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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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chuse_t


O el Periodista es muy malo o está muy bien informado, dudo de esto último (aunque el Mundo destapó los papeles de Bárcenas entre otras cosas), lo que dice vulneraría un acuerdo que se ha firmado hace pocos días, sería un record.

Si tuviesen intención de cumplir el art.61.6 del EBEP creo que lo habrían incluido en el acuerdo. Tampoco incluyeron la necesidad de reformar el sistema de acceso y en mismo día del acuerdo ya lo estaban solicitando los tres Sindicatos firmantes. Por otro lado y como sostiene USTEA sería posible puesto que tiene el mismo rango normativo que el sistema de acceso.
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Hola. No es nada descabellado decir que un periodista esté bien informado...Es su profesión. Ya es el segundo artículo que mencionan la ventaja de los interinos en el acceso extraordinario (fesa de concurso solo) . "El mundo" ha tenido momentos buenos de información  y otros que no tanto... Esperemos más fuentes.

chuse_t

Cita de: chuse_t en 04 Abril, 2017, 16:49:50 PM
Según dice Toroloco  Hoy a las 13:27:21 :
O el Periodista es muy malo o está muy bien informado, dudo de esto último (aunque el Mundo destapó los papeles de Bárcenas entre otras cosas), lo que dice vulneraría un acuerdo que se ha firmado hace pocos días, sería un record.

Si tuviesen intención de cumplir el art.61.6 del EBEP creo que lo habrían incluido en el acuerdo. Tampoco incluyeron la necesidad de reformar el sistema de acceso y en mismo día del acuerdo ya lo estaban solicitando los tres Sindicatos firmantes. Por otro lado y como sostiene USTEA sería posible puesto que tiene el mismo rango normativo que el sistema de acceso.


Hola. No es nada descabellado decir que un periodista esté bien informado...Es su profesión. Ya es el segundo artículo que mencionan la ventaja de los interinos en el acceso extraordinario (fesa de concurso solo) . "El mundo" ha tenido momentos buenos de información  y otros que no tanto... Esperemos más fuentes.


chuse_t

Cita de: lmdcerro en 04 Abril, 2017, 16:47:58 PM
Mucho me temo y espero equivocarme, pero creo que el gobierno no quiere convertir a los interinos en funcionarlos. Insisten en hacerles fijos, que no es lo mismo. Me inclino por pensar que les convertirán en personal laboral. Más precarios, vulnerables, creando dos categorías de docentes y separando, aún más si cabe, al colectivo.
Entiendo el pesimismo, y es totalmente compresible, pero creo que es donde estamos ahora mismo y por lo que la UE le ha regañado a la Administración. Por abuso de personal temporal.
no veo lógico que volvamos a lo mismo.

Emilin

El Art. 61, punto 6 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dice textualmente:

6. Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.

Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.

Por lo tanto, los Presupuestos Generales del Estado, al tener Rango de Ley, serían un instrumento válido para poder incluir esta medida, que por otro lado se basaría en la Ley del EBEP que se encuentra totalmente "Consolidada" y que no ha sido objeto, de en este artículo en concreto, de Recursos cuestionando su validez o su encaje constitucional
Yo me pregunto ¿ Existe una situación más "excepcional" que la que ocurre en el presente inmediato con más de 300.000.-empleos temporales en el conjunto de la Administración y con el obligado cumplimiento de las sentencias Europeas por parte de España, que en caso contrario se expone a ser sancionada ?. ¿ Existe algo más económico que no suponga gasto alguno para las administraciones que consolidar en su puesto a todos aquellos trabajadores que desempeñan su función desde por ejemplo hace más de tres años consecutivos y a la vez cumplir las Sentencia Europeas?. ¿ Tiene que existir una situación casi de post-guerra para aplicar este punto del Art. 61 de la Ley del EBEP (la ley esta para aplicarla cuando sea necesario?.

Yo ni afirmo que "El Mundo esté en lo cierto o no lo esté ", tan sólo digo que sería posible la aplicación del Art. 61 punto 6 de la Ley del EBEP y que el escenario es el idóneo por lo que antes he citado, otra cosa es que sea una información errónea esta de El Mundo, todo es posible.
Creo que toca esperar un poco.

Saludos.



respublica

El Mundo vuelve a mentir.

El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de Estado de 2017 en su articulado dice lo mismo que decía el acuerdo:

"La articulación de estos procesos selectivos que, en todo caso, garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones en el desarrollo de los mismos."


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Menesteo

Cita de: DEJAN en 04 Abril, 2017, 15:04:47 PM
¿no eran ilegales las restringidas?
¿si haces un proceso para interinos seria legal?

Pues legal no sé si será, pero yo estuve hace años haciendo una sustitución en un IES que dependía del gobierno central y se estaba transfiriendo a la Junta, y se hizo algo parecido con los profesores de este centro. No me enteré muy bien del tema, porque fue una sustitución corta, los interinos de este centro, creo recordar que tenían categoría de personal laboral o personal laboral fijo cuando pertenecían al gobierno central y la Junta los funcionarizó creando un Tribunal específico para ellos y creo recordar que las oposiciones consistían en presentar una programación didáctica o algo por el estilo. Ni que decir tiene que aprobaron todos.

