:14:00 +02:00
: zocter 04 July, 2020, 15:38:46 +02:00
Sigo esperando a saber si puedo decirle a un alumno de 10 a mitad de curso que se puede olvidar de mi materia, que ya tiene el 5.
Zocter, ya te he respondido varias veces. Tu obligación con ese alumno es intentar sacar de él el máximo posible de sus capacidades por lo que resulta evidente que no le puedes decir que se olvide de tu materia a mitad de curso, ni a él ni a ninguno, pero llegado el final de curso tienes que darle una calificación final objetiva contemplando todos los criterios de evaluación del curso, no solo los de la segunda mitad, y si hablamos de este curso, solo los de las clases presenciales si ello le resulta más beneficioso.
Me preguntas y te respondo pero tú sigues sin fundamentar en ninguna normativa tu opinión de que hay que suspender a un alumno en evaluación final si no aprueba uno solo de los múltiples criterios de evaluación, y pese a ello sigues insistiendo en lo mismo.
Por poner un ejemplo, en la ESO los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias serán los criterios de
evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables.
Pues bien, en Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas de 4º de la ESO hay, si no he contado mal, 77 estándares de aprendizaje evaluables y no se puede suspender a un alumno que haya suspendido solo uno de ellos y aprobado los 76 restantes, sino que hay que aplicar una media aritmética si la programación considera que todos tienen igual peso, o ponderada en caso contrario.
Es algo muy obvio y no me explico cómo puede defenderse lo contrario, no ya por normativa, que por supuesto no exige superar todos y cada uno de los elementos del currículo, sino por sentido común.
Saludos.
Entonces, tú le pondrías un 5 a ese alumno que tiene un 10 hasta justo mitad de curso y un 0 hasta el final, sentido común.
Te repito (estoy con el móvil). En la ley pone (ya te lo puse ayer creo) que el alumno debe ADQUIRIR los objetivos que marca el currículo (yo entiendo que todos, tu un % lo cuál es aún más subjetivo) y en caso de no adquirirlos le DEBES (lo dice la ley también, creo que lo puse ayer) hacer un plan de recuperación de objetivos no adquiridos/superados. Está claro que en el segundo trinestre algo no ha adquirido, la compañera le ha hecho su plan de recuperación y NO ha hecho nada... No puede aprobar...
Que % es el mínimo que exige la nornativa para aprobar??? O sea, nos "limpiamos" objetivos y NO pasa nada?? Ya te dije ayer que eso no puedes hacerlo, salvo ACS en su caso...
: zocter 04 July, 2020, 16:00:20 +02:00
Aquí hay dos casos:
1) Que su materia se preste a que tenga evaluación continua REAL (hay muchas que los objetivos son finalistas, y no puede haber una evaluación continua real).
--> En este caso, si tiene un 4 en la última evaluación está claro que no ha adquirido los objetivos adecuadamente.
2) Que su materia NO se preste a que tenga evaluación continua REAL.
--> Tiene un trimestre suspenso, ya que no ha adquirido satisfactoriamente algunos objetivos. La compañera ha hecho su plan de recuperación como así nos dicta la ley educativa, y el alumno NO ha hecho nada.
Zocter, hay que hablar con propiedad, ¿de dónde te sacas ahora que existe la evaluación continua real y otra que no es real? La que no es real ¿qué es, irreal?
La evaluación es continua siempre y lo que significa es que está inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje y debe tener en cuenta el progreso del alumnado, con el fin de detectar las dificultades en el momento en el que se produzcan, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias imprescindibles que le permitan continuar adecuadamente su proceso de aprendizaje (Artículo 13.2 de la Orden de 14 de julio de 2016).
Dicho con otras palabras, evaluación continua significa que la evaluación no es algo que se haga al final de cada trimestre en base a un examen, sino que continuamente debemos estar evaluando al alumnado en todo su proceso de aprendizaje, con múltiples y variados instrumentos, adoptando medidas para mejorar sus resultados sin esperar al final.
Saludos.
: respublica 04 July, 2020, 16:36:10 +02:00
: zocter 04 July, 2020, 16:00:20 +02:00
Aquí hay dos casos:
1) Que su materia se preste a que tenga evaluación continua REAL (hay muchas que los objetivos son finalistas, y no puede haber una evaluación continua real).
--> En este caso, si tiene un 4 en la última evaluación está claro que no ha adquirido los objetivos adecuadamente.
2) Que su materia NO se preste a que tenga evaluación continua REAL.
--> Tiene un trimestre suspenso, ya que no ha adquirido satisfactoriamente algunos objetivos. La compañera ha hecho su plan de recuperación como así nos dicta la ley educativa, y el alumno NO ha hecho nada.
Zocter, hay que hablar con propiedad, ¿de dónde te sacas ahora que existe la evaluación continua real y otra que no es real? La que no es real ¿qué es, irreal?
La evaluación es continua siempre y lo que significa es que está inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje y debe tener en cuenta el progreso del alumnado, con el fin de detectar las dificultades en el momento en el que se produzcan, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias imprescindibles que le permitan continuar adecuadamente su proceso de aprendizaje (Artículo 13.2 de la Orden de 14 de julio de 2016).
Dicho con otras palabras, evaluación continua significa que la evaluación no es algo que se haga al final de cada trimestre en base a un examen, sino que continuamente debemos estar evaluando al alumnado en todo su proceso de aprendizaje, con múltiples y variados instrumentos, adoptando medidas para mejorar sus resultados sin esperar al final.
Saludos.
Me refería a que hay materias que tienen objetivos finalistas y otras no, por lo tanto una con objetivos no finalistas los puedes evaluar continuamente durante todo el curso, y se supone que al final si tiene evaluación positiva da "igual" lo que tuviese entre medias y una con objetivos no finalistas, no lo puedes evaluar continuamente durante TODO el curso, ya que ese objetivo lo evalúas únicamente en el primer trimestre por ejemplo. Esa era la diferencia entre evaluación continua REAL y NO REAL a la que me refería, creo que había quedado claro ya que lo puse alguna vez que otra, quizá no lo habías leído...
: zocter 04 July, 2020, 16:46:48 +02:00
: respublica 04 July, 2020, 16:36:10 +02:00
: zocter 04 July, 2020, 16:00:20 +02:00
Aquí hay dos casos:
1) Que su materia se preste a que tenga evaluación continua REAL (hay muchas que los objetivos son finalistas, y no puede haber una evaluación continua real).
