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PORRA COLOCACIÓN EFECTIVOS 2021

Iniciado por deyermond, 13 Julio, 2021, 20:22:13 PM

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Morgan

Espero que Docentes por la transparencia publique la consulta por centros

Aguali

Cita de: Aguali en 30 Julio, 2021, 12:39:49 PM
Cita de: eru1980 en 30 Julio, 2021, 11:18:25 AM
Cita de: Freams en 30 Julio, 2021, 11:14:42 AM
Cita de: deonliuan en 30 Julio, 2021, 02:06:13 AM
A mí también me ha pasado.
He sacado plaza y me han tenido en cuenta la solicitud de oposiciones, no la de mayo. He reclamado a ver si me dan la primera opción.
En el anexo de Oposiciones tienes la prelación marcada de las 8 provincias y en el anexo de colocación no tienes dicha prelación.
Eso hace pensar que los que aprueban tiran de la solicitud de oposiciones.  Entiendo

A un compañero mío que ha aprobado este año eso exactamente es lo que le han dicho en el CSIF.
Solo tienen en cuenta la de las "oposiciones"....que tiene que ver con lo que dice Freams


Antonia Acacia

Yo tuve esa misma duda cuando salió la colocación ya que quería reducir centros en códigos por si quedaba como interina. Después de llamar mil veces a sindicatos nadie consiguió aclararme la duda, al final conseguí hablar con la jefa de Personal Docente en Málaga y me dijo "son dos procedimientos distintos", si consigues plaza mirarán diciembre, si quedas como interina, junio.

subersan

Cita de: Xanders en 30 Julio, 2021, 09:21:32 AM
Cita de: subersan en 30 Julio, 2021, 09:15:49 AM
Cita de: Xanders en 30 Julio, 2021, 08:35:09 AM
Cita de: subersan en 30 Julio, 2021, 08:31:50 AM
Cita de: Xanders en 30 Julio, 2021, 08:30:22 AM
¿Empezamos la porra de las definitivas?

Yo creo que ya hemos empezado. .  anaidrisa
es para decir más recetas, etc.

Pues sí, ya puedes contarnos...   :)

No, es para que me la contéis a mi  anaidrisa anaidrisa anaidrisa

¿Preferencias? En mi casa guisa mi marido,  pero le pido las recetas, que está hecho un chef sin estrella Michelín.    cejasnena


hastalabola

Cita de: Antonia Acacia en 30 Julio, 2021, 12:45:46 PM
Yo tuve esa misma duda cuando salió la colocación ya que quería reducir centros en códigos por si quedaba como interina. Después de llamar mil veces a sindicatos nadie consiguió aclararme la duda, al final conseguí hablar con la jefa de Personal Docente en Málaga y me dijo "son dos procedimientos distintos", si consigues plaza mirarán diciembre, si quedas como interina, junio.

Pero otros años si lo han tenido en cuenta, ¿No? Es que de verdad, deberían dejarlo claro, más habiendo hecho la elección en diciembre
..  anaid4

En fin, alegaremos por si hay suerte, pero sin muchas esperanzas. No tiene pinta de que vaya a servir de mucho

rantanplan

Cita de: Antonia Acacia en 30 Julio, 2021, 12:45:46 PMYo tuve esa misma duda cuando salió la colocación ya que quería reducir centros en códigos por si quedaba como interina. Después de llamar mil veces a sindicatos nadie consiguió aclararme la duda, al final conseguí hablar con la jefa de Personal Docente en Málaga y me dijo "son dos procedimientos distintos", si consigues plaza mirarán diciembre, si quedas como interina, junio.

Sí y no. Es cierto que expresamente la anulación de la solicitud presentada en las oposiciones sólo viene reflejada en la base décima (interinos). En la base octava (personal en prácticas) no se hace referencia expresa a si se ha participado o mo en las oposiciones y a qué pasa si habiendo participado se echa una nueva solicitud, pero exactamente igual que en el caso de los interinos. teóricamente podría existir personal en prácticas de algún procedimiento anterior que no ha echado destinos en diciembre y tiene obligación de echarlos en junio (se aclara de echo que en tal caso se asignará de oficio). Además, entre que se echa en diciembre la petición y se convoca en junio el procedimiento han  podido crearse nuevos centros a los que es injusto que el recién aprobado no pueda optar.

También es cierto que no he leído la convocatoria de oposiciones. Quizás ahí diga expresamente que la petición de destinos es para aquellos que aprueban el proceso selectivo.

sidonie_

Cita de: respublica en 30 Julio, 2021, 01:52:25 AM
Cita de: JarMarinero en 30 Julio, 2021, 01:44:25 AM
Estoy leyendo y a los que se han sacado plaza les ha contado la petición de la convocatoria de oposiciones

En la convocatoria de destinos se especifica que:

No estará obligado a participar en este procedimiento quien ya lo haya hecho a través del anexo correspondiente de los procedimientos selectivos nombrados anteriormente, salvo que se desee modificar el número de provincias (mínimo dos) consignadas para obtención de vacantes; se desee consignar una nueva relación de centros, zonas, localidades o servicios educativos, por orden de preferencia a la vista de lo establecido en los Anexos IV y VI de centros y de puestos específicos, respectivamente; se desee pasar a la situación de inactivo o quiera acreditar reconocimiento de discapacidad. En estos casos, la solicitud presentada al amparo de los referidos procedimientos selectivos quedará anulada.


