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Evaluar estandares con rúbricas

Iniciado por Delacroix, 14 Agosto, 2018, 12:58:28 PM

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Delacroix

Cita de: petit en 16 Agosto, 2018, 18:14:44 PM
Delacroix, ¿donde te dice la legislación que no puedes quitar por las faltas de ortografía? Gracias.
La legislación no lo sé. Inspección este año a los miembros de mi departamento.

albay

La evaluación con rúbricas permite controlar el tema de las faltas de ortografía perfectamente.


Freeman

Habláis por ahí de objetivos, y eso ya no tiene mucho sentido en la LOMCE.

Los criterios de evaluación están predefinidos y no puedes crear nuevos, por lo que sólo puedes medir esos criterios.

Los objetivos son tan genéricos que se diluyen entre decenas de criterios. Están enlazados a muchos y tú sólo puedes actuar sobre criterios preestablecidos, por lo que a efectos prácticos te olvidas de los objetivos y no pasa absolutamente nada.

La ley dice que se calificará de forma numérica, no recuerdo el artículo pero es así, por lo que no tiene sentido tampoco marear al personal, se ponen notas. Lo que si es cualitativo son las competencias.

Los criterios que correspondan a un curso han de ponderarse hasta el 100%, asignando los pesos que considere el departamento. Conforme los vas puntuando te va dando la nota, ¡Es obligatorio medirlos todos! Cuando el alumno termine su ciclo, todos deben estar evaluados.

La LOMCE es una estandarización de la enseñanza en todo el territorio nacional, obliga a los mismo criterios, por lo que en teoría alumnos de diversos sitios han visto lo mismo. Lo que variará será la profundidad. ¿Es buena idea? Para mí personalmente el concepto si, soy de tecnología y mi materia no la imparten en muchos centros, donde dan trabajos manuales. Así que ahora a ver cómo evalúan criterios del tipo diseñar soluciones a problemas en entornos de programación, por ejemplo, de los cuáles Séneca te pide una valoración.

Se miden con estándares, el criterio de evaluación ni siquiera está enunciado en el verbo correcto. Cuando dentro de un criterio hay varios estándares hago media aritmética.

Puedes hacer media aritmética o evaluación continua, este último quiere decir que la última nota que pongas es lo que vale.

En el curso de competencias te dice que evalúes por criterios, efectivamente, la ley andaluza está tan mal redactada que no ha puesto estándares en muchos criterios, y como no los puedes crear... Aquí está el problema.

Hablamos de una chapuza de proporciones bíblicas. Los de los cursos tienen que decir que se mida directamente el criterio, para que el personal pueda medir algo claro. Pero sólo tenéis que fijaos en el verbo en infinitivo, además de ser algunos muy amplios y necesitar varios estándares de concreción.

La ley andaluza es una chapuza y lo tapan diciendo que pases de los estándares, así se acabó el problema.

Claro, si mides un estándar lo que se rúbrica es el estándar, y si mides un criterio, algo conceptualmente incorrecto, tienes que rúbricar el criterio. Rubricar un criterio y medirlo con estándares es que no tienes ni idea de lo que estás haciendo.

Las competencias clave se miden entre todas las materias, en común. Están enlazadas de forma específica a cada criterio, por lo que sólo puedes evaluar esas competencias en esos criterio concreto donde aparece. Recalco evaluar, tú puedes trabajarlas sin medirlas.

Las nuevas UDIs están diseñadas para que se trabaje de forma colaborativa entre varias materias, por criterios o/y competencias.

Cada estándar que se mida debe llevar un instrumento de evaluación asociado. Una prueba escrita por ejemplo.

Espero arrojar luz.






Andaluz 04

¿Y en la enseñanza de idiomas? ¿Cómo se hace?


Embolsada

Hola a todos,

Os comentado a la conclusión que yo he llegado acerca de cómo evaluar después de muchas vueltas para redactar la Programación esta última convocatoria de oposiciones. Así lo defendí y así lo voy a intentar realizar este año de prácticas.

En parte ya lo llevé a cabo el primer trimestre del año pasado, en el que evalué por estándares (estuve haciendo diferentes pruebas de cara a elaborar la Programación), y es más fácil de lo que parece, al menos a mí me resultó así.