--> En este caso, si tiene un 4 en la última evaluación está claro que no ha adquirido los objetivos adecuadamente.
2) Que su materia NO se preste a que tenga evaluación continua REAL.
--> Tiene un trimestre suspenso, ya que no ha adquirido satisfactoriamente algunos objetivos. La compañera ha hecho su plan de recuperación como así nos dicta la ley educativa, y el alumno NO ha hecho nada.
Zocter, hay que hablar con propiedad, ¿de dónde te sacas ahora que existe la evaluación continua real y otra que no es real? La que no es real ¿qué es, irreal?
La evaluación es continua siempre y lo que significa es que está inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje y debe tener en cuenta el progreso del alumnado, con el fin de detectar las dificultades en el momento en el que se produzcan, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias imprescindibles que le permitan continuar adecuadamente su proceso de aprendizaje (Artículo 13.2 de la Orden de 14 de julio de 2016).
Dicho con otras palabras, evaluación continua significa que la evaluación no es algo que se haga al final de cada trimestre en base a un examen, sino que continuamente debemos estar evaluando al alumnado en todo su proceso de aprendizaje, con múltiples y variados instrumentos, adoptando medidas para mejorar sus resultados sin esperar al final.
Saludos.
Me refería a que hay materias que tienen objetivos finalistas y otras no, por lo tanto una con objetivos no finalistas los puedes evaluar continuamente durante todo el curso, y se supone que al final si tiene evaluación positiva da "igual" lo que tuviese entre medias y una con objetivos no finalistas, no lo puedes evaluar continuamente durante TODO el curso, ya que ese objetivo lo evalúas únicamente en el primer trimestre por ejemplo. Esa era la diferencia entre evaluación continua REAL y NO REAL a la que me refería, creo que había quedado claro ya que lo puse alguna vez que otra, quizá no lo habías leído...
Es más, ahí lo explicaba entre paréntesis...
Quizá lo que no entiendas con lo que quiero decir es lo de los objetivos finalistas o no finalistas...
Un objetivo finalista es aquel que se ve durante todo el curso... Por ejemplo, en matemáticas podría ser uno relacionado con sumar, o en inglés uno que trate sobre escribir redacciones...
Un objetivo no finalista es aquel que se ve en un momento... Por ejemplo, en historia la guerra civil.
(me he inventado los objetivos, para que quede claro, no me hagas ir a la ley a que te diga cuáles son finalistas y cuáles no)
En fin, está claro que la compañera ha obrado bien, ya que ha hecho lo que marca la ley.
El alumno no ha ADQUIRIDO unos objetivos, le ha propuesto un plan de recuperación en el cual NO ha hecho nada, por lo tanto tendrá que ir a septiembre con su plan de recuperación.
Ya sí, me retiro, porque es darle vueltas a lo mismo.
Un saludo.
: zocter 04 July, 2020, 16:28:30 +02:00
Entonces, tú le pondrías un 5 a ese alumno que tiene un 10 hasta justo mitad de curso y un 0 hasta el final, sentido común.
Te repito (estoy con el móvil). En la ley pone (ya te lo puse ayer creo) que el alumno debe ADQUIRIR los objetivos que marca el currículo (yo entiendo que todos, tu un % lo cuál es aún más subjetivo) y en caso de no adquirirlos le DEBES (lo dice la ley también, creo que lo puse ayer) hacer un plan de recuperación de objetivos no adquiridos/superados. Está claro que en el segundo trinestre algo no ha adquirido, la compañera le ha hecho su plan de recuperación y NO ha hecho nada... No puede aprobar...
Nos estamos repitiendo sin aportar nada nuevo.
Yo te pido que indiques dónde establece la normativa que hay que aprobar todos y cada uno de los criterios de evaluación y su concreción en estándares de aprendizaje evaluables en el caso de la ESO, de forma que un alumno que supere 76 y suspenda 1, según tú hay que suspenderlo por ley, pero no fundamentas tu opinión en ninguna ley, porque no existe, ni nunca se ha exigido para aprobar sabérselo todo.
En este caso concreto jefatura tiene toda la razón, como suele ser habitual porque, aunque hay excepciones, el equipo directivo suele conocer la normativa mucho mejor que el común del profesorado, y de haber reclamado la alumna, le habría dado la razón el propio centro, sin tener que acudir a inspección.
Podemos aprender de ello o seguir con el error, pero luego no nos quejemos cuando a un alumno que nos reclama se le da la razón.
Ya he explicado que yo mismo me he encontrado este curso en una situación similar a la descrita por Luzindel y después de analizar la normativa e indicaciones de jefatura, dadas las circunstancias, he tenido que aprobar a la alumna.
Así que no veo ningún motivo para seguir discutiendo de esto, porque está todo muy claro.
Saludos.
: respublica 04 July, 2020, 16:59:00 +02:00
: zocter 04 July, 2020, 16:28:30 +02:00
Entonces, tú le pondrías un 5 a ese alumno que tiene un 10 hasta justo mitad de curso y un 0 hasta el final, sentido común.
Te repito (estoy con el móvil). En la ley pone (ya te lo puse ayer creo) que el alumno debe ADQUIRIR los objetivos que marca el currículo (yo entiendo que todos, tu un % lo cuál es aún más subjetivo) y en caso de no adquirirlos le DEBES (lo dice la ley también, creo que lo puse ayer) hacer un plan de recuperación de objetivos no adquiridos/superados. Está claro que en el segundo trinestre algo no ha adquirido, la compañera le ha hecho su plan de recuperación y NO ha hecho nada... No puede aprobar...
....
Yo te pido que indiques dónde establece la normativa que hay que aprobar todos y cada uno de los criterios de evaluación y su concreción en estándares de aprendizaje evaluables en el caso de la ESO, de forma que un alumno que supere 76 y suspenda 1, según tú hay que suspenderlo por ley,...
Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Artículo 20, punto 2.
...En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias imprescindibles para continuar el proceso educativo....
Tal y como ha hecho la compañera.
Un saludo.
Ahora, yo te pido, que me digas donde dice la normativa que NO ES OBLIGATORIO superar TODOS los objetivos de cada materia que marca el currículo, y que puedes hacer la media y si dicha media es 5 o más estás aprobado, dando pie a casos de alumnado (el extremo) que tenga una materia aprobada ÚNICAMENTE adquiriendo la mitad de los OBJETIVOS que nos OBLIGA la ley.
