¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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ladyfita

Cita de: supra en 11 Abril, 2022, 15:13:06 PM
Cita de: ladyfita en 11 Abril, 2022, 13:46:37 PM
Cita de: supra en 10 Abril, 2022, 22:30:59 PM
https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:e57f6ff5-7801-4309-8feb-a73250046eeb/dictamen-05-2022.pdf


Según este documento, el Consejo Escolar del Estado recomienda quitar que solo puntúen las oposiciones aprobadas posteriores a 2012. Ojalá el gobierno haga caso y valgan las oposiciones anteriores.

Saludos

"... De no haberse celebrado procesos selectivos en la
especialidad convocada desde 2012 se tendrá en cuenta al menos un proceso selectivo
anterior celebrado..."

Lee el punto anterior a ese:

Suprimir el texto tachado:
"En el baremo de otros méritos, se valorará con 0,75 puntos la superación de la fase de
oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en anteriores
procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos de la función pública docente
celebrados desde 2012, incluido. En el caso de aspirantes que hubieran superado la
fase de oposición en alguna de las especialidades atribuidas al extinguido cuerpo de
Profesores Técnicos de Formación Profesional, se valorará este mérito para el ingreso a
las mismas especialidades en el cuerpo de que se trate, de conformidad con lo
dispuesto en este mismo apartado."


En el punto 14, modifica el texto del punto anterior, el 13, sobre el mismo artículo, especificando   lo siguiente:

   "... 14) Artículo único. Uno, página 7
Modificar el párrafo en el siguiente sentido:
"En el baremo de otros méritos, se valorará con 0,75 puntos la superación de la fase de
oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en anteriores
procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos de la función pública docente
celebrados desde 2012, incluido... De no haberse celebrado procesos selectivos en la
especialidad convocada desde 2012 se tendrá en cuenta al menos un proceso selectivo
anterior celebrado."

Según  el texto, creo que lo deja claro.

supra

Cita de: ladyfita en 11 Abril, 2022, 16:23:48 PM
Cita de: supra en 11 Abril, 2022, 15:13:06 PM
Cita de: ladyfita en 11 Abril, 2022, 13:46:37 PM
Cita de: supra en 10 Abril, 2022, 22:30:59 PM
https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:e57f6ff5-7801-4309-8feb-a73250046eeb/dictamen-05-2022.pdf


Según este documento, el Consejo Escolar del Estado recomienda quitar que solo puntúen las oposiciones aprobadas posteriores a 2012. Ojalá el gobierno haga caso y valgan las oposiciones anteriores.

Saludos

"... De no haberse celebrado procesos selectivos en la
especialidad convocada desde 2012 se tendrá en cuenta al menos un proceso selectivo
anterior celebrado..."

Lee el punto anterior a ese:

Suprimir el texto tachado:
"En el baremo de otros méritos, se valorará con 0,75 puntos la superación de la fase de
oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en anteriores
procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos de la función pública docente
celebrados desde 2012, incluido. En el caso de aspirantes que hubieran superado la
fase de oposición en alguna de las especialidades atribuidas al extinguido cuerpo de
Profesores Técnicos de Formación Profesional, se valorará este mérito para el ingreso a
las mismas especialidades en el cuerpo de que se trate, de conformidad con lo
dispuesto en este mismo apartado."


En el punto 14, modifica el texto del punto anterior, el 13, sobre el mismo artículo, especificando   lo siguiente:

   "... 14) Artículo único. Uno, página 7
Modificar el párrafo en el siguiente sentido:
"En el baremo de otros méritos, se valorará con 0,75 puntos la superación de la fase de
oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en anteriores
procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos de la función pública docente
celebrados desde 2012, incluido... De no haberse celebrado procesos selectivos en la
especialidad convocada desde 2012 se tendrá en cuenta al menos un proceso selectivo
anterior celebrado."

Según  el texto, creo que lo deja claro.

Si lees más adelante, en el 19 vuelve a tachar lo del 2012:

19) Artículo único. Dos, página 10
Suprimir el texto tachado:
"d) En el baremo de otros méritos, se valorará con 2,5 puntos la superación de la fase
de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en un procedimiento
selectivo de ingreso en cuerpos de la función pública docente, hasta un máximo de dos
procedimientos, en las convocatorias celebradas desde 2012, incluido. En el caso [...]"



La verdad es que no queda nada claro.


chesspir

Cita de: bobastra en 11 Abril, 2022, 11:44:42 AM
Según ese documento lo que vuelve es la Prrogramación.

Es cierto, ese documento recomienda la presentación y defensa de una programación didáctica y la presentación de una unidad didáctica de dicha programación (lo que ya no indica es si la unidad didáctica habrá que defenderla o no, ya que no utiliza el verbo defender para la unidad didáctica).

