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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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hugo5

En definitiva, que cuando algo es ilegal, hay que reclamar. Se puede ganar o perder, pero si no se reclama no se consigue nada.

Saludos

hugo5

Cita de: ssitera en 20 Enero, 2020, 13:53:00 PM
NUEVO GRUPO DE TELEGRAM:
"MANIFESTACIÓN MADRID TEMPORALES PUBLICOS EN FRAUDE DE LEY"
DÍA 15 A LAS 11:30

¡¡VAMOS DE MANIFESTACION!!

Este grupo se ha creado para reunir a personas con verdadera intención de ir a Madrid en febrero para Manifestarse contra el fraude de ley por abuso de temporlidad. Hay que hacer una estimación lo más cerca de la realidad posible.
Hablaremos con los sindicatos independientes que nos apoyan porque ellos tienen experiencia en coordinar este tipo de acciones.

Si esta es tu intención, si estás seguro al 99% que vas a asistir, apúntate en https://t.me/joinchat/IQ_g9BQOa3a4DxLojKLhiQ

¡¡Ha llegado el momento de dar un paso más en nuestra lucha por la FIJEZA!!

Es una oportunidad que no hay que dejar escapar.

Saludos y gracias compañer@


respublica

Cita de: hugo5 en 20 Enero, 2020, 16:10:13 PM
En definitiva, que cuando algo es ilegal, hay que reclamar. Se puede ganar o perder, pero si no se reclama no se consigue nada.

Saludos

Cuando algo es ilegal no se pierde sino que se gana.

Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

hugo5

Cita de: respublica en 20 Enero, 2020, 18:36:43 PM
Cita de: hugo5 en 20 Enero, 2020, 16:10:13 PM
En definitiva, que cuando algo es ilegal, hay que reclamar. Se puede ganar o perder, pero si no se reclama no se consigue nada.

Saludos

Cuando algo es ilegal no se pierde sino que se gana.

Saludos.

Pues nada, vamos a ganar... cejasnena

Salud...os


Zeronter

aqui prometió mucho UnidadPodemos sobre los interinos y veremos a ver que tal porque fué en la época de Zapatero con si hubo una buena transitoria de verdad con la que entraron interinos de hasta 25 años de servicio pero claro Pedro Sanchez no es Zapatero pero si está en un gobierno de coalición con UPodemos que dijo que habia que ver que se podía hacer y se mostró muy receptivo a ayudar al colectivo y hay que hacer algo ahora porque con PP Y VOX si que se podrá hacer bien poco cuando esten gobernando.

DEJAN



respublica

Otro varapalo para quienes creen que la solución a la estabilidad de los interinos va a venir contratando bufetes de abogados que pongan demandas ante los tribunales de justicia:

La Justicia europea avala no indemnizar por cese a los interinos que cubran una vacante

- El TJUE respalda que los interinos no perciban indemnización cuando son cesados para que un funcionario ocupe su plaza

- También avala que los interinos no reciban esta compensación económica por cese mientras que los trabajadores laborales temporales sí son indemnizados al terminar sus contratos.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


hugo5

Cita de: Otra en 22 Enero, 2020, 15:55:26 PM
https://www.larazon.es/economia/20200122/zksdymax2batjgcwm32l3mol54.html

Explicación de esta sentencia:

Ya conocemos la sentencia del TJUE asunto Baldomero Martín (C-177/18). Derecho a indemnización por cese de los funcionarios interinos. El TJUE se opone a este derecho indemnizatorio.

Algunos ya anticipamos que esta cuestión prejudicial en concreto, por mucho que algunos la han usado interesadamente, estaba mal planteada por parte del Juzgado español y destinada al fracaso.

La cuestión prejudicial se fundamenta en la cláusula 4ª de la Directiva 1999/70, considerando discriminatorio que el personal laboral temporal o indefinido de la Administración cobre indemnización por cese, mientras que este derecho no se le reconoce al funcionario interino.

La cuestión prejudicial parte de una premisa erronea en su planteamiento, y es que el término de comparación de la cláusula 4ª es la discriminación entre fijos y temporales cuyo vínculo tenga la misma naturaleza. No es este el caso de los laborales y los funcionarios.

No es el caso, en el primer lugar, porqué la normativa que se aplica a unos y otros es diferente (Estatuto de los Trabajadores frente a EBEP y Ley de Función Pública correspondiente).

Pero tampoco es el caso debido a que el término de comparación del funcionario interino no es el indefinido, el laboral temporal o el laboral fijo, sino el funcionario de carrera, y lo cierto es que el funcionario de carrera no recibe indemnización alguna en caso de cese.

La cuestión prejudicial tendría que haberse olvidado de la cláusula 4ª (no discriminación) y centrarse en cláusula 5ª de la Directiva (abuso de las relaciones laborales de duración determinada), aclarando de esta forma el alcance del art. 70 del EBEP (relación inusualmente larga).

En definitiva, una cuestión mal planteada no podía tener otra respuesta que la conocida hoy, por mucho que haya sido utilizada torticeramente para generar otras expectativas en el colectivo.

Hay que seguir esperando...

hugo5



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