Un saludo.
Según la Instrucción mencionada:
4. En la ev aluación ordinaria, así como para la calificación de las distinta áreas, materias omódulos, se tendrán fundamentalmente en consideración los resultados de los dos primeros trimestres y, a partir de ellos, se valorarán las actividades y pruebas realizadas p or el alumnado en el tercer trimestre únicamente si tienen valoración positiva. En este sentido, darán traslado a las familias, por los medios que estimen más convenientes, de los ajustes realizados para llevar a cabo dicha evaluación y para determinar la calificación.
6. Para el alumnado con evaluación negativa, con la finalidad de proporcionar referentespara la superación de la materia en la prueba extraordinaria, que se llevará a cabo en las enseñanzas en que esté prevista, y conforme al calendario establecido para cada una de ellas en el curso 2019/2020, el profesor o profesora de la materia correspondiente elaborará el informe previsto en la normativa de aplicación sobre los objetivos y contenidos que no se han alcanzado y la propuesta de actividades de recuperación en cada caso. Este informe se referirá, fundamentalmente, a los objetivos y contenidos que han sido objeto de desarrollo durante los dos primeros trimestres del curso.
Según esto, la alumna no ha superado, con el paradigma de la evaluación continua, los dos primeros trimestres. En esta instrucción no indica que la calificación deba ser la media.
Si no ha realizado las tareas o pruebas de recuperación, siguiendo al pie de la letra esta Instrucción, esta alumna no puede superar la asignatura en la evaluación ordinaria.
Saludos.
En este debate hay dos cosas que no entiendo de vuestros planteamientos.
La primera es que a partir de la Instrucción de 23 de abril, había que recoger en cada Programación didáctica de cada departamento un anexo donde se recogiera la nueva y extraordinaria evaluación para este curso. Eso debe de estar y eso es lo más importante de cara a una posible reclamación. Por supuesto ese anexo no puede recoger algo contrario a lo dictado por la Instrucción.
La segunda es el empeño que veo en muchos de vosotros en empeñarse en suspender alumnos por encima de todas las cosas.
: albay 04 July, 2020, 20:55:13 +02:00
En este debate hay dos cosas que no entiendo de vuestros planteamientos.
La primera es que a partir de la Instrucción de 23 de abril, había que recoger en cada Programación didáctica de cada departamento un anexo donde se recogiera la nueva y extraordinaria evaluación para este curso. Eso debe de estar y eso es lo más importante de cara a una posible reclamación. Por supuesto ese anexo no puede recoger algo contrario a lo dictado por la Instrucción.
La segunda es el empeño que veo en muchos de vosotros en empeñarse en suspender alumnos por encima de todas las cosas.
Empeñarse en suspender y en complicarse la vida. Las instrucciones creo que, aún siendo vagas, dejaban bastante claro que lo complicado este curso era que alguien suspendiese. Algun@s no han pillado que en esta situación ni criterios, ni evaluación continua ni hostias. Y mira que para estas cosas suelo ser bastante estricto.
: Delacroix 04 July, 2020, 21:12:11 +02:00
: albay 04 July, 2020, 20:55:13 +02:00
En este debate hay dos cosas que no entiendo de vuestros planteamientos.
La primera es que a partir de la Instrucción de 23 de abril, había que recoger en cada Programación didáctica de cada departamento un anexo donde se recogiera la nueva y extraordinaria evaluación para este curso. Eso debe de estar y eso es lo más importante de cara a una posible reclamación. Por supuesto ese anexo no puede recoger algo contrario a lo dictado por la Instrucción.
La segunda es el empeño que veo en muchos de vosotros en empeñarse en suspender alumnos por encima de todas las cosas.
Empeñarse en suspender y en complicarse la vida. Las instrucciones creo que, aún siendo vagas, dejaban bastante claro que lo complicado este curso era que alguien suspendiese. Algun@s no han pillado que en esta situación ni criterios, ni evaluación continua ni hostias. Y mira que para estas cosas suelo ser bastante estricto.
Una cosa es lo que decían o dicen las instrucciones y otra cosa son los globos sonda que mandaba la ministra sin base legal para que se aprobara a todo el mundo.
Unos intentan hacer cumplir la ley y otros tratan de no complicarse. Cada uno que elija el camino que quiera, faltaría más.
De todos modos, vuelvo a reiterarme, la compañera hizo lo correcto.
: zocter 04 July, 2020, 16:55:28 +02:00
Quizá lo que no entiendas con lo que quiero decir es lo de los objetivos finalistas o no finalistas...
Un objetivo finalista es aquel que se ve durante todo el curso... Por ejemplo, en matemáticas podría ser uno relacionado con sumar, o en inglés uno que trate sobre escribir redacciones...
Un objetivo no finalista es aquel que se ve en un momento... Por ejemplo, en historia la guerra civil.
Zocter, no dejas de sorprenderme.
¿De dónde sacas esa distinción entre objetivos finalistas y no finalistas?
Supongo que será del mismo sitio de dónde sacaste lo de evaluación continua real y no real, que desconozco cuál será y dudo que nos lo aclares, pero desde luego no es ni de la normativa que regula la evaluación en la ESO, ni en Bachillerato ni tampoco la de FP.
De todas formas, en la ESO, que es lo que nos ocupa, de conformidad con el Artículo 14 de la Orden de 14 de julio de 2006, los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias son los criterios de evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables, junto a los criterios de evaluación incluidos en el proyecto educativo del centro, así como los criterios de calificación incluidos en la programación didáctica.
Saludos.
Empeñarse en suspender a toda costa...
¿O empeñarse en aprobar a toda costa, favoreciendo aún más el deterioro de la enseñanza pública, dando acogida y cobertura a situaciones como las que esta compañera describe del caso de su alumna, desgraciadamente cada vez más habitual, hasta dónde bajaremos el nivel por no "complicarmos la vida"?.
No son ganas de complicar la vida a nadie, pero hay aprobados que se hacen con la nariz tapada.
Y ahí lo dejo.
Saludos.
: alboradas 04 July, 2020, 18:54:22 +02:00
Según esto, la alumna no ha superado, con el paradigma de la evaluación continua, los dos primeros trimestres.
