¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 19 Visitantes están viendo este tema.

clomas

Cita de: respublica en 27 Noviembre, 2021, 23:19:15 PM
Cita de: clomas en 27 Noviembre, 2021, 22:55:47 PM
No, no, nooooo. Si hay transformación automática.

FIJO A EXTINGUIR

El Gobierno para sus "excepciones" si lo sabe ultilizar. Por ejemplo, Feijóo, pregúntale, si tienes dudas.
https://heraldtoupeiras.es/2020/12/17/feijoo-modifica-la-ley-de-empleo-publico-en-beneficio-personal-de-miembros-de-su-gobierno/amp/

Eso es otra cosa. Se trata de personal laboral con contrato indefinido de una empresa privada (de la administración paralela) que se integra en la administración pública, pero no como funcionario, sino como laboral aplicándosele las normas de Derecho Laboral, no del Administrativo, y a diferencia de los funcionarios, pueden ser despedidos.

Por cierto, que ningún medio de derechas ha hablado de la administración paralela de las comunidades del PP, ni habla de enchufados, ni los sindicatos de derechas, como CSIF, le montan movilizaciones.


Saludos.
En efecto, esta figura nace en el ámbito estatal. En el año 2012-2013, en el Gobierno de Rajoy, y se crea para empresas del sector público que pasan a la administración pública. Este es el primer uso que se le da.
¿Qué impide que pueda aplicarse a funcionarios interinos hasta que ganen su plaza en oposición?

albay

Cita de: clomas en 28 Noviembre, 2021, 00:20:18 AM
Cita de: respublica en 27 Noviembre, 2021, 23:19:15 PM
Cita de: clomas en 27 Noviembre, 2021, 22:55:47 PM
No, no, nooooo. Si hay transformación automática.

FIJO A EXTINGUIR

El Gobierno para sus "excepciones" si lo sabe ultilizar. Por ejemplo, Feijóo, pregúntale, si tienes dudas.
https://heraldtoupeiras.es/2020/12/17/feijoo-modifica-la-ley-de-empleo-publico-en-beneficio-personal-de-miembros-de-su-gobierno/amp/

Eso es otra cosa. Se trata de personal laboral con contrato indefinido de una empresa privada (de la administración paralela) que se integra en la administración pública, pero no como funcionario, sino como laboral aplicándosele las normas de Derecho Laboral, no del Administrativo, y a diferencia de los funcionarios, pueden ser despedidos.

Por cierto, que ningún medio de derechas ha hablado de la administración paralela de las comunidades del PP, ni habla de enchufados, ni los sindicatos de derechas, como CSIF, le montan movilizaciones.


Saludos.
En efecto, esta figura nace en el ámbito estatal. En el año 2012-2013, en el Gobierno de Rajoy, y se crea para empresas del sector público que pasan a la administración pública. Este es el primer uso que se le da.
¿Qué impide que pueda aplicarse a funcionarios interinos hasta que ganen su plaza en oposición?

Pues está claro: que no serían funcionarios. Serían "personal laboral".


clomas

Cita de: respublica en 27 Noviembre, 2021, 23:55:20 PM
Cita de: Zeronter en 27 Noviembre, 2021, 23:26:10 PM
Respública mi pregunta va hacía ti que parece que sabes bien lo del proceso este que van a realizar en el 2023 y 2024 de méritos. ¿Tú piensas que con ese concurso de méritos van a poder sacar su plaza interinos con mas de cinco años de servicio o quizás se la lleven incluso aspirantes sin tiempo de servicio y los interinos con muchos años de servicio se queden sin nada? Es una pregunta que mucha gente nos preguntamos porque ahí se van a presentar no 20.000 aspirantes sino quizás 90.000 que por probar suerte que no quede.

Hay que esperar al baremo, pero se espera que el 40 % de los méritos sea para la antigüedad, por lo que es muy difícil que alguien sin tiempo de servicio consiga superar en el concurso de méritos a los interinos con mucha antigüedad. Puede darse algún caso raro, pero será una excepción.

Además, en el concurso oposición de estabilización, al quitarse que sean eliminatorias las fases, tampoco lo tendrán nada fácil quienes no tengan tiempo de servicio.

Pero tras la consolidación seguirá habiendo jubilaciones y en las oposiciones correspondientes los libres tendrán su oportunidad, que también tienen derecho.