Lawageta

Cita de: supra en 11 Abril, 2022, 16:52:40 PM
Cita de: ladyfita en 11 Abril, 2022, 16:23:48 PM
Cita de: supra en 11 Abril, 2022, 15:13:06 PM
Cita de: ladyfita en 11 Abril, 2022, 13:46:37 PM
Cita de: supra en 10 Abril, 2022, 22:30:59 PM
https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:e57f6ff5-7801-4309-8feb-a73250046eeb/dictamen-05-2022.pdf


Según este documento, el Consejo Escolar del Estado recomienda quitar que solo puntúen las oposiciones aprobadas posteriores a 2012. Ojalá el gobierno haga caso y valgan las oposiciones anteriores.

Saludos

"... De no haberse celebrado procesos selectivos en la
especialidad convocada desde 2012 se tendrá en cuenta al menos un proceso selectivo
anterior celebrado..."

Lee el punto anterior a ese:

Suprimir el texto tachado:
"En el baremo de otros méritos, se valorará con 0,75 puntos la superación de la fase de
oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en anteriores
procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos de la función pública docente
celebrados desde 2012, incluido. En el caso de aspirantes que hubieran superado la
fase de oposición en alguna de las especialidades atribuidas al extinguido cuerpo de
Profesores Técnicos de Formación Profesional, se valorará este mérito para el ingreso a
las mismas especialidades en el cuerpo de que se trate, de conformidad con lo
dispuesto en este mismo apartado."


En el punto 14, modifica el texto del punto anterior, el 13, sobre el mismo artículo, especificando   lo siguiente:

   "... 14) Artículo único. Uno, página 7
Modificar el párrafo en el siguiente sentido:
"En el baremo de otros méritos, se valorará con 0,75 puntos la superación de la fase de
oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en anteriores
procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos de la función pública docente
celebrados desde 2012, incluido... De no haberse celebrado procesos selectivos en la
especialidad convocada desde 2012 se tendrá en cuenta al menos un proceso selectivo
anterior celebrado."

Según  el texto, creo que lo deja claro.

Si lees más adelante, en el 19 vuelve a tachar lo del 2012:

19) Artículo único. Dos, página 10
Suprimir el texto tachado:
"d) En el baremo de otros méritos, se valorará con 2,5 puntos la superación de la fase
de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en un procedimiento
selectivo de ingreso en cuerpos de la función pública docente, hasta un máximo de dos
procedimientos, en las convocatorias celebradas desde 2012, incluido. En el caso [...]"



La verdad es que no queda nada claro.

Los artículos 13 y 14 se refieren al concurso-oposición, y se contradicen claramente:

13) Artículo único. Uno, página 7
Suprimir el texto tachado:
"En el baremo de otros méritos, se valorará con 0,75 puntos la superación de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en anteriores procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos de la función pública docente celebrados desde 2012, incluido. En el caso de aspirantes que hubieran superado la fase de oposición en alguna de las especialidades atribuidas al extinguido cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, se valorará este mérito para el ingreso a las mismas especialidades en el cuerpo de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en este mismo apartado."
14) Artículo único. Uno, página 7
Modificar el párrafo en el siguiente sentido:
"En el baremo de otros méritos, se valorará con 0,75 puntos la superación de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en anteriores procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos de la función pública docente celebrados desde 2012, incluido. En el caso de aspirantes que hubieran superado la fase de oposición en alguna de las especialidades atribuidas al extinguido cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, se valorará este mérito para el ingreso a las mismas especialidades en el cuerpo de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en este mismo apartado. De no haberse celebrado procesos selectivos en la especialidad convocada desde 2012 se tendrá en cuenta al menos un proceso selectivo anterior celebrado."

El artículo 19 es para el concurso de méritos:


19) Artículo único. Dos, página 10
Suprimir el texto tachado:
"d) En el baremo de otros méritos, se valorará con 2,5 puntos la superación de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en un procedimiento selectivo de ingreso en cuerpos de la función pública docente, hasta un máximo de dos procedimientos, en las convocatorias celebradas desde 2012, incluido. En el caso [...]"



ladyfita

El texto tiene dos apartados, el primero para los procedimientos por concurso oposición, y el segundo para el concurso de méritos.  El apartado 14 modifica el 13, y el punto 19 se refiere al concurso de méritos. Esto es lo que indica el texto, aunque hasta su publicación, habrá que esperar a saber como queda finalmente.




margary

Esto es CLM. Andalucia aún no se ha pronunciado, veremos a ver las plazas que salen a relucir ..

Zeronter

Cita de: ameru en 11 Abril, 2022, 20:35:02 PM
https://educacion.fespugtclm.es/mesa-sectorial-05-04-2022-proceso-de-estabilizacion-derivado-de-la-ley-20-2021/

Ninguna plaza a concurso de méritos en maestros en CLM¿? Esto suena un poco absurdo y de risa porque para eso crean un concurso de méritos¿? Esto provocará efecto llamada hacia las comundiades que si tengan ese tipo de plazas creando un caos total y absoluto en las comunidades que si tengan plazas de méritos. Y  puede que muchas comunidades no tengan ese tipo de plazas.


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