¿Qué quieres decir con el paradigma de la evaluación continua? Ya he explicado, citando la normativa correspondiente, lo que significa evaluación continua.
Al margen de eso ¿qué razonamiento te lleva a la conclusión de que la alumna está suspensa?
Luzindel según parece es de Lengua Castellana y Literatura y no sabemos a qué curso se refiere, pero supongamos que es de 3º de la ESO. Pues bien, esa materia tiene aproximadamente 99 estándares de aprendizaje evaluable, que son los referentes a considerar en su evaluación a través de los diversos instrumentos utilizados, de los cuales podemos pensar que aproximadamente un tercio son los que se evalúan en cada trimestre, descartando los que no se han dado de forma presencial, salvo que le suban la nota.
Se supone que la calificación de la alumna en aproximadamente los primeros 33 estándares fue de un 6 y en los siguientes de un 4, y al calcular la nota final tenemos que en los 66 estándares a considerar la alumna obtiene un 5. Ya está, no hay que darle más vueltas.
Ya lo he dicho muchas veces y es indiscutible que no podemos exigir a una alumna que apruebe en todos y cada uno de los 99 estándares de aprendizaje evaluables, por lo que solo cabe como calificación final hacer la media aritmética o ponderada (si la programación incluye pesos en los estándares evaluables) de la nota obtenida en cada uno de los 99 estándares que tiene LCL en 3º de la ESO, que en este caso se reducen a los evaluados en los dos primeros trimestres.
Saludos.
: respublica 04 July, 2020, 23:47:27 +02:00
: zocter 04 July, 2020, 16:55:28 +02:00
Quizá lo que no entiendas con lo que quiero decir es lo de los objetivos finalistas o no finalistas...
Un objetivo finalista es aquel que se ve durante todo el curso... Por ejemplo, en matemáticas podría ser uno relacionado con sumar, o en inglés uno que trate sobre escribir redacciones...
Un objetivo no finalista es aquel que se ve en un momento... Por ejemplo, en historia la guerra civil.
Zocter, no dejas de sorprenderme.
¿De dónde sacas esa distinción entre objetivos finalistas y no finalistas?
Supongo que será del mismo sitio de dónde sacaste lo de evaluación continua real y no real, que desconozco cuál será y dudo que nos lo aclares, pero desde luego no es ni de la normativa que regula la evaluación en la ESO, ni en Bachillerato ni tampoco la de FP.
De todas formas, en la ESO, que es lo que nos ocupa, de conformidad con el Artículo 14 de la Orden de 14 de julio de 2006, los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias son los criterios de evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables, junto a los criterios de evaluación incluidos en el proyecto educativo del centro, así como los criterios de calificación incluidos en la programación didáctica.
Saludos.
De una conversación con un inspector que me supervisó mi fase de prácticas.
Un saludo.
: respublica 05 July, 2020, 00:15:19 +02:00
: alboradas 04 July, 2020, 18:54:22 +02:00
Según esto, la alumna no ha superado, con el paradigma de la evaluación continua, los dos primeros trimestres.
¿Qué quieres decir con el paradigma de la evaluación continua? Ya he explicado, citando la normativa correspondiente, lo que significa evaluación continua.
Al margen de eso ¿qué razonamiento te lleva a la conclusión de que la alumna está suspensa?
Luzindel según parece es de Lengua Castellana y Literatura y no sabemos a qué curso se refiere, pero supongamos que es de 3º de la ESO. Pues bien, esa materia tiene aproximadamente 99 estándares de aprendizaje evaluable, que son los referentes a considerar en su evaluación a través de los diversos instrumentos utilizados, de los cuales podemos pensar que aproximadamente un tercio son los que se evalúan en cada trimestre, descartando los que no se han dado de forma presencial, salvo que le suban la nota.
Se supone que la calificación de la alumna en aproximadamente los primeros 33 estándares fue de un 6 y en los siguientes de un 4, y al calcular la nota final tenemos que en los 66 estándares a considerar la alumna obtiene un 5. Ya está, no hay que darle más vueltas.
Ya lo he dicho muchas veces y es indiscutible que no podemos exigir a una alumna que apruebe en todos y cada uno de los 99 estándares de aprendizaje evaluables, por lo que solo cabe como calificación final hacer la media aritmética o ponderada (si la programación incluye pesos en los estándares evaluables) de la nota obtenida en cada uno de los 99 estándares que tiene LCL en 3º de la ESO, que en este caso se reducen a los evaluados en los dos primeros trimestres.
Saludos.
No exigirle a un alumno que DEBA aprobar todos los objetivos (o adquirirlos como cita la ley adecuadamente) implica que estas tocando algo que puede hacerse usando una ACS. Los objetivos y criterios de evaluación NO pueden ser modificados ni eliminados a nuestro antojo. En caso contrario, no se como explicarlo para que lo veas, estás saltandote a la torera la ley. El currículo se escribe para que se alcancen con un nivek mínimo todos los objetivos, te guste más o menos. Aprobar a un alumno que no ha alcanzado todos los objetivos, es ilegal.
: alboradas 04 July, 2020, 23:48:25 +02:00
Empeñarse en suspender a toda costa...
¿O empeñarse en aprobar a toda costa, favoreciendo aún más el deterioro de la enseñanza pública, dando acogida y cobertura a situaciones como las que esta compañera describe del caso de su alumna, desgraciadamente cada vez más habitual, hasta dónde bajaremos el nivel por no "complicarmos la vida"?.
No son ganas de complicar la vida a nadie, pero hay aprobados que se hacen con la nariz tapada.
Y ahí lo dejo.
Saludos.
Si se hace como dices se hace mal. No hay que complicarse ni en aprobar ni en suspender.
En lo que hay que complicarse es en hacer nuestro trabajo bien, lo que significa cumplir con la normativa que lo regula, y que indica que la evaluación debe ser siempre objetiva y emplear instrumentos de evaluación variados que comprueben el nivel de adquisición por parte del alumnado de cada uno de los estándares de aprendizaje evaluables de nuestra materia de la ESO.
En el caso descrito por
Luzindel, como muy bien le indicó su jefe de estudios, debió aprobar a la alumna, y si hubiese reclamado en plazo o jefatura hubiese supervisado las notas, estaría ya aprobada porque es lo que se merece objetivamente.
Saludos.
