¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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fuyu

Según el segundo borrador: la experiencia en centros públicos, para que te la puntúen, debe ser por la especialidad por la que se opte, pero la de los "centros no públicos" no exigen que sea de la misma especialidad. ¿Quién ha pensado este baremo?

Callejón sin salida

Cita de: malagueño en 22 Diciembre, 2021, 21:28:38 PM
Cita de: Maria_035 en 22 Diciembre, 2021, 21:08:47 PM
Cita de: Zeronter en 22 Diciembre, 2021, 21:01:25 PM
La respuesta que por aquí te dan es que se estabilizan plazas y no a interinos en fraude de ley. Y que si no tienes ese baremo que te aguantes que es lo que hay te dicen muy sutilmente algunos foreros y otros, te la sueltan muy directamente. Coincido contigo en tu exposición y seguramente habrá mas compañeros que coincidan pero las respuestas que te dan por aquí son algo parecidas a esas que te he expuesto. Como tu comprenderás la cara que se te queda al leer eso no es muy normal que digamos pero vamos que eso es lo que te exponen. El gobierno sin sindicatos ha conseguido un buen acuerdo según parece pero en las carnes de algunos no vemos eso como se quiere hacer ver o es que estamos mas para allá que para acá como dirían algunos con refrán. Es un acuerdo a medias tintas que ayuda a interinos intermedios pero los que están por encima de 40 en adelante se verán muy perjudicados, atacados y desilusionados con ese acuerdo que según algunos llaman de "estabilidad o chapucero quizás.¿?" Surgen varias definiciones a cual mas precisa y concisa.

Tú ya verás como por aquí saldrán defensores a ultranza del proceso pero veremos a ver en qué queda esto. Esperemos que al menos el concurso-oposición sea medio en condiciones porque el concurso por méritos está muy mal planteado y ahí caerán el 80% de interinos mayores de 40 años viendo la situación de muchos compañeros de esas edades que no tienen casi nada de lo que se pide en el baremo. Me alegra que haya compañeros y compañeras que se comiencen a dar cuenta de ello.

Ciertamente perjudica a los que tenemos más de 40 años, tiempo de servicio bastante, una oposición aprobada, pero no masters... sin embargo mucho en planes, proyectos, grupos de trabajo, que demuestra formación e implicación en el Centro.

Pero de verdad ¡Qué mal pensados sois! Si personas con 45 y 50 años con másters hay a patadas y con 2 opos aprobadas desde 12 cuando son es obligatorio en Andalucía para seguir en bolsa, o las convocatorias han sido pírricas o no han habido siquiera convocatoria, pues de eso también, a patadas.

Vuelvo a repetirlo .....SEXENIOS Y TRIENIOS


josepo

Intento leer aquí para estar informado, pero cada vez tengo más dudas.
En el concurso oposición, (experiencia  máx 7/ formación  máx 2/ otros máx 1)  en este último apartado, se conoce que se barema aquí: (se habla que cero puntos por cursos u otra formación análoga)

Aprobar otros concursos oposición, o se valorará también el haber pasado partes de una oposición (tema + práctica)
Gracias por la ayuda

respublica

Cita de: fuyu en 22 Diciembre, 2021, 21:33:40 PM
Según el segundo borrador: la experiencia en centros públicos, para que te la puntúen, debe ser por la especialidad por la que se opte, pero la de los "centros no públicos" no exigen que sea de la misma especialidad. ¿Quién ha pensado este baremo?

Pues ha debido pensarlo alguien que ha trabajado en la enseñanza privada, o al menos conoce que su profesorado legalmente no tiene especialidades.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


respublica

Cita de: josepo en 22 Diciembre, 2021, 22:07:09 PM
Intento leer aquí para estar informado, pero cada vez tengo más dudas.
En el concurso oposición, (experiencia  máx 7/ formación  máx 2/ otros máx 1)  en este último apartado, se conoce que se barema aquí: (se habla que cero puntos por cursos u otra formación análoga)


Yo no he visto aún el redactado del nuevo RD sino lo que algún sindicato hay dicho que se iba a modificar, y lo que dice es que se quita la formación permanente (cursos) en ambos procesos pero que lo revisarán, por lo que no podemos aún saber cómo quedará.


