¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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Bilingüe a No Bilingüe no se puede según borrad. coloc. d efect. Al contrario si

Iniciado por olala, 11 Mayo, 2016, 21:43:24 PM

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jmcala

Habrá que esperar a que se publique este despropósito y luego recurrirlo y pedir medidas cautelares para que no se pueda poner en marcha hasta que se elimine la clara discriminación.

Es una cuestión de justicia que deberían haber denunciado públicamente los sindicatos y haber anunciado a la CEJA el recurso si insistían en ello.

Pero se ve que las "negociaciones" también se han llevado al terreno de lo inmoral y presuntamente ilegal. Después se quejan del descrédito que arrastran.

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rents

Cita de: jmcala en 21 Mayo, 2016, 00:11:49 AM
Habrá que esperar a que se publique este despropósito y luego recurrirlo y pedir medidas cautelares para que no se pueda poner en marcha hasta que se elimine la clara discriminación.

Es una cuestión de justicia que deberían haber denunciado públicamente los sindicatos y haber anunciado a la CEJA el recurso si insistían en ello.

Pero se ve que las "negociaciones" también se han llevado al terreno de lo inmoral y presuntamente ilegal. Después se quejan del descrédito que arrastran.

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En este tema CSIF y Anpe tenían una postura absolutamente visceral e irreflexiva al igual que muchos foreros de aquí. Ustea reculó en su primera propuesta de kilometraje asustada por la fuerza del tsunami tanto de esos sindicatos que les acusaba de traidores a la causa como de muchos afiliados que estaban esperando el concursillo. Sinceramente, creo que los docentes de bilingüe no fue tema porque todos estaban ávidamente esperando que no se fuera todo a pique, pero tiene mucha pinta de que lo del bilingüismo le puede salir a la CEJA muy caro. Es lo que tiene hacer las cosas a marchamartillo y con el sello chapucero de Torretriana.


respublica



Cita de: jmcala en 21 Mayo, 2016, 00:11:49 AM
Habrá que esperar a que se publique este despropósito y luego recurrirlo y pedir medidas cautelares para que no se pueda poner en marcha hasta que se elimine la clara discriminación.

Sin valorar el fondo, ya he dado argumentos de que no hay discriminación, así que no tiene nada de clara. Tú puedes pedir puestos iguales al tuyo y además puestos específicos y eso mismo se aplica a todos sin distinción.

Pero si hubiera distinciones, y el concursillo en sí es una discriminación a favor de unos perjudicando a todos los demás, no tendría nada de ilegal porque las administraciones en el ejercicio de sus competencias pueden organizarse como mejor consideren, excepto si se discrimina por razón ideológica, religiosa, de raza, sexo, etc.

Cada uno es libre de gastar su tiempo y dinero en lo que quiera, pero recursos contra las administraciones los hay a miles y muy pocos prosperan en cuestión de normativa (otra cosa es su aplicación) por los preceptivos informes jurídicos previos, y los que lo consiguen es tras muchos años y cuando ya sirve para poco a nivel práctico. El extinto plan de calidad es uno de esos escasos ejemplos.

Además no se conceden medidas cautelares que puedan suponer un  perjuicio mayor a muchos, salvo que la cosa esté muy clara y se deposite una fianza que en estos casos sería prohibitiva por la magnitud de los perjudicados.

Por lo demás para mí carece de sentido discutir cuando los argumentos se construyen a posteriori porque lo único que importa es si algo beneficia o perjudica a uno personalmente.

Con el concursillo salen beneficiados los definitivos (también los bilingües) y perjudicados los provisionales y sobre todo los interinos que se quedarán con los puestos que no quiera ningún funcionario.

Así que nadie puede pretender convencer a los demás de que es mejor aquello que les perjudica y menos si el único argumento se basa en la bondad de ese perjuicio solo porque beneficia a quien lo expone.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

jmcala

Te equivocas y parece que no quieres ver en qué, respublica.

Se discrimina y se trata a los trabajadores de manera desigual cuando no concurren motivos para ello. Nadie en plaza bilingüe puede pedir un puesto no bilingüe cuando está perfectamente acreditado para ello. ¿Hay más puestos específicos DEFINITIVOS aparte de los bilingües? Muchos puestos específicos se conceden de manera provisional todos los años o por periodos determinados. En el caso de los puestos bilingües, por decisión de la empresa, se han ido convirtiendo en definitivos y ahora se pretende que esa necesidad del "servicio" sea motivo de peso para que unos docentes definitivos puedan acogerse a puestos específicos o no, mientras que otros docentes, en iguales condiciones, sólo puedan hacerlo a puestos específicos, viendo reducidas drásticamente sus posibilidades de conciliar.

Ya de por sí es lamentable que los sindicatos hayan dejado pasar la posibilidad de DENUNCIAR a la CEJA por no cumplir con la LEA al no sacar a concurso las plazas vacantes que existen. Pero se ve que las componendas entre la Administración y los sindicatos son más importantes que el cumplimiento de la ley.

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eurisco

Cita de: rantanplan en 20 Mayo, 2016, 21:13:51 PM
Cita de: eurisco en 20 Mayo, 2016, 20:56:23 PM
Cuando yo leo el proyecto de orden lo único que parece limitar que podamos echar los puestos no bilingües el ariticulo 13 y ahí habla de comisiones en general no de la de conciliación, por tanto entiendo que solo se puede pedir puestos bilingües para cualquier comisión , incluida la de salud propia.
Privilegiados.

Yo no entiendo eso. El 13.1 se refiere a cualquier comisión y sólo exige que el puesto sea de la misma especialidad que aquella por la que se tiene destino. Añade, además, que se pueden pedir puestos específicos, y entiendo porque para la petición de estos puestos específicos no es necesario que se cumpla la limitación de que sea puesto de la misma especialidad.