: zocter 05 July, 2020, 00:30:31 +02:00
: respublica 05 July, 2020, 00:15:19 +02:00
: alboradas 04 July, 2020, 18:54:22 +02:00
Según esto, la alumna no ha superado, con el paradigma de la evaluación continua, los dos primeros trimestres.
¿Qué quieres decir con el paradigma de la evaluación continua? Ya he explicado, citando la normativa correspondiente, lo que significa evaluación continua.
Al margen de eso ¿qué razonamiento te lleva a la conclusión de que la alumna está suspensa?
Luzindel según parece es de Lengua Castellana y Literatura y no sabemos a qué curso se refiere, pero supongamos que es de 3º de la ESO. Pues bien, esa materia tiene aproximadamente 99 estándares de aprendizaje evaluable, que son los referentes a considerar en su evaluación a través de los diversos instrumentos utilizados, de los cuales podemos pensar que aproximadamente un tercio son los que se evalúan en cada trimestre, descartando los que no se han dado de forma presencial, salvo que le suban la nota.
Se supone que la calificación de la alumna en aproximadamente los primeros 33 estándares fue de un 6 y en los siguientes de un 4, y al calcular la nota final tenemos que en los 66 estándares a considerar la alumna obtiene un 5. Ya está, no hay que darle más vueltas.
Ya lo he dicho muchas veces y es indiscutible que no podemos exigir a una alumna que apruebe en todos y cada uno de los 99 estándares de aprendizaje evaluables, por lo que solo cabe como calificación final hacer la media aritmética o ponderada (si la programación incluye pesos en los estándares evaluables) de la nota obtenida en cada uno de los 99 estándares que tiene LCL en 3º de la ESO, que en este caso se reducen a los evaluados en los dos primeros trimestres.
Saludos.
No exigirle a un alumno que DEBA aprobar todos los objetivos (o adquirirlos como cita la ley adecuadamente) implica que estas tocando algo que puede hacerse usando una ACS. Los objetivos y criterios de evaluación NO pueden ser modificados ni eliminados a nuestro antojo. En caso contrario, no se como explicarlo para que lo veas, estás saltandote a la torera la ley. El currículo se escribe para que se alcancen con un nivek mínimo todos los objetivos, te guste más o menos. Aprobar a un alumno que no ha alcanzado todos los objetivos, es ilegal.
Y si la compañera estima en su situación y con base su programación que un alumno NO ha superado 1, 3, o 5 objetivos y crea un plan de recuperación que el alumno NO hace, NO se como lo iban a aprobar en una reclamación por ese motivo, y mucho más este curso que ha tenido tres meses para recuperar (y aún le queda septiembre).
Si se aplicaran todos los criterios y sus estándares, al dedillo, al pie de la letra, tal y como dice la ley, en todas la materias y en todos los niveles, no sacaba la ESO ni el 10% del alumnado. Ni tan siquiera parte de los profesores que aquí estamos.
Ahora, por favor, cumplid la ley. A rajatabla.
: zocter 05 July, 2020, 00:30:31 +02:00
No exigirle a un alumno que DEBA aprobar todos los objetivos (o adquirirlos como cita la ley adecuadamente) implica que estas tocando algo que puede hacerse usando una ACS. Los objetivos y criterios de evaluación NO pueden ser modificados ni eliminados a nuestro antojo. En caso contrario, no se como explicarlo para que lo veas, estás saltandote a la torera la ley. El currículo se escribe para que se alcancen con un nivek mínimo todos los objetivos, te guste más o menos. Aprobar a un alumno que no ha alcanzado todos los objetivos, es ilegal.
Para que quede claro, ¿tú afirmas que en LCL de 3º de la ESO, para aprobar con un 5 en evaluación ordinaria hay que sacar un 5 en todos y cada uno de los 99 estándares de aprendizaje evaluables de esa materia?
Si es así, suspendiendo uno solo de los 99 el alumno está suspenso, pero estás muy equivocado y ya he explicado muchas veces por qué y sus fundamentos.
Saludos.
También habláis de que "el alumno saca un 5" o que "suspende tal criterio", como si esos aprobados o suspensos los pusiera una máquina.
No nos equivoquemos, las notas que sacan nuestros alumnos y alumnas tienen mucho de subjetividad de los profesores. No hay una objetividad "absoluta" en las calificaciones, por mucho que nosotros y las leyes nos empeñemos en lo contrario.
: zocter 05 July, 2020, 00:20:43 +02:00
: respublica 04 July, 2020, 23:47:27 +02:00
: zocter 04 July, 2020, 16:55:28 +02:00
Quizá lo que no entiendas con lo que quiero decir es lo de los objetivos finalistas o no finalistas...
Un objetivo finalista es aquel que se ve durante todo el curso... Por ejemplo, en matemáticas podría ser uno relacionado con sumar, o en inglés uno que trate sobre escribir redacciones...
Un objetivo no finalista es aquel que se ve en un momento... Por ejemplo, en historia la guerra civil.
Zocter, no dejas de sorprenderme.
¿De dónde sacas esa distinción entre objetivos finalistas y no finalistas?
Supongo que será del mismo sitio de dónde sacaste lo de evaluación continua real y no real, que desconozco cuál será y dudo que nos lo aclares, pero desde luego no es ni de la normativa que regula la evaluación en la ESO, ni en Bachillerato ni tampoco la de FP.
De todas formas, en la ESO, que es lo que nos ocupa, de conformidad con el Artículo 14 de la Orden de 14 de julio de 2006, los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias son los criterios de evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables, junto a los criterios de evaluación incluidos en el proyecto educativo del centro, así como los criterios de calificación incluidos en la programación didáctica.
Saludos.
De una conversación con un inspector que me supervisó mi fase de prácticas.
Un saludo.
Pues si es como dices, ese inspector se confundió o tú no lo entendiste bien, y para comprobarlo vete a la normativa que regula la evaluación en las diferentes enseñanzas y verás que no existe esa distinción entre esos tipos de objetivos, ni tampoco entre tipos de evaluación continua, como ya te he explicado.
Saludos.
: respublica 05 July, 2020, 01:01:54 +02:00
: zocter 05 July, 2020, 00:20:43 +02:00
: respublica 04 July, 2020, 23:47:27 +02:00
: zocter 04 July, 2020, 16:55:28 +02:00
Quizá lo que no entiendas con lo que quiero decir es lo de los objetivos finalistas o no finalistas...
