¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 22 Visitantes están viendo este tema.

respublica

Cita de: fortunate en 29 Marzo, 2019, 10:34:30 AM
Totalmente de acuerdo. En la empresa privada me harían indefinida en mi actual situación: dos años ocupando el mismo puesto en el mismo IES (con visos de que sean tres).
Se ve que has trabajado en pocos centros educativos privados.

¿De verdad queréis que nos traten en el sector público igual que en el sector privado?

Yo desde luego no estoy de acuerdo.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

interina_consorte

¿Pero alguno de los aquí presentes se ha leído la sentencia? Me parece que no habéis reparado en algo:

"Ciertamente, la mera imposición de una indemnización, como la establecida para los otros contratos temporales, no sólo no constituye una sanción por el uso abusivo, sino que ni siquiera posee, por sí sola, el efecto disuasivo frente a esa utilización abusiva de la contratación temporal en tanto que la misma, precisamente por partir de la regularidad de estos contratos, se configura como una indemnización inferior a la que se reconocería al contrato temporal fraudulento."

Se sigue hablando de fraude en la contratación. NO SE PUEDEN ENCADENAR TANTOS CONTRATOS. ES UN ABUSO. ES FRAUDE DE LEY. Y LOS QUE COMENZARON A TRABAJAR COMO INTERINOS NO 'SABIAN A LO QUE VENIAN'. NI TENIAN POR QUÉ SABERLO. SUS CONTRATOS SE PROLONGARON PORQUE ASÍ LO DISPUSO LA ADMINISTRACIÓN. Y SI NO CONVOCAN OPOSICIONES, NO SE PUEDE CONSOLIDAR EL PUESTO DE TRABAJO. Y SI LA ADMINISTRACIÓN LLEVA 10 AÑOS SIN CONVOCAR OPOSICIONES, NO ES CULPA DEL INTERINO. PUNTO.



Emilin

Cita de: interina_consorte en 29 Marzo, 2019, 16:40:33 PM
¿Pero alguno de los aquí presentes se ha leído la sentencia? Me parece que no habéis reparado en algo:

"Ciertamente, la mera imposición de una indemnización, como la establecida para los otros contratos temporales, no sólo no constituye una sanción por el uso abusivo, sino que ni siquiera posee, por sí sola, el efecto disuasivo frente a esa utilización abusiva de la contratación temporal en tanto que la misma, precisamente por partir de la regularidad de estos contratos, se configura como una indemnización inferior a la que se reconocería al contrato temporal fraudulento."

Se sigue hablando de fraude en la contratación. NO SE PUEDEN ENCADENAR TANTOS CONTRATOS. ES UN ABUSO. ES FRAUDE DE LEY. Y LOS QUE COMENZARON A TRABAJAR COMO INTERINOS NO 'SABIAN A LO QUE VENIAN'. NI TENIAN POR QUÉ SABERLO. SUS CONTRATOS SE PROLONGARON PORQUE ASÍ LO DISPUSO LA ADMINISTRACIÓN. Y SI NO CONVOCAN OPOSICIONES, NO SE PUEDE CONSOLIDAR EL PUESTO DE TRABAJO. Y SI LA ADMINISTRACIÓN LLEVA 10 AÑOS SIN CONVOCAR OPOSICIONES, NO ES CULPA DEL INTERINO. PUNTO.


Si existe fraude de ley y se reconoce, la indemnización es procedente, esa Sentencia no dice lo contrario. Otra cosa bien diferente es una interinidad por sustitución que es lo que parece que quiere diferenciar la sentencia, si bien yo no entiendo como se puede tener en el caso "Porras" a una trabajadora sustituyendo durante años y años al titular del puesto de trabajo y no reconocerle ni un euro de indemnización (esa injusticia habría que valorarla), algo inexplicable e injusto a todas luces, pero en este país todo es posible, salta a la vista.

Ya lo comenté antes, aquí el problema es el "fraude de Ley" que Administración y mayoría sindical se niegan a reconocer, llevamos más de dos años comentándolo en este hilo. El llamado Plan de Estabilización no es más que el resultado de la presión de la UE  a España (sanción incluida) por no trasladar la Directiva Europea a la legislación Española.

Bajo mi modesta opinión, lo único que puede forzar esa llamada "solución política" es que el Tribunal de la UE se pronuncie positivamente sobre las cuestiones que le ha planteado un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid, en concreto a la pregunta sobre "qué hacer en caso de contratación fraudulenta" y si la transformación en fijo sería adecuada o no, tanto para salvaguardar al trabajador en sus derechos como para sancionar a la Empresa, en este caso la Administración.

Ya esta sobradamente demostrado que ni el actual gobierno del PSOE en Madrid apoyado por sus aliados en la moción de censura, ni el anterior gobierno de derechas que fue el promotor del Acuerdazo del Sr. Montoro y algunos sindicatos, hacen absolutamente nada para solucionar el problema (todos miran para otro lado y el tiempo pasa y pasa).

Si el título de este hilo alude a que la "solución a la estabilidad puede llegar vía Gobierno Central", es porque estoy convencido de que sólo así se podrá dar fin a este problema (respeto a quien opine lo contrario).

Aquí es tabú hablar de "Fraude de Ley", salta a la vista.

Salud para tod@s.

