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F P BÁSICA

Iniciado por nono2, 20 Marzo, 2016, 15:04:26 PM

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Cita de: oricor en 27 Abril, 2016, 16:29:41 PM
Si se consideran enseñanzas de formación profesional, y por tanto, no enseñanza obligatoria, ¿por qué nos están obligando informar del absentismo del alumnado menor de 16 años?.  anaid3 Clarísimo es el argumento de que están en edad de escolarización obligatoria pero la enseñanza no lo es así que..¿con qué nos quedamos???

La cosa está clara y no hay contradicciones: la enseñanza es obligatoria entre los 6 y 16 años pero los dos últimos años no es obligatorio que los alumnos cursen la ESO, sino que alternativamente pueden cursar la FP Básica en las condiciones que establece la normativa.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

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Cita de: oricor en 27 Abril, 2016, 16:48:22 PM
Cita de: respublica en 26 Abril, 2016, 23:54:40 PM
Cita de: oricor en 26 Abril, 2016, 22:34:14 PM
Totalmente de acuerdo contigo. El problema en los centros que yo conozco de mi zona que han decidido (no se si ahora debería decir, habían decidido..) llevar al alumnado de 1º a la FCT lo han hecho pensando que lo hacían bajo el amparo legal puesto que unas instrucciones tienen rango inferior a una orden.

Unas Instrucciones son de rango inferior a una Orden pero en este curso no hay ninguna Orden que regule el primer curso de FPB puesto que la Orden de 9 de junio de 2015 cuando regula la ordenación de la FCT en la FPB en su artículo 7 del Capítulo II, se refiere únicamente al alumnado que inició esas enseñanzas el curso académico 2014/2015.

Así que no hay ninguna cobertura legal para que este curso los alumnos de 1º de FPB cursen el módulo profesional de FCT, que además conlleva cuestiones importantes como seguros de accidentes, prevención de riesgos laborales, contratos con empresas, etc.


Saludos.

Y ya lo último...al hablar de que los centros han valorado el llevar al alumnado a la FCT en 1º, e insisto en que no es nuestro caso puesto que nosotros hemos seguido las instrucciones para 1º y la orden de 9 de junio para 2º, lo han hecho amparados en que los curriculos a los que hacen referencia las instrucciones son BORRADORES, es decir, que ni siquiera están aprobados, no tienen validez legal, o eso creemos ...porque seguro que también habrá un argumento para eso..

La normativa que está en fase de proyecto obviamente no está en vigor pero esa no es la cuestión aquí.

Si hubiese una Orden en vigor y otra en fase de proyecto sólo se aplicaría la que esté en vigor pero para el primer curso de FPB no hay ninguna Orden en vigor porque la que hay es de aplicación sólo al alumnado que empezó el curso pasado, es decir sólo a segundo de FPB y no cabe ninguna duda de esto porque la propia Orden lo deja bien claro y también el portal de FP de la Consejería de Educación.

Por tanto, ante ausencia de normativa, más allá de la estatal, que es el RD que regula la FPB y que dice que serán las comunidades autónomas quienes completen el currículo y establezcan su ordenación, la Directora General de FP dictó unas instrucciones el 1 de septiembre para la impartición del primer curso de FPB y todos los centros que la impartan tienen la obligación de seguirlas y eso conlleva que en primer curso no se cursa el módulo profesional de FCT.

Ningún director tiene competencias para desobedecer esas instrucciones ni interpretar la normativa a su antojo.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


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Cita de: oricor en 27 Abril, 2016, 21:11:14 PM
Pero insisto, la FPB no interesa a la Junta y por lo tanto está asentada bajo unas órdenes/instrucciones/borradores..¿de verdad es esto serio?... bueno, es verdad, no daba tiempo a regular el curriculum como debería de ser...en fin...


La Junta de Andalucía se opone a la LOMCE y la FPB es uno de los cambios más criticados, no sólo por la oposición política al PP sino por todos los sindicatos, y USTEA es uno de los más beligerantes, y la única forma que tienen las comunidades autónomas de oponerse a la LOMCE es retrasar todo lo posible el desarrollo de su normativa.

Mientras tanto el alumnado y profesorado implicado es quien lo sufre.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

rantanplan

Cita de: respublica en 28 Abril, 2016, 10:22:28 AMEl currículo básico es el que viene en el Real Decreto de la FPB, que luego las administraciones educativas completan y establecen en su ámbito lo que la norma estatal haya dejado a las comunidades autónomas.