Un objetivo finalista es aquel que se ve durante todo el curso... Por ejemplo, en matemáticas podría ser uno relacionado con sumar, o en inglés uno que trate sobre escribir redacciones...
Un objetivo no finalista es aquel que se ve en un momento... Por ejemplo, en historia la guerra civil.
Zocter, no dejas de sorprenderme.
¿De dónde sacas esa distinción entre objetivos finalistas y no finalistas?
Supongo que será del mismo sitio de dónde sacaste lo de evaluación continua real y no real, que desconozco cuál será y dudo que nos lo aclares, pero desde luego no es ni de la normativa que regula la evaluación en la ESO, ni en Bachillerato ni tampoco la de FP.
De todas formas, en la ESO, que es lo que nos ocupa, de conformidad con el Artículo 14 de la Orden de 14 de julio de 2006, los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias son los criterios de evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables, junto a los criterios de evaluación incluidos en el proyecto educativo del centro, así como los criterios de calificación incluidos en la programación didáctica.
Saludos.
De una conversación con un inspector que me supervisó mi fase de prácticas.
Un saludo.
Pues si es como dices, ese inspector se confundió o tú no lo entendiste bien, y para comprobarlo vete a la normativa que regula la evaluación en las diferentes enseñanzas y verás que no existe esa distinción entre esos tipos de objetivos, ni tampoco entre tipos de evaluación continua, como ya te he explicado.
Saludos.
No he dicho que me dijera que se diferencia en la normativa, he dicho que hay objetivos finalistas y otros que no lo son y por su propia naturaleza no se pueden evaluar igual, ya que unos se evalúan durante todo el año y otros puntualmente.
: alboradas 04 July, 2020, 23:48:25 +02:00
Empeñarse en suspender a toda costa...
¿O empeñarse en aprobar a toda costa, favoreciendo aún más el deterioro de la enseñanza pública, dando acogida y cobertura a situaciones como las que esta compañera describe del caso de su alumna, desgraciadamente cada vez más habitual, hasta dónde bajaremos el nivel por no "complicarmos la vida"?.
No son ganas de complicar la vida a nadie, pero hay aprobados que se hacen con la nariz tapada.
Y ahí lo dejo.
Saludos.
Si con un 6 y un 4, instrucciones en mano, aguantar que venga el inspector a mirarte todos "los papeles" y marearte hasta que le pongas un 5 no es complicarse la vida, apaga y vámonos.
En este gremio hay mucha gente problemática...
Siempre entro en este foro (general) para ver si existe alguna novedad interesante o algún trámite que se me ha podido pasar. Incluso si existe algún debate sano al que pueda aportar o una duda de un compañero que pueda esclarecer, pero se ha convertido en una lucha de egos que difuminan la verdadera utilidad del foro.
: eru1980 05 July, 2020, 10:47:55 +02:00
Siempre entro en este foro (general) para ver si existe alguna novedad interesante o algún trámite que se me ha podido pasar. Incluso si existe algún debate sano al que pueda aportar o una duda de un compañero que pueda esclarecer, pero se ha convertido en una lucha de egos que difuminan la verdadera utilidad del foro.
Totalmente de acuerdo.
: eru1980 05 July, 2020, 10:47:55 +02:00
Siempre entro en este foro (general) para ver si existe alguna novedad interesante o algún trámite que se me ha podido pasar. Incluso si existe algún debate sano al que pueda aportar o una duda de un compañero que pueda esclarecer, pero se ha convertido en una lucha de egos que difuminan la verdadera utilidad del foro.
Amén a todo.
Luzindel, yo no me dedico al Derecho pero te digo: una señora que me estuvo hinchando mucho las narices le acabé reclamando un punto en los horarios y se comió la reclamación. Una estafa que estoy viviendo de 600€ la despacho con dos argumentos, y no necesito ninguno más. En lo que te atañe basta saber que te han reclamado fuera de plazo para parar. Fin.
Este manejo de la ley, que puede parecer deshonesto, corresponde ni más ni menos a la forma en la que te van a tratar a ti a la primerísima de cambio, aplicando la conocida dura lex, sed lex.
Ahora, respecto al tema de ¿Han de estar superadas las evaluaciones para hacer media? a lo largo de siete años, y después de ver a decenas y decenas de compañeros en muchos centros, es muy habitual y considero lo extendido el no hacer media con evaluaciones no superadas. Lo que algunos compañeros cuentan aquí y apuntan en la ley a mí me parece estupendo, de hecho, tan estupendo como lo contrario, siempre que figure por escrito en la programación.
Cuando vaya al próximo centro en septiembre me ajustaré a lo que diga mi departamento y la dirección de mi centro. Si alguien quiere reclamar en tiempo y forma su nota yo siento en ese caso que le reclaman al centro-departamento y no a mí. No soy un "profesor justiciero" que va con la normativa en la mano al margen de compañeros, jefes de departamento, jefatura y dirección, avanzando como una apisonadora. Si inspección intercede que diga que hay que hacer y que cambien todos los documentos.
Compañera Luzindel, si estás haciendo lo que tienes por escrito y un día vienen a buscarte las cosquillas que te litiguen, que para eso están las reclamaciones. No creo que se te pueda tachar de problemática ¿Por qué no hacerlo con aquellos que se agarran a un clavo ardiendo y quieren aprobar en el despacho? Quizás hay otra palabra mejor para ellos.
De la diatriba legal de si se hace media o no, lo que me interesa simplemente es que, si eso es así, hay que trasladarlo a las programaciones y operar de acuerdo.
Problema ninguno....
Si no pretendo convencer a nadie, de verdad.
Ahora esto de las medias o medias aritméticas es el instrumento que menos refleja la realidad que se quiere representar.
Podríamos tener las calificaciones de 9, 4 y 2, por no ir a casos más extremos, en las respectivas tres evaluaciones y de media saldría aprobado.
Ahora bien, aquello de la evaluación continua, formativa, criterial, integradora... Serían meras palabras.
No olvidemos que todavía tiene la evaluación extraordinaria y que no quiso recuperar.
Dicho esto, os deseo un feliz verano y que carguéis pilas para el curso que viene.
Saludos.
Sin entrar en polémicas, entiendo lo que quiere decir zocter.
