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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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Viliel

Cita de: respublica en 19 Marzo, 2020, 13:14:27 PM
Cita de: Callejón sin salida en 19 Marzo, 2020, 12:10:56 PM
Habla de 3 cuestiones que podrían decidir los tribunales españoles,  si son o no preventivas del porcentaje de interinos en la administración:

- Oposiciones para ocupar las plazas desempeñadas por interinos.
- Transformación en indefinidos no fijos.
- Indemnización por fraude de ley.

En el caso de la tercera, de que están hablando??? De abrir la puerta a echar interinos a la calle con alguna indemnización???


En el caso de la tercera están hablando de que si un interino consigue que la justicia española en sentencia firme establece que en su caso concreto ha habido un fraude en la contratación, cuando se quede sin trabajo habría que indeminizarlo como si fuese un laboral indefinido.

Yo no he analizado aún la sentencia pero de esas tres opciones que el tribunal plantea para "castigar" el fraude, lo que deja en manos de la justicia española, que al final será el Supremo, dentro de varios años, la menos gravosa para las administraciones es la de las oposiciones y puede ser el momento para que el doble sistema de acceso por fin se implante con un concurso de méritos para las plazas de consolidación.

Hay que ver lo que dice la sentencia sobre si las actuales oposiciones son una solución y lo malo es que deje abierta esa posibilidad, lo que puede suponer un acelerón de todas las oposiciones actuales en todas las administraciones para así quitarse el problema de encima.


Saludos.
Creo, compañero, que si la sentencia sigue las recomendaciones de la abogada, esa posibilidad no quedaría abierta, pues ésta (la abogada) dijo que no era la solución

lolopolooza

Cita de: margary en 19 Marzo, 2020, 13:16:54 PM
Cita de: lolopolooza en 19 Marzo, 2020, 12:58:46 PM
Algunos se creen que se van a librar de estudiar.
..... Con todo mi respetos y sin ganas de comenzar discusión al respecto, los interinos están hartos de estudiar y de aprobar sin plaza. Así es que el que más y el que menos lleva ya como en mi caso 12 años dedicados a estudiar. Nadie está de interino sin haber aprobado en su día. En fin que no se trata de que regalen nada a nadie sino de que el con una vez que se apruebe sea suficiente para que el sistema te reconozca tus derechos aunque tengas que entrar como interino y esperar el turno que te toca segun la puntuación correspondiente. Ya está bien.

Vamos a ver, yo no digo lo contrario, claro que muchos llevamos años estudiando; lo único que intento es ser realista y establecer que la única salida es estudiar, aunque nos pese. Lo demás son fantasías de los mundos de yuppy. Y, visto lo visto, me reafirmo, aunque algunos vean la sentencia positiva, porque no sé donde está lo bueno. Yo por mi parte no hablo más de este tema; allá cada cual con sus decisiones

Un saludo


Viliel

Cita de: margary en 19 Marzo, 2020, 13:16:54 PM
Cita de: lolopolooza en 19 Marzo, 2020, 12:58:46 PM
Algunos se creen que se van a librar de estudiar.
..... Con todo mi respetos y sin ganas de comenzar discusión al respecto, los interinos están hartos de estudiar y de aprobar sin plaza. Así es que el que más y el que menos lleva ya como en mi caso 12 años dedicados a estudiar. Nadie está de interino sin haber aprobado en su día. En fin que no se trata de que regalen nada a nadie sino de que el con una vez que se apruebe sea suficiente para que el sistema te reconozca tus derechos aunque tengas que entrar como interino y esperar el turno que te toca segun la puntuación correspondiente. Ya está bien.
Esa réplica, compañera, es más que certera a ese "algunos se creen....", cuyo tufo es bien rancio

Viliel

    De cualquier forma la sentencia no deja de ser una porquería, todo in medias res, sin mojarse en absoluto y, como ha dicho un compañero, con un buen lavado de manos y no porque quien la ha dictado haya estado con alguien sospechoso, que nunca se sabe


respublica

Cita de: lolopolooza en 19 Marzo, 2020, 12:42:26 PM
Ha sentenciado exactamente lo mismo que  estableció la abogada, no ha cambiado ni una coma.

Un saludo

La abogacía general opinaba que la celebración de oposiciones libres no era una adecuada solución al fraude en la contratación pero las noticias que tenemos sobre la sentencia afirman que corresponde a los tribunales nacionales "apreciar" si la organización de procesos selectivos para ocupar definitivamente las plazas es una medida adecuada.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Viliel

Cita de: respublica en 19 Marzo, 2020, 13:28:28 PM
Cita de: lolopolooza en 19 Marzo, 2020, 12:42:26 PM
Ha sentenciado exactamente lo mismo que  estableció la abogada, no ha cambiado ni una coma.

