¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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scout

Sentencia del tribunal supremo  24/06/2019:  Es legal valorar cuatro veces más la experiencia laboral en la propia administración convocante que en otras.

https://apiscam.blogspot.com/2019/07/el-tribunal-supremo-sentencia.html


respublica

Cita de: sergio1976 en 17 Mayo, 2022, 19:08:09 PM
Esto es lo que deberían hacer todos los sindicatos, exigir que se cumpla la ley, aunque en este caso las CCAA han contado con el beneplácito del Ministerio.

La propia Ley 20/2021, en su artículo 2.7 establece que:

Con el fin de permitir el seguimiento de la oferta, las Administraciones Públicas deberán certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas estructurales ocupadas de forma temporal existente en cada uno de los ámbitos afectados.

Así que los sindicatos deberían solicitar copia de dicho certificado y la identificación completa de todas las plazas, con certificado por parte de los departamentos de personal correspondientes, y por supuesto el Ministerio de Hacienda y Función Pública debería comprobar la veracidad de esas plazas.

Cuanta más fuerza tenga la movilización convocada por USTEA y CGT, con mejor posición irán a demandar y negociar todos esos aspectos con la Consejería de Educación.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Zeronter

Cita de: Docenteando en 17 Mayo, 2022, 18:21:39 PM
SINDICATO DE ENSEÑANZA DE CGT VALLADOLID FUNDAMENTOS PARA ANULAR LA CONVOCATORIA DE OPOSICIONES A MAESTR@S 2022 La Comisión Europea se ha manifestado en contra del abuso de la temporalidad laboral en España y, concretamente, en el sector público, donde señala que se ha realizado un amplio y potencialmente abusivo uso de los contratos temporales. Esto llevó a que la Comisión incoara un procedimiento de infracción contra España [INF (2014)4334] y se exigiera la necesidad de medidas para reducir la temporalidad y también para prevenir y sancionar los abusos. Para ello, se elaboró la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, fijándose el plazo de un año para la adaptación de la normativa del personal docente según el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el  empleo público. La Ley 20/2021 contempla la previsión de realizar una convocatoria preceptiva y por una sola vez de un concurso de méritos que debe incluir: (a) todas las plazas ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 y (b) todas las plazas de naturaleza estructural que, al tiempo de entrada en vigor de la Ley, estén ocupadas por personal con una relación temporal anterior a 1 de enero de 2016, aunque la plaza no esté ocupada con empleados públicos temporales con anterioridad a 1 de enero de 2016. De forma similar, la ley obliga a convocar concursos-oposiciones para cubrir las plazas que estén ocupadas de forma temporal e ininterrumpida, al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 (a excepción de las plazas incluidas en los procesos de estabilización previstos en las Leyes de Presupuestos 2017 y 2018, si los procesos selectivos de estabilización han sido ya convocados). En estos casos, se plantea la posibilidad de que los ejercicios de la fase de oposición no sean eliminatorios. Teniendo en cuenta lo anterior, podemos decir que la administración educativa de Castilla y León, conocedora de la normativa, ha preferido o ha optado de forma injustificada, y a sabiendas, por eludir la aplicación de la convocatoria del proceso de concurso de méritos para las plazas legalmente previstas, no aplicando una norma legal y vigente como es la Ley 20/2021. La inaplicación de la Ley 20/2021 es un claro fraude a la legalidad vigente, y supone una maniobra política interesada que perjudica directamente a los miles de interinos e interinas que cumplen los requisitos para participar en los procedimientos establecidos en la mencionada Ley, precisamente para reducir la temporalidad del empleo público y en aplicación del Derecho Comunitario. Además, este nuevo fraude de la Administración, que se suma a la propia utilización que se ha hecho de la interinidad y al abuso en su duración, se desarrolla en contra del personal interino y afecta a sus más elementales derechos. Por ello, podemos afirmar que: (1) Existe discriminación y un trato diferenciado sin justificación y que debe considerarse desproporcionado, redundando en la vulneración denunciada por las instituciones europeas. (2) Se estaría produciendo una clara y evidente desviación de poder, impidiendo que una norma y unos procedimientos contenidos en la Ley 20/2021 carezcan de virtualidad y se alejen de la finalidad para la que están previstos, convocando en primer lugar el ordinario concurso-oposición, cuando de forma necesaria e imperativa deben convocarse con prioridad los procesos de la reiterada Ley 20/2021. (3) Se produce la vulneración del más elemental principio que rige los actos administrativos como es la obligación de su motivación, de tal forma que permitir la actuación que se viene a impugnar con este recurso supone dar pie a una más que evidente arbitrariedad administrativa, o a algo todavía más grave, que es el intencionado perjuicio a los empleados públicos temporales. (4) Se permite que el incumplimiento, la falta de motivación, la infracción legal, la vulneración de derechos fundamentales, termine beneficiando a la propia administración que causa el abuso en la temporalidad. En definitiva, la actual convocatoria que se impugna no cumple con los dictados de la Comisión Europea ni de la Ley 20/21, ni sirve para cumplir con las sanciones ya impuestas. Por el contrario, de nuevo estamos ante una convocatoria del mismo tipo que las anteriores, que nos han llevado a esta situación y en la que apenas se oferta el número mínimo de plazas en función de la tasa de reposición, es decir, perpetuando la temporalidad, el fraude y el abuso. Por lo que CGT solicita a la Consejería de Educación de Castilla y León que anule la actual convocatoria de oposiciones al Cuerpo de Maestr@s. Mayo 2022

Recurso en contra de las oposiciones salen todos los años y al final se quedan en nada. No es nada nuevo.