En mi materia, por ejemplo, hay un objetivo/contenido que se trataja durante todo el curso, como es el uso adecuado de las unidades y magnitudes, aunque el indicador de evaluación tiene otro nombre más extenso. Ese indicador puede estar presente en la mayoría de las tareas que hace un estudiante durante el curso.
Eso quiere decir que, en cada tarea selecciono ese indicador y es calificado de acuerdo con el desempeño del estudiante en la tarea. A medida que avanza el curso, el peso de cada calificación del indicador va siendo menor al repetirse tanto, por lo que es posible que un estudiante que superar las últimas tareas que contienen ese indicador no pueda "remontar" las calificaciones anteriores. También se debe tener en cuenta la ponderación de los bloques de contenidos en los que están contenidas las distintas tareas, claro.
La evaluación continua, que para mi asombro aún hay muchos docentes que no llevan a cabo y menos aún por competencias y con indicadores de evaluación, es una herramienta estupenda para ver el desarrollo de cada estudiante. El cuaderno de Séneca en la evaluación por competencias es realmente útil y permite hacerlo de manera simple.
Otra premisa de la que aquí se parte y que aunque aquí se considera estar escrita en piedra es desde mi punto de vista, falsa.
He visto las directrices que las Jefaturas han enviado a los Institutos respecto a las evaluaciones y criterios a seguir. Han asumido que hay que hacer la media aritmética con las calificaciones de las dos primeras evaluaciones.
Y en la Instrucción del 23 de abril , referente a evaluación, no indica nada de medias, ni ponderadas ni aritméticas.
Puedo estar equivocado, si así fuese agradecería que me sacaran de mi error.
En caso contrario muchas de las conclusiones que se han vertido en este hilo fallarían por su base.
No pensaba intervenir más en este hilo, pero como yo sí creo que el debate sano es muy enriquecedor y puede ayudar al gremio, pues bienvenido sea.
Saludos.
De hecho, yo mismo no hago media de nada porque la calificación de cada evaluación engloba a la anterior. Si un estudiante tiene un 6 en la primera evaluación y un 4 en la segunda evaluación, su calificación es precisamente un 4. Esto es lo que tiene la evaluación continua, que te da el resultado del estudiante en el mismo momento que lo estás mirando.
Eso sí, lo explicas a las familias y los estudiantes y siguen erre que erre con las medias.
: jmcala 05 July, 2020, 22:24:47 +02:00
De hecho, yo mismo no hago media de nada porque la calificación de cada evaluación engloba a la anterior. Si un estudiante tiene un 6 en la primera evaluación y un 4 en la segunda evaluación, su calificación es precisamente un 4. Esto es lo que tiene la evaluación continua, que te da el resultado del estudiante en el mismo momento que lo estás mirando.
Eso sí, lo explicas a las familias y los estudiantes y siguen erre que erre con las medias.
Exacto. De ahí lo que nombraba yo de evaluación continua "real" o no que dependerá de la materia, y algunos no dejaban de sorprenderse.
Según el amigo @res, lo estás haciendo mal.
: zocter 05 July, 2020, 22:55:43 +02:00
: jmcala 05 July, 2020, 22:24:47 +02:00
De hecho, yo mismo no hago media de nada porque la calificación de cada evaluación engloba a la anterior. Si un estudiante tiene un 6 en la primera evaluación y un 4 en la segunda evaluación, su calificación es precisamente un 4. Esto es lo que tiene la evaluación continua, que te da el resultado del estudiante en el mismo momento que lo estás mirando.
Eso sí, lo explicas a las familias y los estudiantes y siguen erre que erre con las medias.
Exacto. De ahí lo que nombraba yo de evaluación continua "real" o no que dependerá de la materia, y algunos no dejaban de sorprenderse.
Según el amigo @res, lo estás haciendo mal.
Y lo digo porque yo en una materia que imparto tengo objetivos "finalistas", que únicamente se ven asociados a un tema. Es decir, para mi, un 8 en la tercera evaluación NO es un 8, ya que si el primer trimestre lo tiene suspenso y no lo recuperó en su día, tendrá que recuperarlo más adelante. En cambio otra materia que imparto este añi tiene unos objetivos y evaluación tal y como indica @jmcala.
: zocter 05 July, 2020, 23:03:46 +02:00
: zocter 05 July, 2020, 22:55:43 +02:00
: jmcala 05 July, 2020, 22:24:47 +02:00
De hecho, yo mismo no hago media de nada porque la calificación de cada evaluación engloba a la anterior. Si un estudiante tiene un 6 en la primera evaluación y un 4 en la segunda evaluación, su calificación es precisamente un 4. Esto es lo que tiene la evaluación continua, que te da el resultado del estudiante en el mismo momento que lo estás mirando.
Eso sí, lo explicas a las familias y los estudiantes y siguen erre que erre con las medias.
Exacto. De ahí lo que nombraba yo de evaluación continua "real" o no que dependerá de la materia, y algunos no dejaban de sorprenderse.
Según el amigo @res, lo estás haciendo mal.
Y lo digo porque yo en una materia que imparto tengo objetivos "finalistas", que únicamente se ven asociados a un tema. Es decir, para mi, un 8 en la tercera evaluación NO es un 8, ya que si el primer trimestre lo tiene suspenso y no lo recuperó en su día, tendrá que recuperarlo más adelante. En cambio otra materia que imparto este añi tiene unos objetivos y evaluación tal y como indica @jmcala.
Evaluación continua, pero si tiene el criterio 1.3 del primer trimestre sin superar, a recuperar en septiembre... Anda ya...
: lestat 06 July, 2020, 07:40:15 +02:00
: zocter 05 July, 2020, 23:03:46 +02:00
: zocter 05 July, 2020, 22:55:43 +02:00
: jmcala 05 July, 2020, 22:24:47 +02:00
De hecho, yo mismo no hago media de nada porque la calificación de cada evaluación engloba a la anterior. Si un estudiante tiene un 6 en la primera evaluación y un 4 en la segunda evaluación, su calificación es precisamente un 4. Esto es lo que tiene la evaluación continua, que te da el resultado del estudiante en el mismo momento que lo estás mirando.
Eso sí, lo explicas a las familias y los estudiantes y siguen erre que erre con las medias.
Exacto. De ahí lo que nombraba yo de evaluación continua "real" o no que dependerá de la materia, y algunos no dejaban de sorprenderse.
Según el amigo @res, lo estás haciendo mal.
