¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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fortunate

Desde mi mayor ignorancia, pienso que el concurso de méritos debería ser como el de traslados, sin tope de puntos (y ojo, que con mi tiempo de servicio no es ventajoso para mí). El que más puntuación tenga, se lleva la plaza.

respublica

Cita de: fortunate en 11 Diciembre, 2021, 15:28:25 PM
Desde mi mayor ignorancia, pienso que el concurso de méritos debería ser como el de traslados, sin tope de puntos (y ojo, que con mi tiempo de servicio no es ventajoso para mí). El que más puntuación tenga, se lleva la plaza.

En el concurso de traslados no hay problema legal en que se dé un destino exclusivamente por la antigüedad pero el artículo 61.3 del RDL 5/2015, de acuerdo con la jurisprudencia del TC, establece que:

Los procesos selectivos que incluyan, además de las preceptivas pruebas de capacidad, la valoración de méritos de los aspirantes sólo podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará, en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo.

Por eso los expertos consideran que si se le quiere dar seguridad jurídica es mejor no superar el 40 % y eso justificándolo bien y de forma excepcional.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


fortunate

Por eso he hecho hincapié en mi desconocimiento. Gracias, respublica.

respublica

Cita de: fortunate en 11 Diciembre, 2021, 15:45:47 PM
Por eso he hecho hincapié en mi desconocimiento. Gracias, respublica.

No hay de qué compañera, para eso estamos.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


ameru

Cita de: respublica en 11 Diciembre, 2021, 15:43:46 PM
Cita de: fortunate en 11 Diciembre, 2021, 15:28:25 PM
Desde mi mayor ignorancia, pienso que el concurso de méritos debería ser como el de traslados, sin tope de puntos (y ojo, que con mi tiempo de servicio no es ventajoso para mí). El que más puntuación tenga, se lleva la plaza.

En el concurso de traslados no hay problema legal en que se dé un destino exclusivamente por la antigüedad pero el artículo 61.3 del RDL 5/2015, de acuerdo con la jurisprudencia del TC, establece que:

Los procesos selectivos que incluyan, además de las preceptivas pruebas de capacidad, la valoración de méritos de los aspirantes sólo podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará, en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo.

Por eso los expertos consideran que si se le quiere dar seguridad jurídica es mejor no superar el 40 % y eso justificándolo bien y de forma excepcional.


Saludos.

¿Qué pruebas de capacidad se realizan en un concurso de méritos? Porque yo entiendo que se trata de otra cosa totalmente diferente y excepcional,  y no se aplicaría esa normativa sino la que están por sacar.

joaquindr


Zeronter

Cita de: respublica en 11 Diciembre, 2021, 14:03:26 PM
Los sindicatos del acuerdo con Montoro y después con Iceta están muy descolocados porque siempre se opusieron al concurso de méritos, ahora no saben qué decir y por eso dan largas, no informan, advierten de inseguridad jurídica o le quitan importancia al concurso sin atreverse a oponerse abiertamente.

Una vez se apruebe la ley en los próximos días, lo que deberían hacer todos es exigir a la Junta de Andalucía que saque el máximo número de plazas a concurso, que en las oposiciones de maestros del próximo junio sume las plazas previstas del anterior acuerdo a las de estabilización de la nueva ley y se hagan con el nuevo RD de acceso, no con el anterior.

Además, hay que exigir que junto al concurso oposición de maestros de 2022 se celebre el concurso de méritos, tanto de maestros como del resto de cuerpos.

Y si la Junta de Andalucía se opone, que organicen movilizaciones en su contra, y que todos las sigamos, lo que no le vendrá nada de bien en periodo electoral.


Saludos.

Respublica ya han sacado varias comunidades autónomas su oferta de plazas para el 2022 de maestros y no hay nada de esto que se está hablando por aquí en las bases de esas oposiciones. Vamos ni una pizca de algo que peuda decirnos que va a haber un cambio para bien. Al contrario, el tiempo de servicio va a valer 5 puntos en el baremo en algunas de esas comunidades que ya han convocado. Como tu comprenderás aquí en Andalucía al ver eso está cundiendo el nerviosismo entre los interinos porque el tiempo de servicio va a valer aún menos que en las del 2019 que valió 7 puntos y segun dicen de tres bolas se va a pasar a dos bolas en los temas.

En resumen, que si esto es ir a mejor no sé si es que vivimos en dos realidades diferentes o qué está pasando aquí porque no es que nos lo inventemos, es que está pasando que las comunidades ya estan publicando sus ofertas. Lo que si observamos es que son ofertas con no muchas plazas pero por lo demás, se presentan unas oposiciones en lugar de facilitadoras a la plaza mas duras aún que las del 2019. Que sí van a producirse esos cambios pero por lo que estamos viendo asombrados las cosas se ponen a peor en el 2022. La gente está sorprendida porque no se ven cambios positivos de cara al 2022 sino mas bien al contrario.

respublica

Cita de: ameru en 11 Diciembre, 2021, 17:07:03 PM
Cita de: respublica en 11 Diciembre, 2021, 15:43:46 PM
Cita de: fortunate en 11 Diciembre, 2021, 15:28:25 PM
Desde mi mayor ignorancia, pienso que el concurso de méritos debería ser como el de traslados, sin tope de puntos (y ojo, que con mi tiempo de servicio no es ventajoso para mí). El que más puntuación tenga, se lleva la plaza.

