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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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respublica

Cita de: hugo5 en 17 Marzo, 2021, 12:12:24 PM
No es necesario que ningún tribunal interprete el significado de las palabras igualdad, mérito y capacidad, puesto que todos lo conocemos. En la Carta Magna no se menciona nada de oposiciones restringidas a interinos, ni de funcionarización automática por tiempo de servicio, y mucho menos sobre que un concurso-oposición no puede determinar por sí sola el resultado del proceso selectivo, tampoco de doble vía..., eso se trata en otras leyes. Por tanto, si el TC habla en sus sentencias del acceso a la función pública, está interpretando otras leyes, no la Constitución.

La función del Tribunal Constitucional no es interpretar ninguna ley sino dictaminar si una determinada ley que ha sido recurrida está conforme a la Constitución y para eso lo que hace es interpretar lo que está escrito en el articulado de la Constitución Española, con independencia de lo que diga un diccionario o lo que cada uno pueda pensar.

Y en los recursos que se han ido presentando a lo largo de los años ha ido estableciendo doctrina sobre qué es constitucional y qué no en lo relativo al acceso a la función pública, que como he dicho antes, es que no es constitucional una oposición restringida a interinos, ni se puede ser funcionario de forma automática transcurrido un determinado tiempo de servicio, ni tampoco que el concurso de un concurso-oposición pueda determinar por sí solo el resultado del proceso selectivo, y por ello ninguna ley puede incluir nada de eso porque sería recurrida y declarada inconstitucional, salvo que que se haga antes una reforma de la Constitución.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: Viliel en 17 Marzo, 2021, 14:38:52 PM
Cita de: Zeronter en 17 Marzo, 2021, 13:36:52 PM
Tras leer esto llegas a la conclusión de que esto no tiene ninguna solución. La única que se le va a dar es seguir con este periódo transitorio actual que tenemos y los interinos que queden serán los del 8% y ya esta. No se vislumbra ninguna solución a este tema por muchas vueltas que le demos al tema es como el rumiante que le da veinte mil vueltas a la comida en la boca para luego al final tragarsela. Y eso hacemos aquí. Darle veinte mil vueltas a este tema y vemos que al final estamos donde empezamos en la página uno de este post porque los políticos y menos los sindicatos mayoritarios quieren darle solución. Les es mas fácil dejarlo todo tal como esta y seguir con esta estafa de transitoria actual.
Llegados a este punto, ¿no serían todos los implicados en esta porfía, que son legión, los que tendrían que plantarse y de una puñetera vez presentar batalla? De lo contrario, toda esta mierda, sostenida por sindicatos, por iluminados intérpretes de la Constitución y demás fauna, va a perpetuarse sepultando por el camino a no pocos

Ahora es cuando se está discutiendo la reforma del sistema de acceso y a partir de ahora y durante los próximos meses es el momento de presionar al gobierno, a los partidos políticos y a los sindicatos para que legislen a favor de una doble vía de acceso, aunque sea de forma transitoria.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


hugo5

Cita de: respublica en 17 Marzo, 2021, 14:43:11 PM
Cita de: hugo5 en 17 Marzo, 2021, 12:12:24 PM
No es necesario que ningún tribunal interprete el significado de las palabras igualdad, mérito y capacidad, puesto que todos lo conocemos. En la Carta Magna no se menciona nada de oposiciones restringidas a interinos, ni de funcionarización automática por tiempo de servicio, y mucho menos sobre que un concurso-oposición no puede determinar por sí sola el resultado del proceso selectivo, tampoco de doble vía..., eso se trata en otras leyes. Por tanto, si el TC habla en sus sentencias del acceso a la función pública, está interpretando otras leyes, no la Constitución.

La función del Tribunal Constitucional no es interpretar ninguna ley sino dictaminar si una determinada ley que ha sido recurrida está conforme a la Constitución y para eso lo que hace es interpretar lo que está escrito en el articulado de la Constitución Española, con independencia de lo que diga un diccionario o lo que cada uno pueda pensar.

Y en los recursos que se han ido presentando a lo largo de los años ha ido estableciendo doctrina sobre qué es constitucional y qué no en lo relativo al acceso a la función pública, que como he dicho antes, es que no es constitucional una oposición restringida a interinos, ni se puede ser funcionario de forma automática transcurrido un determinado tiempo de servicio, ni tampoco que el concurso de un concurso-oposición pueda determinar por sí solo el resultado del proceso selectivo, y por ello ninguna ley puede incluir nada de eso porque sería recurrida y declarada inconstitucional, salvo que que se haga antes una reforma de la Constitución.

Saludos.

