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CAUSAS PARA NO SER NOMBRADO VOCAL DE OPOSICIONES

Iniciado por andrex, 23 Mayo, 2018, 11:58:32 AM

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andrex

Alguien sabe dónde encontrar la normativa vigente sobre las posibles alegaciones para poder renunciar en caso de ser nombrado vocal de oposiciones???

bamiportillo1977

Estar de huelga y así estarías también apoyando a tus compañeros interinos.
Estarías en tu derecho.


FLAFLI

La convocatoria dice esto

5.5.2. En virtud de lo establecido en el artículo 8.4 del Reglamento, los miembros de
los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la presidencia
del órgano al que pertenezcan, y esta a la Consejería de Educación, cuando concurra
alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación
de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo y especialidad, en los cinco
años anteriores a la publicación de la presente convocatoria, debiendo en este último
caso acreditarlo fehacientemente.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda poner en
conocimiento de la Consejería de Hacienda y Administración Pública tal extremo, a los
efectos procedentes.
La presidencia de los órganos de selección solicitará de sus miembros una declaración
expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior,
notificando a la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de
Recursos Humanos las abstenciones que puedan producirse entre sus miembros. En los
casos en que proceda la abstención y no se haga constar, dará lugar a la responsabilidad
prevista en la normativa vigente.
Solo será admisible como causa de exención, además de las referidas en los apartados
anteriores, la imposibilidad absoluta derivada de enfermedad, certificada debidamente
por la asesoría médica de la Delegación Territorial de Educación donde preste servicio el
personal afectado.

Lo que dice el art. 23 de la ley 40/2015

Artículo 23. Abstención.

1. Las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.

2. Son motivos de abstención los siguientes:

a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.

c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.

d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.

e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.

3. Los órganos jerárquicamente superiores a quien se encuentre en alguna de las circunstancias señaladas en el punto anterior podrán ordenarle que se abstengan de toda intervención en el expediente.

4. La actuación de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas en los que concurran motivos de abstención no implicará, necesariamente, y en todo caso, la invalidez de los actos en que hayan intervenido.

5. La no abstención en los casos en que concurra alguna de esas circunstancias dará lugar a la responsabilidad que proceda.

Saludos
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

HAN CAMBIADO LAS NORMAS DE JUEGO SIN LA CIUDADANÍA, Y SIGUEN QUERIENDO QUE LAS RESPETEMOS

No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

Si luchas puedes que no ganes, si no luchas ya has perdido

GRAN MOVILIZACIÓN PROFESORADO INTERINO

nocreoqueseayo

Gracias. Si mi compañero de departamento, que me llevo muy bien, cae en un tribunal donde me han nombrado vocal.. puede ser motivo? Y si es un amigo de siempre?


FLAFLI

Ante la duda lo solicitas si ves que te pueda causar daño ante cualquier denuncia.

Saludos
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jmcala

Yo no tengo ni idea de si algún familiar mío hasta cuarto grado se presenta a las oposiciones... Ni me interesa saberlo.

Deduzco que puedo negarme a firmar el escrito ese que dicen que dan a firmar a los vocales. No tengo obligación alguna de saber qué coño hace cada uno con su vida, ni de ser el más familiar del mundo.

www.ejercicios-fyq.com


andrex

FLAFLI UNA DUDA MÁS PLEASE...
SI TENGO UN CUÑADO QUE SE PRESENTA A LAS OPOSICIONES POR UNA ESPECIALIDAD DISTINTA A LA MÍA Y EN DISTINTA PROVINCIA, PODRÍA SER CAUSA DE ABSTENCIÓN Y LIBRARME DE SER VOCAL????????


majona

Cita de: FLAFLI en 23 Mayo, 2018, 13:27:47 PM


2. Son motivos de abstención los siguientes:

a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.

c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.


d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.

e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.

3. Los órganos jerárquicamente superiores a quien se encuentre en alguna de las circunstancias señaladas en el punto anterior podrán ordenarle que se abstengan de toda intervención en el expediente.

4. La actuación de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas en los que concurran motivos de abstención no implicará, necesariamente, y en todo caso, la invalidez de los actos en que hayan intervenido.

5. La no abstención en los casos en que concurra alguna de esas circunstancias dará lugar a la responsabilidad que proceda.

Saludos

¿Cómo se acredita eso?
¿Es posible?
Para la preparación de oposiciones piden justificarlo (y muchos lo hacen en "negro" o por amistad, sin cobrar) y para el tema de amistad/enemistad ¿simplemente se declara?
¿cómo sería?
anaid3
Cada día que pasa, tienes una oportunidad menos.

... todo llega...


FLAFLI

Cita de: andrex en 23 Mayo, 2018, 21:39:46 PM
FLAFLI UNA DUDA MÁS PLEASE...
SI TENGO UN CUÑADO QUE SE PRESENTA A LAS OPOSICIONES POR UNA ESPECIALIDAD DISTINTA A LA MÍA Y EN DISTINTA PROVINCIA, PODRÍA SER CAUSA DE ABSTENCIÓN Y LIBRARME DE SER VOCAL????????

Buenas lo primero, escribe en minúsculas, las mayúsculas en los escritos reflejan gritar.

Personalmente creo que no porque no entras en su ámbito de actuación, pero ante la duda, más por el tema a cualquier posible denuncia, yo presentaría el escrito para que me den respuesta, para curarme en salud, no por librarse, que si finalmente te quitan por ello, eso es algo que te llevas.

Saludos

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FLAFLI

Cita de: majona en 24 Mayo, 2018, 02:15:45 AM
Cita de: FLAFLI en 23 Mayo, 2018, 13:27:47 PM


2. Son motivos de abstención los siguientes:

a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.

c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.


d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.

e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.

3. Los órganos jerárquicamente superiores a quien se encuentre en alguna de las circunstancias señaladas en el punto anterior podrán ordenarle que se abstengan de toda intervención en el expediente.

4. La actuación de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas en los que concurran motivos de abstención no implicará, necesariamente, y en todo caso, la invalidez de los actos en que hayan intervenido.

5. La no abstención en los casos en que concurra alguna de esas circunstancias dará lugar a la responsabilidad que proceda.

Saludos

¿Cómo se acredita eso?
¿Es posible?
Para la preparación de oposiciones piden justificarlo (y muchos lo hacen en "negro" o por amistad, sin cobrar) y para el tema de amistad/enemistad ¿simplemente se declara?
¿cómo sería?
anaid3

Efectivamente demostrar eso es complejo, salvo que se tenga algún documento gráfico como foto o video, conversaciones en las redes sociales, etc.

Pero independientemente de la demostración, personalmente si hubiera una situación de este tipo en mi situación, yo presentaría el escrito, aportando lo que pudiera, simplemente para curarme en salud, pues que luego nadie pudiera denunciarte si finalmente la administración no me lo admitiera, tener algo que demostrara que avisé de esa situación y me lo negaron.

Saludos
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