Un saludo

La abogacía general opinaba que la celebración de oposiciones libres no era una adecuada solución al fraude en la contratación pero las noticias que tenemos sobre la sentencia afirman que corresponde a los tribunales nacionales "apreciar" si la organización de procesos selectivos para ocupar definitivamente las plazas es una medida adecuada.
     Si esto es así, largo nos lo fían y estamos más que apañados, antes nos hemos extinguido todos


Saludos.


respublica


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


DEJAN

 interpretación de  Javier Arauz
http://arauzybelda.org/noticias/nota-inicial-sobre-sentencia-tjue/
NOTA INICIAL SOBRE SENTENCIA TJUE
Posted on marzo 19, 2020 by Arauz y Belda in Noticias
Apreciado/a,
Como sabrás hoy se ha dictado la Sentencia del Tribunal Europeo que tanto estábamos esperando. Estamos analizando con detalle todo el documento para valorar adecuadamente todas las opciones que nos deja abiertas, y en breve publicaremos una nota con nuestra valoración.
En una primera lectura de la sentencia, consideramos que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea deja abierta la vía para seguir reclamando ante los tribunales y las autoridades españolas el derecho a estabilidad de los 800.000 interinos que trabajáis en España.
En efecto, la sentencia supone un importante avance en el reconocimiento de los derechos del personal interino y temporal del Sector Público, y un importante varapalo para las Administraciones Públicas españolas, por cuanto que acaba con los argumentos tradicionalmente utilizados por las autoridades españolas para negar sus derechos a los empleados públicos temporales/interinos.
Así, la sentencia sostiene que las Administraciones públicas no pueden ampararse en la normativa actual para negar la existencia de un abuso, cuando el empleado público temporal no realiza tareas provisionales, ni excepcionales, sino estructurales; tampoco pueden ampararse en la existencia de un solo nombramiento para abusar de la temporalidad, destinándolos durante años a realizar funciones ordinarias y permanentes; ni en el hecho de que no impugnaron sus nombramientos y ceses.
Y lo que es más importante, la sentencia acaba con los procesos de estabilización y con los procesos selectivos, como mecanismo para cesar a los empleados públicos objeto de un abuso, debido a que estos procesos selectivos no se convocaron por las Administraciones públicas cumpliendo los requisitos y los plazos que establece el EBEP, esto es, incluyendo todas las plazas vacantes en las OPEs del año de nombramiento y, si no fuera posible, en el año siguiente.
De la misma manera, la sentencia declara que la figura del indefinido no fijo no es compatible con la Norma comunitaria, por cuanto que el indefinido no fijo no goza de los mismos derechos de estabilidad en el empleo que los fijos.
Y finalmente, la sentencia apunta que corresponde a los Tribunales decidir si, en nuestro país, existe alguna indemnización efectiva y disuasoria específicamente prevista para compensar el abuso en la contratación temporal sucesiva y, en concreto, si las indemnizaciones del Estatuto de los Trabajadores en caso de despido improcedente cumplen estos requisitos.
Ahora bien, recordamos que el mismo TJUE ya dijo en su sentencia de 22 de enero de 2020, que las indemnizaciones del Estatuto de los Trabajadores, como no están previstas específicamente para sancionar el abuso en la temporalidad, no cumple con los requisitos de la Directiva.
Por ello, en tanto que los procesos selectivos no son nunca la sanción, y en cuanto que no existen indemnizaciones en nuestro país específicamente previstas para reprimir el abuso en la temporalidad, ni ninguna otra medida sancionadora, la alternativa es, en nuestra opinión, la transformación de la relación temporal en una relación fija, tal y como viene señalando el TJUE, desde antiguo (vid, por todas STJUE de 25 de octubre de 2018).
En mi opinión esta sentencia restituye una deuda histórica con 800.000 trabajadores interinos/temporales de nuestro país y supone el reconocimiento de todos vuestros derechos como trabajadores europeos que sois. Una vez más, ha tenido que ser Europa la que enseñe a las autoridades españolas como hay que respetar y garantizar los derechos de nuestros conciudadanos.
Como os digo, en breve, cuando la estudiemos con detenimiento, haremos un comentario más profundo sobre la sentencia.
Comprendemos que muchos de vosotros tendréis muchas dudas, por lo que, para facilitar el proceso, os pedimos que las consultas que podáis tener después de que se publique la nota, las canalicéis a través del siguiente correo: info@estabilidadinterinos.com y os contestaremos lo antes posible. Dado que es previsible una avalancha de consultas, os rogamos que seáis pacientes, pues podemos tardar algo en contestaros.
Muchas gracias,
Javier Araúz.

Zeronter

Bueno, la Union Eurpea ha dicho que las oposiciones masivas no son ninguna solución al problema por lo que el estado español deberá pensar otra alternativa al respecto para dicho problema.

Solo sacar la oposición no vale
Convocar la oposición de las plazas para que sean ocupadas de manera definitiva es la opción que se aplica de manera general en España. En ellas, los trabajadores afectados por los abusos pueden concurrir al igual que cualquier otra persona. Esta opción no convence en absoluto al tribunal europeo por sí sola ya que, aunque logra que por fin la plaza se ocupe de manera legal por un trabajador de forma permanente, no sanciona el mal comportamiento de la Administración.

Y lo dice de manera contundente que esa no es la solución a dicho problema por lo que ahora el gobierno actual tendrá que mover ficha y ver una solución más factible para este colectivo de docentes. No es una sentencia que diga algo nuevo pero si admite que se está abusando del colectivo interino por parte del estado español, aspecto que no sabiiamos si iba a reconcoer o no la Unión Europea y que si ha reconocido al final. No es una vistoria total pero si es un un avance en esta lucha.


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