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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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fortunate

Pues mi DELF B2 es bastante potente. Me lo saqué antes de 2017.
Conozco a gente que se ha sacado el C1 por la EOI y no tienen más nivel que yo.

respublica

Cita de: bluesky en 09 Marzo, 2023, 15:53:58 PM
Buenas. Una duda que me surge. No alcanzo a entender que en un proceso selectivo de esta naturaleza, de entre los aspirantes en posesión de un mismo certificado (B2) a unos sí se les bareme y otros no
¿Esto no supone un agravio comparativo por cuestión de tiempo (antes / después del decreto referido) entre el conjunto de aspirantes que están en posición del B2, el cual vulnera manifiestamente el principio constitucional de igualdad y, por lo tanto, susceptible de impugnación a fin de garantizar dicho principio? No comprendo esta jugada, o se barema o no. Pero creo a unos sí y otros por cuestión de tiempo a mi parecer es o debería ser inconstitucional e impugnable. Si bien, en caso de estar en lo cierto, menos llego a entender que los sindicatos no pongan el grito en el cielo o que nadie se haya manifestado sobre este particular
Saludos

Una normativa puede poner unas condiciones para un proceso selectivo y luego puede cambiarlas para las siguientes oposiciones, eso pasa continuamente y no hay ningún problema, más allá de que a unos beneficia más y a otros menos.

Lo que aquí se habla es diferente, pero no es que la normativa vigente para una próxima oposición indique que un certificado de idiomas de nivel B2 de antes de 2017 no cuente como mérito, y el de nivel B2 obtenido después de 2017 sí cuente. No es eso.

La normativa, a la que tienen que someterse todas las convocatorias docentes no universitarias de España, es el RD 276/2007, y lo que su anexo I fija como baremo para el apartado 2.4 no es el certificado de nivel B2 ni de C1, sino el "Certificado de nivel avanzado o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas".

Y resulta que el RD 1041/2017, de 22 de diciembre, estableció una nueva ordenación de las enseñanzas oficiales de idiomas y una correspondencia con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que no existía con anterioridad, y lo que antes era el "Certificado de Nivel Avanzado" pasó a ser el "Certificado de Nivel Intermedio B2", que a su vez, antes de 2006 era el "Certificado de Aptitud", y el nuevo certificado de nivel avanzado pasaron a ser dos: el "Certificado de Nivel Avanzado C1" y el "Certificado de Nivel Avanzado C2".

Espero haberlo explicado para que se entienda mejor.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Pvv

En las oposiciones de junio ¿pondera el examen es 0,66 y baremo 0,33?¿O sigue 0,6/0,4?

Lolazo

Cita de: Pvv en 10 Marzo, 2023, 09:48:58 AM
En las oposiciones de junio ¿pondera el examen es 0,66 y baremo 0,33?¿O sigue 0,6/0,4?

En reposición es 1/3 méritos y 2/3 el examen

En estabilización es 40% méritos y 60% examen


mares

Se debe cerrar el asunto y abrir varios asuntos " Estabilización via 1 " Estabilización Via 2 " y " Reposición " . La destabilidad via gobierno central hay que cerrarlo . Solo se habla se asuntos que no tienen nada que ver con el asunto a tratar . Gracias ¡¡¡¡

scout

Cita de: mares en 10 Marzo, 2023, 11:10:46 AM
Se debe cerrar el asunto y abrir varios asuntos " Estabilización via 1 " Estabilización Via 2 " y " Reposición " . La destabilidad via gobierno central hay que cerrarlo . Solo se habla se asuntos que no tienen nada que ver con el asunto a tratar . Gracias ¡¡¡¡

Tienes que ver el lado bueno. Te ayuda a que el hilo no se vaya al fondo y tener que rescatarlo después. Araúz y el TJUE van a final de año después de las oposiciones y el concurso de méritos. Éste último ya tiene su propio hilo funcionando. En cuanto baje la marea de los otros temas y haya novedades de éste volvemos a la carga. Perdón por la parte que me toca.

bluesky

Cita de: respublica en 09 Marzo, 2023, 22:28:04 PM
Cita de: bluesky en 09 Marzo, 2023, 15:53:58 PM
Buenas. Una duda que me surge. No alcanzo a entender que en un proceso selectivo de esta naturaleza, de entre los aspirantes en posesión de un mismo certificado (B2) a unos sí se les bareme y otros no
¿Esto no supone un agravio comparativo por cuestión de tiempo (antes / después del decreto referido) entre el conjunto de aspirantes que están en posición del B2, el cual vulnera manifiestamente el principio constitucional de igualdad y, por lo tanto, susceptible de impugnación a fin de garantizar dicho principio? No comprendo esta jugada, o se barema o no. Pero creo a unos sí y otros por cuestión de tiempo a mi parecer es o debería ser inconstitucional e impugnable. Si bien, en caso de estar en lo cierto, menos llego a entender que los sindicatos no pongan el grito en el cielo o que nadie se haya manifestado sobre este particular
Saludos

Una normativa puede poner unas condiciones para un proceso selectivo y luego puede cambiarlas para las siguientes oposiciones, eso pasa continuamente y no hay ningún problema, más allá de que a unos beneficia más y a otros menos.

Lo que aquí se habla es diferente, pero no es que la normativa vigente para una próxima oposición indique que un certificado de idiomas de nivel B2 de antes de 2017 no cuente como mérito, y el de nivel B2 obtenido después de 2017 sí cuente. No es eso.

La normativa, a la que tienen que someterse todas las convocatorias docentes no universitarias de España, es el RD 276/2007, y lo que su anexo I fija como baremo para el apartado 2.4 no es el certificado de nivel B2 ni de C1, sino el "Certificado de nivel avanzado o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas".

Y resulta que el RD 1041/2017, de 22 de diciembre, estableció una nueva ordenación de las enseñanzas oficiales de idiomas y una correspondencia con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que no existía con anterioridad, y lo que antes era el "Certificado de Nivel Avanzado" pasó a ser el "Certificado de Nivel Intermedio B2", que a su vez, antes de 2006 era el "Certificado de Aptitud", y el nuevo certificado de nivel avanzado pasaron a ser dos: el "Certificado de Nivel Avanzado C1" y el "Certificado de Nivel Avanzado C2".

Espero haberlo explicado para que se entienda mejor.


Saludos.

Está inmejorablemente explicado, muchas gracias
Saludos

Zeronter

Cita de: mares en 10 Marzo, 2023, 11:10:46 AM
Se debe cerrar el asunto y abrir varios asuntos " Estabilización via 1 " Estabilización Via 2 " y " Reposición " . La destabilidad via gobierno central hay que cerrarlo . Solo se habla se asuntos que no tienen nada que ver con el asunto a tratar . Gracias ¡¡¡¡

Cierto eso y la estabilización que hay planificada poco va a resolver esta situación.


ladyfita

La solución por la que ha optado la Junta con el tema idiomas, reconociendo los B2 anteriores al RD 1041/2017, implica que a estas personas de ahora en adelante no se les va a exigir el nivel C1 o C2  en todas las convocatorias  de reposición, puesto que se les ha validado el nivel que obtuvieron  en su día, como nivel avanzado. ¿o no?  Creo que va a dar muchos problemas.

Jmlr0006

Tampoco hay tanta gente creo con b2 de la EOI, lo fácil era aptis, Trinity,...


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