Gracias por la aclaración.


respublica

Comunicado de USTEA: La Formación Profesional Básica, el despropósito que reaparece

Al respecto, cuando se dice "No se ha buscado una solución al hecho de que el alumnado que titule deberá esperar un año para continuar los estudios, si lo desea", no es correcto, puesto que la LOMCE ya prevé el paso directo a FP de grado medio y además el gobierno ha establecido que hasta que no haya reválidas en la ESO, además del título Profesional Básico se les dará el título de la ESO.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

rantanplan

Cita de: respublica en 28 Abril, 2016, 23:06:23 PM
Comunicado de USTEA: La Formación Profesional Básica, el despropósito que reaparece

Al respecto, cuando se dice "No se ha buscado una solución al hecho de que el alumnado que titule deberá esperar un año para continuar los estudios, si lo desea", no es correcto, puesto que la LOMCE ya prevé el paso directo a FP de grado medio y además el gobierno ha establecido que hasta que no haya reválidas en la ESO, además del título Profesional Básico se les dará el título de la ESO.

¿Afirma eso USTEA en abril cuando el que les dan el título de la ESO se sabe desde noviembre del año pasado? (Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.)

CitarDisposición transitoria única. Obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por los titulados en Formación Profesional Básica en los cursos 2015/16 o 2016/17.

Los alumnos y alumnas que obtengan un título de Formación Profesional Básica en los cursos 2015/2016 o 2016/2017, en tanto no sea de aplicación la evaluación prevista en el artículo 44.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrán obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria, siempre que, en la evaluación final del ciclo formativo, el equipo docente considere que han alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y adquirido las competencias correspondientes.

En estos casos, la calificación final de Educación Secundaria Obligatoria será la calificación media obtenida en los módulos asociados a los bloques comunes previstos en el artículo 42.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

LGH

Cita de: respublica en 28 Abril, 2016, 23:06:23 PM
Comunicado de USTEA: La Formación Profesional Básica, el despropósito que reaparece

Al respecto, cuando se dice "No se ha buscado una solución al hecho de que el alumnado que titule deberá esperar un año para continuar los estudios, si lo desea", no es correcto, puesto que la LOMCE ya prevé el paso directo a FP de grado medio y además el gobierno ha establecido que hasta que no haya reválidas en la ESO, además del título Profesional Básico se les dará el título de la ESO.


Saludos.


Creo que la apreciación con respecto a la obtención del título de la ESO no es correcta. La obtención del título de ESO está supeditada a que en la evaluación final de FPB el equipo docente considere que el alumn@ ha alcanzado los objetivos y competencias propios de la Educación Secundaria OBligatoria. Por lo tanto, no se les dará automáticamente a todo el alumnado que supere la FPB.

LGH

Por otro lado, personalmente opino que podría estar todo más claro, y a la vista está que hay aspectos que dan lugar a confusión en la normativa.

Nosotros todavía estamos ultimando el programa de recuperación para los alumnos que sí acuden a las prácticas pero tienen módulos pendientes. Efectivamente, la obligatoriedad de hacer un programa de al menos el 50% del horario del alumnado es para el caso que no realicen la FCT. En caso que sí la realicen pero tengan módulos pendientes, sólo dice la normativa que hay que establecer un programa de recuperación, aunque no especifica nada más al respecto.
En mi centro estamos apostando por elaborar un horario que incluya clases presenciales en el programa de recuperación. ¿Alguien que lo esté haciendo de otro modo?


nono2

Bueno, ya puestos ... otra duda.

Como parece que estáis bastante más informados que algunos equipos directivos, ¿podríais aclararme las fechas aproximadas de las evaluaciones de 1º FPB?  ¿Qué normativa les aplicamos?

Gracias a tod@s y saludos.

karlovaca

Cita de: nono2 en 03 Mayo, 2016, 20:23:32 PM
Bueno, ya puestos ... otra duda.

Como parece que estáis bastante más informados que algunos equipos directivos, ¿podríais aclararme las fechas aproximadas de las evaluaciones de 1º FPB?  ¿Qué normativa les aplicamos?

Gracias a tod@s y saludos.

En mi centro, la primera evaluación a final de mayo y la segunda el 23 de junio.
Y que sea lo que Dios quiera, al menos este año.
Webeloper


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