¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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fuyu

Cita de: respublica en 22 Diciembre, 2021, 22:20:56 PM
Cita de: fuyu en 22 Diciembre, 2021, 21:33:40 PM
Según el segundo borrador: la experiencia en centros públicos, para que te la puntúen, debe ser por la especialidad por la que se opte, pero la de los "centros no públicos" no exigen que sea de la misma especialidad. ¿Quién ha pensado este baremo?

Pues ha debido pensarlo alguien que ha trabajado en la enseñanza privada, o al menos conoce que su profesorado legalmente no tiene especialidades.


Saludos.

Pues analiza esta situación y dime lo que te parece:
-Interino con 10 años en la pública, pero con 4 años en una especialidad y 6 en otra y opta por la de 6, tendría por experiencia 0,7x6+4x0=4,2.
-Interino con 10 años: 4 en la privada y 6 en la publica en una especialidad. Por experiencia tendría 0,7x6+0,150x4=4,8.



respublica

Cita de: fuyu en 22 Diciembre, 2021, 23:05:08 PM
Cita de: respublica en 22 Diciembre, 2021, 22:20:56 PM
Cita de: fuyu en 22 Diciembre, 2021, 21:33:40 PM
Según el segundo borrador: la experiencia en centros públicos, para que te la puntúen, debe ser por la especialidad por la que se opte, pero la de los "centros no públicos" no exigen que sea de la misma especialidad. ¿Quién ha pensado este baremo?

Pues ha debido pensarlo alguien que ha trabajado en la enseñanza privada, o al menos conoce que su profesorado legalmente no tiene especialidades.


Saludos.

Pues analiza esta situación y dime lo que te parece:
-Interino con 10 años en la pública, pero con 4 años en una especialidad y 6 en otra y opta por la de 6, tendría por experiencia 0,7x6+4x0=4,2.
-Interino con 10 años: 4 en la privada y 6 en la publica en una especialidad. Por experiencia tendría 0,7x6+0,150x4=4,8.

La experiencia en centros públicos en otra especialidad no cuenta 0 puntos sino 0,35 por año trabajado, es decir que en tu ejemplo sería:

-Interino con 10 años en la pública, pero con 4 años en una especialidad y 6 en otra y opta por la de 6: 6 x 0,7 x 4 x 0,35 = 5,6 puntos.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


EDUCAR en lo que nos UNE

Cita de: fuyu en 22 Diciembre, 2021, 21:33:40 PM
Según el segundo borrador: la experiencia en centros públicos, para que te la puntúen, debe ser por la especialidad por la que se opte, pero la de los "centros no públicos" no exigen que sea de la misma especialidad. ¿Quién ha pensado este baremo?

La experiencia en centros no públicos no tiene mucha importancia, puesto que antes computaba la mitad que en un publico y ahora es insignificante.
Si los Gobiernos, los sindicatos y los empresarios, colaboran para que las empresas privadas crezcan, se creen otras, y se genere empleo; los salarios subirán, las personas podrán comprarse una vivienda, y el Gobierno podrá recaudar el dinero necesario para que la democracia por si misma, haga que todos los demás derechos y prestaciones sociales de los trabajadores y ciudadanos sean conseguidos. Y para no lastrar a los trabajadores, el Gobierno debe esforzarse en bajar la deuda al 80 % del PIB.

fuyu

Cita de: respublica en 22 Diciembre, 2021, 23:12:23 PM
Cita de: fuyu en 22 Diciembre, 2021, 23:05:08 PM
Cita de: respublica en 22 Diciembre, 2021, 22:20:56 PM
Cita de: fuyu en 22 Diciembre, 2021, 21:33:40 PM
Según el segundo borrador: la experiencia en centros públicos, para que te la puntúen, debe ser por la especialidad por la que se opte, pero la de los "centros no públicos" no exigen que sea de la misma especialidad. ¿Quién ha pensado este baremo?

Pues ha debido pensarlo alguien que ha trabajado en la enseñanza privada, o al menos conoce que su profesorado legalmente no tiene especialidades.


Saludos.

Pues analiza esta situación y dime lo que te parece:
-Interino con 10 años en la pública, pero con 4 años en una especialidad y 6 en otra y opta por la de 6, tendría por experiencia 0,7x6+4x0=4,2.
-Interino con 10 años: 4 en la privada y 6 en la publica en una especialidad. Por experiencia tendría 0,7x6+0,150x4=4,8.

La experiencia en centros públicos en otra especialidad no cuenta 0 puntos sino 0,35 por año trabajado, es decir que en tu ejemplo sería:

-Interino con 10 años en la pública, pero con 4 años en una especialidad y 6 en otra y opta por la de 6: 6 x 0,7 x 4 x 0,35 = 5,6 puntos.