A ver si esta vez me explico mejor, estábamos hablando de cambiar las leyes (lo que "parece" que quiere hacer el gobierno), o sea, de la necesidad de modificar o elaborar un nuevo sistema de acceso a la función pública. A este respecto, la Constitución, exige que se cumplan los principios de igualdad, mérito y capacidad.

El párrafo: "es que no es constitucional una oposición restringida a interinos, ni se puede ser funcionario de forma automática transcurrido un determinado tiempo de servicio, ni tampoco que el concurso de un concurso-oposición pueda determinar por sí solo el resultado del proceso selectivo", lo has escrito tú, no me lo atribuyas a mí.

Las doctrinas que se hayan podido establecer respecto a fórmulas empleadas con anterioridad, no tienen nada que ver con la elaboración de un nuevo sistema de acceso. ¿Cómo puedes saber que ese nuevo sistema de acceso es inconstitucional si aún no se ha elaborado?

A ver, Respublica, te lo voy a proponer otra vez, necesitamos que nos ayudes elaborar un nuevo sistema de acceso a la función pública que cumpla solo tres condiciones:

1-Tiene que cumplir con la directiva europea.

2-Debe hacer justicia con los docentes en fraude de ley y los que se irán sumando, sin dejar a nadie atrás.

3-Y por supuesto, que cumpla los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Esquema ayuda: Disponer del título habilitante + Ser contratado por medio de un proceso selectivo + Periodo de prueba = Funcionario de carrera

¿Seguro que es imposible?

Saludos


eru1980

Cita de: hugo5 en 17 Marzo, 2021, 16:35:10 PM
Cita de: respublica en 17 Marzo, 2021, 14:43:11 PM
Cita de: hugo5 en 17 Marzo, 2021, 12:12:24 PM
No es necesario que ningún tribunal interprete el significado de las palabras igualdad, mérito y capacidad, puesto que todos lo conocemos. En la Carta Magna no se menciona nada de oposiciones restringidas a interinos, ni de funcionarización automática por tiempo de servicio, y mucho menos sobre que un concurso-oposición no puede determinar por sí sola el resultado del proceso selectivo, tampoco de doble vía..., eso se trata en otras leyes. Por tanto, si el TC habla en sus sentencias del acceso a la función pública, está interpretando otras leyes, no la Constitución.

Los que hayan aprobado alguna vez, se les guarda su nota. Y van presentándose con mayor baremo.
Los interinos que hayan entrado por extraordinaria deberán aprobar el examen de oposición para ser funcionario público.


La función del Tribunal Constitucional no es interpretar ninguna ley sino dictaminar si una determinada ley que ha sido recurrida está conforme a la Constitución y para eso lo que hace es interpretar lo que está escrito en el articulado de la Constitución Española, con independencia de lo que diga un diccionario o lo que cada uno pueda pensar.

Y en los recursos que se han ido presentando a lo largo de los años ha ido estableciendo doctrina sobre qué es constitucional y qué no en lo relativo al acceso a la función pública, que como he dicho antes, es que no es constitucional una oposición restringida a interinos, ni se puede ser funcionario de forma automática transcurrido un determinado tiempo de servicio, ni tampoco que el concurso de un concurso-oposición pueda determinar por sí solo el resultado del proceso selectivo, y por ello ninguna ley puede incluir nada de eso porque sería recurrida y declarada inconstitucional, salvo que que se haga antes una reforma de la Constitución.

Saludos.

A ver si esta vez me explico mejor, estábamos hablando de cambiar las leyes (lo que "parece" que quiere hacer el gobierno), o sea, de la necesidad de modificar o elaborar un nuevo sistema de acceso a la función pública. A este respecto, la Constitución, exige que se cumplan los principios de igualdad, mérito y capacidad.

El párrafo: "es que no es constitucional una oposición restringida a interinos, ni se puede ser funcionario de forma automática transcurrido un determinado tiempo de servicio, ni tampoco que el concurso de un concurso-oposición pueda determinar por sí solo el resultado del proceso selectivo", lo has escrito tú, no me lo atribuyas a mí.

Las doctrinas que se hayan podido establecer respecto a fórmulas empleadas con anterioridad, no tienen nada que ver con la elaboración de un nuevo sistema de acceso. ¿Cómo puedes saber que ese nuevo sistema de acceso es inconstitucional si aún no se ha elaborado?

A ver, Respublica, te lo voy a proponer otra vez, necesitamos que nos ayudes elaborar un nuevo sistema de acceso a la función pública que cumpla solo tres condiciones:

1-Tiene que cumplir con la directiva europea.

2-Debe hacer justicia con los docentes en fraude de ley y los que se irán sumando, sin dejar a nadie atrás.

3-Y por supuesto, que cumpla los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Esquema ayuda: Disponer del título habilitante + Ser contratado por medio de un proceso selectivo + Periodo de prueba = Funcionario de carrera

¿Seguro que es imposible?

