¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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HACED APORTACIONES PARA LA ORDENACIÓN DE LAS BOLSAS DE INTERINOS

Iniciado por FLAFLI, 24 Abril, 2013, 11:21:35 AM

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anapastor123

Cita de: Francisco Javier en 25 Abril, 2013, 20:25:37 PM
Cita de: anapastor123 en 25 Abril, 2013, 19:10:02 PM
Lanzo una reflexión (no tengo intereses en ello eh? solo me lo planteo)

- Por un lado, si fuera aspirante y con un...pongamos un 8...no hubiera trabajado, pensaría que lo justo que me lo guardaran, ya que es una notaza y mis circunstancias puede hacer que este año me sea imposible sacarlo y no me haya servido para nada.
- Pero por otro lado, un aspirante nuevo se presenta a un proceso distinto al del 2011, con exámenes y tribunal diferente. Qué pasa si las notas son subtancialmente más bajas? Asumimos que el que sacó un 8 en 2011 y no ha trabajado, debe estar delante del que saque un 7,5 en 2013?

No lo sé, entiendo las dos posturas y no sabría como solventarlo

Hola anapastor123.

Llevas razón, pero hay algo que creo debe tenerse en cuenta. Lógicamente no es lo mismo un año que otro, pero esto es un arma de doble filo y puede volverse en tu contra. Con el sistema que hay ahora el aspirante se ve obligado a aprobar cada año si quiere tener opciones reales de trabajo, ya que si no aprueba todos los aprobados del año de oposiciones se colocarían delante de él. Los aspirantes también tienen circunstancias particulares que le pueden llevar a no poder preparse debidamente unas oposiciones, por lo que lo ya demostrado, es decir, que son aptos para ejercer la docencia, puede perderse en el vacío de los últimos lugares en bolsa.

Como decía en mi anterior mensaje, con estas cosas no hay una propuesta justa o buena, sino una menos injusta o menos mala... y creo que lo que he propuesto es lo menos malo.

Saludos.

Si estoy de acuerdo contigo pero me planteo que pasaría si con este nuevo método de acceso las notas son mucho mas bajas. Imagina que aprueba muy poquita gente, y que un 6 es una notaza que te deja a centesimas de la plaza. El aspirante que sacara ese 6 no tendria opciones de trabajar ante los aspirantes de notable de 2011, y quizas el que ha sacado un 6, 1 tenga hasta plaza.
No se cual es la situacion justa, pero si los aspirantes son ordenados por nota, deben ser notas comparables de algun modo

FLAFLI

Cita de: Emilin en 24 Abril, 2013, 12:53:50 PM
El Decreto último (311/12) que modifica el 302, es una pequeña trampa.

Este Decreto reafirma que todos los interinos recogidos en la Disp. Adicional 4 tienen garantizado el tiempo de servicio para siempre, estando este colectivo formado por todos aquellos interinos que a la fecha de publicación de la "Orden" que ahora se quiere negociar, tengan tiempo de servicio en la Administración Educativa Andaluza (siendo la fecha de corte de entrada de más personal en la Adicional 4 seguramente el presente curso, exactamente a la fecha de publicación de la nueva Orden).
El personal que entre a trabajar a partir de la publicación de la nueva Orden de Ordenación y permanencia, sólamente estará ordenado por tiempo de servicio hasta que haya un nuevo sistema de acceso a la función pública docente, gracias a la nueva Disposición transitoria aprobada en el Decreto 3011/12 que modificaba el famoso 302/10.

Por tanto, que nadie engañe, ni tampoco que sea engañado. Cuando se aprobó el Decreto de modificación del famoso 302, lo que se hizo fué retrasar la aplicación del 302 y dejar abierta la puerta de la negociación para más adelante, pero claramente habrá un colectivo por tiempo de servicio que será el comprendido en la Adicional 4, el resto que vaya entrando a trabajar a partir seguramente del próximo curso se ordenará por tiempo de servicio hasta que haya un nuevo sistema de acceso y a continuación de los recogidos en la adicional 4, y posteriormente los aspirantes.

