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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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respublica



Cita de: hugo5 en 28 Septiembre, 2019, 21:00:49 PM
También veo una contradicción en aquellos que decís, que conseguir la plaza una vez que se ha sido seleccionado más un tiempo de antigüedad sería anticonstitucional o utópico porque nadie va a aprobar el cambio de la ley. Pero simultáneamente apoyar como única solución posible la DOBLE VÍA, siendo esta iniciativa un proceso en el que se necesita aprobar una ley, (utopía también ¿no?) y un posterior concurso de méritos, que hablando en plata es dar la plaza POR ANTIGÜEDAD, que siguiendo vuestra lógica debe ser anticonstitucional también ¿no?.

¿De verdad crees que es lo mismo cambiar la LOMCE que cambiar la Constitución Española? Si de verdad lo crees estás muy equivocado.

La LOMCE se va a cambiar seguro y es la que establece el concurso oposición como sistema de acceso, por lo que bastaría cambiar ese artículo por otro en el que se establezca la doble vía de acceso.

De nuestro voto depende que el artículo sobre el sistema de acceso siga igual, se implante la doble vía o pongan el MIR.

Y tampoco es igual un concurso de méritos que un concurso por antigüedad, que por cierto sería un inconstitucional según la jurisprudencia del TC.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

jmcala

De verdad que no entiendo cómo no ves la diferencia, hugo5.

El actual sistema de acceso es realmente lamentable en mi opinión, pero cada vez que se plantea algún cambio hay una legión de voces críticas que claman para que todo siga igual.

Una doble vía sí que respeta el precepto constitucional famoso pero, ¿de verdad que le conviene, dentro del colectivo interino, a los de mayor tiempo de servicio? Se trataría de competir contra otros interinos que en la fase de concurso tienen un baremo similar.

No es cierto que trabajar durante cierto tiempo habilite a alguien para ser válido, como ha dicho DEJAN. No lo es porque el sistema lamentable no garantiza eso. No lo hace ni con los funcionarios, por supuesto. De ahí que urja cambiar el sistema de acceso. Podríamos decir que los funcionarios tuvimos el tino de ganar una plaza frente a otros en un proceso absurdo y ahora parece que no hay quien se proponga obligar a cambiar a muchos de ellos. Lo que no entiendo es que se prentenda eternizar ese error o validar a todo el que ocupa una plaza sin más.

Para mí el orden lógico sería haber frenado los procesos selectivos, cambiar sus requisitos por otros que demuestren la idoneidad para la profesión, establecer el acceso diferenciado (si eso fuese bueno para los que ya están trabajando), poner en marcha el nuevo proceso selectivo y obligar a todos los funcionarios de carrera a actualizarse.

www.ejercicios-fyq.com



hugo5

Cita de: respublica en 28 Septiembre, 2019, 22:11:35 PM


Cita de: hugo5 en 28 Septiembre, 2019, 21:00:49 PM
También veo una contradicción en aquellos que decís, que conseguir la plaza una vez que se ha sido seleccionado más un tiempo de antigüedad sería anticonstitucional o utópico porque nadie va a aprobar el cambio de la ley. Pero simultáneamente apoyar como única solución posible la DOBLE VÍA, siendo esta iniciativa un proceso en el que se necesita aprobar una ley, (utopía también ¿no?) y un posterior concurso de méritos, que hablando en plata es dar la plaza POR ANTIGÜEDAD, que siguiendo vuestra lógica debe ser anticonstitucional también ¿no?.

¿De verdad crees que es lo mismo cambiar la LOMCE que cambiar la Constitución Española? Si de verdad lo crees estás muy equivocado.

La LOMCE se va a cambiar seguro y es la que establece el concurso oposición como sistema de acceso, por lo que bastaría cambiar ese artículo por otro en el que se establezca la doble vía de acceso.

De nuestro voto depende que el artículo sobre el sistema de acceso siga igual, se implante la doble vía o pongan el MIR.

Y tampoco es igual un concurso de méritos que un concurso por antigüedad, que por cierto sería un inconstitucional según la jurisprudencia del TC.


Saludos.

Das por hecho que una formula se cambia por LOMCE y cualquier otra que no te gusta tiene que pasar por un cambio constitucional, ¿basado en qué? No dudo de que sabes mucho de estos temas, o por lo menos más que la mayoría de los que aquí escribimos, pero aún no hemos llegado a creer las cosas porque sí, el "porque lo digo yo" a mí no me vale.

Como principal y único argumento le achacas al resto de propuestas que no cumplen los preceptos constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, cuando eso no es cierto. Si una persona es interino docente es porque ha sido seleccionado en un proceso selectivo público al que se le ha dado publicidad y en el que ha ganado esa condición demostrando sus méritos y capacidad. O sea CONSTITUCIONAL 100%.

¿De qué trata esa propuesta tan "revolucionaria"? Pues simplemente de que no se tire a la basura el esfuerzo de haber conseguido ser interino docente y que sumándole X tiempo de servicio, de prácticas o como queráis llamarle se acceda a la plaza. Así de sencillo.

Como tú has dicho, es la LOMCE la que establece el sistema de acceso, por lo que bastaría con modificarlo incluyendo además una segunda fase o periodo de prácticas por X años y que una vez concluido satisfactoriamente se acceda a funcionario fijo.