Saludos.


fuyu

Cita de: respublica en 22 Diciembre, 2021, 23:12:23 PM
Cita de: fuyu en 22 Diciembre, 2021, 23:05:08 PM
Cita de: respublica en 22 Diciembre, 2021, 22:20:56 PM
Cita de: fuyu en 22 Diciembre, 2021, 21:33:40 PM
Según el segundo borrador: la experiencia en centros públicos, para que te la puntúen, debe ser por la especialidad por la que se opte, pero la de los "centros no públicos" no exigen que sea de la misma especialidad. ¿Quién ha pensado este baremo?

Pues ha debido pensarlo alguien que ha trabajado en la enseñanza privada, o al menos conoce que su profesorado legalmente no tiene especialidades.


Saludos.

Pues analiza esta situación y dime lo que te parece:
-Interino con 10 años en la pública, pero con 4 años en una especialidad y 6 en otra y opta por la de 6, tendría por experiencia 0,7x6+4x0=4,2.
-Interino con 10 años: 4 en la privada y 6 en la publica en una especialidad. Por experiencia tendría 0,7x6+0,150x4=4,8.

La experiencia en centros públicos en otra especialidad no cuenta 0 puntos sino 0,35 por año trabajado, es decir que en tu ejemplo sería:

-Interino con 10 años en la pública, pero con 4 años en una especialidad y 6 en otra y opta por la de 6: 6 x 0,7 x 4 x 0,35 = 5,6 puntos.


Saludos.

Según el segundo borrador cuenta cero patatero

EDUCAR en lo que nos UNE

¿Alguien sabe cual seria la fecha limite para que salga el borrador definitivo?
Si los Gobiernos, los sindicatos y los empresarios, colaboran para que las empresas privadas crezcan, se creen otras, y se genere empleo; los salarios subirán, las personas podrán comprarse una vivienda, y el Gobierno podrá recaudar el dinero necesario para que la democracia por si misma, haga que todos los demás derechos y prestaciones sociales de los trabajadores y ciudadanos sean conseguidos. Y para no lastrar a los trabajadores, el Gobierno debe esforzarse en bajar la deuda al 80 % del PIB.

pepe sosa

Cita de: malagueño en 22 Diciembre, 2021, 22:49:01 PM
Cita de: respublica en 22 Diciembre, 2021, 22:34:40 PM
Cita de: scout en 22 Diciembre, 2021, 20:48:26 PM
No se estabilizan las plazas. Se estabiliza a las personas. A todas. A todas las que lleven 3 años seguidos concatenando contratos para el mismo empleador. No es una opinión, es una sentencia del máximo órgano judicial, superior al tribunal supremo. No tiene por qué cumplirse la constitución.

La propia Ley en su preámbulo contesta a ese argumento:

Citar
La cláusula 5.ª del Acuerdo Marco prevé la adopción de medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de nombramientos temporales. Si bien esta cláusula no tiene efecto directo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) ha insistido en que la determinación del abuso corresponde a los jueces nacionales y que la aplicación de las soluciones efectivas y disuasorias dependen del Derecho nacional, instando a las autoridades nacionales a adoptar medidas efectivas y adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar un eventual uso abusivo de la temporalidad.

En cualquier caso, el TJUE comparte la postura, defendida por España, de que no cabe en nuestra Administración la transformación automática de una relación de servicio temporal en una relación de servicio permanente. Esta opción está excluida categóricamente en el Derecho español, ya que el acceso a la condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo sólo es posible a raíz de la superación de un proceso selectivo que garantice los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

En síntesis, la doctrina que ha fijado el TJUE en esta materia dispone que las autoridades españolas tienen que instaurar medidas efectivas que disuadan y, en su caso, sancionen de forma clara el abuso de la temporalidad; y que las diferencias en el régimen jurídico del personal temporal y del fijo deben basarse únicamente en razones objetivas que puedan demostrar la necesidad de estas diferencias para lograr su fin.

Estos parámetros determinan la actuación de la Comisión Europea, que en su papel de vigilante de la correcta aplicación del derecho derivado, también ha reclamado medidas contundentes para corregir esta situación.


Saludos.

Por eso tienen abierto un proceso de infracción por lo bien que aplican la normativa europea. El Real Decreto Ley sigue sin cumplir con el acuerdo marco y tarde o temprano llegaran los palos por parte del TJUE, el problema es que mucha gente se habrá caído por el camino.
No cumplen con la normativa europea con el visto bueno de todos, administración y agentes sociales. Para ellos la directiva europea de 1999 es una mosca cajonera que les incomoda para continuar con sus politiquillas de asambleitas, adoctrinados liberados y sumisos afiliados. Les incomoda sus cláusulas para todo, un ejemplo es la valoración de interinidad en los CGT, no quieren a la directiva ni en pintura.

respublica


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


respublica

Cita de: Isamo en 22 Diciembre, 2021, 20:37:57 PM
¿Está por ahí el baremo definitivo que se va a aplicar? Me pierdo ya.  anaidpreocupados

El definitivo no está hecho aún.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Alicia99

A mi me gustaría ver el baremo presentado y las objeciones que han puesto los distintos sindicatos.

También me gustaría saber cuando es la próxima reunión.


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