Por tanto, los que entren a trabajar a partir de la nueva Orden entrarán en un periodo transitorio recogido en la Disp. Transitoria V del Decreto 311/12 e irán por tiempo de servicio, pero cuando acabe ese periodo se ordenarán de acuerdo con lo que se acuerde en esta negociación que parece que quieren empezar ahora.

Aconsejo que se lea bien el Decreoto 302/10 y el 311/12 y sacareis como conclusión lo que os he expuesto.

(Esto creo que lo deberían de explicar los sindicatos y tambien se debería de haber indicado para conocimiento general a la hora de abrir este hilo, aunque leyendo los citados decretos se comprende perfectamente todo).

Saludos.

Efectivamente es así, y esto se dijo en su momento, y quedó claro sobre todo por los afectados.

Lo que tenemos es tiempo de servicio garantizado hasta que cambie el sistema de oposiciones, una vez llegado el momento, ya se verá, pero eso no implica la vuelta al 302, es más, no tiene porqué cambiarse nada obligatoriamente. Y es más todavía, cualquier decreto, puede ser cambiado, es decir, que si el 311 no dijera eso, no implica que un día, llegaran y quisieran hacer uno nuevo.

Hay que partir que tanto la CEJA como UGT, no querían salir como perdedores totales con el cambio, de ahí que forzaran esta situación.

Lo dicho, cuando llegue se verá  o no.
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

HAN CAMBIADO LAS NORMAS DE JUEGO SIN LA CIUDADANÍA, Y SIGUEN QUERIENDO QUE LAS RESPETEMOS

No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

Si luchas puedes que no ganes, si no luchas ya has perdido

GRAN MOVILIZACIÓN PROFESORADO INTERINO


FLAFLI

Gracias por las aportaciones, las he recopilado y he pasado a USTEA.

Veremos que pasa mañana.

Saludos
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knvb

Cita de: FLAFLI en 26 Abril, 2013, 00:28:45 AM
Cita de: Emilin en 24 Abril, 2013, 12:53:50 PM
El Decreto último (311/12) que modifica el 302, es una pequeña trampa.

Este Decreto reafirma que todos los interinos recogidos en la Disp. Adicional 4 tienen garantizado el tiempo de servicio para siempre, estando este colectivo formado por todos aquellos interinos que a la fecha de publicación de la "Orden" que ahora se quiere negociar, tengan tiempo de servicio en la Administración Educativa Andaluza (siendo la fecha de corte de entrada de más personal en la Adicional 4 seguramente el presente curso, exactamente a la fecha de publicación de la nueva Orden).
El personal que entre a trabajar a partir de la publicación de la nueva Orden de Ordenación y permanencia, sólamente estará ordenado por tiempo de servicio hasta que haya un nuevo sistema de acceso a la función pública docente, gracias a la nueva Disposición transitoria aprobada en el Decreto 3011/12 que modificaba el famoso 302/10.

Por tanto, que nadie engañe, ni tampoco que sea engañado. Cuando se aprobó el Decreto de modificación del famoso 302, lo que se hizo fué retrasar la aplicación del 302 y dejar abierta la puerta de la negociación para más adelante, pero claramente habrá un colectivo por tiempo de servicio que será el comprendido en la Adicional 4, el resto que vaya entrando a trabajar a partir seguramente del próximo curso se ordenará por tiempo de servicio hasta que haya un nuevo sistema de acceso y a continuación de los recogidos en la adicional 4, y posteriormente los aspirantes.

Por tanto, los que entren a trabajar a partir de la nueva Orden entrarán en un periodo transitorio recogido en la Disp. Transitoria V del Decreto 311/12 e irán por tiempo de servicio, pero cuando acabe ese periodo se ordenarán de acuerdo con lo que se acuerde en esta negociación que parece que quieren empezar ahora.

Aconsejo que se lea bien el Decreoto 302/10 y el 311/12 y sacareis como conclusión lo que os he expuesto.

(Esto creo que lo deberían de explicar los sindicatos y tambien se debería de haber indicado para conocimiento general a la hora de abrir este hilo, aunque leyendo los citados decretos se comprende perfectamente todo).

Saludos.

Efectivamente es así, y esto se dijo en su momento, y quedó claro sobre todo por los afectados.