Saludos.

Sí, pero eso lo pone en el apartado referido a Interinos y se refiere al ANEXO II; el de las oposiciones no lo pueden anular porque contiene más datos; el ANEXO II no incluye el apartado "8 provincias en caso de superar el proceso selectivo". El que haya entrado por Anexo II-Interinos, y haya visto que no hacía referencia en ningún momento a superar el proceso selectivo, ya tenía una pista de que rellenaba unos destinos para Interinidad.

sidonie_

Cita de: rantanplan en 30 Julio, 2021, 13:43:15 PM
Cita de: Antonia Acacia en 30 Julio, 2021, 12:45:46 PMYo tuve esa misma duda cuando salió la colocación ya que quería reducir centros en códigos por si quedaba como interina. Después de llamar mil veces a sindicatos nadie consiguió aclararme la duda, al final conseguí hablar con la jefa de Personal Docente en Málaga y me dijo "son dos procedimientos distintos", si consigues plaza mirarán diciembre, si quedas como interina, junio.

Sí y no. Es cierto que expresamente la anulación de la solicitud presentada en las oposiciones sólo viene reflejada en la base décima (interinos). En la base octava (personal en prácticas) no se hace referencia expresa a si se ha participado o mo en las oposiciones y a qué pasa si habiendo participado se echa una nueva solicitud, pero exactamente igual que en el caso de los interinos. teóricamente podría existir personal en prácticas de algún procedimiento anterior que no ha echado destinos en diciembre y tiene obligación de echarlos en junio (se aclara de echo que en tal caso se asignará de oficio). Además, entre que se echa en diciembre la petición y se convoca en junio el procedimiento han  podido crearse nuevos centros a los que es injusto que el recién aprobado no pueda optar.

También es cierto que no he leído la convocatoria de oposiciones. Quizás ahí diga expresamente que la petición de destinos es para aquellos que aprueban el proceso selectivo.

El personal en prácticas de convocatorias anteriores debía participar, obligatoriamente, con el ANEXO I-FUNCIONARIOS, que tiene un subapartado para funcionarios en prácticas. La clave está en que la gente que se ha presentado a las oposiciones y ha modificado en junio, lo que ha modificado es el ANEXO II, para interinos, donde todos sus apartados vienen referidos a puestos de interinidad. Quizá una nota aclaratoria hubiera evitado estas confusiones, pero en lo referente a reclamaciones, si entregas una ANEXO como interino donde no se hace referencia al proceso selectivo, poca razón te pueden dar ahora.

Un saludo


Aethar

Csif ha respondido esto en facebook:


"Si modificaste los códigos en la colocación de efectivos y lo hiciste a través del anexo II y ahora has obtenido plaza, dicha modificación no se tiene en cuenta ya que ese anexo II era para el colectivo de interinos y ahora ya no perteneces a dicho colectivo sino al de funcionarios en prácticas. Es por el cambio de colectivo por lo que no se tiene en cuenta la modificación. De todos modos, si quieres, presenta la alegación a ver si hay suerte"

rantanplan

Cita de: sidonie_ en 30 Julio, 2021, 13:49:34 PMEl personal en prácticas de convocatorias anteriores debía participar, obligatoriamente, con el ANEXO I-FUNCIONARIOS, que tiene un subapartado para funcionarios en prácticas. La clave está en que la gente que se ha presentado a las oposiciones y ha modificado en junio, lo que ha modificado es el ANEXO II, para interinos, donde todos sus apartados vienen referidos a puestos de interinidad. Quizá una nota aclaratoria hubiera evitado estas confusiones, pero en lo referente a reclamaciones, si entregas una ANEXO como interino donde no se hace referencia al proceso selectivo, poca razón te pueden dar ahora.

Un saludo

Eso ya lo he dejado yo claro más arriba: que no han tenido en cuenta la solicitud porque se ha rellenado el anexo II y en consecuencia son inválidas. El caso es que la resolución que convoca el procedimiento no excluye a los recién aprobados de pedir destinos, aunque para eso tendría que haberse rellenado el anexo I (ignoro si la aplicación lo permitía hacer); y que, en ese caso, se debería haber rellenado dos solicitudes, una con el anexo I y otra con el II, porque lo que sí deja claro la resolución es que una solicitud posterior anula a una anterior sólo cuando ambas están referidas al mismo colectivo de participación

Ignoro cuál era la intención real de la Consejería, si dejarlos volver a pedir (rellenando dos solicitudes) o no pèrmitírselo, pero la normativa a mi juicio permite volver a pedir a los recién aprobados. Es obvio que, no habiendo rellenado el anexo I, legalmente no hay reclamación posible y, si la intención era no permitir pedir de segundas, la administración puede escudarse en ello. En cualquier caso, yo tiraría en la reclamación por el agravio comparativo de no poder haber elegido algún centro nuevo. Cuando se crea centro, no suele estar disponible en noviembre/diciembre, sino más adelante. ¿Se ha abierto algún nuevo centro en Andalucía este mismo año al que no hayan podido optar los recién aprobados, pero sí en junio los interinos y funcionarios de carrera?


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