En el concurso de traslados no hay problema legal en que se dé un destino exclusivamente por la antigüedad pero el artículo 61.3 del RDL 5/2015, de acuerdo con la jurisprudencia del TC, establece que:

Los procesos selectivos que incluyan, además de las preceptivas pruebas de capacidad, la valoración de méritos de los aspirantes sólo podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará, en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo.

Por eso los expertos consideran que si se le quiere dar seguridad jurídica es mejor no superar el 40 % y eso justificándolo bien y de forma excepcional.


Saludos.

¿Qué pruebas de capacidad se realizan en un concurso de méritos? Porque yo entiendo que se trata de otra cosa totalmente diferente y excepcional,  y no se aplicaría esa normativa sino la que están por sacar.

La Constitución establece en su artículo 103.3 que el acceso a la función pública debe hacerse de acuerdo con los principios de mérito y capacidad.

La capacidad también se prueba en un concurso de méritos. Es el RDL 5/2015 en su artículo 61.6 es el que posibilita el concurso de méritos:

CitarSólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.

Y la ley que lo va a aplicar es la Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (procedente del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio) que ya ha pasado al Senado y que se explica en el preámbulo:

CitarSobre este concurso como proceso excepcional, cabe traer a colación la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional sobre el principio de igualdad en el acceso a los cargos y empleos públicos (artículo 23.2 CE), que únicamente puede ser exceptuada por razones excepcionales y objetivas. Además, este acceso ha de ordenarse de manera igualitaria en la convocatoria mediante normas abstractas y generales con el fin de preservar la igualdad ante la ley de la ciudadanía, lo que obliga al legislador y a la Administración a elegir reglas fundadas en criterios objetivos y presididos por los cánones de mérito y capacidad que el artículo 103.3 CE dispone (SSTC 67/1989, 27/1991 y 60/1994).

Entre las condiciones que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, han de darse para que no quepa apreciar infracción alguna del principio de igualdad de acceso a cargos y empleos públicos del artículo 23.2 de la Constitución se encuentran, en primer lugar, que se trate de una situación excepcional; segunda, que sólo se acuda a este tipo de procedimientos por una sola vez, pues de otro modo se perdería su condición de remedio excepcional y tercero, que dicha posibilidad esté prevista en una norma con rango legal (STC 12/1999, de 11 de febrero de 1999).

Con esta disposición adicional se da amparo normativo al concepto jurisprudencial de interinidad de larga duración superior a cinco años, que por su carácter de normativa básica, resulta de aplicación al conjunto de las Administraciones Públicas y garantiza la igualdad en todo el territorio.

La previsión contenida en esta Ley para que las Administraciones Públicas puedan convocar el concurso extraordinario y excepcional para aquellas plazas ocupadas temporalmente durante cinco años o más, cumple con los antedichos requisitos jurisprudenciales que además, en todo caso, es razonable, proporcionada y no arbitraria, afectando a todas las plazas de carácter estructural ocupadas de forma temporal e ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 a consecuencia de las tasas de reposición cero de los ejercicios 2012 al 2015, que provocaron la imposibilidad de incorporar, a las correspondientes ofertas de empleo público, las plazas que en esos momentos se estaban ocupando en régimen de interinidad.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


joaquindr


respublica

Cita de: Zeronter en 11 Diciembre, 2021, 17:15:15 PM
Cita de: respublica en 11 Diciembre, 2021, 14:03:26 PM
Los sindicatos del acuerdo con Montoro y después con Iceta están muy descolocados porque siempre se opusieron al concurso de méritos, ahora no saben qué decir y por eso dan largas, no informan, advierten de inseguridad jurídica o le quitan importancia al concurso sin atreverse a oponerse abiertamente.

Una vez se apruebe la ley en los próximos días, lo que deberían hacer todos es exigir a la Junta de Andalucía que saque el máximo número de plazas a concurso, que en las oposiciones de maestros del próximo junio sume las plazas previstas del anterior acuerdo a las de estabilización de la nueva ley y se hagan con el nuevo RD de acceso, no con el anterior.

Además, hay que exigir que junto al concurso oposición de maestros de 2022 se celebre el concurso de méritos, tanto de maestros como del resto de cuerpos.

Y si la Junta de Andalucía se opone, que organicen movilizaciones en su contra, y que todos las sigamos, lo que no le vendrá nada de bien en periodo electoral.


Saludos.

Respublica ya han sacado varias comunidades autónomas su oferta de plazas para el 2022 de maestros y no hay nada de esto que se está hablando por aquí en las bases de esas oposiciones.

Por eso el portavoz de Unidas Podemos ha pedido a todas las Administraciones que sean justas y paren todos los procesos que puedan, entre los que se encuentran sin duda los de las oposiciones docentes de 2022, pero eso depende de las Administraciones convocantes.

El RDL del Icetazo no afectaba a los procesos selectivos en marcha pero la Ley tras las enmiendas aprobadas posibilita en su artículo 2 que esas plazas se sumen a las del nuevo proceso de consolidación siempre que no hayan sido convocadas ya, porque si no, no se puede:

CitarSin perjuicio de lo que establece la disposición transitoria primera, las plazas afectadas por los procesos de estabilización previstos en los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, serán incluidas dentro del proceso de estabilización descrito en el párrafo anterior, siempre que hubieran estado incluidas en las correspondientes ofertas de empleo público de estabilización y llegada la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, no hubieran sido convocadas, o habiendo sido convocadas y resueltas, hayan quedado sin cubrir.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


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