Lo que está claro es que si no nos movemos, nadie va a hacer nada por nosotros. La transitoria se consiguió a base de muchas huelgas y manifestaciones. Nadie nos va a regalar nada. Pero con lo mansurrón que se ha vuelto el colectivo de los interinos de la enseñanza (y los docentes en general) yo me voy a ir preparando unos cientos de currículos para repartirlos por empresas privadas, porque me veo en la calle. A ver si me sale algún trabajiillo de repartidor de pizzas o recepcionista o cajero de super.

Menesteo

Se me olvidaba decir que a ese tribunal específico que se creó solo se podían presentar ellos. Lo que ocurre es que como fueron unos pocos nadie se enteró de nada y la cosa pasó desapercibida. Distinto es funcionarizar a miles de interinos porque eso no pasaría desapercibido y enseguida saltarían los miles de universitarios que están esperando oposiciones como agua de mayo para salir de las laaaaaaaaargas listas del paro y también muchos funcionarios que dirían que como ellos tuvieron que pelear duro por su plaza a nosotros no nos las pueden dar con facilidad.

Yo la duda que tengo es si poner en mí curriculum que he estado un montón de años trabajando en la enseñanza. No sé si eso me lo valorarán para repartir pizzas o trabajar de cajero.

juan máximo

Cita de: respublica en 04 Abril, 2017, 17:56:37 PM
El Mundo vuelve a mentir.

El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de Estado de 2017 en su articulado dice lo mismo que decía el acuerdo:

"La articulación de estos procesos selectivos que, en todo caso, garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones en el desarrollo de los mismos."


Saludos.
Hasta ahora no había leído los presupuestos.Y a estas horas de la noche me "asalta"una duda:

Artículo 19. Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.


6. Las Administraciones y sectores señalados en las letras A), B), G) y O) y
Policía Local, regulados en el apartado Uno.2 anterior, así como el personal que preste servicios en materia de gestión tributaria y recaudación y de inspección y sanción de servicios y actividades, además de la tasa resultante del apartado Uno, 2 y 3, podrán disponer de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.

Las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización,deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2017 a 2019 y serán coordinados por los Departamento ministeriales competentes.


La tasa de cobertura temporal en cada ámbito deberá situarse al final del período por debajo del 8 por ciento.

La Letra A corresponde a : "Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes".

Andalucía ya ha aprobado la OPE docente de 2.017 y no ha "usado esa tasa adicional para la estabilización del empleo temporal".
¿La habremos perdido?
Eso sería muy grave. cafeara


lixsi2

Cita de: juan máximo en 05 Abril, 2017, 01:34:54 AM



Andalucía ya ha aprobado la OPE docente de 2.017 y no ha "usado esa tasa adicional para la estabilización del empleo temporal".
¿La habremos perdido?
Eso sería muy grave. cafeara

Se perderá siempre y cuando se siga sin saber cual es el número de plazas ocupadas por personal temporal en los últimos tres años. Y para ello es necesario que se publique una plantilla en condiciones en la que se reflejen las vacantes reales existentes. Se vive en una prevaricación constante.

En caso contrario lo que se pondrá es un número al azar. Si ni siquiera se sabe el primer dato, ¿cómo se va a aplicar la cobertura del 90% de algo que ni siquiera se sabe?

Es más ¿cómo se va a saber si la plantilla aumenta o disminuye - algunos están reclamando eso que me parece muy bien- si ni siquiera se sabe cuál es la plantilla real más que mediante estimaciones de datos secundarios como las afiliaciones a la Seguridad Social que en la mayoría de casos ni se dicen?

Un ejemplo concreto: Si en un centro hay 10 profesores, pero se admite que sólo hay una plantilla de 6 y las otras cuatro son de la siguiente guisa: 2 vacantes de jubilación de hace dos años que dejaron de salir en plantilla pero no se han amortizado. 2 vacantes que corresponden a un fraude de ley hecho año tras año que es decir que son plazas supuestamete debidas a las necesidades puntuales de servicio (pero llevan 5 años ocupadas por interinos).

Bajo esta falsedad es absurdo actuar porque depende de los números que admita la Junta se consolidará más o menos. Es más, bajo esta serie de mentiras la Junta puede actualizar la plantilla hasta 7 profesores (de 6 admitidos pero 10 reales, echando por tanto a 3),  y decir que ha aumentado el personal y algunos venderlo como un logro.

En tanto no existan  datos reales y creíbles de conocimiento público (y para ello deben exigirse o hacer un listado paralelo por medio de los sindicatos y trabajadores) es tontería discutir porque el número será el que le dé la gana a la Junta y no se sabrá si es mucho o poco, ni si se cumple el 90% de las plazas temporales ocupadas en los últimos tres años, porque no se sabe el número total real de ellas.

O lo que es lo mismo, será hablar por hablar.

Un saludo.


Freams

Estoy de acuerdo con el último comentario, de eso mismo siempre ha vivido la CEJA. Pero en 2021 tienen que pasar la prueba del algodón y no puede haber más de un 8% de interinos.


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