¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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EL SISTEMA DE INTERINIDADES COMO LA CONOCEMOS HASTA AHORA TIENE FECHA DE CADUCID

Iniciado por FLAFLI, 10 Abril, 2015, 22:21:41 PM

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malagueño

Gracias Flafli, esperemos que se traduzca en algo beneficioso para los interinos porque no tendría sentido que la "solución" pasara por acabar todos en la calle.

carloxcor

Como llevo exponiendo en muchos de mis mensajes, es de pura lógica en derecho.
Otra cuestión de lógica es que la concatenación de contratos de trabajos durante un período de más de dos años, supone la presunción de contrato indefinido.
¿Tendremos que esperar?Sí
Nadie lo cuestiona en la empresa privada, por lo que al denunciarse a instancias europeas darán la razón.
Fundamentos: discriminación de trabajadores (idem para trienios y sexenios), aplicación de régimen general de la seguridad social a interinos (aplicación propia de la empresa privada)
Un saludo


DEJAN

Publicado por: FLAFLI
« en: 14 Abril, 2015, 16:35:
Efectivamente, necesitamos un sistema de acceso más objetivo y justo, que a la vez valore como principal mérito el tiempo de servicio.
El problema que hay ahora son los tiempos, a 6 meses de las elecciones generales, no habrá cambios antes ni despues a corto plazo.


SIGNIFICA ESTO QUE EL LAS OPOS TEÓRICAS DE 2016 TODO SEGUIRA IGUAL

Conservatoril

Bueno, pues como tengo alguna más información sobre el tema la voy a ir posteando, en vista de que el tema parece estar pasando bastante desapercibido

Se han mezclado estos días dos sentencias

Una es la que se ha puesto por este hilo, que viene a incidir en la ilegalidad de encadenar contratos de forma indefinida y sobre la que hay interpretaciones bastante dispares, aunque parece que estas maestras italianas van a pasar a ser fijas (desconocemos el sistema funcionarial italiano)

Pero hay otra muchísimo más cercana además de esta de las maestras italianas

Recientemente ha habido una sentencia europea con respecto al SAS, el servicio andaluz de salud, que se ha llevado desde un bufete de Cádiz con el que estamos ya en contacto. Al parecer la sentencia está recurrida por la junta, pero obligaría a que este personal pase a ser personal laboral fijo y vendría a incidir sobre la ilegalidad de encadenar contratos.

Sabemos desde hace tiempo que la ley española establece notables diferencias de trato entre los funcionarios interinos (que estamos en el limbo laboral) y los trabajadores que se rigen por el estatuto de los trabajadores (que si encadenan contratos durante más de tres años tienen que pasar a ser fijos)

Desde la asociación que constituimos legalmente para defendernos del decreto 302 estamos estudiando el caso con el bufete gaditano y en breve emprenderemos una campaña similar en las instituciones europeas si así lo aprueba nuestra asamblea.

Por otro lado deciros que según hemos tenido constancia por el abogado que ha llevado el caso, los interinos de Galicia, Valencia y Madrid ya están dando estos pasos, que como bien sabéis se corresponden directamente con todo lo que siempre he defendido en este foro.
... nunca podría ser un Green Lantern, dado que tendría que ser elegido por los Guardianes de Oa, pero con el suficiente capital y los últimos avances en tecnología, podría ser Batman.


aire


muchísimas gracias por la información.
¿sabe algo USTEA?



Cita de: Conservatoril en 21 Abril, 2015, 18:52:21 PM
Bueno, pues como tengo alguna más información sobre el tema la voy a ir posteando, en vista de que el tema parece estar pasando bastante desapercibido

Se han mezclado estos días dos sentencias

Una es la que se ha puesto por este hilo, que viene a incidir en la ilegalidad de encadenar contratos de forma indefinida y sobre la que hay interpretaciones bastante dispares, aunque parece que estas maestras italianas van a pasar a ser fijas (desconocemos el sistema funcionarial italiano)

Pero hay otra muchísimo más cercana además de esta de las maestras italianas

Recientemente ha habido una sentencia europea con respecto al SAS, el servicio andaluz de salud, que se ha llevado desde un bufete de Cádiz con el que estamos ya en contacto. Al parecer la sentencia está recurrida por la junta, pero obligaría a que este personal pase a ser personal laboral fijo y vendría a incidir sobre la ilegalidad de encadenar contratos.

Sabemos desde hace tiempo que la ley española establece notables diferencias de trato entre los funcionarios interinos (que estamos en el limbo laboral) y los trabajadores que se rigen por el estatuto de los trabajadores (que si encadenan contratos durante más de tres años tienen que pasar a ser fijos)

Desde la asociación que constituimos legalmente para defendernos del decreto 302 estamos estudiando el caso con el bufete gaditano y en breve emprenderemos una campaña similar en las instituciones europeas si así lo aprueba nuestra asamblea.

Por otro lado deciros que según hemos tenido constancia por el abogado que ha llevado el caso, los interinos de Galicia, Valencia y Madrid ya están dando estos pasos, que como bien sabéis se corresponden directamente con todo lo que siempre he defendido en este foro.

respublica

Las sentencias de las que se está hablando aquí son sobre personal laboral y en la docencia española no universitaria no hay por ahora contratos laborales, sino nombramientos de funcionarios en régimen de interinidad.

Los funcionarios interinos no nos regimos por el Estatuto de los Trabajadores, sino por el Estatuto Básico del Empleado Público y se hace así porque de lo contrario se pasaría a ser funcionario de carrera exclusivamente por el criterio de antigüedad, y por tanto no se cumpliría lo que establece la Constitución Española, que es el respeto en el acceso a la condición de funcionario de los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Así que yo no aprecio ninguna novedad en todo ello, y si algo debemos esperar de la Unión Europea no es precisamente mejora de condiciones laborales, sino todo lo contrario, al menos mientras los europeos sigamos votando a los partidos políticos que defienden justamente eso.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Rectifico: sí hay en nuestros colegios e institutos personal laboral docente, el profesorado de religión, al que se le aplica el ET y se le hacen contratos indefinidos, aunque no necesariamente a tiempo completo.

En cualquier caso, el régimen de los funcionarios públicos presenta muchas más ventajas que el laboral del ET, también para el personal temporal.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

majona

Harán lo que sea (o mejor dicho... no harán nada, dejándolo estar lo máximo posible) para que siga existiendo el sistema que permite que un interino pueda estar sumando contratos curso tras curso... con más de 20 años de tiempo se servicio; haciendo la vista gorda y sin sacar esas plazas a oposiciones que, a la vista está, son necesarias año tras año (y una situación puntual, de urgencia y necesidad específica).

Teniendo a miles de personas en vilo cada agosto, familias con incertidumbre, separadas o sin proyectos de vida...  y con tendencia a ignorar todo tipo de premisas, recomendaciones o incluso sentencias...

Cada día que pasa, tienes una oportunidad menos.

... todo llega...


CADISTA

No pasaríamos  a ser funcionarios de carrera, pues como dices, es imposible.
Pero tenemos derecho a acogernos a una situación laboral mucho mejor y menos precaria. Por lo tanto, algo falla, pues nuestra situación como interinos "masacrados"  es ilegal.

Majona, llevas toda la razón.
Pero vamos a luchar.

Conservatoril

... nunca podría ser un Green Lantern, dado que tendría que ser elegido por los Guardianes de Oa, pero con el suficiente capital y los últimos avances en tecnología, podría ser Batman.


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