Y lo digo porque yo en una materia que imparto tengo objetivos "finalistas", que únicamente se ven asociados a un tema. Es decir, para mi, un 8 en la tercera evaluación NO es un 8, ya que si el primer trimestre lo tiene suspenso y no lo recuperó en su día, tendrá que recuperarlo más adelante. En cambio otra materia que imparto este añi tiene unos objetivos y evaluación tal y como indica @jmcala.
Evaluación continua, pero si tiene el criterio 1.3 del primer trimestre sin superar, a recuperar en septiembre... Anda ya...
Durante el curso le tienes que hacer un plan de recuperación, y en última instancia irá a septiembre.
Tú dirás... Qué menos...
: lestat 06 July, 2020, 09:25:19 +02:00
Tú dirás... Qué menos...
Lo que digo yo no, lo que dice la normativa.
: jmcala 05 July, 2020, 22:24:47 +02:00
De hecho, yo mismo no hago media de nada porque la calificación de cada evaluación engloba a la anterior. Si un estudiante tiene un 6 en la primera evaluación y un 4 en la segunda evaluación, su calificación es precisamente un 4. Esto es lo que tiene la evaluación continua, que te da el resultado del estudiante en el mismo momento que lo estás mirando.
Eso sí, lo explicas a las familias y los estudiantes y siguen erre que erre con las medias.
Pues precisamente a eso me refería al paradigma de la evaluación continua. La última evaluación engloba el resultado obtenido hasta ese momento, pues se supone que se han tomado medidas de recuperación en base a evaluación continua y formativa.
Saludos.
Efectivamente.
Si tengo el criterio 1.3 que solo se aplica en una unidad de un bloque dado y queda sin cubrir, dependiendo de la ponderación del bloque, puede tener un peso tal que haga que la calificación final se resienta. En tareas sucesivas debes proponer formas de superar ese criterio y ofrecer la oportunidad a los estudiantes que tienen el criterio por superar (o a todos lo que quieran mejorarlo).
Otros criterios aparecen durante todo el curso en diversos bloques y es muy fácil que los estudiantes con interés puedan superarlos.
Para mí, la clave está en hacer una buena ponderación de los bloques que se refelje en los criterios que se trabajan en cada uno de ellos. También es muy útil afinar mucho en cómo se ponderan los instrumentos de evaluación. Por ejemplo, si quieres que trabajen en equipo y las sesiones de clase sean dinámicas y tomadas en serio, la ponderación que puedes hacer es que el trabajo de aula, la participación en las sesiones y la capacidad de coordinación del equipo sumen un 50% de la calificación total. De ese modo te aseguras que todo quisque que tenga interés en superar la materia se ponga las pilas en clase y trabaje con ganas.
Mi experiencia es de, de esta manera, muchos estudiantes se enganchan a trabajar en clase y perciben que pueden superar la materia porque tienen muchas cosas distintas que hacer que les permiten progresar y mejorar. Eso sí, las pruebas escritas dejan de tener el peso que tradicionalmente se les ha dado para pasar a ser una más de las maneras de medir el progreso de los estudiantes.
Al principio cuesta mucho hacerse a este modo de trabajar y los estudiantes muestran una resistencia feroz al cambio pero, tras el primer trimestre, se reconduce la situación y el trabajo se hace mucho más grato y los resultados son buenos.
: jmcala 07 July, 2020, 08:11:49 +02:00
Efectivamente.
Si tengo el criterio 1.3 que solo se aplica en una unidad de un bloque dado y queda sin cubrir, dependiendo de la ponderación del bloque, puede tener un peso tal que haga que la calificación final se resienta. En tareas sucesivas debes proponer formas de superar ese criterio y ofrecer la oportunidad a los estudiantes que tienen el criterio por superar (o a todos lo que quieran mejorarlo).
Otros criterios aparecen durante todo el curso en diversos bloques y es muy fácil que los estudiantes con interés puedan superarlos.
Para mí, la clave está en hacer una buena ponderación de los bloques que se refelje en los criterios que se trabajan en cada uno de ellos. También es muy útil afinar mucho en cómo se ponderan los instrumentos de evaluación. Por ejemplo, si quieres que trabajen en equipo y las sesiones de clase sean dinámicas y tomadas en serio, la ponderación que puedes hacer es que el trabajo de aula, la participación en las sesiones y la capacidad de coordinación del equipo sumen un 50% de la calificación total. De ese modo te aseguras que todo quisque que tenga interés en superar la materia se ponga las pilas en clase y trabaje con ganas.
Mi experiencia es de, de esta manera, muchos estudiantes se enganchan a trabajar en clase y perciben que pueden superar la materia porque tienen muchas cosas distintas que hacer que les permiten progresar y mejorar. Eso sí, las pruebas escritas dejan de tener el peso que tradicionalmente se les ha dado para pasar a ser una más de las maneras de medir el progreso de los estudiantes.
Al principio cuesta mucho hacerse a este modo de trabajar y los estudiantes muestran una resistencia feroz al cambio pero, tras el primer trimestre, se reconduce la situación y el trabajo se hace mucho más grato y los resultados son buenos.
Sí, como toda la vida... Cuando algo no se sabe pues baja un poco la nota... Lo que no veo normal es mandar a septiembre a alguien porque no sabe uno de los 70 criterios de evaluación...
Yo no he dicho eso.
Insito en lo importante que es ponderar bien los bloques o unidades porque, de esa ponderación, unos criterios serán más necesarios para superar la materia y otros lo serán menos. Puede superarse la materia con un número considerable de criterios sin superar si las ponderaciones no han sido bien consideradas.
Una vez que la calificación ponderada alcanza el cinco, la materia está superada a no ser que se pueda demostrar que no ha alcanzado las competencias básicas necesarias para afrontar con éxito en siguiente curso.
: jmcala 08 July, 2020, 07:59:10 +02:00
Yo no he dicho eso.
Insito en lo importante que es ponderar bien los bloques o unidades porque, de esa ponderación, unos criterios serán más necesarios para superar la materia y otros lo serán menos. Puede superarse la materia con un número considerable de criterios sin superar si las ponderaciones no han sido bien consideradas.
Una vez que la calificación ponderada alcanza el cinco, la materia está superada a no ser que se pueda demostrar que no ha alcanzado las competencias básicas necesarias para afrontar con éxito en siguiente curso.
Sí. Estamos de acuerdo.