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Incorporación nuevo centro

Iniciado por AnaCarrasco, 08 Agosto, 2019, 20:09:03 PM

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sidonie_

Cita de: albay en 16 Agosto, 2019, 19:39:37 PM
No sé la de veces que habré copiado este artículo en hilos similares a este:



Resolución de 13 de junio de 2019, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente, para el curso académico 2019/2020.

Decimotercera. Publicación de adjudicación de destinos y efectos.

Los interinos en sustitución no tienen centro de procedencia; albay, seguro que eres una persona excelente, pero estas equivocado. No es la primera vez que te leo errores sobre los que crees estar completamente seguro(a). El año pasado, de hecho recuerdo que me llevaste la contraria sobre una cosa y no te respondí al ver que era perder el tiempo.

3. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 2, el personal que obtenga destino por este procedimiento, deberá permanecer en su centro de origen en su caso, hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso anterior.



Y lo que dice es que si te han dado vacante tienes que ir al centro anterior en su caso, es decir si tuviste centro anterior, porque igual no tuviste centro anterior, tu sustitución acabó en mayo, o como el caso de los funcionarios en prácticas, es tu primera vacante.
Ah, y por cierto no es el día 1, es el 2 este año  cejasnena

sidonie_

Los interinos en sustitución no tienen centro de procedencia; albay, seguro que eres una persona excelente, pero estas equivocado. No es la primera vez que te leo errores sobre los que crees estar completamente seguro(a). El año pasado, de hecho recuerdo que me llevaste la contraria sobre una cosa y no te respondí al ver que era perder el tiempo. Que te hagan caso a ti, o como hice yo en su día pregunte a la administración y los sindicatos. Saludos.


sidonie_

Información de ustea sobre el tema;
http://ustea.es/new/wp-content/uploads/interinos%20especial.pdf

Veréis que dice que si eres interino con vacante, y te dan otra vacante, es cuando tienes que ir en septiembre al centro anterior. Nada de sustitución.

Profe

Decir que un profesor no tiene vocación por quejarse... Dime de que presumes y te diré de que careces...

Yo soy de ese conjunto de profesores que va a cumplir con sus obligaciones en septiembre a 300 km. De su casa. La cosa me va a salir por unos 200 euros, entre hotel, gasolina y comidas. Deberían pagar esto porque así no diríamos que somos unos pringaos. No sería tan descabellado exigir dietas cuando el nuevo destino está tan lejos del anterior. Tenemos todo el derecho del mundo a quejarnos, claro que sí.



nube

Cita de: zocter en 16 Agosto, 2019, 17:15:28 PM
Por cierto, lo de cambiar de trabajo tómalo como un consejo, para ser un PRINGADO siempre será mejor un cambio.

Anda que algunos os sacáis la plaza y ahora vais de adalides de la Educación. Estoy muy feliz con mi trabajo y tú no vas a poner en duda ni mi vocación ni mi profesionalidad. 

Cita de: albay en 16 Agosto, 2019, 18:17:49 PM

¿Llamas pringar a hacer tu trabajo? ¿En serio eres profesor? ¿Con vocación?

Otro igual. Llamo pringar a tener que desplazarte 200 o 300 (o más) kilómetros para hacer unos exámenes después de haber estado de sustituciones (a saber en cuántos sitios) y tocándote, como es el caso, una vacante sobrevenida en mayo.

Espero que aquellos que repartís con tanta severidad vuestras conclusiones sobre mi vocación o profesionalidad por utilizar una jerga más vulgar tengáis otros criterios a la hora de evaluar a vuestro alumnado.

albay

A ver, yo solo informo de lo que dice la normativa. Lo que dice es que SI TE HAN DADO VACANTE TIENES QUE IR AL CENTRO ANTERIOR.

Por otro lado, aparte del tema de los 200 Kms, que supongo que no serán muchos los casos, me gustaría poder entender qué es lo que se demanda con tanto preguntar por este tema.

La primera semana de Septiembre los nuevos no pitan nada en el centro.

Cuando ponéis en cuestión lo de ir a trabajar esa semana, no sé si lo que pretendéis es tener una semana más de vacaciones (que parecen pocas dos meses), o simplemente eludir unas obligaciones que todos tenemos.

Y como dice la ley, siempre EN SU CASO, porque hay casos de todos los colores. Incluidos interinos en sustitución.

Os pongo un ejemplo de un caso en mi centro: un interino ocupa media jornada de un provisional. Ha estado todo el curso (desde 1 de octubre) hasta el 30 de junio. Ha cobrado todo el verano. Ha tenido sus dos meses de vacaciones. Es interino y ocupa sustitución. Le han dado vacante en otro centro para este curso. ¿Debe ir o no debe ir al centro anterior? Pues mi opinión es que sí, que de debe ir, digáis lo que digáis.

Por eso la ley dice EN SU CASO, porque habrá casos y casos.

albay

Cita de: nube en 16 Agosto, 2019, 20:04:57 PM
Cita de: zocter en 16 Agosto, 2019, 17:15:28 PM
Por cierto, lo de cambiar de trabajo tómalo como un consejo, para ser un PRINGADO siempre será mejor un cambio.

Anda que algunos os sacáis la plaza y ahora vais de adalides de la Educación. Estoy muy feliz con mi trabajo y tú no vas a poner en duda ni mi vocación ni mi profesionalidad. 

Cita de: albay en 16 Agosto, 2019, 18:17:49 PM

¿Llamas pringar a hacer tu trabajo? ¿En serio eres profesor? ¿Con vocación?

Otro igual. Llamo pringar a tener que desplazarte 200 o 300 (o más) kilómetros para hacer unos exámenes después de haber estado de sustituciones (a saber en cuántos sitios) y tocándote, como es el caso, una vacante sobrevenida en mayo.

Espero que aquellos que repartís con tanta severidad vuestras conclusiones sobre mi vocación o profesionalidad por utilizar una jerga más vulgar tengáis otros criterios a la hora de evaluar a vuestro alumnado.

Mira, aquí muchos estamos de acuerdo de que has usado el término PRINGAR como jerga. Nadie te lo discute. Pero nos ha molestado a más de uno y de dos.
Pero en vez de ir rebatiendo y quejándote de todos nuestros comentarios (como el suicida de la autopista), ¿no te sería más fácil pedir disculpas por haberlo dicho?

Digo yo, porque para mí llamar PRINGAR a mi trabajo, es una ofensa.

rantanplan

Cita de: albay en 16 Agosto, 2019, 20:07:44 PMA ver, yo solo informo de lo que dice la normativa. Lo que dice es que SI TE HAN DADO VACANTE TIENES QUE IR AL CENTRO ANTERIOR.

Pero para eso hay que tener centro anterior. Y sólo se puede tener centro anterior si se ha tenido prorroga vacacional. Si no se cobró la totalidad del verano, es obvio que el centro anterior era tu casa porque estabas cobrando el paro.

Si se tuvo sustitución o vacante el curso anterior es absolutamente irrelevante en la medida en que la normativa de la única vacante que habla es de la recientemente obtenida.


nube

Pues no. Estoy hasta las narices de los ofendiditos por cualquier chorrada. Así que si a ti o cualquier otro se ha ofendido, de verdad, creo que deberíais mirároslo.

Un saludo.

albay

Señoría, no hay más preguntas.


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