¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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malagueño

Cita de: respublica en 23 Diciembre, 2021, 22:28:06 PM
Cita de: malagueño en 23 Diciembre, 2021, 22:15:00 PM
Cita de: respublica en 23 Diciembre, 2021, 22:03:25 PM
Cita de: malagueño en 23 Diciembre, 2021, 20:25:35 PM
Cita de: respublica en 23 Diciembre, 2021, 19:11:25 PM
Menos mal que la nueva ley incluye una indemnización porque ya se ve a qué conduce lo que algunos llaman "vía judicial" y yo llamo tirar dinero, tiempo y esfuerzos en vendedores de propaganda:

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en sentencia de 30/11/2021 afirma que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad si no está contemplada en la legislación nacional, y ante demanda de indemnización al cese de 20 días por año trabajado por abuso de temporalidad en estatutario interino de vacante, pasa a reconocer una situación de abuso pero no concede la indemnización por abuso al no existir en la legislación nacional


Saludos.

Pues no tienes razón y das información sesgada ahí están sentencias del TJUE sobre Italia y Grecia, indicando que el derecho de la unión prevalece sobre las constituciones nacionales incluso si estas prohiben la conversión automática en funcionarios de carrera. El tribunal supremo español ignora las sentencias del TJUE como hizo con las cláusulas suelo.  Tengo entendido que el tribunal general ha aceptado recurso de trabajadores del ayuntamiento de Zaragoza,  sus sentencias son de aplicación directa,  ahí empezará el baile

¿Que yo me equivoco y doy una información sesgada?

Lo que yo he hecho es informar de una sentencia firme del Tribunal Supremo del 30 de noviembre de este año cuyo contenido y análisis se hace en APISCAM.

En cambio otros solo repiten lo que dice la división comercial de bufetes de abogados desaprensivos que se aprovechan de la desesperación e ignorancia, esos que decían que por un módico precio era completamente seguro que se iba a conseguir lo que ahora el Tribunal Supremo en sentencia firme rechaza. Esos que decían que había que contratarlos antes de que las Cortes legislaran y resulta que el Supremo falla diciendo lo contrario.

En fin, ya somos mayorcitos y llevamos muchos años con esto como para volver otra vez de donde ya venimos.

Saludos.

Si informas SOLO de unas sentencias SI es información sesgada porque hay otras sentencias no solo españolas sino europeas indicando justo lo contrario y JAMÁS te he visto compartir sentencias de ese tipo. Segundo lugar esa sentencia es una aberración puesto que admite el abuso PERO NO SANCIONA lo cuál escapa a todo sentido común, porque si un estado como España simplemente no adapta su legislación a la europea y se permite que esta situación se prolongue  jamás adaptarían aquellas leyes que no le interesa. El derecho de la Unión PREVALECE  y las sentencias del TJUE son vinculantes TODAS no solo la que refiere a casos españoles sino de toda la unión. Así que sí tu información es sesgada y defendiendo unos intereses y opiniones personales porque si no fuera así pondrías otras muchas sentencias publicadas en aspicam que dicen justo lo contrario

Sentencias antiguas ya las hemos comentado aquí mismo cuando se produjeron. Esta es la última, recién salida y es de lo más pertinente darla a conocer y comentarla porque no es una sentencia cualquiera de un juzgado de provincias.

Todo lo demás de que es una aberración, de que el Supremo se equivoca en su interpretación jurídica, etc., es una opinión de un particular que tiene derecho a criticar las sentencias que no le gusten como cualquier otro ciudadano, pero estamos hablando de la última sentencia firme del Tribunal Supremo sobre este asunto, y lo que importa son las sentencias firmes, no lo que dice un particular o un abogado de que se puede conseguir algo si lo contratas.

Quienes han llegado hasta el Supremo reclamando una indemnización han estado pagando varios años para nada y eso no es ninguna opinión sino la constatación de lo que esa sentencia dice.


Saludos.

Mira si fueras objetivo no dirías que los abogados son saca dinero, pondrías las noticias y punto. Tienes un punto de vista y lo defiendes pero no vengas de inocente y neutro y repito la última instancia judicial es el TJUE y dice lo que dice y JAMÁS coincide con el supremo. Saludos

Valmor

Cita de: Zeronter en 23 Diciembre, 2021, 22:56:36 PM
La verdad que según dicen en Italia, Gracia y algun otro país han hecho lo d elos interinos mejor que aquí y en España siempre vamos dando la nota. Y por si fuera poco nos ponen un segundo borrador que eso no hay ni por donde cogerlo de lo mal que plantea todo.