Lo primero de todo, tal y como han dicho ya varios compañeros, los cursos de formación que se han impartido se basan en la evaluación por CRITERIOS.

El Decreto 110/2016 dice textualmente: "los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias son los criterios de evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables".

El primer problema que nos encontramos es que los ESTÁNDARES provienen del Real Decreto, por lo que hay determinados aspectos relativos a la realidad andaluza que no figuran en ellos. Por tanto, nuestro punto de partida tiene que ser el criterio, si no, no daríamos cobertura a esos aspectos. Además, es posible crear más estándares, sin embargo, que yo sepa, no podemos crear nuevos criterios, por lo que yo entiendo, que los estándares, como dice el Decreto "concretan", pero nuestro objetivo es la consecución de ese criterio.

Decidido ya que nuestro "objetivo" de aprendizaje debe ser el Criterio, yo lo que hago es lo siguiente:

En una hoja de cálculo pongo todos los Criterios, en mi caso, los pondero de la misma manera (en mi Departamento se decidió así).

Cada Criterio, lo desgloso en una serie de "Actividades de aprendizaje", que en función del criterio serán una actividad o varias, depende de la complejidad del mismo. Aquí entran en juego los INSTRUMENTOS, yo uso los que figuran en el cuaderno de Séneca: portfolio, prueba objetiva o examen, trabajo de investigación y cuestionarios orales.

Puede ser que un criterio me interese más evaluarlo tan solo con un trabajo de investigación, y otro criterio con una actividad en el cuaderno y un examen. Depende de la complejidad y extensión del Criterio elegimos uno o varios.

Para calificar, uso rúbricas (en Additio) para los trabajos de investigación y para el portfolio.

A cada instrumento, le damos un peso en la nota de ese criterio, de tal manera que los instrumentos sumen al final el 100% del mismo. Por lo que quedaría evaluado ese criterio.

La suma de la unidad didáctica, sería la media de los criterios trabajados. La suma del trimestre, igual.

Esto es importante tenerlo en cuenta porque Inspección (al menos en mi instituto) nos dijo este año que "criterio que haya superado el alumno, criterio del que no se tiene que volver a examinar). De cara a realizar exámenes individualizados de recuperación (una pesadilla, pero es lo que nos piden), es muy importante tenerlo en cuenta.

Todo lo anterior, como es lógico, lleva una evaluación cuantitativa. A la hora de determinar la consecución de las COMPETENCIAS CLAVE, aplicaciones como Additio te las relacionan directamente, o bien en una hoja de cálculo podéis poner la relación de competencias y qué criterios trabajan cada una para sacar el perfil competencial y los niveles de logro (iniciado, medio y avanzado), los cuales luego irán ponderados (determinados por el centro) con el resto de materias. Por ejemplo, en mi asignatura, podemos trabajar la competencia matemática, pero mi aporte al perfil competencial es mínimo comparado con el peso que pueda tener la materia de Matemáticas.

En resumen, una vez listados los criterios, programaos cómo vais a trabajarlos, la actividad que el alumno tiene que realizar para que nosotros sepamos que ha aprendido ese criterio. Se trabaja y se avanza criterio a criterio. Se explica, se trabaja y se evalúa un criterio en clase, y se pasa al siguiente.

Si el instrumento es un examen, vais haciendo mini-exámenes cada dos o tres días (en quince minutos lo hacen y luego se sigue con la clase, no se pierde tanto tiempo), para mi sorpresa, los alumnos me pidieron en el segundo trimestre que siguiéramos haciéndolo así. Los resultados, como os podéis imaginar son mucho mejores, se examinan de muy poquita materia cada dos días, en vez de retener toda la unidad. Van estudiando todos los días, los padres contentos, Inspección más... y bueno, nosotros también, aunque supone algo más de carga al inicio de curso para programarnos, pero luego, en realidad, los mini-exámenes son de una, dos o tres preguntas como mucho).

Espero haberme explicado con claridad.