Saludos.
[Un 40% por ciento en el concurso para la antigüedad, para todo lo demás MasterCard. Sí señor, acuerdo histórico para los interinos.  PSOE, Podemos y Erc. ¿Por cierto, de dónde sacas la información?]

clomas

Cita de: albay en 28 Noviembre, 2021, 00:29:05 AM
Cita de: clomas en 28 Noviembre, 2021, 00:20:18 AM
Cita de: respublica en 27 Noviembre, 2021, 23:19:15 PM
Cita de: clomas en 27 Noviembre, 2021, 22:55:47 PM
No, no, nooooo. Si hay transformación automática.

FIJO A EXTINGUIR

El Gobierno para sus "excepciones" si lo sabe ultilizar. Por ejemplo, Feijóo, pregúntale, si tienes dudas.
https://heraldtoupeiras.es/2020/12/17/feijoo-modifica-la-ley-de-empleo-publico-en-beneficio-personal-de-miembros-de-su-gobierno/amp/

Eso es otra cosa. Se trata de personal laboral con contrato indefinido de una empresa privada (de la administración paralela) que se integra en la administración pública, pero no como funcionario, sino como laboral aplicándosele las normas de Derecho Laboral, no del Administrativo, y a diferencia de los funcionarios, pueden ser despedidos.

Por cierto, que ningún medio de derechas ha hablado de la administración paralela de las comunidades del PP, ni habla de enchufados, ni los sindicatos de derechas, como CSIF, le montan movilizaciones.


Saludos.
En efecto, esta figura nace en el ámbito estatal. En el año 2012-2013, en el Gobierno de Rajoy, y se crea para empresas del sector público que pasan a la administración pública. Este es el primer uso que se le da.
¿Qué impide que pueda aplicarse a funcionarios interinos hasta que ganen su plaza en oposición?

Pues está claro: que no serían funcionarios. Serían "personal laboral".
No serían personal laboral. Se mantendrían en sus puestos hasta jubilarse o hasta conseguir la condición de funcionarios mediante los procesos selectivos. ¿Acaso es mejor quedarse en la calle?]


respublica

El 40 %, si no recuerdo mal porque escribo de memoria, es el máximo que la jurisprudencia permite para la antigüedad, porque si se le da un 60 %, como se sugiere, alguien sin antigüedad no tendría ninguna oportunidad de sacar plaza, y se rompería el principio de igualdad.

Y con esto no digo que sea justo o injusto, sino que legalmente es así.




Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: clomas en 28 Noviembre, 2021, 00:20:18 AM
Cita de: respublica en 27 Noviembre, 2021, 23:19:15 PM
Cita de: clomas en 27 Noviembre, 2021, 22:55:47 PM
No, no, nooooo. Si hay transformación automática.

FIJO A EXTINGUIR

El Gobierno para sus "excepciones" si lo sabe ultilizar. Por ejemplo, Feijóo, pregúntale, si tienes dudas.
https://heraldtoupeiras.es/2020/12/17/feijoo-modifica-la-ley-de-empleo-publico-en-beneficio-personal-de-miembros-de-su-gobierno/amp/

Eso es otra cosa. Se trata de personal laboral con contrato indefinido de una empresa privada (de la administración paralela) que se integra en la administración pública, pero no como funcionario, sino como laboral aplicándosele las normas de Derecho Laboral, no del Administrativo, y a diferencia de los funcionarios, pueden ser despedidos.

Por cierto, que ningún medio de derechas ha hablado de la administración paralela de las comunidades del PP, ni habla de enchufados, ni los sindicatos de derechas, como CSIF, le montan movilizaciones.


Saludos.
¿Qué impide que pueda aplicarse a funcionarios interinos hasta que ganen su plaza en oposición?

Lo que lo impide es que los funcionarios interinos están sujetos al Derecho Administrativo, y no son personal laboral con un contrato indefinido en una empresa privada que ha sido absorbida por una Administración pública.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

elqueresistevence

Cita de: Zeronter en 28 Noviembre, 2021, 00:09:13 AM
Pues perdona que te diga pero si el tiempo de servicio vale un 40% eso quiere decir que el otro 60% serán cursos, carreras, másteres y b2 de idiomas de cualquier tipo. Para no dormir vaya si es así el baremo. Esperemos que valga el tiempo de servicio al menos un 60% y no ese valor de un 40% porque es es insignificante. Vamos que merece la pena coger y hacer la oposición de exámenes no eliminatorios.