Saludos


respublica

Cita de: hugo5 en 17 Marzo, 2021, 16:35:10 PM
A ver, Respublica, te lo voy a proponer otra vez, necesitamos que nos ayudes elaborar un nuevo sistema de acceso a la función pública que cumpla solo tres condiciones:

1-Tiene que cumplir con la directiva europea.

2-Debe hacer justicia con los docentes en fraude de ley y los que se irán sumando, sin dejar a nadie atrás.

3-Y por supuesto, que cumpla los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Esquema ayuda: Disponer del título habilitante + Ser contratado por medio de un proceso selectivo + Periodo de prueba = Funcionario de carrera

¿Seguro que es imposible?


No es que sea imposible sino que es inconstitucional que un interino pase a ser funcionario automáticamente cuando haya acumulado un determinado tiempo de servicio, porque solo se puede ser funcionario tras superar un proceso selectivo que no sea restringido, sino de libre concurrencia, y donde el tiempo de servicio por sí solo no predetermine el resultado.

Para cumplir con la Directiva Europea basta con que ningún interino cubra puestos que no sean temporales. Es decir, que saquen a oposición todas las plazas que sean de carácter fijo, y de ahí la pretensión de reducir la temporalidad por debajo del 8 %. La Directiva también implica que a puesto temporal, contrato de interinidad, lo que conlleva que no todos los interinos pueden pasar a ser funcionarios.

Lo del período de prueba y pasar a ser fijo a los tres años es de la legislación laboral y por mucho que no nos guste, hay que olvidarlo definitivamente porque no es aplicable al trabajador público, que para evitar arbitrariedades del político de turno como sucedía en siglos pasados, debe superar un proceso selectivo imparcial de libre concurrencia.

Lo de guardar resultado de oposiciones anteriores suena bien pero no sería legal y no ocurre en ninguna oposición, dado que es un proceso competitivo. Es como si un atleta pidiera que le guardaran la mejor carrera que hizo hace años para el resto de sus competiciones con todos los competidores futuros.

Ya lo he dicho muchas veces y esto está muy estudiado desde hace muchos años: el mejor sistema para los interinos, dentro de los que caben en la Constitución, es la doble vía de acceso, que contempla un concurso de méritos para puestos de consolidación y otro de concurso-oposición u oposición para puestos nuevos, siendo ambos de libre concurrencia. Este sistema, además, daría una solución al abuso en el uso de la interinidad.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: hugo5 en 17 Marzo, 2021, 16:35:10 PM
Las doctrinas que se hayan podido establecer respecto a fórmulas empleadas con anterioridad, no tienen nada que ver con la elaboración de un nuevo sistema de acceso. ¿Cómo puedes saber que ese nuevo sistema de acceso es inconstitucional si aún no se ha elaborado?

Se puede saber porque de las sentencias ante casos planteados de inconstitucionalidad se extraen conclusiones para otras leyes futuras. Eso es lo que se llama jurisprudencia, que se aplican sentencias a juicios anteriores a casos futuros que planteen circunstancias similares ya juzgadas con anterioridad.

Y de toda la doctrina que ha establecido a lo largo de los años el Tribunal Constitucional se sabe los requisitos que puede y no puede tener un sistema de acceso al funcionariado, que son los que ya he dicho y que es fácil por todos consultar.

De todas formas la Constitución se ha cambiado varias veces y se puede cambiar. No obstante, si pone condiciones distintas para un trabajador privado que para un público es porque el sistema laboral privado llevaría a que el partido gobernante de turno hiciera fijos a los suyos y el siguiente los despidiera, lo que sucedió en siglos pasados, por lo que las condiciones que pone la Constitución para ser funcionario son una garantía de imparcialidad para todos.

Que como tantas otros derechos de la Constitución no siempre se cumplen, pero ese es otro tema.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Zeronter

Respublica y qué solución ves a todo este entuerto¿? Estamos de acuerdo en que no se peude pasar a ser funcionario asi sin mas. Y si el TJUE dice que los sistemas masivos de oposiciones no son la solución a este problema que hay con interinos de larga de duración que se eternizan en una bolsa hasta 30 años ahi metidos, ¿qué solución hay ante eso segun tu? A todo dices que no, esa es la sensación que das cuando se te lee en tus intervenciones y comentarios por aquí. Alguien dice algo que parece que va a aclarar todo este entuerto porque es lo que es, en el cuál hay intereses de las academias, preparadores y sindicatos...¿Cuál es la solución a todo esto? Segun tu, en tus intervenciones aquí no hay solución alguna posible que esta transtoria que no respeta los principios de igualdad y méritos porque no es igual un recien titulado de 23 años años que un interino o interina con 20 años de servicio que está trabajando. La situación no es la misma pero ante eso miramos hacia otro ladito y decimos que eso si es constitucional y respeta los principios de igualdad en las oposiciones estafa transitoria actual. Pues ya lo vemos segun desde el prisma que cada cual lo quiera ver, claro está. Ya puestos que alguien nos ilumine y nos aclare la posible solución.

