¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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F P BÁSICA

Iniciado por nono2, 20 Marzo, 2016, 15:04:26 PM

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oricor

Cita de: nono2 en 26 Abril, 2016, 22:04:00 PM
Además, no debería de estar tan claro cuando son muchos los centros en los que se ha seguido igual que el año anterior y que ahora se han encontrado con el problema.

Todo el profesorado no entra a este foro, por lo tanto, la Consejería tendría que "hablar claro" por los canales y medios oficiales apropiados y no dar lugar a estos problemas.

El profesorado bastante tiene con intentar dar clase, enseñar al alumnado y salir indemne día a día de nuestras aulas; además de cumplir con todas nuestras tareas administrativas, tutoriales y lo que se presente.

Espero que se solucione lo antes posible.

Totalmente de acuerdo contigo. El problema en los centros que yo conozco de mi zona que han decidido (no se si ahora debería decir, habían decidido..) llevar al alumnado de 1º a la FCT lo han hecho pensando que lo hacían bajo el amparo legal puesto que unas instrucciones tienen rango inferior a una orden . Si además tenemos en cuenta que los curriculos a los que hacen referencia estas instrucciones no están aprobados..pues ahí tenemos el pastel... En fin, ánimo y que se resuelva todo lo mejor posible.

Saludos.

rantanplan

Cita de: oricor en 26 Abril, 2016, 22:34:14 PMlo han hecho pensando que lo hacían bajo el amparo legal puesto que unas instrucciones tienen rango inferior a una orden . Si además tenemos en cuenta que los curriculos a los que hacen referencia estas instrucciones no están aprobados..pues ahí tenemos el pastel... En fin, ánimo y que se resuelva todo lo mejor posible.

La orden dice (creo recordar que en su preámbulo) que se aplica a los alumnos que empiezan la FPB el curso 2014/2015. Para los alumnos que empezaban este curso, no tenías otra normativa que la propia instrucción.


rantanplan

Cita de: rantanplan en 26 Abril, 2016, 23:05:19 PM
Cita de: oricor en 26 Abril, 2016, 22:34:14 PMlo han hecho pensando que lo hacían bajo el amparo legal puesto que unas instrucciones tienen rango inferior a una orden . Si además tenemos en cuenta que los curriculos a los que hacen referencia estas instrucciones no están aprobados..pues ahí tenemos el pastel... En fin, ánimo y que se resuelva todo lo mejor posible.

La orden dice (creo recordar que en su preámbulo) que se aplica a los alumnos que empiezan la FPB el curso 2014/2015. Para los alumnos que empezaban este curso, no tenías otra normativa que la propia instrucción.

Efectivamente, en el preámbulo:

CitarLa publicación de esta Orden tiene como objetivo regular los aspectos de la ordenación de estas enseñanzas para el alumnado que las ha iniciado el curso académico 2014/2015, desarrollar los currículos de los diferentes títulos de Formación Profesional Básica implantados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que hasta ahora han estado a disposición de la Comunidad Educativa como proyectos y regular el procedimiento de escolarización de estas enseñanzas para el curso académico 2015/2016.

oricor

Cita de: rantanplan en 26 Abril, 2016, 23:10:08 PM
Cita de: rantanplan en 26 Abril, 2016, 23:05:19 PM
Cita de: oricor en 26 Abril, 2016, 22:34:14 PMlo han hecho pensando que lo hacían bajo el amparo legal puesto que unas instrucciones tienen rango inferior a una orden . Si además tenemos en cuenta que los curriculos a los que hacen referencia estas instrucciones no están aprobados..pues ahí tenemos el pastel... En fin, ánimo y que se resuelva todo lo mejor posible.

La orden dice (creo recordar que en su preámbulo) que se aplica a los alumnos que empiezan la FPB el curso 2014/2015. Para los alumnos que empezaban este curso, no tenías otra normativa que la propia instrucción.