Algo así:

El sistema de ingreso en la función pública docente, constará de dos fases:

"- Se realizará un proceso selectivo, que será prioritariamente un concurso-oposición. Solo en situaciones excepcionales se podrán emplear otras fórmulas, si así lo estima la Administración competente, y siempre que se cumpla el precepto Constitucional de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. En esta fase, que será convocada por las respectivas Administraciones educativas, se valorarán entre otros méritos, la formación académica, la experiencia docente previa, la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Las pruebas se convocarán, según corresponda, de acuerdo con las especialidades docentes. Para la selección de los aspirantes se tendrá en cuenta la valoración de ambas partes del concurso-oposición, sin perjuicio de la superación de las pruebas correspondientes.
Los aspirantes que hayan superado la fase de concurso-oposición, accederán a las bolsas de trabajo docentes, ordenados según la puntuación obtenida, y servirá para la provisión de puestos de trabajo docente en prácticas (los actuales interinos). En estas bolsas permanecerán hasta el próximo proceso selectivo (mínimo dos años), de la que serán llamados por riguroso orden y según las necesidades del servicio para ser contratados y a su vez acceder a la segunda fase.

-  En esta fase, o periodo de prácticas, se valorará la aplicación de los conocimientos, habilidades y técnicas necesarias para el ejercicio docente. Esta fase o periodo de prácticas tendrá una duración no superior a tres años, teniendo, obligatoriamente, que ser superada."

¿Qué parte es anticonstitucional? Se trata de cambiar un sistema por otro y en la mayor parte manteniendo el existente.

Respecto al último párrafo, pues claro que no es lo mismo un concurso de méritos que uno de antigüedad (o no debe ser), pero si en la baremación el peso de la antigüedad es del 70% como ocurre ahora, o quizás más porque sabemos todos lo que se pretendería... dime tú de que estamos hablando...Hombre... que como ya sabes para hacer juegos malabares con las palabras ya están los abogados...

Saludos

albay

hugo5 ¿cómo distinguir entonces entre interinos que aprobaron alguna vez la fase de oposición de los que han entrado por bolsas extraordinarias?


lolopolooza

Cita de: albay en 29 Septiembre, 2019, 13:10:42 PM
hugo5 ¿cómo distinguir entonces entre interinos que aprobaron alguna vez la fase de oposición de los que han entrado por bolsas extraordinarias?

Ya ves, y anda que no hay interinos que han entrado por extraordinaria, sobre todo de FP y matemáticas.

Un saludo

lolopolooza

Además en mi especialidad ya están tirando para las sustituciones de los que entraron por extraordinaria este año. Siento decir Hugo5 que lo que propones es inviable. Interino significa lo que significa, no puedes cambiar su semántica para otra cosa. Ser interino significa cubrir las necesidades puntuales del sistema, ni más ni menos.

Un saludo

jmcala

Lo que ha descrito es lo que hay ahora pero un periodo de prácticas de tres años.

Los seleccionados en la fase de oposición-concurso son los que obtienen plaza y pasan a la fase de prácticas.

No conseguir "colarse" entre las plazas del tribunal es NO superar el proceso de selección.

www.ejercicios-fyq.com


hugo5

Cita de: albay en 29 Septiembre, 2019, 13:10:42 PM
hugo5 ¿cómo distinguir entonces entre interinos que aprobaron alguna vez la fase de oposición de los que han entrado por bolsas extraordinarias?

No es necesario distinguir. En ambos casos ha sido un proceso publico al que se le ha dado publicidad y se ha seleccionado al que más mérito y capacidad ha demostrado. O sea, se cumplen los preceptos constitucionales.

Alguno volverá a decir: Ya pero el sistema actual dice que tiene que ser por concurso oposición...y tal y tal. Y yo volveré a decir que ya lo sé, por eso hay que cambiar la ley para que diga:

"Se realizará un proceso selectivo, que será prioritariamente un concurso-oposición. Solo en situaciones excepcionales se podrán emplear otras fórmulas, si así lo estima la Administración competente, y siempre que se cumpla el precepto Constitucional de igualdad, mérito, capacidad y publicidad."

¿No es la DOBLE VÍA una fórmula distinta a la habitual porque se trata de una situación excepcional? ¿no van a poder participar en el concurso los compañeros que accedieron por bolsa extraordinaria? Evidentemente SÍ podrían. Pues ese mismo tratamiento es el que se propone en el cambio del sistema de acceso.

Sigo sin comprender por qué se admite en un caso y no en el otro, cuando en ambos hay que hacer o modificar la ley (lógicamente).

Saludos


hugo5

Cita de: jmcala en 29 Septiembre, 2019, 13:48:39 PM
Lo que ha descrito es lo que hay ahora pero un periodo de prácticas de tres años.

Los seleccionados en la fase de oposición-concurso son los que obtienen plaza y pasan a la fase de prácticas.

No conseguir "colarse" entre las plazas del tribunal es NO superar el proceso de selección.

www.ejercicios-fyq.com

No es lo mismo que hay ahora, la plaza se obtendría si superas las dos fases.

No obtienen plaza los seleccionados en la fase de oposición-concurso, como ahora ocurre, con las consecuencias negativas que ello contrae.

Todos los que superaran la 1ª fase ingresarían en una lista (bolsa) por orden de puntuación, y únicamente si son contratados pasarían a la segunda fase, que una vez superada sí supondría la obtención de plaza.

Saludos




jmcala

¿Y no es eso muy parecido al famoso MIR de Ciudadanos, o yo estoy perdido?

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