Saludos.




albay

Geniales las aportaciones de Freeman y Embolsada.

jmcala

Cita de: Iridium en 16 Agosto, 2018, 13:30:58 PM
Cita de: jmcala en 16 Agosto, 2018, 12:31:03 PM
Cita de: respublica en 16 Agosto, 2018, 12:05:18 PM
En las sesiones de evaluación parcial hay que emitir una calificación numérica siguiendo los criterios de calificación establecidos en la programación y que deben ser conocidos por el alumnado.

Esa calificación numérica indica a nivel cuantitativo cómo se está desarrollando el proceso de aprendizaje en el momento de la sesión de evaluación parcial.

Si se aplican los criterios de calificación y da una calificación positiva pero el alumno, no está alcanzando los objetivos según se compruebe a través de los oportunos instrumentos de evaluación, entonces es que los criterios de calificación están mal diseñados, o bien no se ha realizado correctamente la evaluación, o es el proceso de enseñanza el que no es adecuado, o sucede todo a la vez.


Saludos.
   

¿Dónde se explicita eso en la normativa, respublica? Porque no recuerdo haber leído que haya que emitir una calificación cuantitativa en las sesiones de evaluación parciales. También me ha tocado pelearme varios años con la directiva porque se pretendía que pusiera una calificación cuantitativa en la evaluación inicial y eso no estaba en normativa alguna. De hecho, ahora se dice lo contrario desde inspección, que es mejor que la evaluación inicial sea un proceso cualitativo y que los instrumentos no sean los malditos exámenes, al menos en exclusiva.

Debo estar muy desorientado con este interesante debate porque me sorprende bastante esa pregunta. Las órdenes andaluzas de julio de 2016 referidas tanto a la ESO como al Bachillerato en cuanto a currículo, evaluación y algún otro aspecto indican claramente la obligatoriedad de poner una calificación numérica por materia en cada sesión de evaluación (que luego se traduce a una determinada expresión en la ESO: insuficiente, suficente...). No se habla de poner un número en la evaluación inicial, pero sí en las sesiones de evaluación y en la evaluación final. ¿O no es esto a lo que te refieres?

Releyendo la Orden del 14 de julio de 2016 para la ESO, en el artículo 18 punto 4, que habla sobre las sesiones de evaluación, dice:

En las sesiones de evaluación se acordará la información que se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o personas que ejerzan su tutela legal, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, de acuerdo con lo recogido en el Decreto 111/2016, de 14 de junio, en la presente Orden y en el proyecto educativo del centro. Esta información deberá indicar las posibles causas que inciden en el proceso de aprendizaje y en el rendimiento académico del alumnado, así como, en su caso, las propuestas o recomendaciones para la mejora del mismo que se estimen oportunas.

Por más que lea no infiero que sea obligatorio poner una nota numérica en las sesiones de evaluación. Es más, la nota numérica no puede expresar todo lo que dice este artículo que ha de formar parte de la información a la que tienen derecho los estudiantes y las familias.

El punto 5 del mismo artículo dice:

Los resultados de la evaluación de cada materia se extenderán en la correspondiente acta de evaluación, en el expediente académico del alumno o alumna y en el historial académico y se expresarán mediante una calificación numérica, en una escala de uno a diez, sin emplear decimales, que irá acompañada de los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), Sobresaliente (SB), aplicándose las siguientes correspondencias: Insuficiente: 1, 2, 3 o 4. Suficiente: 5. Bien: 6. Notable: 7 u 8. Sobresaliente: 9 o 10. Se considerarán calificación negativa los resultados inferiores a 5.

Este punto está referido claramente al resultado de la evaluación ordinaria de cada materia, de ahí que yo me refiriese a la posibilidad de poner la nota cuantitativa solo en la evaluación ordinaria, que es la que tiene validez "legal" o "administrativa" y que queda archivada en el historial del estudiante.

Pero es que, además, el artículo 17 de la misma Orden, en todos sus puntos, incide sobre el tipo de información que hay que hacer llegar a las familias y no aparecen las calificaciones cuantitativas por ningún lado durante el curso. Se insiste mucho en que la información ha de servir para que estudiantes y familias sepan en qué se está fallando o qué se puede mejorar y cómo.