Efectivamente, en el preámbulo:

CitarLa publicación de esta Orden tiene como objetivo regular los aspectos de la ordenación de estas enseñanzas para el alumnado que las ha iniciado el curso académico 2014/2015, desarrollar los currículos de los diferentes títulos de Formación Profesional Básica implantados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que hasta ahora han estado a disposición de la Comunidad Educativa como proyectos y regular el procedimiento de escolarización de estas enseñanzas para el curso académico 2015/2016.

En este caso me refería a los currículos de referencia:

La publicación de esta Orden tiene como objetivo regular los aspectos de la ordenación de estas enseñanzas para el alumnado que las ha iniciado el curso académico 2014/2015, desarrollar los currículos de los diferentes títulos de Formación Profesional Básica implantados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que hasta ahora han estado a disposición de la Comunidad Educativa como proyectos y regular el procedimiento de escolarización de estas enseñanzas para el curso académico 2015/2016.

Saludos


respublica

Cita de: oricor en 21 Abril, 2016, 17:54:40 PM
Cita de: LGH en 21 Abril, 2016, 11:04:42 AM
Por otro lado, retomo las dudas que planteé hace unos días, a ver si alguien puede aportar luz sobre este tema.
¿Cualquier profesor que imparte clases en FPB puede realizar el seguimiento de las prácticas, o tiene que ser el profesor técnico? ¿Quién es responsable realmente de realizar la evaluación? Porque entiendo que el único que sabe cómo transcurren las prácticas es el tutor de la empresa. Sé que en algunos centros, en base a la información aportada por el tutor del centro de trabajo y los informes de seguimiento que realiza el profesorado, se evalúan las prácticas. Pero no sé dónde se recogen todos estos aspectos en la normativa.

Esto mismo lo hemos hablado hoy. Una vez más  la normativa de FPB no aclara nada de este aspecto. En el antiguo PCPI nosotros hemos llegado incluso a realizar el seguimiento de las prácticas de forma coordinada la maestra de la formación básica y el técnico . Lo lógico es que la realice el profesorado técnico y así lo vamos a hacer nosotros. La evaluación la hacemos tal cual tu has comentado en base a la información aportada por el tutor del centro de trabajo y los informes de seguimiento.

Saludos y seguimos intercambiando impresiones...

La asignación de las especialidades docentes a los módulos profesionales asociados a unidades de competencia y al módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo vienen definidas en el Anexo del perfil profesional correspondiente del RD 127/2014, de 28 de febrero que regula la FP Básica.

He consultado algunos y lo que veo es que son las mismas especialidades para FCT que para el resto de módulos profesionales técnicos por tanto el resto de profesorado de FPB no puede impartir el módulo de FCT.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

oricor

Cita de: respublica en 26 Abril, 2016, 23:37:34 PM
Cita de: oricor en 21 Abril, 2016, 17:54:40 PM
Cita de: LGH en 21 Abril, 2016, 11:04:42 AM
Por otro lado, retomo las dudas que planteé hace unos días, a ver si alguien puede aportar luz sobre este tema.
¿Cualquier profesor que imparte clases en FPB puede realizar el seguimiento de las prácticas, o tiene que ser el profesor técnico? ¿Quién es responsable realmente de realizar la evaluación? Porque entiendo que el único que sabe cómo transcurren las prácticas es el tutor de la empresa. Sé que en algunos centros, en base a la información aportada por el tutor del centro de trabajo y los informes de seguimiento que realiza el profesorado, se evalúan las prácticas. Pero no sé dónde se recogen todos estos aspectos en la normativa.

Esto mismo lo hemos hablado hoy. Una vez más  la normativa de FPB no aclara nada de este aspecto. En el antiguo PCPI nosotros hemos llegado incluso a realizar el seguimiento de las prácticas de forma coordinada la maestra de la formación básica y el técnico . Lo lógico es que la realice el profesorado técnico y así lo vamos a hacer nosotros. La evaluación la hacemos tal cual tu has comentado en base a la información aportada por el tutor del centro de trabajo y los informes de seguimiento.

Saludos y seguimos intercambiando impresiones...

La asignación de las especialidades docentes a los módulos profesionales asociados a unidades de competencia y al módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo vienen definidas en el Anexo del perfil profesional correspondiente del RD 127/2014, de 28 de febrero que regula la FP Básica.