Alicia99

DIVIDE Y VENCERAS.

A los interinos nos han dividido en tres grupos:

A. Interinos viejos con muchos años de servicio. Para que las plazas no vayan para este grupo han sacado el requisito " oposiciones aprobadas posteriores al 2012". Hay pocos interinos viejos que cumplan este último requisito ya que si hubiesen aprobado  oposición reciente hubieran obtenido también la plaza por el buen baremo. Este grupo de interinos o van a la calle o quedan para sustituciones pateando de nuevo toda Andalucía.

B. Interinos que han entrado sobre el 2012. Son los beneficiados, tienen el máximo de tiempo de servicio y generalmente se entran en bolsa aprobando una oposición. Contra más plazas hayan, más posibilidades tendrán todos ellos de entran.

C. Interinos con poco tiempo de servicio. Contra más plazas salgan para el grupo B, más posibilidades tienen de quedarse en la calle.


Eso es lo que han ideado para darle la vuelta como  un calcetín  a lo ordenado por la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad.

Dicho popular: Quien hizo la ley, hizo la trampa. Aquí la trampa está en el baremo. Y sí, estuvimos comentando ese punto en los borradores, se lo dijimos a nuestros respectivos sindicatos...pero es que caray  anaidanimo si quitan el requisito del 2012 entrarían el grupo A anaidpreocupados

joaquindr

 Alicia, yo creo que han hecho el siguiente cálculo: siguiendo la analogía de tu ejemplo en el grupo A está aproximadamente el 8% de los interinos; con su método de estabilización se quitan de en medio al grupo B, al A los tienen haciendo sustituciones y por tanto no hay que indemnizarlos, y al grupo C al tener poco tiempo de servicio tampoco hay que pagarles si no trabajan. La banca gana.

Zeronter

Cita de: Alicia99 en 18 Mayo, 2022, 07:22:06 AM
DIVIDE Y VENCERAS.

A los interinos nos han dividido en tres grupos:

A. Interinos viejos con muchos años de servicio. Para que las plazas no vayan para este grupo han sacado el requisito " oposiciones aprobadas posteriores al 2012". Hay pocos interinos viejos que cumplan este último requisito ya que si hubiesen aprobado  oposición reciente hubieran obtenido también la plaza por el buen baremo. Este grupo de interinos o van a la calle o quedan para sustituciones pateando de nuevo toda Andalucía.

B. Interinos que han entrado sobre el 2012. Son los beneficiados, tienen el máximo de tiempo de servicio y generalmente se entran en bolsa aprobando una oposición. Contra más plazas hayan, más posibilidades tendrán todos ellos de entran.

C. Interinos con poco tiempo de servicio. Contra más plazas salgan para el grupo B, más posibilidades tienen de quedarse en la calle.


Eso es lo que han ideado para darle la vuelta como  un calcetín  a lo ordenado por la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad.

Dicho popular: Quien hizo la ley, hizo la trampa. Aquí la trampa está en el baremo. Y sí, estuvimos comentando ese punto en los borradores, se lo dijimos a nuestros respectivos sindicatos...pero es que caray  anaidanimo si quitan el requisito del 2012 entrarían el grupo A anaidpreocupados
Lo has resumido muy bien lo que va a pasar. Una pena, la verdad.

jmcala

A mí hay algo que me escama mucho de todo esto. ¿Qué pasará con los interinos cuando se hayan acabado los procesos de estabilización? El actual sistema de bolsas no se mantiene porque daría lugar a nuevos abusos de temporalidad.


Ceachehí

Si tras los procesos de estabilización reducen por debajo del 8% la tasa de interinidad y las plazas que queden vacantes por jubilación o muerte las sacan a reposición no habría problema.

malogu

Cita de: jmcala en 18 Mayo, 2022, 16:00:45 PM
A mí hay algo que me escama mucho de todo esto. ¿Qué pasará con los interinos cuando se hayan acabado los procesos de estabilización? El actual sistema de bolsas no se mantiene porque daría lugar a nuevos abusos de temporalidad.
Tras los procesos de estabilización y sabiendo que se autoriza una tasa de reposición superior al 100%, aunque las listas de interinos continuarán sobre todo para sustituciones, serán muy pocos los que puedan ocupar una vacante de curso completo cuando todo esto acabe.


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