Llevo dos años basando mi manera de evaluar en esta Orden y facilitando información de todo tipo y color a estudiantes y familias para cumplir con ella, precisamente. El curso que viene quiero ir un paso más allá y dejar de poner números para "obligar" a ambos bloques a prestar atención a la información facilitada porque es la que les permitirá mejorar el proceso de aprendizaje. También quiero hacer llegar a las familias de mis estudiantes una copia del informe de análisis de resultados que realizo tras cada trimestre, pero antes debo recabar el permiso de la dirección del centro. Creo que es muy importante que las familias, y los estudiantes, tengan acceso a mis conclusiones y a qué medidas pretendo adoptar para mejorar mi rendimiento.

jmcala

Cita de: EmbolsadaEsto es importante tenerlo en cuenta porque Inspección (al menos en mi instituto) nos dijo este año que "criterio que haya superado el alumno, criterio del que no se tiene que volver a examinar). De cara a realizar exámenes individualizados de recuperación (una pesadilla, pero es lo que nos piden), es muy importante tenerlo en cuenta.

1. Debo aclarar que cuando me refiero a "objetivos" me estoy refiriendo a criterios de evaluación pero con CLAVE para mí.

2. Esto que Embolsada no dice es lo que desde inspección se indica que pero, en la práctica docente y con ciertos objetivos (o criterios clave), se hace imposible. Los docentes de lenguas extranjeras lo entienden perfectamente. No vale de nada que un estudiante haga muy bien una actividad diseñada para principio de curso sobre el presente simple si luego, a mediados de curso, en otra actividad en la que se pretende medir el uso de otras estructuras gramaticales, el estudiante falla precisamente en el presente simple.

El concepto tan subrayado en la norma de evaluación continua y la definición misma de competencia clave o básica chocan frontalmente con esa indicación que hace el servicio de inspección cuando ocurre que hay criterios que pueden estar presentes durante todo el curso.


albay

Discrepo jmcala en el asunto de las evaluaciones trimestrales. En Séneca están recogidas tres evaluaciones por curso, con sus actas de evaluación. Esas actas tienen casillas numéricas que no pueden dejarse en blanco bajo ningún concepto.
Los inspectores piden esas actas en cuanto hay una reclamación. Ah, y se incluye también la inicial, donde no se pone nota, pero si se recogen los aspectos a tener en cuenta durante el curso con cada grupo de alumnos y con cada uno de sus componentes.

Iridium

Cita de: jmcala en 17 Agosto, 2018, 11:21:59 AM
Cita de: Iridium en 16 Agosto, 2018, 13:30:58 PM
Cita de: jmcala en 16 Agosto, 2018, 12:31:03 PM
Cita de: respublica en 16 Agosto, 2018, 12:05:18 PM
En las sesiones de evaluación parcial hay que emitir una calificación numérica siguiendo los criterios de calificación establecidos en la programación y que deben ser conocidos por el alumnado.

Esa calificación numérica indica a nivel cuantitativo cómo se está desarrollando el proceso de aprendizaje en el momento de la sesión de evaluación parcial.

Si se aplican los criterios de calificación y da una calificación positiva pero el alumno, no está alcanzando los objetivos según se compruebe a través de los oportunos instrumentos de evaluación, entonces es que los criterios de calificación están mal diseñados, o bien no se ha realizado correctamente la evaluación, o es el proceso de enseñanza el que no es adecuado, o sucede todo a la vez.


Saludos.
   

¿Dónde se explicita eso en la normativa, respublica? Porque no recuerdo haber leído que haya que emitir una calificación cuantitativa en las sesiones de evaluación parciales. También me ha tocado pelearme varios años con la directiva porque se pretendía que pusiera una calificación cuantitativa en la evaluación inicial y eso no estaba en normativa alguna. De hecho, ahora se dice lo contrario desde inspección, que es mejor que la evaluación inicial sea un proceso cualitativo y que los instrumentos no sean los malditos exámenes, al menos en exclusiva.