Los borradores son puro esperpento y el escenario que se plantea para muchos interinos en fraude de ley es incierto. Y ya lo que me parece desconcertante es que algunos se aferren a que un concurso de méritos es muy competitivo y es lo que hay. A ver si nos enteramos de que un concurso de méritos en el que no se garantiza la estabilidad de interinos en abuso de temporalidad no es válido y contradice la legislación europea, que tiene prioridad sobre la sacrosanta Constitución Española. 


Zeronter

El concurso de méritos que se ha planteado o se quiere plantear porque aún está en el aire cómo lo quieren hacer es como la loteria de navidad. Echas el boleto y a ver si te toca porque viendo lo que piden se te corta la respiración. Y pensar que se decía que había un colectivo en fraude de ley y todo eso se difumina con este panorama planteado por amabas vías. Ya hasta por el concurso-oposición piden requisitos más difíciles aún. En definitiva que a este paso no sabes para donde tirar. No sabes si escoger alguna de las dos vías, si se podrá echar suerte en ambas o irte a Italia a ver si allí hay mas suerte que en tu propio país con este panorama.

elqueresistevence

OPINIÓN 6 GRANDES SINDICATOS ANDALUCES SOBRE BORRADOR RD MODIFICADO


ELECCIONES SINDICALES EDUCACIÓN ANDALUCÍA DICIEMBRE 2018 = 372 DELEGADOS a elegir por los docentes (próximas elecciones sindicales educación Andalucía diciembre 2022).

RESULTADOS

CSIF 103
ANPE 68
USTEA 62
CCOO 58
CGT 29
UGT 27
DXLP 5
SIEP 3


OPINIONES SOBRE EL BORRADOR RD MODIFICADO DE LOS PRINCIPALES SINDICATOS

¿A mi me gustaría ver el baremo presentado y las objeciones que han puesto los distintos sindicatos?



https://www.csif.es/contenido/nacional/educacion/332783


https://anpe.es/notices/20395/Informe.-Mesa-de-Negociaci%C3%B3n


https://intersindicalrm.org/ensenanza/finaliza-sin-acuerdo-la-mesa-de-negociacion-del-nuevo-acceso-docente/


https://fe.ccoo.es/noticia:611387--CCOO_valora_que_Educacion_recoja_sus_principales_reivindicaciones_en_el_nuevo_concurso_oposicion_transitorio_pero_pide_algunas_mejoras_y_rectificaciones


https://educacion.fespugtclm.es/mesa-sectorial-ministerio-negociacion-de-la-modificacion-del-rd276-2007-ugt-sigue-trabajando-para-mejorar-el-sistema-de-acceso-a-la-funcion-publica-docente/[/u

http://cgtaeducacion.org/luces-y-sombras-del-nuevo-decreto-de-interinidad

Estos son los datos y vuestras las conclusiones...




- A la espera de negociar el 3º borrador y definitivo, algunos sindicatos van a pedir que:


*Cuente las oposiciones aprobadas en cualquier fecha, no solo después de 2012 (medida que discrimina aprobar según una fecha).

*Cuente el tiempo completo a 0'7 año, por cuerpo y no especialidad, tanto en el concurso de méritos como el concurso-oposición. El tiempo debe valer completo te presentes a la especialidad que quieras, mientras que sea del mismo cuerpo, como siempre. Lo planteado sobre la experiencia no tiene ningún sentido, en el cuerpo de maestros se puede acumular experiencia de distintas especialidades, como ha sido siempre y valerte para opositar por cualquiera. Que toda esa experiencia no se valore y la de la concertada-privada sí, no tiene ningún sentido.

*Cuente los cursos de formación y planes y proyectos, en el apartado otros méritos, junto con las oposiciones aprobadas.

*Dar a elegir entre programación o UDI,  como el 1º borrador.






- Sin embargo, hay otros sindicatos que piden:


*Aumentar el peso del apartado de formación y que cuente más de 1 mástercard.

*Seguir con supuestos prácticos y sacar 2'5 en cada parte (escrito y UDI) para hacerte media, no vale 9+2=11/2=5'5 eliminado no suma baremo; si vale 7+3=10/2=5 se te suma baremo.


Pues eso, que cada cuál saque sus conclusiones para las próximas elecciones sindicales, sobre los apartados que pide cada sindicato que prime del baremo (antigüedad-formación-otros méritos), tiempo por cuerpo como siempre o especialidad como ahora 2022-2024 transitorio, opos tras 2012 o todas, etc.


elqueresistevence

En la transitoria 2007-2011 los interinos en la UDI tenían un 10 y exponían solo la programación. Pero eso se declaró anticonstitucional, ya que los aspirantes si tenían que exponerla.

