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Duda permiso por matrimonio

Iniciado por Uleya, 04 Noviembre, 2013, 21:53:05 PM

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Uleya

Buenas noches:
A ver si alguien lo sabe porque yo encuentro informaciones contradictorias, si el permiso por matrimonio, que son 15 días, ocurre durante los días del puente de diciembre ¿influye en la duración del permiso o son igualmente los 15 días?
Gracias

remedios7

5. Permiso por matrimonio o inscripción como pareja de hecho.
este permiso podrá disfrutarse consecutivamente al hecho causante, o dentro del año natural siempre
que las necesidades del servicio lo permitan.


FLAFLI

Entiendo que el matrimonio es en el puente de la constitución.

Por tanto te corresponden los 15 días, incluyendo el día del matrimonio.

Otra cuestión, y esta es nueva, es que ya no es obligatorio, que los 15 días sean justamente junto al acto. Ya se puede pedir en cualquier momento del año natural, es decir, alguien que se case en agosto, puede solicitar que esos 15 días se puedan disfrutar en octubre por ejemplo. Pero hay excepciones, que son los 15 días antes de navidad o posteriores, lo mismo en semana santa, y principio o final de curso.

Pero ojo, esta limitación es para quien solicita los 15 días en otro momento que no sea incluyendo el día de matrimonio, por lo que quien si cumpla el permiso como siempre, es decir, que el día del acto, se incluya en esos 15 días tiene derecho a esos 15 días sean cuando sean.

Saludos
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Uleya



muchorock

Cita de: FLAFLI en 07 Noviembre, 2013, 00:03:57 AM
Entiendo que el matrimonio es en el puente de la constitución.

Por tanto te corresponden los 15 días, incluyendo el día del matrimonio.

Otra cuestión, y esta es nueva, es que ya no es obligatorio, que los 15 días sean justamente junto al acto. Ya se puede pedir en cualquier momento del año natural, es decir, alguien que se case en agosto, puede solicitar que esos 15 días se puedan disfrutar en octubre por ejemplo. Pero hay excepciones, que son los 15 días antes de navidad o posteriores, lo mismo en semana santa, y principio o final de curso.

Pero ojo, esta limitación es para quien solicita los 15 días en otro momento que no sea incluyendo el día de matrimonio, por lo que quien si cumpla el permiso como siempre, es decir, que el día del acto, se incluya en esos 15 días tiene derecho a esos 15 días sean cuando sean.

Saludos


Hola Flafi, queda clarísimo lo que explicas. En mi caso yo quiero pedir el permiso incluyendo el dia del acto y dias anteriores al dia de la boda. Siempre has podido pedirte dias anteriores o posteriores al dia de boda siempre que ese dia estuviera incluido, lo que pasa es que según la nueva circular entiendo que el permiso debe ser obligatoriamente posterior al dia de la boda. Puedes indicarme si esto es asi? Gracias

mcr

Yo me casé el día 4 y he tenido permiso hasta el
18, hasta ayer. El que hubiera puente no tiene nada que ver, son 15 días consecutivos. Cuando lo solicité lo único que me exigieron es que el día de la boda estuviera incluido en ese período. Un saludo

muchorock

Cita de: mcr en 19 Diciembre, 2013, 04:24:19 AM
Yo me casé el día 4 y he tenido permiso hasta el
18, hasta ayer. El que hubiera puente no tiene nada que ver, son 15 días consecutivos. Cuando lo solicité lo único que me exigieron es que el día de la boda estuviera incluido en ese período. Un saludo

Siempre ha sido así. Seguramente cuando tú pedistes el permiso no estaba aún la circular nueva.
Según este párrafo: - Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser
consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya
la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre
que las necesidades del servicio lo permitan.

¿Creeis que sería posible solicitar dias anteriores a la fecha de boda. Por ejemplo te casas el 28 de abril y solicitas del 16 al 30 de abril.

Gracias. Saludos

donsauron

CitarSiempre ha sido así. Seguramente cuando tú pedistes el permiso no estaba aún la circular nueva.
Según este párrafo: - Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser
consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya
la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre
que las necesidades del servicio lo permitan.
¿Creeis que sería posible solicitar dias anteriores a la fecha de boda. Por ejemplo te casas el 28 de abril y solicitas del 16 al 30 de abril.

Gracias. Saludos

Me podéis poner el enlace a esa circular ???? Porque yo me caso en sábado, para pedir el permiso desde el lunes siguiente.
Muchas gracias.
DEJEMOS A LOS ENVIDIOSOS LA TAREA DE PROFERIR INJURIAS Y A LOS NECIOS LA DE CONTESTARLAS.


FLAFLI

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sevi11

YA NO se puede pedir días por matrimonio con antelación al matrimonio.

Se pueden pedir los 15 días incluyendo el día de la boda en esos 15 días, o pedir los 15 días en otro momento posterior, con informe favorable del director/a, siempre que no coincida todo o parte del permiso con:
- los díez días lectivos anteriores o posteriores a las vacaciones de Navidad y Semana Santa.
-  los díez días lectivos anteriores a la finalización del régimen ordinario de clase del mes de junio.
- el mes de septiembre.


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