Alicia99

Buenos días a tod@s

Yo veo también soluciones super-sencillas, que se pueden aplicar sin grandes problemas:

-PRUEBAS NO ELIMINATORIAS.

-Dar el mayor peso posible a los años trabajados.

-Que se de instrucciones específicas a los tribunales: se trata de un CONCURSO-OPOSICIÓN y por los tanto el barrido de opositores debe de ser de forma paulatina. Por ejemplo al menos un 50% de aprobados en la primera prueba; otro 50% en la segunda y finalmente los méritos.
Muchos tribunales hacen el barrido en la primera prueba. Si le corresponde a ese tribunal 6 plazas, aprueban en la primera prueba a 8 o a 10 personas. Con lo cual de nada te sirven los méritos, ni tu nivel pedagógico. Además tienen la cara dura de poner en el ejercicio práctico una puntuación bajísima para que no se pueda hacer la media con la teoría. Eso ocurre de especial manera en las especialidades de ciclos formativos con pocos tribunales a nivel andaluz. Si se pudiera contar todo lo padecido y que sabemos...

En fin, hay mil maneras de favorecer a los interinos viejos. Por qué no se hace?  no es porque no se pueda es simplemente porque NO SE QUIERE.
Mucha suerte a todos, mucho ánimo, todo@s estamos en este barco.

Y encima si no teníamos suficiente ansiedad dando clase con el coranovirus, oposiciones, ahora nos vacunan con AstraZéneca

Cumplimos los requisitos para ser HÉROES? MÁRTIRES?


Viliel

Cita de: respublica en 17 Marzo, 2021, 23:20:46 PM
Cita de: hugo5 en 17 Marzo, 2021, 16:35:10 PM
A ver, Respublica, te lo voy a proponer otra vez, necesitamos que nos ayudes elaborar un nuevo sistema de acceso a la función pública que cumpla solo tres condiciones:

1-Tiene que cumplir con la directiva europea.

2-Debe hacer justicia con los docentes en fraude de ley y los que se irán sumando, sin dejar a nadie atrás.

3-Y por supuesto, que cumpla los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Esquema ayuda: Disponer del título habilitante + Ser contratado por medio de un proceso selectivo + Periodo de prueba = Funcionario de carrera

¿Seguro que es imposible?


No es que sea imposible sino que es inconstitucional que un interino pase a ser funcionario automáticamente cuando haya acumulado un determinado tiempo de servicio, porque solo se puede ser funcionario tras superar un proceso selectivo que no sea restringido, sino de libre concurrencia, y donde el tiempo de servicio por sí solo no predetermine el resultado.

Para cumplir con la Directiva Europea basta con que ningún interino cubra puestos que no sean temporales. Es decir, que saquen a oposición todas las plazas que sean de carácter fijo, y de ahí la pretensión de reducir la temporalidad por debajo del 8 %. La Directiva también implica que a puesto temporal, contrato de interinidad, lo que conlleva que no todos los interinos pueden pasar a ser funcionarios.

Lo del período de prueba y pasar a ser fijo a los tres años es de la legislación laboral y por mucho que no nos guste, hay que olvidarlo definitivamente porque no es aplicable al trabajador público, que para evitar arbitrariedades del político de turno como sucedía en siglos pasados, debe superar un proceso selectivo imparcial de libre concurrencia.

Lo de guardar resultado de oposiciones anteriores suena bien pero no sería legal y no ocurre en ninguna oposición, dado que es un proceso competitivo. Es como si un atleta pidiera que le guardaran la mejor carrera que hizo hace años para el resto de sus competiciones con todos los competidores futuros.

Ya lo he dicho muchas veces y esto está muy estudiado desde hace muchos años: el mejor sistema para los interinos, dentro de los que caben en la Constitución, es la doble vía de acceso, que contempla un concurso de méritos para puestos de consolidación y otro de concurso-oposición u oposición para puestos nuevos, siendo ambos de libre concurrencia. Este sistema, además, daría una solución al abuso en el uso de la interinidad.


Saludos.

¿En los últimos años de la década de los 70 y en los primeros de la de los 80 esa tan cacareada Constitución o Carta Magna era otra acaso?

JLR

Buenos días, una pregunta compañeros/as:

Llevo 3 cursos consecutivos con asignación de vacante en el mismo IES, pero no llego a 3 años completos de TS aún.

¿Soy un caso de fraude de ley? ¿Cuándo se considera que se pasa a serlo?

Muchas gracias, saludos.


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