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Reunión de departamento de 30min

Iniciado por quitamanias, 28 Septiembre, 2015, 11:44:57 AM

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Strelnikov

Cita de: fioco en 05 Octubre, 2015, 00:20:41 AM
Cita de: Strelnikov en 04 Octubre, 2015, 16:46:54 PM
Pues según la orden sobre funcionamiento de los institutos de enseñanza secundaria la reunión de departamento es obligatoria y de una hora, y según la orden de 20 de agosto de 2010 debe ir dentro del horario regular. Cualquier otra cosa es ilegal y hay que recurrirla.

claro, en mi centro es obligatoria y de una hora, pero.... cada 15 días. En el horario ponemos solo media hora para indicar que la reunión será cada 2 semanas.

No, no puede ser. Al estar obligatoriamente dentro del horario regular quiere decir que se tiene que producir cada semana. Lo que pasa en tu centro sigue siendo recurrible.

xatonz

Cita de: Strelnikov en 05 Octubre, 2015, 07:35:20 AM
Cita de: fioco en 05 Octubre, 2015, 00:20:41 AM
Cita de: Strelnikov en 04 Octubre, 2015, 16:46:54 PM
Pues según la orden sobre funcionamiento de los institutos de enseñanza secundaria la reunión de departamento es obligatoria y de una hora, y según la orden de 20 de agosto de 2010 debe ir dentro del horario regular. Cualquier otra cosa es ilegal y hay que recurrirla.

claro, en mi centro es obligatoria y de una hora, pero.... cada 15 días. En el horario ponemos solo media hora para indicar que la reunión será cada 2 semanas.

No, no puede ser. Al estar obligatoriamente dentro del horario regular quiere decir que se tiene que producir cada semana. Lo que pasa en tu centro sigue siendo recurrible.

En el mío igual, además de que están en el irregular.


majerisa

Cita de: mmarfc en 03 Octubre, 2015, 09:21:30 AM
Cita de: Profesor en 29 Septiembre, 2015, 13:06:18 PM
A ver, tengo una pregunta muy concreta: en el caso de que a los jefes de Dpto. se les haya puesto esa hora en el horario regular la reunión y al resto de miembros en el horario no regular..

¿puede el jefe de Dpto convocar a todos los miembros en esa hora semanal todas las semanas?
No puedes tenerla en el horario no regular. Así de sencillo. Denuncialo

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Que es considerado horario regular?. Yo tengo 20 horas lectivas, 3 guardias, la hora de tutor y una hora de reunion de departamento que la tenemos por las tardes. ¿Es corecto?

Batnam

El horario regular es el que se repite cada semana


franxx

Cita de: majerisa en 05 Octubre, 2015, 10:23:33 AM
Cita de: mmarfc en 03 Octubre, 2015, 09:21:30 AM
Cita de: Profesor en 29 Septiembre, 2015, 13:06:18 PM
A ver, tengo una pregunta muy concreta: en el caso de que a los jefes de Dpto. se les haya puesto esa hora en el horario regular la reunión y al resto de miembros en el horario no regular..

¿puede el jefe de Dpto convocar a todos los miembros en esa hora semanal todas las semanas?
No puedes tenerla en el horario no regular. Así de sencillo. Denuncialo

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Que es considerado horario regular?. Yo tengo 20 horas lectivas, 3 guardias, la hora de tutor y una hora de reunion de departamento que la tenemos por las tardes. ¿Es corecto?

No, si eres tutor de secundaria tienes que tener 4 horas de tutoria siendo 2 de ellas lectivas y si eres tutor de bachiller 3 horas. En secundaria hay que añadirle 1 hora de Rd y otra de reunión de tutores así que sólo tendrias que tener 1 hora de guardia. Todo lo que exceda de eso en un horario en diferido...

Batnam

Toma ya...en mi centro han quitado las reuniones de departamento

rents

Cómo sería un reportaje de Equipo de Investigación de la Sexta sobre esto... Y la Juuuuuuunta permiteeee que se hagan horariossssss ilegales a sabieeeeeendas de que lo soooon.

Pues sí, eso está pasando. Hay una ley y la Junta permite que se incumpla con tal de no contratar a más profesores. Cómo podemos defendernos si ya un juez se pronunció al respecto? Cómo podemos defendernos de aquellos que tienen que defendernos a nosotros haciendo cumplir la ley?

toroloco

Cita de: rents en 06 Octubre, 2015, 15:07:45 PM
Cómo sería un reportaje de Equipo de Investigación de la Sexta sobre esto... Y la Juuuuuuunta permiteeee que se hagan horariossssss ilegales a sabieeeeeendas de que lo soooon.

Pues sí, eso está pasando. Hay una ley y la Junta permite que se incumpla con tal de no contratar a más profesores. Cómo podemos defendernos si ya un juez se pronunció al respecto? Cómo podemos defendernos de aquellos que tienen que defendernos a nosotros haciendo cumplir la ley?

Tus preguntas sólo tienen un camino, el juzgado, tras unos tres años habrá sentencia que te dará la razón y nada más, el/los/las/la responsable/s de la burla serían premiados por el dinero que le han ahorrado a la administración y que muy probablemente se empleará para pillerías varias cómo pagar dietas cuando no se necesitan o algo así.
La respuesta es facil, el día en el que un/a juez/jueza especifique en su sentencia que los delitos cometidos deben condenar y condenan a 1.298 años de inhabilitación para cargo político a todas las personas directamente responsables en los delitos de prevaricación y fraude de ley y a 789 años de suspensión de empleo y sueldo para las personas que cumplen órdenes a sabaiendas o no (dependiendo del grado de profesionalidad que tengan) del delito en el que colaboran. Para estos ultimos, la denuncia sobre la imposición de modos de trabajo ilegales les haría alcanzar la absolución en un nanosegundo, siempre y cuando quedara debidamente documentado.
O sea, never, never, never.


mmarfc

Haced un documento denunciando todas las irregularidades y firmarlo todo el claustro. Luego lo presenta is en delegación  dirigido a inspección. 
Esto no se puede consentir. Se están riendo de nosotros

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nanin

Pues me parece a mi que en mi centro lo voy a firmar yo solo....xq vaya tela de compañeros....


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