He consultado algunos y lo que veo es que son las mismas especialidades para FCT que para el resto de módulos profesionales técnicos por tanto el resto de profesorado de FPB no puede impartir el módulo de FCT.


Saludos.

Perfecto, muchas gracias.


respublica

Cita de: oricor en 26 Abril, 2016, 22:34:14 PM
Totalmente de acuerdo contigo. El problema en los centros que yo conozco de mi zona que han decidido (no se si ahora debería decir, habían decidido..) llevar al alumnado de 1º a la FCT lo han hecho pensando que lo hacían bajo el amparo legal puesto que unas instrucciones tienen rango inferior a una orden.

Unas Instrucciones son de rango inferior a una Orden pero en este curso no hay ninguna Orden que regule el primer curso de FPB puesto que la Orden de 9 de junio de 2015 cuando regula la ordenación de la FCT en la FPB en su artículo 7 del Capítulo II, se refiere únicamente al alumnado que inició esas enseñanzas el curso académico 2014/2015.

Así que no hay ninguna cobertura legal para que este curso los alumnos de 1º de FPB cursen el módulo profesional de FCT, que además conlleva cuestiones importantes como seguros de accidentes, prevención de riesgos laborales, contratos con empresas, etc.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: LGH en 17 Abril, 2016, 15:22:49 PM

- Aquellos alumn@s que tengan módulos pendientes (sean éstos los que sean) durante el periodo de FCT deben realizar un programa de recuperación en el instituto durante al menos el 50% de las horas lectivas. Si este programa es completamente presencial, se da la circunstancia que entre las 6 horas de prácticas y las 2-3 del programa de recuperación, habrá alumnos que tengan que tener un horario de 8-9 horas diarias. Con lo cual es prácticamente obligatorio que tengan horario de mañana y tarde.

No hay ninguna normativa que indique que el programa de recuperación deba constar de al menos el 50 % de las horas lectivas.

Lo que dice la Orden de 9 de junio de 2015 (aplicable sólo al alumnado de 2º de este curso) en el artículo 13.5 para el alumnado que se incorpore a la FCT con módulos suspensos es que el equipo educativo deberá organizar la atención que reciba el alumnado que habiéndose incorporado a la FCT, deba recuperar en la segunda convocatoria anual alguno de los restantes módulos profesionales.

Y que deben ser dos convocatorias finales por curso lo establece el artículo 23.2 del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero y por tanto es de aplicación para toda España y para todos los cursos.

También hay que tener en cuenta que a falta de regulación específica, dado que, según la LOMCE, la FP Básica son enseñanzas de FP, se les aplica la normativa que regula la FP.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


nono2

Cita de: respublica en 27 Abril, 2016, 00:17:00 AM
No hay ninguna normativa que indique que el programa de recuperación deba constar de al menos el 50 % de las horas lectivas.
              .....           ......

También hay que tener en cuenta que a falta de regulación específica, dado que, según la LOMCE, la FP Básica son enseñanzas de FP, se les aplica la normativa que regula la FP.



La FP Básica es indudablemente Formación Profesional, en LOMCE o sin ella.



rantanplan

Cita de: oricor en 26 Abril, 2016, 23:15:42 PM
En este caso me refería a los currículos de referencia:

En la redacción lo que se dice es que la orden tiene por objeto desarrollar los currículos, sí, que es competencia del legislador y efectivamente la hace. Ordenar su aplicación entra dentro del concepto de la ordenación de la enseñanza, lo cual sólo se hace para los que empiezan curso en 2014/2015.

Y, en cualquier caso, aunque entendieras que está es una interpretación muy forzada (que la instrucción, por otra parte, sanciona), una orden autonómica no puede contravenir las ordenes nacionales que regula los currículos, Estas órdenes nacionales están vigentes y publicadas y dictan que las 240 horas de la FCT se hacen en 2º.  Échale un vistazo a algunos currículos y lo comprobarás:

http://www.todofp.es/todofp/que-como-y-donde-estudiar/que-estudiar/familias/titulos-loe.html


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