Sería un baremo parecido a una bolsa extraordinaria.
4ptos de experiencia docente. A 0.5ptos por año. El que tenga 8 años tiene el tope. Da igual que tenga 30años.
6ptos formación: de 0.5 a 1.5 ptos carrera acceso, 1pto por cada carrera,  1pto por cada máster, 0.5 por cada B2, etc.

Ejemplos
Interino 8  o más años y su carrera de acceso media notable=4ptos+1pto=5ptos.

Interino con 4 años+carrera acceso magisterio+2máster+B2=2ptos+1pto+2ptos+0.5ptos=5'5ptos.

Aspirante con carrera acceso magisterio+otra carrera+3máster+C1=1+1+3+1=6ptos.

Así, que los interinos sin más carreras, máster o B2, ponerse las pilas, que hay aspirantes que os van a pasar como aviones en el concurso de méritos de la doble vía.

Yo he reaccionado rápido. Aprovecho la Huelga del 4 de oct al 30 junio y me quedo en casa con todo el día libre y estoy haciendo 2 máster.
Porque como el baremo que metan sea solo el 40%experiencia y el otro 60%formación, como una bolsa extraordinaria, me como los mocos. Tengo 10 años de servicio y magisterio con eso solo tengo 4ptos de experiencia y 1 de formación=5ptos.

Me coge un aspirante o interino con poco tiempo pero con 2 máster y B2 y todo eso y me adelanta.

Yo me he ido a la huelga desde el 4oct y me matricule en 2 máster, para sumar 2 ptos más. Así llevo oct y nov, en mi casa de huelga liado con un máster por la mañana y otro por la tarde.

respublica

Cita de: elqueresistevence en 28 Noviembre, 2021, 01:25:19 AM
Sería un baremo parecido a una bolsa extraordinaria.
4ptos de experiencia docente. A 0.5ptos por año. El que tenga 8 años tiene el tope. Da igual que tenga 30años.
6ptos formación: de 0.5 a 1.5 ptos carrera acceso, 1pto por cada carrera,  1pto por cada máster, 0.5 por cada B2, etc.

Ejemplos
Interino 8  o más años y su carrera de acceso media notable=4ptos+1pto=5ptos.

Interino con 4 años+carrera acceso magisterio+2máster+B2=2ptos+1pto+2ptos+0.5ptos=5'5ptos.

Aspirante con carrera acceso magisterio+otra carrera+3máster+C1=1+1+3+1=6ptos.

Todo eso no es más que un ejemplo de una suposición personal, pero desde luego, tener dos carreras, tres másteres y un C1, es algo muy excepcional.

En todo caso, lo que la jurisprudencia determina es que ningún mérito puede tener una valoración tal que por sí solo determine el proceso selectivo, y eso no solo afecta al tiempo de servicio, sino también a los méritos académicos.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


elqueresistevence

Si cuenta 2 o más máster para el concurso-oposición, también debe valer para la vía del concurso de méritos.
Yo los estoy haciendo. El que no arriesga no gana.

Prefiero sumar 1 año de trabajo en huelga sin cobrar y 2 máster.

Que 1 año de trabajo con una tutoría, sin tiempo para hacer máster.

Estoy mirando para el futuro y jugando mis cartas. Que no sea moral hacer huelga para hacer máster,pues vale, a estas alturas, que más me da. Yo me voy aprovechar de ella. Ya sólo miro por mí y la plaza. No aguanto más de interino sacando tutorías adelante, para que luego solo valga 4 ptos la experiencia en el concurso de méritos en 2024.

Tal como lo van a plantear valiendo un 40%experiencia y 60%formación. El que solo tenga años y años de interino del 40% no pasa. Como no sume algún máster u otra carrera o B2, en el otro 60% no suma nada y no va a ningún lado.

jmcala

Insisto en algo que se ha pasado por alto.

Hay muchos funcionarios que querrían poder presentarse al concurso de méritos para poder cambiar de especialidad o acceder a plazas en otras CCAA. No se les puede impedir presentar sus méritos para ello. ¿Sería a costa de reducir las plazas de estabilización a los trabajadores temporales?

Los funcionarios que están ahora en prácticas NO son funcionarios provisionales. ¿Pueden las CCAA asignarlos a plazas que estén más de cinco vacantes para eliminarlas del cómputo que se ha hecho?


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'