Lo que tenemos es tiempo de servicio garantizado hasta que cambie el sistema de oposiciones, una vez llegado el momento, ya se verá, pero eso no implica la vuelta al 302, es más, no tiene porqué cambiarse nada obligatoriamente. Y es más todavía, cualquier decreto, puede ser cambiado, es decir, que si el 311 no dijera eso, no implica que un día, llegaran y quisieran hacer uno nuevo.

Hay que partir que tanto la CEJA como UGT, no querían salir como perdedores totales con el cambio, de ahí que forzaran esta situación.

Lo dicho, cuando llegue se verá  o no.

Entonces, según esta regla de tres volveremos a los antiguos conceptos de BLINDAJE. La cuestión, otra vez una parte del colectivo JODIDO salvo MILAGRO. Esperemos que la CEJA no la vuelva a hacer. A título personal, quiénes serían los que volverían a ser blindados y quiénes serían los que estarían en el grupo pendiente de negociación? Alguien puede aclararlo con fechas para que cada uno se puede ubicar. Gracias. Saludos


martillo

Qué ganas de irse siempre a lo peor, acaso no se ha demostrado ya con la derogación del decreto 302 que no hay nada inmutable?
En la CEJA han sufrido mucho esta "derrota" y el día que cambie el sistema de educación (cosa que dudo que ocurra pronto porque no hay dinero por lo visto para poner en marcha la LOMCE) seguramente NO ofrezcan algo parecido al 302, primero porque se demostró que no era legal y segundo porque no les funcionó la jugada en su momento... lo más probable es que nos vengan con una ordenación parecida a la que hay en el resto de España, un baremo.

Otra cosa es que nosotros lo aceptemos. Me molesta mucho los que dais las cosas por hecho cuando ya llevamos tiempo demostrando que se pueden cambiar cosas, no digo todo claro, sigue habiendo mucha injusticia... pero peleando se consiguen cosas.

Emilin

Cita de: knvb en 26 Abril, 2013, 09:11:54 AM
Cita de: FLAFLI en 26 Abril, 2013, 00:28:45 AM
Cita de: Emilin en 24 Abril, 2013, 12:53:50 PM
El Decreto último (311/12) que modifica el 302, es una pequeña trampa.

Este Decreto reafirma que todos los interinos recogidos en la Disp. Adicional 4 tienen garantizado el tiempo de servicio para siempre, estando este colectivo formado por todos aquellos interinos que a la fecha de publicación de la "Orden" que ahora se quiere negociar, tengan tiempo de servicio en la Administración Educativa Andaluza (siendo la fecha de corte de entrada de más personal en la Adicional 4 seguramente el presente curso, exactamente a la fecha de publicación de la nueva Orden).
El personal que entre a trabajar a partir de la publicación de la nueva Orden de Ordenación y permanencia, sólamente estará ordenado por tiempo de servicio hasta que haya un nuevo sistema de acceso a la función pública docente, gracias a la nueva Disposición transitoria aprobada en el Decreto 3011/12 que modificaba el famoso 302/10.

Por tanto, que nadie engañe, ni tampoco que sea engañado. Cuando se aprobó el Decreto de modificación del famoso 302, lo que se hizo fué retrasar la aplicación del 302 y dejar abierta la puerta de la negociación para más adelante, pero claramente habrá un colectivo por tiempo de servicio que será el comprendido en la Adicional 4, el resto que vaya entrando a trabajar a partir seguramente del próximo curso se ordenará por tiempo de servicio hasta que haya un nuevo sistema de acceso y a continuación de los recogidos en la adicional 4, y posteriormente los aspirantes.

Por tanto, los que entren a trabajar a partir de la nueva Orden entrarán en un periodo transitorio recogido en la Disp. Transitoria V del Decreto 311/12 e irán por tiempo de servicio, pero cuando acabe ese periodo se ordenarán de acuerdo con lo que se acuerde en esta negociación que parece que quieren empezar ahora.

Aconsejo que se lea bien el Decreoto 302/10 y el 311/12 y sacareis como conclusión lo que os he expuesto.