Cita de: josepo en 22 Diciembre, 2021, 22:07:09 PM
Aprobar otros concursos oposición, o se valorará también el haber pasado partes de una oposición (tema + práctica)

Se habla de la superación de la fase de oposición, y eso significa sacar más de un cinco en la fase de oposición completa, es decir: el tema, el práctico, la programación didáctica y la unidad didáctica.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: scout en 22 Diciembre, 2021, 20:48:26 PM
No se estabilizan las plazas. Se estabiliza a las personas. A todas. A todas las que lleven 3 años seguidos concatenando contratos para el mismo empleador. No es una opinión, es una sentencia del máximo órgano judicial, superior al tribunal supremo. No tiene por qué cumplirse la constitución.

La propia Ley en su preámbulo contesta a ese argumento:

Citar
La cláusula 5.ª del Acuerdo Marco prevé la adopción de medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de nombramientos temporales. Si bien esta cláusula no tiene efecto directo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) ha insistido en que la determinación del abuso corresponde a los jueces nacionales y que la aplicación de las soluciones efectivas y disuasorias dependen del Derecho nacional, instando a las autoridades nacionales a adoptar medidas efectivas y adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar un eventual uso abusivo de la temporalidad.

En cualquier caso, el TJUE comparte la postura, defendida por España, de que no cabe en nuestra Administración la transformación automática de una relación de servicio temporal en una relación de servicio permanente. Esta opción está excluida categóricamente en el Derecho español, ya que el acceso a la condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo sólo es posible a raíz de la superación de un proceso selectivo que garantice los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

En síntesis, la doctrina que ha fijado el TJUE en esta materia dispone que las autoridades españolas tienen que instaurar medidas efectivas que disuadan y, en su caso, sancionen de forma clara el abuso de la temporalidad; y que las diferencias en el régimen jurídico del personal temporal y del fijo deben basarse únicamente en razones objetivas que puedan demostrar la necesidad de estas diferencias para lograr su fin.

Estos parámetros determinan la actuación de la Comisión Europea, que en su papel de vigilante de la correcta aplicación del derecho derivado, también ha reclamado medidas contundentes para corregir esta situación.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

ciberale


malagueño

Cita de: respublica en 22 Diciembre, 2021, 22:34:40 PM
Cita de: scout en 22 Diciembre, 2021, 20:48:26 PM
No se estabilizan las plazas. Se estabiliza a las personas. A todas. A todas las que lleven 3 años seguidos concatenando contratos para el mismo empleador. No es una opinión, es una sentencia del máximo órgano judicial, superior al tribunal supremo. No tiene por qué cumplirse la constitución.

La propia Ley en su preámbulo contesta a ese argumento:

Citar
La cláusula 5.ª del Acuerdo Marco prevé la adopción de medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de nombramientos temporales. Si bien esta cláusula no tiene efecto directo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) ha insistido en que la determinación del abuso corresponde a los jueces nacionales y que la aplicación de las soluciones efectivas y disuasorias dependen del Derecho nacional, instando a las autoridades nacionales a adoptar medidas efectivas y adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar un eventual uso abusivo de la temporalidad.

En cualquier caso, el TJUE comparte la postura, defendida por España, de que no cabe en nuestra Administración la transformación automática de una relación de servicio temporal en una relación de servicio permanente. Esta opción está excluida categóricamente en el Derecho español, ya que el acceso a la condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo sólo es posible a raíz de la superación de un proceso selectivo que garantice los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

En síntesis, la doctrina que ha fijado el TJUE en esta materia dispone que las autoridades españolas tienen que instaurar medidas efectivas que disuadan y, en su caso, sancionen de forma clara el abuso de la temporalidad; y que las diferencias en el régimen jurídico del personal temporal y del fijo deben basarse únicamente en razones objetivas que puedan demostrar la necesidad de estas diferencias para lograr su fin.

