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Ahora el concursillo se solicita en marzo

Iniciado por joaquindr, 17 Febrero, 2017, 17:55:06 PM

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juan máximo

Cita de: acr en 23 Febrero, 2017, 13:03:26 PM
Gracias por la explicación Juan Máximo pero me surge una duda importante: los funcionarios en prácticas que no solicitemos en marzo comisiones por el supuesto a) ¿no podremos participar después en ese plazo de cinco días tras el concurso si hemos obtenido destino definitivo en el mismo?

Gracias
¿Cómo que no? Si que podéis.

juan máximo

Cita de: gebelelarek en 21 Febrero, 2017, 21:52:42 PM
Es decir que para poder solicitar el concursillo tengo que alegar una enfermedad grave? Y si no tengo enfermedad alguna que hago me la invento?
Me da a mi que esto se lo ha inventado la administración para quitarse solicitantes y tanto movimiento en los centros.  cafeara
Creo que te estás liando un poco. cafeara


juan máximo

Cita de: carmenceballos en 23 Febrero, 2017, 19:46:27 PM
Bien, pues entonces,y para aclararme porque mientras más leo más me lio..los funcionarios provisionales, a no ser que tengamos una enfermedad grave, no pedimos nada entre el 1 y el 31 de marzo, esperamos la resolución del CGT y, si no nos conviene, en un plazo de 5 dóas a partir de la publicación del CGT pedimos destino antes del Concursillo...¿si o no?..uffff

1.Los funcionarios en destino provisional no podrán pedir comisión de servicio en el mes de marzo, salvo por enfermedad propia muy grave.

2.los funcionarios que obtengan su primer destino definitivo en el concurso de traslados dispondrán de un plazo extraordinario, tras la publicación de la resolución definitiva del concurso, para poder solicitar la comisión de servicio por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral.

3.La concesión de esta comisión les permitirá participar posteriormente en el procedimiento anual de adjudicación de destinos provisionales.

antoniosantiagobyg

Cita de: juan máximo en 22 Febrero, 2017, 17:18:28 PM
La disposición final primera de la orden de 18 de junio de 2016, modifica el artículo 3.3.

Disposición final primera. Modificación de la Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación.

Uno. El apartado 3 del artículo 3 queda redactado del siguiente modo:

«3. Comisión de servicio en atención a razones especiales del profesorado.

...

b) Por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral.

El personal funcionario de carrera podrá solicitar comisión de servicio, cuando existan razones relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, a un municipio distinto al del destino definitivo, con ocasión de vacante y de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de esta Orden. En la solicitud se indicará la causa de la comisión de servicio y se adjuntará la documentación que la justifique, que podrá referirse a las siguientes:

- Para el cuidado de hijos de hasta 3 años.

- Para el cuidado de hijos mayores de 3 años, cónyuges o parejas de hecho, por razón de enfermedad.

- Para el cuidado de otros familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, por razón de enfermedad.

- Por tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual.

- Por estudios del profesorado o de sus hijos cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a más de 50 km del municipio del destino.

- Por razones de enfermedad del profesorado no incluidas en el párrafo a) de este apartado.

La duración de estas comisiones de servicio será de un curso académico.

...


¿Sabéis si la solicitud va a ser similar a la del año pasado? Es decir, que aunque uno cumpla varios requisitos (en mi caso, el primer y el cuarto guión) solamente se pide por uno de ellos...


maravilla

Hola, otra duda : Los definitivos que no hemos podido concursar este año porque nos dieron destino el año pasado, pero aún estamos lejos de casa ( en mi caso 90 kms) ¿ podemos optar a concursillo? Si es así , ¿ de qué forma lo hacemos? Espero podáis aclararme algo. Muchas gracias
"La gota perfora la piedra no por su fuerza, sino por su constancia"

respublica

Cita de: maravilla en 25 Febrero, 2017, 19:15:53 PM
Hola, otra duda : Los definitivos que no hemos podido concursar este año porque nos dieron destino el año pasado, pero aún estamos lejos de casa ( en mi caso 90 kms) ¿ podemos optar a concursillo? Si es así , ¿ de qué forma lo hacemos? Espero podáis aclararme algo. Muchas gracias

Sí que podéis, exactamente igual que los que hayan participado.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

La Consejería acaba de publicar una nota de prensa en la que confirma lo que ya escribió juan máximo.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

joaquindr

 Si entráis en el enlace, lo primero que os vais a encontrar es que hay que elegir una provincia para la comisión de servicio. Resulta que, por la situación geográfica de mi localidad, hay tres provincias distintas con localidades cercanas a la mía... ¿Podré solicitar otras poblaciones que no sean mi provincia? Si echo cuentas y resulta que hay más municipios de otra provincia cercanos a mi localidad que los municipios de mi propia provincia, ¿puedo pedir como provincia de comisión otra que no sea la mía? Esta pregunta la he planteado en un enlace (Contacto) que sale cuando vas a rellenar la solicitud de comisión de servicio. Otra cosa que no queda clara es cuándo y dónde hay que adjuntar el certificado de empadronamiento; también lo he preguntado. En cuanto me contesten os comento qué me han dicho.


Mr. Maker

Hola. ¿Qué pasa si yo echo ahora esto y luego no participio en la adjudicación de destinos de junio porque cambie de opinión? ¿seguiré en mi centro definitivo o me darán uno de la provincia de comisión aleatoriamente?

maravilla

Hola, acabo  de ver unas instrucciones de Ustea sobre el concursillo en las que se dice que pueden participar las personas que hayan participado en el concurso de traslados. Ante esto me surge la duda, los que no concursamos porque no podemos , ya que es el primer año en nuestro destino ¿ no podemos solicitar comision por conciliación = concursillo?
"La gota perfora la piedra no por su fuerza, sino por su constancia"


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