(Esto creo que lo deberían de explicar los sindicatos y tambien se debería de haber indicado para conocimiento general a la hora de abrir este hilo, aunque leyendo los citados decretos se comprende perfectamente todo).

Saludos.

Efectivamente es así, y esto se dijo en su momento, y quedó claro sobre todo por los afectados.

Lo que tenemos es tiempo de servicio garantizado hasta que cambie el sistema de oposiciones, una vez llegado el momento, ya se verá, pero eso no implica la vuelta al 302, es más, no tiene porqué cambiarse nada obligatoriamente. Y es más todavía, cualquier decreto, puede ser cambiado, es decir, que si el 311 no dijera eso, no implica que un día, llegaran y quisieran hacer uno nuevo.

Hay que partir que tanto la CEJA como UGT, no querían salir como perdedores totales con el cambio, de ahí que forzaran esta situación.

Lo dicho, cuando llegue se verá  o no.

Entonces, según esta regla de tres volveremos a los antiguos conceptos de BLINDAJE. La cuestión, otra vez una parte del colectivo JODIDO salvo MILAGRO. Esperemos que la CEJA no la vuelva a hacer. A título personal, quiénes serían los que volverían a ser blindados y quiénes serían los que estarían en el grupo pendiente de negociación? Alguien puede aclararlo con fechas para que cada uno se puede ubicar. Gracias. Saludos

Los que estarían por tiempo de servicio de forma "segura" serían los comprendidos en la Disp. Adicional 4, que estaría compuesta por todas aquellas personas que tengan tiempo de servicio a la fecha de publicación de la futura Orden de ordenación que posiblemente se publique este mismo curso (ahí estará el "corte").

El resto de personal que vaya accediendo a una interinidad a partir de la publicación de esa futura Orden, de forma transitoria estaría por tiempo de servicio hasta que haya un nuevo sistema de acceso a la función pública docente, pero posteriormente se ordenarán conforme a lo que se estipule en la citada futura nueva Orden de ordenación y a continuación de los integrantes de la Disposición Adicional 4, tal y como se indica en el Art. 21 del Decreto 311/12.

Creo que esta bastante claro, os recomiendo que os leais de forma razonada el Decreto 302/10 que solamente ha sido modificado parcialmente por el 311/12 y por supuesto también leeros éste último que es el que estipula todo lo que os he expuesto anteriormente. Saludos.

margary

Yo propongo que puestos a pedir, los aspirantes que estemos en bolsa sin haber trabajado después de varias convocatorias, podamos elegir entre la nota más alta, pero no de las dos últimas convocatorias, sino como están diciendo varios afectados en esto incluida yo, podamos elegir la nota más alta desde que nos hemos presentado la primera vez.
Yo por ejemplo tenía mucho mejor nota en 2009 que en 2011. No solo los interinos pueden tener un mal año, un mal día, o cuestiones personales que le impidan volver a demostrar lo que un día demostraron saber.

knvb

Cita de: Emilin en 26 Abril, 2013, 09:52:10 AM
Cita de: knvb en 26 Abril, 2013, 09:11:54 AM
Cita de: FLAFLI en 26 Abril, 2013, 00:28:45 AM
Cita de: Emilin en 24 Abril, 2013, 12:53:50 PM
El Decreto último (311/12) que modifica el 302, es una pequeña trampa.

Este Decreto reafirma que todos los interinos recogidos en la Disp. Adicional 4 tienen garantizado el tiempo de servicio para siempre, estando este colectivo formado por todos aquellos interinos que a la fecha de publicación de la "Orden" que ahora se quiere negociar, tengan tiempo de servicio en la Administración Educativa Andaluza (siendo la fecha de corte de entrada de más personal en la Adicional 4 seguramente el presente curso, exactamente a la fecha de publicación de la nueva Orden).
El personal que entre a trabajar a partir de la publicación de la nueva Orden de Ordenación y permanencia, sólamente estará ordenado por tiempo de servicio hasta que haya un nuevo sistema de acceso a la función pública docente, gracias a la nueva Disposición transitoria aprobada en el Decreto 3011/12 que modificaba el famoso 302/10.