En el 13.5 se habla específicamente de las comisiones por conciliación y es ahí donde se exige que el puesto sea de las mismas caracteŕísticas. Por tanto, yo entiendo que alguien que tenga plaza en puesto específico:

* Sólo puede pedir una plaza de su mismo puesto específico, si la comisión concedida es de conciliación.
* Para cualquier otra comisión, puede pedir cualquier puesto de su especialidad.

Si, creo que tienes razón.

rantanplan

Cita de: jmcala en 21 Mayo, 2016, 00:11:49 AMHabrá que esperar a que se publique este despropósito y luego recurrirlo y pedir medidas cautelares para que no se pueda poner en marcha hasta que se elimine la clara discriminación.

Yo, aun entendiendo tu grandísimo enfado, creo que pierdes el tiempo:

* La administración puede establecer las condiciones que estime oportunas para colocar a funcionarios que ya tienen destino definitivo en otros puestos.
* Si argumentas que la limitación nada tiene que ver con la naturaleza de la comisión, no llegas a ningún lado, porque de hecho en todas las comisiones (excepto en las de salud propia grave) se da este hecho: están limitadas a un puesto de la especialidad de aquella por la que se obtuvo destino, aunque el funcionario tuviera varias.
* Si argumentas que se discrimina a unos funcionarios frente a otros (los que se hayan en puesto específico frente a los que no), a la administración, suponiendo que no tuviera potestad para discriminar por ese motivo, le bastaría'con quitar la frase para que todo quede igual, porque la opción a puesto específico ya tiene su propia comisión y todos pueden pedirla.

jmcala

Tanto respublica como tú lo veis claro, y sois foreros a los que tengo en mucha consideración, pues debe ser que estoy equivocado.

Lo que sí que me queda claro es que se debe denunciar a la CEJA por no cumplir con la LEA y no sacar a concurso las vacantes que existen en realidad.

Ahora habrá que preguntarse por qué los sindicatos siguen tragando con eso y no han emprendido acciones legales ya.

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rantanplan

Cita de: jmcala en 21 Mayo, 2016, 08:44:29 AMLo que sí que me queda claro es que se debe denunciar a la CEJA por no cumplir con la LEA y no sacar a concurso las vacantes que existen en realidad.

Ahora mismo tengo roto el programa que obtiene los datos de adjudicación, porque le estoy haciendo cambios, pero a lo largo de esta tarde o mañana, te puedo dar estadísticas que corroboren tu afirmación. Por ejemplo, la cantidad de vacantes cubiertas mediante el procedimiento, frente a la cantidad de vacantes cubiertas mediante concurso. O este mismo dato, pero excluyendo a interinos y funcionarios en prácticas (que no pueden pedir en el concurso). También el porcentaje de plazas provisionales cubiertas por funcionarios de carrera frente a las cubiertas por interinos.

Si se te ocurre algún dato interesante, me lo indicas y lo saco. Ya te aviso en este hilo cuando lo tenga todo disponible.


respublica

La Consejería tiene la obligación de sacar a concurso todos los puestos definitivos que estén vacantes pero no por normativa autonómica sino por la legislación básica del estado que es el competente aquí.

Para ello la Consejería cada año publica los criterios a seguir para determinar qué puesto debe ir al CGT y si cumpliendo los criterios no salen como vacantes se puede reclamar.

Yo no tengo datos para afirmar que no se están sacando todos los puestos que estén consolidados conforme a esos criterios como vacantes iniciales, y entiendo que ningún sindicato los tiene o de lo contrario recurrirían todos los años la publicación de las vacantes iniciales.

La subida de horas lectivas en secundaria supuso de golpe un 10 % de reducción de puestos y ello conlleva un enorme perjuicio no sólo a los interinos que dejamos de ser contratados sino a muchos funcionarios que perdieron su puesto definitivo y a la movilidad de todos durante años.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

rantanplan

Cita de: respublica en 21 Mayo, 2016, 10:11:25 AMPara ello la Consejería cada año publica los criterios a seguir para determinar qué puesto debe ir al CGT y si cumpliendo los criterios no salen como vacantes se puede reclamar.

Yo no tengo datos para afirmar que no se están sacando todos los puestos que estén consolidados conforme a esos criterios como vacantes iniciales, y entiendo que ningún sindicato los tiene o de lo contrario recurrirían todos los años la publicación de las vacantes iniciales.

El artículo 16 de la LEA dice que con carácter general, la forma de colocar efectivos es el concurso de traslados (16.1) y que el procedimiento de provisión de vacantes queda para aquellos que no hayan obtenido plaza mediante ese primer mecanismo general (16.2). Lo recuerdo bien, porque he estado leyendo repetidamente ese artículo en los últimos días porque sigo pensando que el concursillo estaba bien como estaba en un principio. Pero a lo que vamos, leyendo el artículo se deduce que hay dos mecanismos:

1. El predeterminado que es el CGT.
2. El "adicional" que es el procedimiento para adjudicar puestos vacantes provisionales, en los casos en los que el primero no basta.

Ahora bien, cuando revisando los datos te encuentras con que con el segundo procedimiento (el de repesca) cubre en torno a los 9000 puestos, mientras que con el primero en torno a los 1000, es que algo no se está haciendo bien y que, efectivamente, la Junta está incurriendo en sus convocatorias en un fraude de ley: no puede ser que con el procedimiento predeterminado ("con carácter general" que dice la ley), se cubran ocho veces menos puestos.

Por supuesto todo es discutible, pero es claro que algo no marcha bien.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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