Debo estar muy desorientado con este interesante debate porque me sorprende bastante esa pregunta. Las órdenes andaluzas de julio de 2016 referidas tanto a la ESO como al Bachillerato en cuanto a currículo, evaluación y algún otro aspecto indican claramente la obligatoriedad de poner una calificación numérica por materia en cada sesión de evaluación (que luego se traduce a una determinada expresión en la ESO: insuficiente, suficente...). No se habla de poner un número en la evaluación inicial, pero sí en las sesiones de evaluación y en la evaluación final. ¿O no es esto a lo que te refieres?

Releyendo la Orden del 14 de julio de 2016 para la ESO, en el artículo 18 punto 4, que habla sobre las sesiones de evaluación, dice:

En las sesiones de evaluación se acordará la información que se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o personas que ejerzan su tutela legal, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, de acuerdo con lo recogido en el Decreto 111/2016, de 14 de junio, en la presente Orden y en el proyecto educativo del centro. Esta información deberá indicar las posibles causas que inciden en el proceso de aprendizaje y en el rendimiento académico del alumnado, así como, en su caso, las propuestas o recomendaciones para la mejora del mismo que se estimen oportunas.

Por más que lea no infiero que sea obligatorio poner una nota numérica en las sesiones de evaluación. Es más, la nota numérica no puede expresar todo lo que dice este artículo que ha de formar parte de la información a la que tienen derecho los estudiantes y las familias.

El punto 5 del mismo artículo dice:

Los resultados de la evaluación de cada materia se extenderán en la correspondiente acta de evaluación, en el expediente académico del alumno o alumna y en el historial académico y se expresarán mediante una calificación numérica, en una escala de uno a diez, sin emplear decimales, que irá acompañada de los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), Sobresaliente (SB), aplicándose las siguientes correspondencias: Insuficiente: 1, 2, 3 o 4. Suficiente: 5. Bien: 6. Notable: 7 u 8. Sobresaliente: 9 o 10. Se considerarán calificación negativa los resultados inferiores a 5.

Este punto está referido claramente al resultado de la evaluación ordinaria de cada materia, de ahí que yo me refiriese a la posibilidad de poner la nota cuantitativa solo en la evaluación ordinaria, que es la que tiene validez "legal" o "administrativa" y que queda archivada en el historial del estudiante.

Pero es que, además, el artículo 17 de la misma Orden, en todos sus puntos, incide sobre el tipo de información que hay que hacer llegar a las familias y no aparecen las calificaciones cuantitativas por ningún lado durante el curso. Se insiste mucho en que la información ha de servir para que estudiantes y familias sepan en qué se está fallando o qué se puede mejorar y cómo.

Llevo dos años basando mi manera de evaluar en esta Orden y facilitando información de todo tipo y color a estudiantes y familias para cumplir con ella, precisamente. El curso que viene quiero ir un paso más allá y dejar de poner números para "obligar" a ambos bloques a prestar atención a la información facilitada porque es la que les permitirá mejorar el proceso de aprendizaje. También quiero hacer llegar a las familias de mis estudiantes una copia del informe de análisis de resultados que realizo tras cada trimestre, pero antes debo recabar el permiso de la dirección del centro. Creo que es muy importante que las familias, y los estudiantes, tengan acceso a mis conclusiones y a qué medidas pretendo adoptar para mejorar mi rendimiento.

No vengo a discutirte nada de lo que tú piensas que debe ser una evaluación y la información a las familias ni nada de eso. Puedo estar muy de acuerdo contigo en todo y pensar que eres un docente modelo en el que inspirarse, o incluso puedo estar en desacuerdo total, pero NO es ese el tema.

Yo solo respondía a una cuestión MUY CONCRETA que tú hacías al compañero respublica (y me disculpo por contestarla yo, pero es que me dejó un poco sorprendidido). La pregunta era:
Citar
¿Dónde se explicita eso en la normativa, respublica? Porque no recuerdo haber leído que haya que emitir una calificación cuantitativa en las sesiones de evaluación parciales
Pues sigo diciendo que la normativa, sin lugar alguno a interpretación, dice que en las sesiones de evaluación (esas que llamas parciales), los resultados de la evaluación por materia y para cada alumno "se expresarán mediante una calificación numérica, en una escala de uno a diez, sin emplear decimales"[/i].

Con toda franqueza, no cabe discusión sobre esto. Es así, sin más.


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