Ahora lo lógico sería que ni aspirantes ni interinos expongan la UDI  y lo que expongan sea la programación como aquella época. O dar la posibilidad entre las dos cosas. Pero eso de imponer la UDI, es una estafa comparada con la transitoria 2007-2011.

Pero, lo más importante de todo es que hubiera tres convocatorias, como lo fue 2007-2009-2011 y muchas plazas como aquella época. Por ejemplo, en 2007 hubo 4500 plazas especialidad primaria, 65 plazas para un tribunal de 100 personas. Ojo la especialidad de primaria solo 4500 plazas, sin contar el resto de especialidades del cuerpo de maestros.

Conozco compañeros que aprobaron la plaza de la siguiente manera:

Baremo 10 ptos (7 antiguedad, 2 formación con cursos, 1 planes y proyectos).
Examen escrito 0 ptos (40%), programación 0 ptos (30%), UDI 10 ptos (30%) (el global no hacia falta un 5, como ahora si hace falta entre las dos partes). Nota OPOSICIÓN= 3 PTOS

CONCURSO 40% = 4PTOS ( 10 ptos de baremo x 40%= 4ptos).
OPOSICIÓN 60% = 6 PTOS ( 3 ptos en oposición x 60%= 1'8 ptos).
4ptos + 1'8ptos = 5'8 ptos y CONSEGUÍAN PLAZA, de tantas que había.

Por lo cual, fue como un concurso de méritos encubierto, ya que lo único que hacían eran acto de presentación en el escrito y la programación. Y encima tenían un baremo lógico.


Así que no nos vendan la película, la transitoria de aquella época durante tres convocatorias 2007-2009-2011, fue mejor. Fueron 3 convocatorias que eran concursos de méritos encubiertos, no había que hacer nada para llevarte la plaza si tenías 10 de baremo, solo hacer acto de presentación.



Ahora solo habrá un concurso de méritos y encima los interinos longevos sin opos aprobadas de 2012 en adelante tendrán 10 de 15. Y muchas menos plazas. No se la llevan ni de broma por concurso de méritos.

Y por concurso-oposición tendrán 9 de 10 de baremo y para hacerle media tendrán que sacar un 10 entre el escrito y la UDI, antes ni escribían y ya les valía para la plaza.


Así que menos aplausos que si esto se ha conseguido gracias a Podemos por apretar al PSOE.

El PSOE de Zapatero, si que hizo una buena transitoria en el cuerpo de maestros en 2007-2009-2011 y encima con una megaoferta de plazas.

Isamo

Cita de: elqueresistevence en 24 Diciembre, 2021, 01:39:05 AM
En la transitoria 2007-2011 los interinos en la UDI tenían un 10 y exponían solo la programación. Pero eso se declaró anticonstitucional, ya que los aspirantes si tenían que exponerla.

Ahora lo lógico sería que ni aspirantes ni interinos expongan la UDI  y lo que expongan sea la programación como aquella época. O dar la posibilidad entre las dos cosas. Pero eso de imponer la UDI, es una estafa comparada con la transitoria 2007-2011.

Pero, lo más importante de todo es que hubiera tres convocatorias, como lo fue 2007-2009-2011 y muchas plazas como aquella época. Por ejemplo, en 2007 hubo 4500 plazas especialidad primaria, 65 plazas para un tribunal de 100 personas. Ojo la especialidad de primaria solo 4500 plazas, sin contar el resto de especialidades del cuerpo de maestros.

Conozco compañeros que aprobaron la plaza de la siguiente manera:

Baremo 10 ptos (7 antiguedad, 2 formación con cursos, 1 planes y proyectos).
Examen escrito 0 ptos (40%), programación 0 ptos (30%), UDI 10 ptos (30%) (el global no hacia falta un 5, como ahora si hace falta entre las dos partes). Nota OPOSICIÓN= 3 PTOS

CONCURSO 40% = 4PTOS ( 10 ptos de baremo x 40%= 4ptos).
OPOSICIÓN 60% = 6 PTOS ( 3 ptos en oposición x 60%= 1'8 ptos).
4ptos + 1'8ptos = 5'8 ptos y CONSEGUÍAN PLAZA, de tantas que había.

Por lo cual, fue como un concurso de méritos encubierto, ya que lo único que hacían eran acto de presentación en el escrito y la programación. Y encima tenían un baremo lógico.