Emilin

Hay que reconocer que hay algún partido político que si reconoce la existencia del Fraude de Ley, ese partido es PODEMOS, que ha llevado a cabo varias iniciativas en estos últimos meses. En Castilla la Mancha siguen comprometidos con el colectivo:

http://www.eldigitalcastillalamancha.es/actualidad/3711212/Novedosa-proposicion-de-Podemos-para-consolidar-el-empleo-de-los-interinos-en-Castilla-La-Mancha.html


respublica



Cita de: Zeronter en 29 Marzo, 2019, 15:17:24 PM
De acuerdo con Emilin.Esa sentencia esta referida a una sustitucion y no a cubrir vacantes.Son dos cosas diferentes pero parecidas en parte pero no del todo.

Aunque alguno crea erróneamente lo contrario, no existen dos clases de interinos, los sustitutos y los que tienen vacante. Solo existe un tipo de funcionario interino, el recogido en el artículo 10 del EBEP.

El caso de Ana de Diego Porras era muy importante porque ha sido en el que se han basado todas las reclamaciones ante la administración de justicia por parte de los interinos. Esta secretaria de dirección estuvo ocho años en el mismo puesto y reclamó una indemnización por su cese.

En una sentencia que se suponía histórica el TJUE le dio la razón sin especificar la cuantía que le correspondía, pero dos años más tarde, tras reconocer el presidente del TJUE que quizás el tribunal no había entendido bien la legislación española y tras el nombramiento del gobierno del PP de un nuevo juez español que se supone les explicó todo bien a sus colegas, el propio TJUE cambió de criterio y al final Ana se queda sin ninguna indemnización.

Tras lo cual todas las reclamaciones que se hayan basado en su caso, el único que había, seguirán igual destino.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Y no es cierto que exista en la normativa española ni en la europea limitación alguna en la duración de los nombramientos de funcionarios interinos ni en el concatenamiento de los mismos.

Según el EBEP el cese del interino se produce cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

jmcala

Creo que el problema está en eso que llamamos "vacante" o "sustitución" y que muchos entienden como una situación administrativa distinta en cuanto a la contratación. Respublica lo ha dejado claro.

Dicho esto, creo que pocas personas podrán negar que la Administración comete fraude de ley cuando no saca a concurso-oposición las plazas que ocupan interinos y que no tienen funcionario alguno.

www.ejercicios-fyq.com


fortunate

Cita de: respublica en 29 Marzo, 2019, 16:21:36 PM
Cita de: fortunate en 29 Marzo, 2019, 10:34:30 AM
Totalmente de acuerdo. En la empresa privada me harían indefinida en mi actual situación: dos años ocupando el mismo puesto en el mismo IES (con visos de que sean tres).
Se ve que has trabajado en pocos centros educativos privados.

¿De verdad queréis que nos traten en el sector público igual que en el sector privado?

Yo desde luego no estoy de acuerdo.


Saludos.
Hay vida más allá de la educación. He trabajado durante 10 años en puestos administrativos. En todas las empresas, a los dos años, o vas a la calle o te tienen que hacer indefinido.


respublica



Cita de: jmcala en 29 Marzo, 2019, 19:21:47 PM
Dicho esto, creo que pocas personas podrán negar que la Administración comete fraude de ley cuando no saca a concurso-oposición las plazas que ocupan interinos y que no tienen funcionario alguno.

Yo soy partidario de que todos los puestos vacantes salgan a oposición, aunque esto conlleve una fuerte disminución de vacantes para los interinos que no superen la oposición, porque eso es acabar con el empleo precario y dar estabilidad a la plantilla.

Ahora bien, para acusar a la administración de fraude de ley, que es un delito, y ganarlo en los tribunales, hay que ser serios y rigurosos, conociendo bien de lo que se habla.

Fraude de ley en el derecho laboral es cuando un trabajador tiene varios contratos temporales seguidos en vez de un contrato indefinido, para así el empleador ahorrarse la indemnización por despido.

Sin embargo en el derecho administrativo, que es el que se aplica a funcionarios e interinos, no hay limitación en la concatenación de nombramientos como interino y no cabe aducir que la administración busca evitar hacerlo fijo para ahorrarse su despido, porque la concatenación de nombramientos no conlleva la obligación del empleador de hacerlo funcionario de carrera, dado que a esa condición únicamente se accede tras superar el correspondiente proceso selectivo.

Podría aducirse que, según el EBEP las plazas vacantes desempeñadas por funcionarios interinos deberán incluirse en la oferta de empleo correspondiente al ejercicio en que se produce su nombramiento y, si no fuera posible, en la siguiente, salvo que se decida su amortización, por tanto que la administración incumple su propia ley, sin embargo, estos años el parlamento ha aprobado otras leyes de rango superior que por motivos presupuestarios ha restringido el número de plazas de las ofertas de empleo público, y por ello, no es que haya habido un fraude de ley sino que se ha cumplido con otra ley que el gobierno ha considerado más prioritaria.

Aunque la Consejería de Educación hubiese querido no habría podido sacar las plazas que establece el EBEP porque el gobierno de España no le dejaba, y de hecho, en 2012 lo intentó, el gobierno del PP recurrió y el TC le dio la razón, y por tanto, no se le puede acusar de fraude de ley.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

lolopolooza

Gracias Respublica por decir las cosas como son. Que manía con comparar con la empresa privada cuando no tienen nada que ver. Ni hay fraude ni nada...ya lo dirán los tribunales.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'