Estos parámetros determinan la actuación de la Comisión Europea, que en su papel de vigilante de la correcta aplicación del derecho derivado, también ha reclamado medidas contundentes para corregir esta situación.


Saludos.

Por eso tienen abierto un proceso de infracción por lo bien que aplican la normativa europea. El Real Decreto Ley sigue sin cumplir con el acuerdo marco y tarde o temprano llegaran los palos por parte del TJUE, el problema es que mucha gente se habrá caído por el camino.


respublica

La prensa facha, después de intoxicar desinformando con que se iban a hacer fijos a los interinos de más de cinco años, ya empieza a rectificar:

Las pruebas de la oposición a profesor ya no serán eliminatorias y contará más que antes la experiencia

Aunque ahora introducen críticas:

CitarAhora se permitirá suspender una de las dos partes siempre y cuando la nota final sea un 5. Es una vieja reivindicación sindical que supone dar más facilidades a los aspirantes que en anteriores convocatorias. Cuando estaba el PP en el Gobierno se lo pidieron y llamaron a movilizaciones para presionar, pero el entonces ministro, Íñigo Méndez de Vigo, se opuso para "no rebajar la calidad del profesorado". "Es fundamental que los profesores tengan los conocimientos mínimos de la materia que luego tiene que enseñar a los alumnos", argumentaba en 2017 el Ministerio de Educación


Por su parte, el panfleto de Pedro J. sigue mintiendo descaradamente:

El Senado aprueba que los interinos anteriores a 2016 se queden su plaza sin pasar por una oposición

CitarFinalmente, y como ha venido contando El Español, solo los interinos que lleven en su plaza de manera ininterrumpida desde antes de 2016 podrán acceder o quedarse su plaza con 'solo' un concurso de méritos. Es decir, que no tendrán que hacer oposición.
En cambio, todos aquellos que sean interinos desde 2016 no disfrutarán de esta ventaja. Ellos sí tendrán que afrontar una oposición.


Lo pongo para dejar de manifiesto cómo actúa la prensa al servicio de los intereses de las derechas, dado que algunos por aquí nos traéis su basura de vez en cuando.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: malagueño en 22 Diciembre, 2021, 22:49:01 PM
El Real Decreto Ley sigue sin cumplir con el acuerdo marco y tarde o temprano llegaran los palos por parte del TJUE, el problema es que mucha gente se habrá caído por el camino.

El Real Decreto Ley quedará derogado en cuanto entre en vigor la Ley aprobada hoy, y para que el TJUE se pronuncie sobre esa Ley tiene que plantearle preguntas algún tribunal, si es que tiene dudas de la adecuación de esa Ley a la Directiva que la propia Ley incorpora al derecho administrativo español. Tras varias respuestas en el mismo sentido, si se produjeran más preguntas, se sentaría jurisprudencia y serían los tribunales españoles los que tendrían que actuar anulando el párrafo o artículo correspondiente.

Ese sería el procedimiento en caso de que efectivamente la nueva Ley no cumpliese con la jurisprudencia del TJUE, lo que los servicios jurídicos de la Cortes y de los partidos políticos que la han aprobado aseguran que la han elaborado precisamente teniendo en cuenta las sentencias del TJUE.

En definitiva, que cuando acabe ese procedimiento ya llevarán bastantes años como funcionarios de carrera quienes superen los procesos selectivos de consolidación, y únicamente serviría para que esos mismos procedimientos no puedan aplicarse más adelante, lo que tampoco va a suceder porque la Ley prevé que será un único proceso excepcional.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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