Así que no nos vendan la película, la transitoria de aquella época durante tres convocatorias 2007-2009-2011, fue mejor. Fueron 3 convocatorias que eran concursos de méritos encubiertos, no había que hacer nada para llevarte la plaza si tenías 10 de baremo, solo hacer acto de presentación.



Ahora solo habrá un concurso de méritos y encima los interinos longevos sin opos aprobadas de 2012 en adelante tendrán 10 de 15. Y muchas menos plazas. No se la llevan ni de broma por concurso de méritos.

Y por concurso-oposición tendrán 9 de 10 de baremo y para hacerle media tendrán que sacar un 10 entre el escrito y la UDI, antes ni escribían y ya les valía para la plaza.


Así que menos aplausos que si esto se ha conseguido gracias a Podemos por apretar al PSOE.

El PSOE de Zapatero, si que hizo una buena transitoria en el cuerpo de maestros en 2007-2009-2011 y encima con una megaoferta de plazas.

En la transitoria tenías que tener mínimo 2,5 puntos en cada parte para que te hiciera media.

respublica

Cita de: elqueresistevence en 24 Diciembre, 2021, 01:39:05 AM
El PSOE de Zapatero, si que hizo una buena transitoria en el cuerpo de maestros en 2007-2009-2011 y encima con una megaoferta de plazas.

Esa transitoria fue ilegal y esa ilegalidad nos perjudicó a muchos que nos incorporamos a la enseñanza pública en esa época.

Se puede añorar esa ilegalidad todo lo que se quiera pero lo que no puede es volverse a repetir.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Isamo

Pues estoy buscando la info de lo que he aseverado antes y no la encuentro. Juraría que había un mínimo para que hiciera media pero lo mismo desvarío ya. Dejo la convocatoria por si a alguien le interesa pero hay cosas que mejor olvidar...  :'(

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2008/55/21


respublica

Cita de: Valmor en 24 Diciembre, 2021, 00:08:21 AM
A ver si nos enteramos de que un concurso de méritos en el que no se garantiza la estabilidad de interinos en abuso de temporalidad no es válido y contradice la legislación europea, que tiene prioridad sobre la sacrosanta Constitución Española.

A mí lo que me asombra es que os sigáis creyendo la propaganda de determinados bufetes desaprensivos, que dicen lo que sus desesperados clientes quieren oír, pese a que toda la evidencia disponible demuestra que es falso, dado que en los últimos veinte años no han ganado nada y ni consiguen indemnización, ni indefinido no fijo, ni fijo a extinguir, ni medio fijo, ni fijo entero, ni nada de nada, salvo engordar sus beneficios empresariales.

La enfermera interina que recurrió hasta llegar al Supremo también se lo creyó y ha perdido. La sentencia es firme y no se puede recurrir, así que en vez de la indemnización prometida habrá estado pagando varios años sin cobrar absolutamente nada.

Deberían cobrar solo si consiguen algo de lo que prometen a sus clientes, y seguro que entonces no les resultaría tan rentable engañar a incautos.

Esto es lo que dice la Sentencia del Supremo, y según APISCAM, es todo un aviso de lo que previsiblemente está por venir en sus próximas sentencias sobre consecuencias del abuso de temporalidad en personal funcionario y estatutario:

Citar"Debe subrayarse que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea admite que las sanciones e indemnizaciones pueden ser una medida equivalente para alcanzar el efecto disuasorio contemplado en la cláusula 5 del Acuerdo Marco; pero en ningún momento ha dicho que sea una consecuencia necesaria e ineludible. Es una posibilidad para lograr la finalidad impuesta, no un medio obligatorio.

Es lo que humildemente siempre he escrito aquí, que el TJUE plantea muchas posibilidades pero no obliga a ninguna, con lo que deja todo en manos de la interpretación de los tribunales nacionales, y en última instancia en manos del Tribunal Supremo, y ya hemos visto lo que la Sala de lo Contencioso sentencia.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

jmcala

Sigue habiendo muchos interinos que no entienden que para el concurso de méritos hay que poner un baremo que haga competir a los candidatos porque, de lo contrario, lo que se daría es una lista interminable de aspirantes que habría que asignar a las plazas por orden alfabético.

Que el baremo sea más o menos injusto, como dice respublica, depende de cómo cada uno de los candidatos queda beneficiado en el baremo que se diseñe. No todos los interinos van a terminar colocados porque no todas las plazas se van a consolidar.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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