Por tanto, que nadie engañe, ni tampoco que sea engañado. Cuando se aprobó el Decreto de modificación del famoso 302, lo que se hizo fué retrasar la aplicación del 302 y dejar abierta la puerta de la negociación para más adelante, pero claramente habrá un colectivo por tiempo de servicio que será el comprendido en la Adicional 4, el resto que vaya entrando a trabajar a partir seguramente del próximo curso se ordenará por tiempo de servicio hasta que haya un nuevo sistema de acceso y a continuación de los recogidos en la adicional 4, y posteriormente los aspirantes.

Por tanto, los que entren a trabajar a partir de la nueva Orden entrarán en un periodo transitorio recogido en la Disp. Transitoria V del Decreto 311/12 e irán por tiempo de servicio, pero cuando acabe ese periodo se ordenarán de acuerdo con lo que se acuerde en esta negociación que parece que quieren empezar ahora.

Aconsejo que se lea bien el Decreoto 302/10 y el 311/12 y sacareis como conclusión lo que os he expuesto.

(Esto creo que lo deberían de explicar los sindicatos y tambien se debería de haber indicado para conocimiento general a la hora de abrir este hilo, aunque leyendo los citados decretos se comprende perfectamente todo).

Saludos.

Efectivamente es así, y esto se dijo en su momento, y quedó claro sobre todo por los afectados.

Lo que tenemos es tiempo de servicio garantizado hasta que cambie el sistema de oposiciones, una vez llegado el momento, ya se verá, pero eso no implica la vuelta al 302, es más, no tiene porqué cambiarse nada obligatoriamente. Y es más todavía, cualquier decreto, puede ser cambiado, es decir, que si el 311 no dijera eso, no implica que un día, llegaran y quisieran hacer uno nuevo.

Hay que partir que tanto la CEJA como UGT, no querían salir como perdedores totales con el cambio, de ahí que forzaran esta situación.

Lo dicho, cuando llegue se verá  o no.

Entonces, según esta regla de tres volveremos a los antiguos conceptos de BLINDAJE. La cuestión, otra vez una parte del colectivo JODIDO salvo MILAGRO. Esperemos que la CEJA no la vuelva a hacer. A título personal, quiénes serían los que volverían a ser blindados y quiénes serían los que estarían en el grupo pendiente de negociación? Alguien puede aclararlo con fechas para que cada uno se puede ubicar. Gracias. Saludos

Los que estarían por tiempo de servicio de forma "segura" serían los comprendidos en la Disp. Adicional 4, que estaría compuesta por todas aquellas personas que tengan tiempo de servicio a la fecha de publicación de la futura Orden de ordenación que posiblemente se publique este mismo curso (ahí estará el "corte").

El resto de personal que vaya accediendo a una interinidad a partir de la publicación de esa futura Orden, de forma transitoria estaría por tiempo de servicio hasta que haya un nuevo sistema de acceso a la función pública docente, pero posteriormente se ordenarán conforme a lo que se estipule en la citada futura nueva Orden de ordenación y a continuación de los integrantes de la Disposición Adicional 4, tal y como se indica en el Art. 21 del Decreto 311/12.

Creo que esta bastante claro, os recomiendo que os leais de forma razonada el Decreto 302/10 que solamente ha sido modificado parcialmente por el 311/12 y por supuesto también leeros éste último que es el que estipula todo lo que os he expuesto anteriormente. Saludos.

Ok. Entendido. Mi duda era saber quién pertenecería al grupo al que se refiera Adicional 4 (supongo que antiguos blindados y ex blindados) hasta que se desarrolle la Orden de Bolsas (supongamos 21 de junio de 2013 por tomar una fecha) y transitoriamente por tiempo de servicio los que trabajen a partir de esa fecha al azar hasta que se desarrolle en nuevo RD de Acceso a la Función Pública Docente. Mi pregunta era, si luego se determinara baremo, tiempo de servicio u orden alfabético...Adicional 4 estaría "salvado" y el resto estaría dejado a la mano de Dios (salvado si es TS) o bien bien "jodido". Saludos.


rake

Por favor!!!, poder elegir una provincia para vacantes!

irene27



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