¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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LLAMADAS DE ECONOMÍA

Iniciado por MLUZ, 18 Septiembre, 2008, 16:54:05 PM

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juana82

No, el 6 no va a salir, los temas de micro y macro están prohibidos,no los van a meter en el bombo, menos el 22 y el 31. angelitoara
¡Viejos olivos sedientos
bajo el claro sol del día,
olivares polvorientos
del campo de Andalucía!

jesuslofer00

Cita de: juana82 en 03 Junio, 2010, 10:23:32 AM
No, el 6 no va a salir, los temas de micro y macro están prohibidos,no los van a meter en el bombo, menos el 22 y el 31. angelitoara

JEJEJE. cafeara


jesuslofer00

Tengo una duda existencial de último momento, retocando la programación me surge una duda, con respecto a los objetivos.

- Los Objetivos de Etapa Bachillerato los vemos el RD 1467/2007.
- Los Objetivos de Materia de Economía de la empresa  en el mismo real decreto.

Pero si nos vamos a la comunidad Andaluza, ¿que legislación tomamos? ¿estaríamos cometiendo un atropello? si:
- Tomamos los objetivos de Etapa de bachillerato del D 416/2008
- En cuanto a los objetivos de materia, la CEJA en la orden del 5 de Agosto de 2008 nos remite al RD 1467/2007.

¿Sería esto correcto?

Un saludo a tod@s, vamos a por el 6.


saracha

Hola!!

Eso es lo que he hecho yo, he cogido los objetivos de etapa del D416/2008, y los de la materia del RD1467/2007.



tonipi

Hola se que esto no tiene mucha relación con el sufrimiento de estudio por el que estamos pasando.... pero he visto que se ha aprobado el decreto que ordena la selección del profesorado interino, y la verdad es que no me queda claro si eso afecta a todos los interinos o solo a los que se incorporen a partir de Junio 2010 en el caso de secundaria, si alguien sabe algo del tema pues agradecería los comentarios, saludos.

nines

Hola¡
Yo también he leído lo del decreto, y he llamado al sindicato para que me informen. En principio se ha firmado con el apoyo de UGT, y se supone que a los que tenemos tiempo de servicio a 30 de Junio, nos van a ordenar en la bolsa por el mismo criterio con el que entramos, es decir, por tiempo de servicio, y el decreto solo afectaria a los interinos que entren a partir del próximo curso. De todas formas no hay nada claro, porque otros sindicatos están protestando porque no debe haber dos criterios para la ordenación de los interinos. Aquí no se aclara nadie.....porque desde otro sindicato me dicen que hay que esperar a que salgan las notas aclaratorias

nines

Bueno, pues acabo de leer, que ya esta publicado en BOJA (02/2010 de 1 de Junio),
que efectivamente las bolsas se ordenarán atendiendo a dos criterios:
Interinos con tiempo de servicio a 30 Junio: Segun tiempo de servicio
Nuevos Interinos: Baremo formado con la nota de oposición y la experiencia docente.

Mi pregunta es: Hasta cuando va a ser así?Hasta que todos los que estamos en el primer grupo consigamos ser funcionarios?? Espero que eso sea muy pronto, pero hay queda la pregunta...

tonipi

Pues sí, he llamado a ccoo y efectivamente los que tenemos tiempo de servicio en una bolsa, y el resto en otra, tantos cambios me ponen de los nervios, me crean una inseguridad enorme..
gracias por los comentarios (lo q mas me preocupa es hasta cuando...creo q en Ceuta pasó algo parecido y al final todos ordenados ponderando tiempo de servicio y nota, la única diferencia es que Ceuta no es Andalucía en dimensión)


juanfranbeat78

Hola a todos.
Ayer, según mi entender, nos dieron la puntilla con el decreto. Os copio pego mi opinió que he puesto en el foro general sobre el tema:

ORDENAR NO ES IGUAL A PERMANECER.

Está muy claro en el decreto. A los ya interinos se nos ordena como siempre, no hay duda de eso.

Pero que alguien me diga donde pone que los ya interinos PERMANECEMOS como siempre, ¿dónde? Por favor, que alguien lo copie y lo pegue, que yo debo ser muy torpe y no lo encuentro.

Artículo 20. Permanencia en las bolsas de trabajo.
El personal integrante de una bolsa de trabajo podrá permanecer en la misma tras la realización de un nuevo proceso selectivo para el acceso a la función pública docente si alcanza una puntuación de, al menos, cinco puntos según un baremo en el que se tendrán en cuenta el número de años completos de servicio, o la fracción correspondiente, en un centro docente
público impartiendo enseñanzas del mismo nivel educativo, la calificación obtenida en la prueba o pruebas superadas en la fase de oposición del último procedimiento selectivo realizado por cualquier Administración educativa para el acceso a la función pública docente en el cuerpo y especialidad de la correspondiente bolsa y, en su caso, la formación realizada durante los dos años inmediatamente anteriores al referido
procedimiento selectivo.
En dicho baremo, que se establecerá por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, la puntuación otorgada al tiempo de servicio como profesor o profesora en un centro docente público y, en su caso, a la formación adquirida no podrá ser superior a tres puntos.


¿Dónde pone que se permanece suspendiendo si eres interino con tiempo de servicio? Para permanecer no hay distinción entre interino o no interino. Todos a sacar un 5 en el baremo.

Artículo 21. Ordenación en las bolsas de trabajo.
El personal a que se refieren los dos artículos anteriores se ordenará en la bolsa de trabajo correspondiente al cuerpo y especialidad en función de la puntuación obtenida por la aplicación del baremo que se establezca, a continuación del personal al que se refiere la disposición adicional cuarta. En caso de empate, se atenderá a la formación acreditada por el profesor o profesora y realizada durante los dos años inmediatamente
anteriores al último procedimiento selectivo para el acceso a la función pública docente en el cuerpo y especialidad de la correspondiente bolsa. De persistir el empate, se atenderá sucesivamente al mayor tiempo de servicios prestados en un centro docente público impartiendo enseñanzas del mismo nivel educativo y a la mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo al correspondiente cuerpo y especialidad.


Queda muy claro que a los ya interinos se ordenan por tiempo de servicio por encima de los no interinos.

Disposición adicional cuarta. Personal funcionario interino con tiempo de servicio.
El personal funcionario interino que tenga reconocido tiempo de servicio al día 30 de junio de 2010, se ordenará en la bolsa de trabajo a la que pertenezca de acuerdo con la normativa de aplicación al acceder a la misma.


Está clarisimo en esta disposión que se nos respeta nuestro derecho previo de ordenación, no de permanencia, y para que te ordenen tienes que permanecer en la bolsa. Si no estas en la bolsa, ¿dónde te van a ordenar? Quien no quiera ver, que no vea, pero estamos jodidos si no nos movemos pero ya.

Por cierto, en cuanto a cuando se aplica este decreto queda claro:

Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.


Esto es lo que me hacía falta para centrarme en las oposiciones. Estoy bastante jodido, creo que mi interpretación es la correcta, y más si tenemos que pensar la Consejería nos va ayudar.
Bueno, me marcho a ver si estudio algo que el futuro está negro. Viva el socialismo, su sindicato y sus lucha por mejorar las condiciones laborales de los ciudadanos.

Por cierto, ha vuelto uno a la bolsa y ninguno ha sido llamado.

Suerte.

jorrll

Por cierto juanfran, has visto los tiempos de servicio? a mi hay algunos que no me cuadran ya que en un curso han sumado mas de 3 años respecto a la lista de interinos que tengo yo del verano pasado. Como puede ser esto?

Saludos


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